Se ha publicado en el B.O.C.M. de ayer 19/12/2020 :
- el Decreto 42/2020, de 18 de diciembre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que "se establecen medidas de limitación para la
celebración de las fiestas navideñas en la Comunidad de Madrid,
adoptadas para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real
Decreto 926/2020, de 25 de octubre, del Consejo de Ministros, por el que
se declara el estado de alarma para contener la propagación de
infecciones causadas por el SARS-CoV-2" que implementa en la Comunidad de Madrid lo acordado en el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del 02/12/2020
como un mínimo sobre el que las CCAAs pueden decretar restricciones
adicionales tal y como es establecidó el Consejo Interterritorial de 16 de diciembre de 2020. Así establecee
- la prohibición de la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad de Madrid, desde las 00:00 horas del 23 de diciembre de 2020 hasta las 00:00 horas del 7 de enero de 2021, salvo para desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas o loor alguno de los motivoss especiales ya habituales
- en las noches del 24 al 25 de diciembre de 2020 y del 31 de diciembre al
1 de enero de 2021, la hora de comienzo de limitación nocturna se extiende
a la 1:30 horas, únicamente para permitir el regreso al domicilio.
Nótese que no se aplica la posibilidad de extender a 10 las reuniones familiares y allegados en los días festivos de Navidad, con lo que se mantiene también para esos días el límite de 6 actualmente existente, implementando así lo anunciado el día anterior a este respecto por la Comunidad de Madrid
, - la Orden 1736/2020, de 18 de diciembre, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por
la que "se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se
adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de
salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de
población, como consecuencia de la evolución epidemiológica" , que actualiza en la C. de Madrid a las zonas con restricciones extraordinarias de
movilidad (las medidas de la Orden 1405/2020, de 22 de octubre) desde las 00 horas del día 21/12/2020 a
— En el municipio de Madrid:
• Distrito de Chamberí:
- Zona básica de salud Andrés Mellado.
• Distrito de Hortaleza:
- Zona básica de salud Sanchinarro, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al norte por la calle Margarita de Parma, al oeste por la calle María de Portugal, al este por la calle María Tudor y al sur por la calle Leonor de Austria.
— En el municipio de Móstoles:
• Zona básica de salud Felipe II.
• Zona básica de salud Alcalde Bartolomé González.
— En el municipio de Getafe:
• Zona básica de salud Getafe Norte.
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