jueves, 4 de febrero de 2021

Texto alternativo de Compromís a su Proposición de Ley desde el Senado de cumplimiento de la Directiva Europea sobre abuso de temporalidad en el empleo público: declarar al personal de las AAPP con más de 3 años de temporalidad como "personal a extinguir"

Compromís, tal y como avanzó ayer, ha registrado hoy un texto alternativo al texto previo  que  propuso cuando, vía también de su Grupo Parlamentario de Izquierda Confederal, registró en el Senado una Proposición de Ley "de medidas para garantizar en el ámbito del empleo público, el cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada" (nº iniciativa 622/51), en concreto su cumplimiento en lo relativo al abuso de temporalidad

La redacción inicial propuesta , también por Compromís, consistía, exclusivamente, en una consolidación extraordinaria por concurso puro de méritos según artículo 61 del EBEP,  por tanto, de libre concurrencia, de todos los puestos públicos temporales más de 3 años con valoración preferente en esaa única fase de méritos  la antigüedad en los puestos convocados, además de la constitución de un "grupo de expertos y expertas con el cometido de diagnosticar las causas del incorrecto funcionamiento de los sistemas de selección del personal y propondrá posibles mejoras para evitar la formación de bolsas de temporalidad en el empleo público".

En la exposición  de motivos,  se razonaba que "la  existencia de un elevado número de personal que presta sus servicios con contratos y nombramientos temporales" es un "problema endémico de las AAPP españolas" y esta "situación no es adecuada ni para las entidades empleadoras ni para las personas que les prestan sus servicios con vinculaciones temporales" y "sobre todo, no se adecúa a las exigencias derivadas de la Directiva 1999/70/CE", hasta el punto que "a la vista de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea" .."cabe alcanzar la conclusión de que nuestro ordenamiento jurídico no se ajusta a los requerimientos de la indicada Directiva". Además , "a falta de un sistema lo suficientemente claro de
garantías, son frecuentes los conflictos ante los órganos judiciales, que puede implicar un elevado coste, tanto en términos de seguridad jurídica como en atención a las compensaciones que puedan resultar de la necesaria aplicación de las normas europeas", concluyendo que es "necesaria una intervención legislativa en este terreno dirigida, de un lado, a la detección inmediata de los problemas que presentan los sistemas de selección de personal y a la propuesta de soluciones".

Sobre la viabilidad de la primera solución propuesta en el texto original de la Proposición de Ley, se afirma que "existe un Dictamen elaborado por un equipo de
Catedráticos de alto prestigio, adscritos al Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia"


Ahora el nuevo texto propuesto añade una solución más -alternativa-, "al personal interino o temporal que se encuentre trabajando en la Administración durante tres años o más, considerar como “Personal a extinguir”, tal y como figura en el artículo 87 de la actual Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos  Generales del Estado para el año 2021, para dar cumplimiento a la Directiva 2001/23 sobre el mantenimiento de los derechos de los/as trabajadores/as en caso de personal procedente de empresas públicas subrogado por las Administraciones Públicas; pero en este caso, para dar cumplimiento a la Directiva Europea 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada.", afirmándose que esta "figura de “personal a extinguir” cuenta con el dictamen favorable de órganos consultivos como el Consejo Jurídico Consultivo Valenciano que garantiza el cumplimiento de la legalidad vigente".

 Es más, esta vía, fundamentan , ha sido "ya utilizada por el Gobierno, supondría una solución rápida y definitiva para el colectivo afectado, sin ningún tipo de discriminación de edad o sexo, al afectar al personal interino o temporal de larga
duración (tres años o más en la Administración), el cual adquiriría de esta manera la estabilidad laboral merecida. 

Esta iniciativa del Senado de Proposición de Ley,  se encuentra actualmente en la fase de "Pendiente de presentación de Proposición de Ley alternativa" , como el propio Compromís ha realizado con respecto a su texto original. Obviamente para que , en su caso acabe en ley aprobada, le queda un largo recorrido que pasa inexcusablemente por acabar conseguiendo una mayoría del Congreso de los Diputados, tras posibles enmiendas. 

 Esta nueva propuesta es, en cuanto a la solución, en la práctica, muy similar a:

  • la enmienda  a los Presupuestos Generales del Estado en el Senado presentada por el Senador del PAR, Clemente Sánchez-Garnica,, que fue rechazada por los partidos que apoyan al Gobierno del Estado y contó con el apoyo de Ciudadanos
  • la enmienda  a la Ley de Presupuestos de Aragón presentada por Ciudadanos de Aragón, que fue rechazada por los socios del Gobierno autonómico .
  • la enmienda nº 8 al Proyecto de Ley de Presupuestos de Castilla y León presentada por Podemos de Castilla y León . para incluir unaa regularización administrativa del personal en fraude de ley de abuso de temporalidad de todas las AAPP de CyL vía la declaración de imposibilidad de cese por OPE, traslado, etc
  • e incluso que el Decreto de la Junta de Andalucía publicado en 2010  de una Disposición transitoria que garantizó la estabilidad real hasta la jubilación de un grupo  de funcionarios interinos (de ámbito menor: docentes interinos demás de 55 años)


Recordemos que, precisamente , el 17/12/2020 el Congreso de los Diputados aprobó una Proposición No de Ley cuyo texto insta al Gobierno a modificar el EBEP para evitar el abuso de temporalidad en el empleo público,y buscar "respuestas legales" para la "estabilización de los empleados" consensuadas también con las AAPP y sindicatos,  a raíz de una propuesta -modificada- del grupo parlamentario del PNV. Sin duda, Compromís contribuye con esta alternativa de Proposición de Ley a una tal "respuesta legal" para la "estabilización de los empleados").

 

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4 comentarios:

Anónimo dijo...

Todos son artificios y "versión española", interesadas y fulleras; el EBEP tiene que ajustarse a la legislación laboral y normativa europea, así de sencillo.

Desde las propuestas de esclavista Feijo (chicas y chicos a libre disposición del agujero a cubrir) hasta las servidumbres de los sindicatos, están montando propuestas que darán impugnaciones y conflictos, nuevas denuncias y demandas, todo con el fin de trilar a Europa y alargar el explote pirata de las AAPP.

Estamos en manos de auténtico delincuentes.

Anónimo dijo...

Tenemos que pensar en ir quemando las calles y que el conflicto llegue a Europa, si no, todos a la larga lista del paro!

Anónimo dijo...


Todo son declaración de intenciones, propuestas, papeles,.... pero no VAN A HACER NADA NI UNOS NI OTROS, tenedlo bien claro!!

Anónimo dijo...

Oír estas noticias siempre anima pero lo que importa es que se haga o no. Seguro que el Gobierno ordena a la abogacía del Gobierno (que no del Estado), a la Fiscalía o cualquier consejo jurídico de los cuatro mil que tenemos que que emita informe en contrario y listo.