Acaba de publicarse en la agenda del Tribunal de Justicia de la UE [TJUE], tal y como estaba previsto, que el 13 de Junio a las 09.30 la Sala Sexta del TJUE dictará la sentencia conjunta a las cuestiones prejudiciales, planteadas del Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona en los asuntos acumulados (como asuntos "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros" que podemos abreviar en asunto "Generalitat de Catalunya" o "GenCat"):
- el asunto "HM y VD/Generalitat de Catalunya" C-332/22, por el primer auto del juzgado de 06/05/2022 , por un caso del abogado Javier Araúz y en el que el juzgado planteaba 12 preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea [DOUE] del 12/12/2022
- el asunto "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya" o C-331/22 , el segundo elevado por el mismojuzgado en auto de 12/05/2022, esta vez por un caso de Salellas Advocats, y en el que el juzgado planteaba 5 preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, publicadas en el DOUE el 19/09/2022 . Por la web de cada asunto, se observa que este asunto es el que va a quedar como principal de entre los acumulados (es decir, donde se publicar la fecha de pronunciamiento y se publicará la sentencia de ambos).
Nótese que la Sala que dicta sentencia es la misma que la de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024a los asuntos acumulados "Consejería de Presidencia C.M./UNED/Agencia Madrileña de Atención Social" [que podemos abreviar por asuntos #UNED/#AMAS], donde reafirmó la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumbando tanto la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos como es la ley 20/2021], señalando como solución para el laboral público la fijeza ante la ausencia de medidas de sanción válidas contempladas en su normativa.
Recordemos que el Tribunal de Justicia de la UE ya dio, a nuestro entender, un explicito e importante "golpe" con el Auto del TJUE 02/06/2021 al Asunto C-103/19 o "Asunto SUSH y Sanidad de Madrid CGT" a esa "doctrina" del Supremo de que la consecuencia sea únicamente el mantenimiento en el puesto hasta que se cubra por un proceso o amortice sin indemnización alguna . En ese Autoel alto tribunal europeo respondía no por Sentencia con su procedimiento normal, sino por esta vía del Auto al considerar el tribunal europeo que la respuesta "puede deducirse claramente de su jurisprudencia", que una interinización en vacante no puede considerarse una sanción válida disuasoria al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos estatutarios eventuales en el empleo público, por tanto, mucho menos parece que lo pueda ser el mero mantenimiento en el puesto hasta la cobertura o amortización del puesto que es lo que sigue fijando como doctrina el Supremo.
Por tanto, resulta difícil , sino imposible, que el Tribunal Europeo valide como "sanción" esa consecuencia actual que concede la Sala de lo Contencioso del Supremo al abuso de temporalidad, abuso que, generalmente , ya reconoce. Las cuestiones clave, son, naturalmente:
- si constatado que no hay ninguna medida de sanción válida en el ordenamiento jurídico del funcionario/estatutario interino, si "puede" (en el sentido de habilitación) concederse la fijeza (que es la medida de sanción del derecho general del trabajo en España pero de la que están excluidos los empleados públicos) incluso aunque se entienda que violaría los principios constitucionales de acceso a la función pública ,
- y si los tribunales nacionales están obligados a aplicar una sanción (de las válidas) al abuso constatado [ por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la
Unión Europea] aunque no exista ninguna válida recogida previamente en el ordenamiento nacional y aunque la cláusula 5ª como tal se diga que no tiene "eficacia directa"
- la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción contra España, nº INFR(2014)4334,por "considerar que la legislación española no se ajustaba a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE" sobre el abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas
- y lo mantiene abierto en relación con el procedimiento de denuncia múltiple CHAP (2013)01917 (registrado como múltiple en 2018 unificando las denuncias previas desde una de 2013), a partir de la sentencia previa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020
"Sánchez Ruiz y otros", a la que previamente había vinculado la denuncia múltiple
- "la Comisión Europea está evaluando la adecuación de la legislación nacional aplicable al Derecho de la Unión Europea , incluyendo las reformas recientemente introducidas a través de la Ley 20/2021"
- y decidirá la acción que tomar en el marco d dicho procedimiento de
infracción INF(2014)4334" tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de los"asuntos C-59/22, Consejería de Presidencia; C-110/22, UNED; C-159/22, Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid; C-331/22, DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya; y C-332/22, Generalitat de Catalunya" (es decir , los 3 que se ya fueron sentenciados por TJUE el 22 de Febrero y los otros dos restantes que son los que tendrán su sentencia el 13 de Junio)
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- [10/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo a la doctrina esta vez de la Sala de lo Contencioso del Supremo español de que la mera interinización en vacante sea una sanción al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos eventuales en el empleo público: en un Auto resuelve el otro asunto español que estaba pendiente sobre abuso de temporalidad , el asunto "SUSH/Sanidad de Madrid CGT" y rechaza que la interinización en vacante exponiendo al abusado a un cese por OPE posterior pueda ser una sanción, reiterando que tampoco lo pueden ser los procesos selectivos de futuro incierto para el personal en abuso. El Tribunal Europeo refiere , ante la falta de medidas válidas de sanción en la legislación nacional, a su Auto "Gondomar" , donde afirrmó que son contrarias a la directiva europea normas que en ese caso prohíban la fijeza ante la falta de medidas en la normativa para el sector público. El caso es, nuevamente, sobre el SERMAS, que ha incluido en las OPES "de estabilización" los puestos de sus interinzaciones en vacante masivas de 2015-2107
- [11/04/2024] Publicado
en el Diario Oficial de la UE el fallo de la importante sentencia del
Tribunal de Justicia de la UE de este 22/02/2024 donde reafirma la
figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante
años también sufre abuso de temporalidad, no siendo válida una
indemnización de 20 días al cese, como la del indefinido no fijo, como
sanción al abuso de temporalidad ni procesos de consolidación abiertos
[como es la ley 20/2021]. Sí la fijeza, si no hay medidas de sanción
reguladas en la normativa nacional, teniendo que modificarse la
jurisprudencia nacional aunque se base en disposiciones constitucionales
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en Portugal al abuso de temporalidad público establecida en la
sentencia de su Tribunal Supremo Administrativo al caso del asunto
"Gondomar" del Tribunal de Justicia de la UE: la prohibición de la
conversión en fijo de la ley portuguesa ante la falta de medidas de
sanción viola el Derecho de la UE y esa conversión no vulnera el
principio de igualdad de su Constitución
REACCION LEGISLATIVA ESPAÑOLA - [07/07/2021] [IMPORTANTE]
Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de
reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los
sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de
plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no
estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018:
un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e
indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal
que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [29/12/2021] Publicada en el Boletín Oficial del Estado la nueva Ley de reducción de temporalidad pública. Entra en vigor mañana 30/12/2021. Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores y así no les afecta esta nueva ley
- [29/06/2023] IMPORTANTE Publicado
Real Decreto-Ley 5/2023 del Estado con medidas de "estabilización del
empleo público" para "dar cumplimiento" a normativa europea : mandato
para que las AAPP cumplan la Disposición Adicional 8ª de la Ley 20/2021 y
se haga un proceso "escoba" de concurso de méritos en número de plazas
igual al de todas las plazas de personal a 30/12/2021 temporal desde
antes de 2016 que no haya "superado" un proceso de estabilización
convocado, distinto del concurso de méritos excepcional de la ley
20/2021. También se amplían permisos como el de accidente o enfermedad
grave,cuidado parental, ...
DOCTRINA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL: - [27/12/2021] La Sala de lo
Contencioso del Tribunal Supremo aplica en varias sentencias seguidas a
la de 30/11/2021 su "doctrina" de que de las sentencias del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de
conceder una sanción ante un abuso de temporalidad y niega por
inexistentes o prohibida en la normativa nacional para personal
funcionario la indemnización, la figura del indefinido no fijo de los
laborales y la fijeza
- [13/01/2022] Primeras sentencias de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo a demandas de fijeza y derechos de carrera y movilidad del grupo de demandas del SERMAS de 2016 que dio lugar a la sentencia europea de 19/03/2020. Sigue la línea de su sentencia de 30/11/2021: pasa a reconocer el abuso en interinidades de vacante prolongadas, incluso de único nombramiento, pero rechaza la fijeza como sanción como está rechazando la indemnización, por no estar contemplada por la ley nacional
- [04/03/2022] Primera
sentencia nacional del caso del informático de la sentencia del
Tribunal europeo de 19/03/2020: el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, tras quedarse con el caso del juzgado, aplica la nueva
jurisprudencia del Supremo y rechaza la fijeza como posible sanción al
abuso reconocido por no estar contemplada en la ley nacional y no
sentirse obligado por la jurisprudencia europea, y "condena" en costas
al demandante ante la "claridad" en la decisión, sin hacer mención
alguna que se trata del informático cuyo juzgado inicial tuvo dudas tan
fuertes como para plantear una consulta al Tribunal de Justicia de la
Unión Europea
- [27/02/2023] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, omitiendo mención al Auto del Tribunal Europeo de 02/06/2021, repite una vez más su sentencia de 16/12/2020 de que se sigue vigente su doctrina de 2018 para la situación de abuso por concatenación excesiva de nombramientos estatutarios eventuales de sólo conceder el mero mantenimiento del puesto de trabajo hasta el estudio de la AAPP de si crear la plaza estructural que cubrir con interino de vacante o amortizar, sin ni el reconocimiento del puesto estructural y la interinidad en sí (que se demandaba) ni derecho a indemnización en cese alguno
- [03/03/2023] La
Sala de lo Contencioso del Supremo tumba la indemnización de 33 días
por año al cese en situación de abuso de temporalidad del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón reiterando su doctrina de fin de 2021
tras las sentencias europeas: de éstas no se sigue que sea necesaria una
sanción al abuso de temporalidad en empleo público que no esté
contemplada en la ley española
- [13/03/2023] [I.
Beltrán] Análisis de la Sentencia de lo Contencioso del Supremo de
22/02/2023 que dictamina que la "administración no puede ser condenada a
una indemnización sancionadora por abuso en la temporalidad" por
prolongación de una vacante funcionaria/estatutaria, y opinión sobre
esta doctrina tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE:
"admitir la existencia de un abuso y negar la concreción de la sanción
es un incumplimiento del mandato comunitario
- [05/05/2023] El Tribunal Supremo reitera que las anteriores leyes de estabilización de 2017/2018 no vulneran la normativa europea sobre abuso de temporalidadal interpretar que no se sigue de las sentencias europeas que sea "ineludible" establecer una sanción si no está ya contemplada en la legislación española y servir esos procesos para la finalidad de aumentar la contratación indefinida en el empleo público
- [22/05/2023] La Sala de lo Contencioso del Supremo reitera en sentencia de casación de 9 de Mayo de 2023 su doctrina de fin de 2021 de negar una indemnización como sanción al abuso de temporalidad pese a las sentencias europeas al interpretar que de ellas no se sigue que sea necesaria una sanción que no esté explícitamente contemplada en la ley española y no haber ninguna -más allá de la reclamación patrimonial de daños demostrables- para el personal funcionario interino nombrado antes de la Ley 20/2021
- [26/06/2023] La Sala de lo Contencioso del Supremo sigue revocando la indemnización al cese de funcionario interino en situación de abuso de temporalidad que concedía el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Reitera una vez más su doctrina de fin de 2021 que de las sentencias europeas no se sigue que sea necesaria una sanción al abuso de temporalidad en empleo público que no esté contemplada en la ley española. Avanza que no se aplica la indemnización de la DT2 de la Ley 20/2021 a interinos nombrados antes de su entrada en vigor
- [12/07/2023] La Sala de lo Contencioso del Supremo sigue revocando la indemnización al cese de hasta 33 días/año del interino en situación de abuso de temporalidad que concedía el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Reitera, en su sentencia al recurso de la sentencia pionera en Aragón, una vez más su doctrina de fin de 2021 que de las sentencias europeas no se sigue que sea "necesaria e ineludible" una sanción al abuso de temporalidad en empleo público si no está ya contemplada en la ley española
- [17/07/2023] La
Sala de lo Contencioso del Supremo sigue manteniendo su doctrina de
Diciembre de 2021 en nuevas sentencias del grupo de demandas de médicos
del SESPA con Bocanegra: reconoce el abuso en interinidades de vacante
prolongadas, incluso de único nombramiento, pero rechaza la fijeza y la
indemnización como sanción, por no estar contemplada por la ley nacional
para personal estatutario interino; sigue reconociendo el derecho a
carrera horizontal del temporal pero rechaza su derecho a la movilidad
vertical
- [11/10/2023] El
Tribunal Constitucional no admite a trámite, con discrepancia pública
de uno de 3 votos , el primer recurso de amparo, de los 600 acumulados,
contra la doctrina del Contencioso del Supremo ante abuso de
temporalidad del empleado público y su interpretación de las sentencias
europeas .Reconoce que puede que el abuso quede sin sanción efectiva
según norma UE pero coincide con el Supremo , y sin dudas como para
preguntar al Europeo, que no hay obligación de inaplicar el derecho
nacional. El voto discrepante público es de la presidenta de la sección
que entiende debe admitirse a trámite sólo por la envergadura de las
cuestiones planteadas y por seguir pendiente cambio de doctrina ante la
sentencia europea de 19/03/2020 Sánchez Ruiz
COMISION EUROPEA y CUESTIONES PREJUDICIALES - [10/05/2022] [Arauz] 'El Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona accede a nuestra petición y eleva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuestiones prejudiciales de absoluta relevancia' [Auto y extracto con las preguntas formuladas]
- [17/05/2022] [Salellas Advocats] El Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona estima petición y eleva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea "cuestión prejudicial" sobre incumplimiento del derecho de la Unión Europea por la Ley 20/2021 y la jurisprudencia ratificada en Diciembre de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ante el abuso de temporalidad en empleados públicos
- [26/07/2022] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea publica, en asunto C-331/22, el auto del Juzgado de Barcelona con la cuestión prejudicial sobre el incumplimiento del derecho de la UE por la Ley 20/2021 y por la reciente jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso del Supremo
- [07/09/2022] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo deniega paralizar recursos de casación sobre abuso de temporalidad para esperarse a la sentencia del Tribunal europeo en las cuestiones prejudiciales: "que un Juez haya planteado una cuestión prejudicial no es razón válida para que esta Sala suspenda la tramitación de un recurso de casación"
- [13/09/2022] [Araúz] 'El Tribunal de Justicia de la UE concede a Araúz trámite de observaciones escritas en el proceso prejudicial planteado por el juzgado de lo C-A n° 17 de Barcelona' [al Tribunal europeo preguntando si la doctrina actual del Supremo es suficiente para el abuso del funcionario interino y , si ante falta de medidas, no cabe más que la fijeza]
- [20/09/2022] Publicadas
en el Diario Oficial de la Unión Europea las cuestiones prejudiciales,
admitidas a trámite por el Tribunal de Justicia europeo, planteadas por
la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid y el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de
Barcelona cuestionando que valga ante la normativa europea tanto la
doctrina del Supremo ante el abuso de temporalidad en el empleo público
como la nueva Ley 20/2021
- [12/12/2022] Publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea la otra cuestión prejudicial admitida a trámite por el Tribunal de Justicia europeo planteada por el Juzgado contencioso-administrativo de Barcelona que cuestiona que valga ante la normativa europea tanto la doctrina de la Sala de lo Contencioso del Supremo ante el abuso de temporalidad en el empleo público como la nueva Ley 20/2021
- [13/07/2023 IMPORTANTE: La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018 -y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: la Comisión aplaza cualquier acción por su parte hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencie en las cuestiones prejudiciales de los 5 asuntos pendientes de España sobre abuso de temporalidad en empleo público
- [10/03/2023] [Arauz] La Comisión Europea sostiene, en sus observaciones ante el Tribunal de Justicia de la UE por la cuestión del Juzgado de Barcelona, que la Ley estatal 20/2021 y la doctrina de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ante el abuso de temporalidad pública vulneran la Directiva europea 1999/70
- [26/09/2023] [Araúz] Vista para sentencia la cuestión prejudicial en el Tribunal de Justicia europeo planteada por el Juzgado contencioso-administrativo de Barcelona que cuestiona que valga ante la normativa europea tanto la doctrina de la Sala de lo Contencioso del Supremo ante el abuso de temporalidad en el empleo público como la nueva Ley 20/2021
- [16/04/2024] [Arauz/Salellas Advocats] Fijada la fecha del jueves 13 de Junio para la sentencia de las cuestiones prejudiciales en el Tribunal de Justicia de la UE donde se cuestiona que la actual doctrina del Contencioso del Supremo y los procesos de estabilización de la ley 20/2021 valgan para el abuso de temporalidad en el empleo público
80 comentarios:
Ya sólo quedan semanas para que el TJUE ponga sobre la mesa los reiterados incumplimientos de la normativa de la Unión Europea.
España tendrá que dejar de ser el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.
FIJEZA como sanción al abuso de temporalidad en el sector público.
Por las buenas o por el procedimiento de infracción de 2014 por no transponer la Directiva 70/99
http://apiscam.blogspot.com/2024/02/recordatorio-jurisprudencia-en-portugal.html
La Directiva es del siglo pasado, de 1999. Son 25 años de abuso de temporalidad y ausencia de tutela jurídica efectiva.
Esto ha llevado a un procedimiento de infracción contra España.
Recordemos los pasos de un procedimiento infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:
0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción
1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . Es éste el estado en el que se encuentra el procedimiento de infracción INF(2014)4334
2. "Dictamen motivado" , si no hay respuesta o no es satifactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias
3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.
4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible
5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas
Me temo que el TJUE va a decir lo mismo que dijo a los laborales (que más claro que aquello no hay nada) y que el Supremo se va a hacer el sueco como hizo con ellos anunciando nuevas prejudiciales para que les expliquen cómo hacer su trabajo y así perder el tiempo para que ejecuten todos los procesos de "genocidio" estabilizador. No esperéis milagros. Es desolador.
9:59
Pues tendremos que denunciar ante la Comisión Europea, para que ejecute el procedimiento de infracción.
No vamos a conformarnos con el despido libre y gratuito de los trabajadores en abuso de temporalidad.
Es nuestra vida laboral y el sustento de nuestras familias.
https://ec.europa.eu/assets/sg/report-a-breach/complaints_es/
Ya se sabe que los procesos los van a ejecutar. Demandad fijeza.
Demandad fijeza? Si claro, para que luego un Juez te diga que ahora no.
Diselo al de la UNED, y a tantos otros con más de 10 años en abuso el 7 de Julio del 21. Al final para que sirve demandar fijeza, para que entren otros?
Bueno, pues no hagáis nada entonces...
10.44
Yo estoy desesperada. He pedido fijeza. Que voy a conseguir el 13J?
Si la pides y no te la dan. Cuando se solucionará?
¿Sabéis si Araúz ,en esos casos ya tirados por el Constitucional, presentó recurso de amparo ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por violación del derecho a la tutela judicial efectiva?.
Ojalá que sí, será difícil, pero posible. Al fin y al cabo estas personas se han quedado sin su derecho europeo a una reparación efectiva a su abuso reconocido judicialmente. Una mera admisión a trámite sería todo un terremoto, no digamos ya una sentencia del TEDH ordenando al Supremo español repetir sentencia
11.16
Arauz pide 18000 pavos, y ha perdido el norte en sus entrevistas, conferencias, y los Copy&Paste que hace en sus demandas.
Y nadie le ha sugerido el TEDH!!
Que termine esta tortura china ya...
Yo voy a ser muy sincero, Nadie tiene una solución para esto, y creo que los que no estabiliceis con la Ley estais bien jodidos, y el responsable no es Arauz, ni el Ministro.
El 14 de Mayo, miran esto en el TS
https://www.poderjudicial.es/search/TS/openDocument/6aa5a039046e0afca0a8778d75e36f0d/20230518
Y el Martes han mirado esto,
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/d29544e6a8a17d37a0a8778d75e36f0d/20230706
Los responsables son las administraciones que no cumplen la ley y el ministro que no la hace cumplir.
Queda mucho partido por jugar.
Sí, los abogados cobran.
Yo no veo a Arauz perder el norte. Veo que se reprocha si aparece y también se le reprocha si no aparece.
¿En qué concreto ha perdido el norte?
Mi demanda la lleva otro, por cierto.
Aqui esta la Agenda de esta semana de los señores del TS de lo Social que en 2 meses aún no han puesto CP nueva al TJUE.
https://www.poderjudicial.es/stfls/TRIBUNAL%20SUPREMO/AGENDA/20240430%20Agenda%20de%20se%C3%B1alamientos%20TS%20del%2006%20al%2010%20de%20mayo%20de%202024.pdf
12.03
¿El Norte, Arauz?
Las conferencias, son mediocres. Y la atención del despacho cada vez peor.
Y no vale pedir siempre en las demandas 18000 pavos.
No entiendo donde esta el partido. Si sabes aclararlo, genial.
El Ministro, no tiene culpa de nada, y las administraciones con la DA 17 son impunes.
¿Va a haber legislación nueva despues del 13J? Yo creo que no.
Si la ley no se cumple el ministro tiene culpa.
Si no hay legislación nueva también tendrá la culpa el ministro.
De lo que vaya a ocurrir ya nos enteraremos cuando pase. Lo que yo crea ahora, da igual.
¡Ánimo a todos!
Estoy pensandome demandar .....me decís que Arauz pide 18000 por llevar un caso?
me parece desorbitado.
La ley la hacen cumplir los jueces o administraciones afectadas, y son inmunes.
Lo que cada uno opine si importa.
Y Escriva no se siente obligado a nada, estos jueces se lo ponen a huevo.
Como si pide la luna, si los llevase bien y hubiesen jueces dignos estarian bien pagados.
Pero ni lo uno ni lo otro.
No pide eso
Hay jueces que se jactan de que esos , NUNCA seran fijos. Mira la García. Así es imposible.
Piede 18000 pavos de indemnizacion para todos, independientemente de sus circunstancias personales. Eso es un error de libro.
Ya veremos lo que pasa después del 16 de junio.
Algo va a pasar. No sabemos qué, pero ni va a quedar todo igual como hasta ahora, ni va a ser malo.
Para saber el alcance que tenga no nos queda otro remedio que esperar.
el Troll se ha pasado dos pueblos. Mi demanda me ha costado 2.000 euros. Y bien pagados están. En junio veremos por donde salen los tiros. En mi caso consolido por concurso oposición pero bien pudiera haber sido que no. Eso hace mas de dos años no lo sabia y decidir demandar .No me hace falta, pero entonces no lo sabia. Decidí con la información disponible y no me arrepiento. Para tener peces hay que mojarse.
Aquí tienen culpa todos, prevenir y sancionar el abuso en la temporalidad era responsabilidad del legislador, de los responsables de la Administración, al igual que de jueces, magistrados y sindicatos. Todos en mayor o menor medida lo perpetraron, lo ocultaron lo obviaron y hasta justificaron.
Y nosotros por salir poco a la calle.
12:36, muchas felicidades.
A la calle por esto también , de los profes en Andalucia.
200 y pico páginas.
Yo flipo.
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/delegate/content/16328788-bce2-4edb-9826-9996b0525b08/Personal%20que%20han%20solicitado%20Valencia%20o%20Islas%20Baleares%20y%20no%20han%20presentado%20la%20documentaci%C3%B3n%20justificativa%20de%20poseer%20la%20certificaci%C3%B3n%20de%20este%20idioma%20cooficial
Todo el mundo apuntándose a todo q no es suyo... Así nos luce el pelo.. en este país.
devolvera estafARAUZ el dinero?, porque el ya sabia todo lo que esta pasando incluido que los jueces son lo que son y hacen lo que hacen
Debió ser obligatorio poner q no se pueden presentar a los concursos gente fija o q no haya trabajado en la administración convocante...aunq sea inconstitucional..
Pero q inconstitucional es ser un jeta.
Peor q inconstitucional es ser un jeta!
12:20 hay gente aquí intentando desprestigiar el trabajo de Araúz precisamente porque ven que justo ese trabajo, junto con el otros muchos abogados, paltaformas, ciertos sindicatos, etc puede acabar tirando un "chiringuito" que están interesados en conservar
Naturalmente que no pide 18000 por llevar un caso, quítale un 0 . Es de los más baratos y encima incluye hasta el Supremo y ya a su discreción constitucional . A cambio de ser barato, es verdad que hace copy-paste. No esperes una atención personalizada al TLF por ese dinero. Para eso pilla otro gabinete . Los gabinetes tradicionales famosos de contencioso de prestigio sí cobran 4 ceros. Ahora que dudo que encuentres a alguien con más conocimiento del tema que él. Es que, judicialmente, todo viene de él.
No pide 18 mil de indemnización, pide fijeza más una indemnización general adicional por daños morales y pérdida de oportuniad. NO pide fijeza y si no esa indemnizacióni de 18 mil. Eso sería irrisorio. Tampoco pide la indemnización por reclamación patrimonial por daños , que a la par que casi imposible, sí debe ser en las circunstancias acreditadas de los daños sufridos por cada uno.
Es que el TJUE lo dice: tiene que haber una sanción al abuso de temporalidad, en general, no específica de los daños o importancia del puesto de cada uno. Y si no la hay, pues corresponde la fijeza.
Y sí ,claro que se ha planteado TEDH y gratis Pero si en los casos de las personas que llevaba sus casos hasta el Supremo no decide hacerlo , pues es libre de hacerlo (no lo cobra) y cada afectado es muy libre de contratarse un abogado para llevarlo al TEDH (por una cifra normalmente astronómica si es un gabinete con experiencia).
Araúz no es un jeta. Es todo un señor
Todo un señor, en todo caso los que pudieran ser jetas -que no digo que lo sean- son algunos pseudosindicatos relacionados de manera directa o indirecta con algunos partidos políticos. ¿Nombres? No se me ocurre alguno (solo siglas), pero a muchos de vosotros sí.
13:53
Más claro imposible...!!!
12:36 victima, 2000€ por 10.000 abusados ? Tu mismo , EL FIJEZAS tiene puesta 3 Denuncias en el ICAM , de cara a sendas plantemientos, por Mala Praxis. Vendio la moto, estafo y la pasta en Andorra .
En una de las sentencias denegatorias del TSJ de Madrid que se producieron después de laesperada sentencia de TJUE de 22 de febrero, en uno de sus párrafos dice:
"Cuestión distinta sería que el trabajador que demanda esa relación laboral fija haya
participado en el proceso de selección oportuno y lo haya superado aprobando la
convocatoria aunque sin obtener plaza, pues en tal caso ese óbice desaparecería y no existiría
impedimento alguno para que, incluso sin haber prestado servicios durante un período de
tiempo tan inusitadamente largo (con lo que podría servir el de 5, 6 ó 7 años, según las
circunstancias), obtuviera la fijeza pretendida."
Esto que significa? Pienso que se ha avanzado en algo, no?
Sin el trabajo de Arauz y otros abogados esto nunca hubiese llegado a Europa que no habria presionado a España y ni posibilidad de estabilizar (aunque sea una mierda) via ley tendriamos. Dejad de decir mongoladas. La verguenza es ser más de un millón de afectados y estas tan calladitos. Si la vigésima parte hubiésemos salido a la calle esto estaba resuelto el minuto 1 y con los sindicatos desfilando en cabeza.
Partimos de la base de que a un juez no le puedes pedir algo genérico para todos por igual...por ahí empiezas mal...el juez de turno que ya de por si nos tiene un cariño tremendo por qué considera que somos unos jetas...lo que menos le puedes decir es mira me das 50000 por qué te lo digo yo porque considero que hay que pagarlo por abuso...y por ser tu 3000 euros más... El juez te va a mirar y va a decir...a ver cómo se lo tumbo con la doctrina española...forma de acceso...exámenes superados ..de manera temporal o permanente...tiempo del abuso ...misma rpt...doctrina nacional...medidas para sancionar nacionales ...pues mira te va a tocar esto...ahora en serio...si os leéis todas las sentencias previas vereis que no hay obligacion de imponer...sino de cumplir con la directiva...lo mejor que podria pasar es el reconocimiento de indemnización sin tener que demostrar pérdida de oportunidades y patrimonial...empieza por ahi...y deja que caiga el castillo por su peso....y que sepais qie no somos el unico pais con sentencias dispares...Grecia y alguno mas esta igual que nosotros...
Pd: se va a ganar pero por desgaste y pagando costas...pagarán justos por pecadores pero al final se conseguirá...eso si pleiteando hasta forzar una reforma legislativa...
Muy a quien le pese la justicia tiene un precio...y el que la quiera deberá pagarlo...
Al de las 16,17,
Llevas toda la razón. Al juez hay que ir con humildad, mejor que con altivez. Y mira, creo que estamos muy agotados con todo esto. Y quizá, a partir de cierta edad, nos vendría mejor una idemnizacion (la que corresponda), que volver a una administración tóxica, que casi da miedo a volver para que te miren por encima del hombro. Suerte a todos.
16:02 Si, se ha avanzado en poner el foco en el abusado, en vez de en los irresponsables que malgestionan, incumplen las leyes ya sean propias, estatales o europeas por sistema. Abusan de su poder, amparados por las AAPP a las que representan, siendo unos auténticos delincuentes institucionales.
El abuso en la temporalidad es objeto y transversal, se da en todas las Administraciones y afectan a todos los servidores públicos, da igual el cuerpo, pero lo más grave es que a partir de él, y no haberse sancionado, ha generado otros abusos laborales mucho más graves. No se previno el abuso en la temporalidad y tampoco se ha prevenido su deriva en otros abusos al no haberse sancionado desde que se originó y se optó por mirar a otro lado.
16:17 No me sirve que estemos al mismo nivel o peor que los países mediterraneos, malos cumplidores del derecho de la UE.
Pues, que sepáis todos que a Arauz en los juzgados, le toman por el pito del sereno, igual que a todos los interinos que vamos al Contencioso.
Por eso, hay que poner demanda ya, y rezar para que el timing sea el adecuado. Es decir, que el juicio se retrase hasta el 25.
Y a los profes Andaluces ya les vale, diciendo que saben "mallorquín" y "valenciano". Cada mochuelo a su olivo. Que peña!
Ahora mismo al Ministro le vale que haya una ley que permite estabilizar en su plaza a algunos. Desde luego, lo que deberían hacer los que han estabilizado en una plaza que no era la suya, es devolverla.
Si no hubiese habido estabilización estos últimos 2 años , el ambiente habría sido irrespirable; por eso la gente no sale a la calle , porque está deseando estabilizarse en su plaza o en otra que no sea la suya.
En fin; país, de envidiosos, y lazarillos.
Sin respuesta desde hace 5 años.
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/E-8-2019-001510_EN.html
Podíais esperar a ver qué pasa en junio antes de darlo todo por perdido. Ya veremos si se legisla o no después
Si no es por la lucha judicial, no tenemos ni la ley 20/21
Aunque no la cumplan
Y con demanda, no sé... Pero lo que no la tenga ya se puede olvidar
Somos idiotas.
Un rolls Royce y apañao.
https://www.publico.es/politica/rolls-royce-plaza-funcionario-operaba-deputacion-feijoo-dejo-manos-baltar-i.html#analytics-noticia:contenido-enlace
18:26 Sí hubo respuesta de la Comisión Europea, y a los dos meses:
https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/E-8-2019-001510-ASW_EN.html
Pues gracias.
En el 19 la Comisión le dijo a Grecia lo mismo que a España el Tjue, el 22F y el 13J.
Resumido. Siempre suelta el Tjue un May Constituye, o un is capable, en relación a la Fijeza.
Si no salimos del puede, estos del TS q miran las palabras con lupa, nos van a volver a hacer sufrir el después del 13J.
the Court of Justice of the EU has held that such a conversion may constitute an adequate remedy to an abuse under Clause 5
🤣🤣🤣 el fijezas un crack, él tendra un veranito en Marbella y vosotros a esperar …. Indefinidamente . Vaya letrado DENUNCIARLO es un estafador.
Entonces hay que denunciar por estafadores a todos los abogados que no ganan juicios?? Porque absolutamente todos los abogados pierden juicios.
Una pregunta. Los Trolls que queréis hacer daño a los trabajadores en abuso de temporalidad.
Supongo que estáis de liberados sindicales.
La pregunta es. A los Trolls os gustan las gambas o el gránulo?
http://apiscam.blogspot.com/2022/02/el-tribunal-regional-de-atenas-de.html?m=1
Cómo el enemigo de los temporales abusados es chico, ahora nos dedicamos a culpar a quien le puso el cascabel al gato.
Hay demasiados culpables en este tema como para rebuscar y poner el foco en quien no se debe poner.
Espero de verdad que en algún caso de Araúz vayan desfilando cada uno de los culpables de esta sinrazón.
Los irresponsables de la Administración con nombres y apellidos que causaron el nacimiento del fraude, sus compañeros que siguieron abusando de esta circunstancia hasta límites insospechados. Los sindicalistas que ya no saben a quién defender pero sí saben a quién y cómo perjudicar, y lo llevan a cabo. Y los jueces que ahora como pasatiempo se dedican a realizar escrupulosamente análisis sintácticos y morfológicos de las Sentencias del TJUE para no reconocerle su supremacía.
Torres más altas han caído y, aunque la lucha sea de David frente a Goliat,
lo que está claro es que si el abuso queda sin sanción la Administración
será un lugar de corrupción imposible de corregir. Qué pena de país..
08:59 ¿acaso no es verdad que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no ha dicho en ningún momento que sus sentencias "no son ineludibles"? Por tanto, son ineludibles, que es lo que hace nuestro Supremo que es el verdadero intérprete del derecho nacional y europeo y no los comentaristas de esta página
por tanto son eludibles, quería decir
La Administración ya es un nido de corrupción, no de ahora sino desde hace años. No se previno el abuso en la temporalidad y de éste nacieron otros abusos más graves, lo saben los que lo cometieron y los sindicatos.
Espero que los jueces reaccionen ante esta deriva, que ya ha salpicado a todos los implicados, y no sigan negando ni los hechos, ni la sanción a los irresponsables de la Administración, ni nuestra reparación.
Una vez q está claro quién molesta. Vamos a lo importante.
64 sentencias previstas antes de la nuestra.
De ellas solo 2 de la Sala Sexta, y ninguna en Mayo. Así q tendrán tiempo de sobra para deliberar y redactarla.
Día 13 a las 9.30. A las 10.30 ya sabremos el contenido. Solo faltan 5 semanas.
Ah y Sempere calladito.
Desde hace más de 2 meses.
Calladito ¿Por?
¿Estarán esperando a esta sentencia? ¿O a la reacción del gobierno?
Calladito es un hecho. El sabrá el motivo.
Por cierto.. Cuáles son las disposiciones mínimas de protección en España?
Si son capaces de decirnos cuáles, cojonudo. O , más bien, no será que no hay ninguna!!
Respuesta de la Sra. Thyssen en nombre de la Comisión Europea
(26 de junio de 2019)
La cláusula 5 del Acuerdo marco limita el recurso a sucesivos contratos de trabajo de duración determinada, al establecer una serie de disposiciones mínimas de protección que los Estados miembros deben implementar.
El Acuerdo marco no establece una obligación general para los Estados miembros de prever la conversión de contratos de duración determinada en contratos de duración indefinida (1). Sin embargo, en el caso citado por Su Señoría, el Tribunal de Justicia de la UE ha sostenido que dicha conversión puede constituir una reparación adecuada a un abuso previsto en la cláusula 5 (2).
Uno de Canarias que se va a Bruselas antes del 13J.
Vaya despropósito la educación canaria y la estabilización...
https://www.laprovincia.es/sociedad/2024/05/09/gobierno-canario-plantea-convocar-2-102152665.html
Vaya 5 semanas faltan, que pasen ya por favor... . El Gobierno de Madrid sigue sin hacer ni puto caso...
Este. https://www3.gobiernodecanarias.org/noticias/educacion-plantea-medidas-para-paliar-posibles-efectos-negativos-del-proceso-de-estabilizacion-entre-su-profesorado/
Nací un buen día!!!
Hijo de Juan y Ana
Ahora padre de familia.
Y trabador en abuso de temporalidad.
Se pueden ir a tomar por donde termina la espalda, los que piensan que nos vamos a conformar con el despido libre y gratuito.
Defendemos nuestros derechos y los de nuestras familias.
Lucharemos hasta el final!!!!
Luchar ? Ciego, sordo y mudo , es una quimera, vuestros letrados comunican las estrategias ? Recusan ? Actuan 🤣🤣🤣 solo se ocultan en las Prejudiciales . Luchar con abogados estafadores es imposible. Reflexionar y entender que el enemigo lo teneis en casa , es fundamental.
22.15.
Mira atontao..
Os tiene un cariño de pm. Se le nota....
https://x.com/joseluisescriva/status/1788893846467649705
22:15. Cycle, pelma
Acción , Reacción.
https://canarias.ugt-sp.es/ugt-servicios-publicos-denuncia-el-resultado-injusto-y-perjudicial-de-la-estabilizacion-por-meritos-en-canarias/
Retirada PNL CC, Resultados desastrosos, Habla UGT, El Presidente de Canarias ( Coalición Canaria) le dice al Consejero del PP que hable con Madrid (Ni puto caso). Pues me voy a Bruselas antes del 13J.
¿Habrá más capítulos?
Culpables.
Si, los que van a las islas desde la península.
20 millones el fijezas antes de junio se haran conocer las denunciar contra este estafador en el ICAM.no hubo juicio , fueron falsos planteamientos , esta hundido.
21:43 Eres muy cansino. Qué fijación con el fijezas.
No te imaginas como deseo que el fijezas y demás abogados que apostaron por la estabilidad laboral como sanción al abuso sufrido por los temporales en la Administración se lleven el gato al agua.
Hay que tener un poco más de perspectiva y no ser tan cutre de sólo pensar en el dinero que se han llevado o llevarán por hacer su trabajo.
Ése trabajo va a tener mucha más trascendencia que la justa estabilidad laboral.
Qué te parece que la corrupción institucional tenga que llamar a otra puerta y dejen tranquilos a los abusados.
El abuso en la temporalidad al no ser sancionado ha derivado en otros abusos mucho más graves dentro de la Administración. El mérito y la capacidad de los irresponsables que la gestionan sabiéndose impunes sacaron a pasear además el abuso de poder, contando con el apoyo incondicional de sus sindicatos subvencionados, como ha quedado claro.
No hay mayor satisfacción que ver a todos estos impresentables con el culo al aire, que fue lo que tenían pensado, y no en pocos casos, para los abusados.
El 13 de Junio el resultado esperado es:
Temporales europeos 1 Corrupción española 0
Se ha creado un grupo de telegram que es para concentraciones tras la sentencia del 13J
Es un grupo para todos, si Europa no diferencia nosotros tampoco y la unión hace la fuerza. Es este
https://t.me/movimiento13J
La solución la dará a conocer el Ministro.
Como aperitivo,
https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/medidas-favorecer-docentes-interinos-esperar-sentencia-europea-solucionar-efectos-nefastos-concurso-meritos_1_11359473.amp.html
Estoy de acuerdo en que después del 13J hay que organizar una movilización lo más masiva posible.
A TODOS LO QUE DUDAIS SOBRE SI HAY QUE DEMANDAR Y PEDIR FIJEZA Y A LOS BORREGOS QUE PENSAIS QUE PARA QUE.
PUES PONGAMONOS EN SITUACIÓN, EN EL MUNDO DE VERDAD, NO EN EL DE MARAVILLA, EN EL DE VERDAD, EN ESE, DONDE LOS DOCENTES DE CANARIOS SE HAN QUEDADO A VERLAS VENIR.
PUES EN ESE MUNDO DE VERDAD, TE VAS A ENCONTRA CON:
QUE YA NO ERES JOVEN, PORQUE LA MAYORIA PASAMOS LOS 40.
QUE TU ESPERIENCIA LABORAL NO ES COMPATIBLE CON EL SECTOR PRIVADO, NOS DEDICAMOS A COSAS DISTINTAS
QUE TUS CURSOS DE FORMACION ESTAN ORIENTADOS AL SECTOR PUBLICO Y NO ESTAS ACTUALIZADO AL SECTOR PRIVADO
QUE NO GOZAMOS DE UNA IMAGEN DE BUENOS TRABAJADORES, AUNQUE LO SEAMOS, PERO LOS QUE CONTRATAN NO LO CREN.
QUE LA SITUACION LABORAL DEL PAIS, NO ES NADA BUENA, SOLO VER LA TASA DE PARO.
PUES CON ESTAS RAZONES TAN BASICAS, CUALQUIERA QUE NO VIVA EN EL MUNDO DE MARAVILLA, PUEDE VER QUE LA COSA ESTA COMPLICADA.
YO HE DEMANDADO A MI AYUNTAMIENTO, Y RECONOZCO QUE NO FUE FACIL DAR EL PASO POR MIEDO A REPRESALIAS, PERO SABES QUE, QUE A NADIE LE IMPORTA, QUE CADA UNO MIRA POR LO SUYO Y TU TIENES QUE MIRAR POR LO TUYO.
A MI LA DEMANDA ME COSTO MENOS DE 500 €, Y CUANDO SALGA EL JUCIO OTROS 1000 €.
ALGUNOS EN ESTE FORO Y EN OTROS FOROS, DUDAIS EN DEMANDAR Y OTROS PENSAIS QUE ES UNA TONTERIA
PUES YO LO QUE TE DIGO, ES QUE TE SITUES EN EL MUNDO REAL Y SEAS SINCERO CONTIGO MISMO Y PIENSES EN LAS POSIBILIDADES QUE TIENES DE RECOLOCARTE EN UNA EMPRESA.
Y AHORA VUELVAS A PENSAR SI 500 € ES MUCHO DINERO POR DEFENDER TU PAN, NO VAYA A SER QUE EL DIA QUE VAYAS A INSCRIBIRTE AL PARO TE AREPIENTAS.
CADA UNO TIENE QUE LUCHAR POR LO SUYO. YO NO VOY A LUCHAR POR LO TUYO, NO TE CONOZCO DE NADA Y NO ME INTERESAN TUS PROBLEMAS, SINCERAMENTE. PERO SI ESTAMOS AQUI ESPERANDO POR EL 13 DE JUNIO ES PORQUE ALGUNOS HACE 2 AÑOS DECIDIERON LUCHAR CONTA ESTA INJUSTICIA.
POR LO TANTO, DEMANDAR FIJEZA NO ES UNA TONTERIA, IR A LOS TRIBUNALES NO ES UNA TONTERIA.
LO QUE SI ES UNA TONTERIA ES NO HACER NADA, NO LUCHAR POR TU PAN Y ESPERAR A QUE TE LO REGALEN, ESO ES DE NECIOS.
TODOS LOS QUE DUDAIS EN DEMANDAR, DEBERIAIS DE PLANTEAROS QUE PASARIA SI DE AQUI AL 13 DE JUNIO SE INUNDARAN LOS JUDGADOS DE DEMANDAS DE FIJEZA.
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