'Los juzgados de lo Social, tras la sentencia del Tribunal Supremo de enero de 2024, comenzaron a declararse incompetentes para conocer de los asuntos de los y las empleadas públicas que tuvieran contratos administrativos. De esta manera, los mismos tribunales que habían declarado fijezas hasta el momento, cerraron la puerta a que miles de personas contratadas de manera temporal por la administración pudieran reclamar sus derechos.
Sin embargo, el Tribunal Supremo recientemente ha rectificado su postura (STS de 02/04/25) y ha señalado que los juzgados de lo Social son los que deben juzgar los casos en que haya existido fraude en la contratación, independientemente del tipo de contrato.
Como consecuencia de este nuevo criterio, el Juzgado de lo Social n.º 2 de Pamplona ha declarado improcedente el despido de una enfermera de Osasunbidea, impugnado por el sindicato ELA, que perdió su puesto de trabajo en la OPE de estabilización y condena al Servicio Navarro de Salud a optar entre una indemnización equivalente a 33 días de salario por año trabajado o la readmisión de la trabajadora como indefinida fija.
Si bien esta sentencia no es firme todavía, está claro que los juzgados de Navarra tendrán que hacer suyo el nuevo criterio establecido por el Supremo y los despidos volverán a ser juzgados por el orden Social cuando haya mediado fraude en la contratación.'
Fuente: nota de prensa de la sección de Osasunbidea del sindicato ELA de 04/06/2025
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal Europeo en asunto griego: golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado
- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía General de la UE a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso -derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]
- [24/12/2021] El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea
- [10/10/2023] El
Tribunal Supremo Administrativo portugués sentencia la conversión en
indefinida a la empleada pública del Auto "Gondomar" del Tribunal
Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para
los empleados públicos y ante la ausencia de medidas efectivas de
sanción reparadora: "el principio de igualdad de acceso a la función
pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en
el empleo"
- [22/02/2024 El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [23/03/2024] [I.
Beltrán] Sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de
22/02/2024: la figura del indefinido no fijo no es adecuada para
combatir el abuso y queda abierta la puerta para fijeza para el
personal laboral en abuso de temporalidad
- [07/03/2024] IMPORTANTE [Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo planteará cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE sobre el modo de aplicar la fijeza en el empleo público. La Sala Cuarta del Tribunal Supremo anuncia que va a iniciar los trámites para despejar algunas dudas suscitadas tras la importante sentencia del pasado 22 de febrero'
- [16/04/2024] Sentencias del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 que elevó una de sus secciones: la mayoría simple decide que sí hay abuso pero no concede ni fijeza por inconstitucional ni indemnización que no existe en la ley nacional; 5 jueces abanderados por el ponente de las prejudiciales opinan que debe sentenciarse la fijeza aplicando la sentencia europea aunque se considerara que se opone el principios constitucional de igualdad.
- [16/04/2024] [Poder Judicial] 'El TSJM rechaza declarar fijos a tres trabajadores públicos tras las cuestiones prejudiciales elevadas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Pese a las recomendaciones efectuadas por los magistrados comunitarios, y denunciar el abuso en la contratación temporal por parte de las Administraciones demandadas, el Pleno de la Sala de lo Social no ha estimado en su totalidad las demandas formuladas '
- [17/04/2024] [Economist&Jurist] El Pleno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se fragmenta para aplicar la última sentencia del TJUE de 22/02/204
- [19/04/2024] [El País] El Pleno del Tribunal Superior de Justicia "desoye" la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 en su sentencia, con votos discrepantes, a los casos de empleados públicos de la sentencia
- [23/04/2024] [Economist&Jurist] Opinión del profesor Derecho Constitucional Gerardo Pérez Sánchez sobre la sentencia del TSJ de Madrid a los casos de los empleados públicos en abuso de la sentencia europea del 22F: cuando los árboles no dejan ver el bosque , o la obligación de la fijeza ante la ausencia de sanciones válidas al abuso
- [03/05/2024] [Poder Judicial] 'El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia suspende 400 recursos sobre empleo público hasta que el TJUE se pronuncie sobre si España vulnera la ley con los trabajadores temporales La Sala de lo Social demandó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que determine si el abuso de contratos temporales en la administración pública española vulnera la normativa europea; y, en caso de respuesta afirmativa, si eso supone que los trabajadores afectados puedan pasar a fijos con todos sus efectos'
- [06/05/2024] [FETAP - CGT ] 'Parálisis y quiebra en la judicatura española' [ "la inseguridad jurídica está servida para un millón de trabajadores" temporales de las AAPP que llevan esperando años que se repete la normativa europea]
- [27/05/2024] [I. Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en una sentencia que reitera su doctrina de que los "indefinidos no fijos" no tienen derecho a los concurso de traslados reservados al personal laboral fijo, afirma de paso que de la sentencia de 22 de Febrero del Tribunal Europeo "no se deriva en ningún caso la fijeza" , que "es incompatible con el sistema español"
- [28/05/2024] [Arauz] El pronunciamiento de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de que no cabe la conversión en fija de la víctima de un abuso de temporalidad, no es conforme con el Derecho de la UE
- [29/05/2024] [Economist & Jurist ] Sala Social del Supremo aclara que no ha cerrado una decisión sobre la fijeza de interinos en abuso y afirma que acatará las decisioines del Tribunal Europeo
- [31/05/2024] [Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo pregunta al TJUE sobre la situación de los empleados públicos con temporalidad abusiva' [ si es contrario a la directiva europea no conceder la fijeza por los principios constitucionales y si una indemnización superior al cese del indefinido no fijo es una medida suficiente]
- [27/02/2025] [ElDiario.es/20 Minutos] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo mantiene que no puede conceder ningún tipo de fijeza como sanción al abuso de temporalidad porque iría contra la Constitución española y reitera su doctrina vigente desde 2018 sobre las consecuencias del abuso de temporalidad en el funcionario interino [Sentencias a dos de los recursos de casación del pasado 11 de Febrero]
- [31/03/2025] Publicada en la web del Tribunal de Justicia de la UE como asunto C-201/25 la cuestión prejudicial que elevó el Juzgado de lo Social de Murcia sobre qué hacer cuando la conversión en fijo implica una interpretación contra legem de un Derecho nacional que no tiene sanción válida contra el abuso de temporalidad
25 comentarios:
No lo entiendo, ¿el personal estatutario puede reclamar la fijeza en la vía social?
Como éramos pocos...🤦🏻♀️
Pues para la Sala Social del Supremo, ¡sí! :
- las cuestiones de irregularidades de personal estatutario ("contratación administrativa") que afecten "a la naturaleza propia de la relación constituida entre las partes" sí van por el orden Contencioso
- pero si lo "único que se denuncia es la duración excesivamente larga de la relación de interinidad a la luz de la normativa comunitaria y de la interpretación de ésta por el TJUE" pues parece que sí puede tratarse en el orden social
¿Algún gurú ha comentado la sentencia de la Sala de lo social del Supremo de 02/04/2025?
La noticia lo explica bien pero a mí, desde el desconocimiento legal, también me ha sorprendido que la jurisdicción social según el Tribunal Supremo:
"cuando se aprecia una grave irregularidad en la contratación administrativa al punto de que a través de la aplicación de las normas administrativas se eluden las disposiciones laborales y se enmascara u oculta la verdadera naturaleza del vínculo contractual laboral, la competencia del orden social es indiscutible e irrenunciable".
Entiendo que esto puede abrir una vía muy interesante en el orden social en caso de despido para abusados de larga duración.
Muchas gracias Apiscam por estas informaciones.
guau, si el Supremo Social dice que el orden de lo Social puede tratar las denuncias de abuso de temporalidad de empleados públicos funcionariales en base a normativa y sentencias europeas y, como consecuencia del asunto Obadal, pendiente enel TJUE, acaba cambiando su jurisprudencia de que debe concederse la "fijeza" -el laboral indefinido de verdad"- ante dicho abuso de temporalidad mientras no esté fijada una sanción en la normativa del empleado en cuestión, pues tendríamos el cóctel perfecto para la demanda masiva de esa fijeza
Que los interinos abusados tengan el derecho a ser fijos laborales como cualquier trabajador en España sería lo mínimo y la duda sólo debería ser si tendrían además el derecho a una figura administrativa de fijo a extinguir ...
(todo esto mientras no haya transposición válida de la directiva, claro)
Puff, entonces, los que tuvimos que pasar por la infructuosa vía contenciosa, volvemos a empezar?
No me queda mas remedio que llorar sin parar!
A mí lo que me da miedo es que nos digan que eso ya es cosa juzgada por vía contencioso-administrativa para los que ya fuimos a juicio, por lo menos a los que ya hayan sido cesados. Si no has sido cesado aún, como es mi caso, entiendo que ese problema se salva fácilmente, ya que lo que tienes que hacer es recurrir el cese y llevarlo a la vía social aduciendo lo que ha dicho el TS. Ningún juzgado de lo social debería atreverse a inadmitirlo. Para los ya cesados no lo sé, lo mejor como siempre es ir a un buen abogado.
Esto es Supremo te lo afina!
Vease la cuestión prejudicial del asunto Obadal aqui: https://curia.europa.eu/juris/showPdf.jsf?text=&docid=289071&pageIndex=0&doclang=es&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=2363131
"El contrato de duración determinada se extingue por expiración del tiempo convenido, sin que nazca el derecho a la indemnización de 20 días por año de servicio."
[...]
"Por lo tanto, la extinción del contrato de duración determinada concertado conforme a derecho no comporta el pago de la indemnización de veinte días por año de servicio"
Es decir, ni indemnización de 33 dias, ni 20 días ni po....
Ojo que esto no afecta a las personas en abuso. La STS lo que dice es que si se alega fraude en la contratación sí se puede ir al orden social pero si la contratación como interino o equivalente fue normal y luego se llega al abuso por la duración excesiva eso no altera las reglas de competencia del Derecho interno y sigue siendo tema del contencioso-administrativo.
Leeros la Sentencia, yo ya me había hecho ilusiones.
12:07
A la misma conclusión llego yo.
Si por ejemplo se contrata a un operario con contrato administrativo, puesto que su naturaleza es laboral (albañil, fontanero, etc) el orden es el laboral.
Si ese contrato/nombramiento tiene la naturaleza correcta, pero llega a abuso por duración excesiva, entonces corresponde al orden jurisdiccional competente.
Los jueces, ay los jueces!! Q dolor..., dentro de un armario!! (Carra dixit). Por cierto, que tal lleva lo de Obadal, Moralo. Bien? 19 días, solo!!!
Vaya unos jueces en Aragón. Afirman esto,
"Los procesos de consolidación de empleo referidos no tienen carácter abierto, suponen una excepción al régimen general de acceso libre a la función pública y a la provisión de vacantes".
"A ver si nos lo cuenta "a la cara", si hemos sido cesados, precisamente, por ser abiertos, esos concursos!!!!"
https://www.poderjudicial.es/stfls/TRIBUNALES%20SUPERIORES%20DE%20JUSTICIA/TSJ%20Aragon/OTROS%20DOCUMENTOS/25_02_24%20ST%20TSJA%20Social%20(7-25).pdf
12:07 Si tomas posesión en una plaza de una categoría determinada pero las funciones y responsabilidades que asumes son permanentes, estructurales, de vacantes de cuerpos superiores porque se van tras concurso, ilt, o jubilación, y no se cubren, también es un fraude.
Y si además lo haces para 2 administraciones públicas diferentes simultáneamente más fraude, y por supuesto estando en abuso en la temporalidad.
Leyendo la sentencia de abril COMPLETA solo encuentro por todos lados la afirmación de que el orden jurisdiccional para el abuso de temporalidad es el contencioso. Entonces, no entiendo ni el titular, ni la noticia, ni la nota de prensa...
🥱🤫https://x.com/cayetanaAT/status/1930608367573057720
Sí, eso es: la sentencia de TS Social de abril indica que cuándo se invoca solo el abuso de temporalidad de una contratación administrativa ya existente, el orden jurisdiccional es el contencioso. Para que sea el orden social, dice el Supremo Social que en la demanda debe invocarse un fraude e irregularidades en la contratación administrativa realizada en sí de inicio (no estando incluido el caso de duración injustificadamente larga por tanto).
Matizamos nuestra nota en el propio título explicitando que el fraude de la contratación temporal para ir al orden Social según el Supremo Social debe ser por una "irregularidad" no por duración injustificadamente larga.
Y acaba diciendo que los jueces se limitan a aplicar e interpretar la ley. Por eso, hay que transponer ya la directiva mediante una ley que, sancione el abuso sufrido conforme dicta el TJUE y disuada el abuso futuro conforme indica la directiva.
Más madera...La polémica sobre si hacer fijos a los interinos o empleados públicos que han encadenado contratos temporales de forma abusiva llega al Tribunal Constitucional.
El Pleno de la Corte de Garantías analizará el próximo día 10 de junio si admitir a trámite la cuestión presentada por el Juzgado de lo Social número 10 de Bilbao.
Al tratarse de un Juzgado de lo Social, el asunto del litigio versa sobre un empleado público, ya que si lo remitiera un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, trataría de un interino. No obstante, si el Constitucional acaba admitiendo la cuestión, la futura sentencia podría afectar tanto a la situación de los interinos (aquellos que pasan las oposiciones sin conseguir plaza) como a las personas contratadas por la Administración Pública.
El Juzgado vasco pregunta a la Corte si la cláusula 5 del Acuerdo Marco anexo a la Directiva europea sobre el trabajado temporal que establece que, cuando hay abuso en la contratación temporal, debe convertirse al trabajado en indefinido es contraria a la Constitución Española.
https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13401118/06/25/la-polemica-sobre-hacer-fijos-a-los-interinos-con-contratos-temporales-abusivos-llega-al-constitucional.html
Ahora el TS ya no pone tasas.
Les han debido decir que está feo sancionar con tasas a los trabajadores en abuso de temporalidad que piden derechos europeos.
Ya queda menos para que España deje de ser el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público.
FIJEZA YA!!!
22:54, Pues como el TC se de la misma prisa que en resolver la cuestión de inconstitucionalidad que planeo el TSJ-Navarro sobre la Ley 20/2021 que lleva parada desde el 25/03/2025...
12:07 Es un fraude sacar por convocatoria OPE 150 plazas de ffcc y a la vez llegar a nombrar en cuestión de meses a 3000 temporales?
Es un fraude no sacar todas las vacantes, es un fraude que no exista transparencia en número y ope a la que pertenece la vacante.
Es un fraude que puedan vincular plazas caducadas, a capricho sin respetar la ley ni derechos del temporal abusado, en caso de tenerlos.
Es TODO un fraude diseñado para abusar, desde el principio hasta el final.
7:25 Insuficiente.
El Estado de Derecho no se construye permitiendo, justificando y no sancionando durante años abusos laborales en contra del mandato europeo.
El martes que viene tiene Arnaldo una CI 3305-2025 en tramite de admisibilidad. Otra vez los Vascos? Que cansinos...
Y lo de Navarra pa cuando, se demoró y nada ... ???
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