A fecha de hoy fruto de este esfuerzo ya hay interpuestas dos demandas y los juicios siguen su tramitación.
Emplazamiento "En el presente órgano judicial se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo número 155 de 2019, por el Procurador D. XXX, en nombre y representación del Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración, sobre Decreto 217/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2018, para la estabilización de empleo temporal, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, en aplicación de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 21 de diciembre de 2018)." VER BOA 26/02/2019 TSJA-EDICTO del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala de lo Contencioso-administrativo (Sección Segunda) de Zaragoza, relativo al procedimiento ordinario número 155/19-B.
Emplazamiento "Se hace saber, para conocimiento de las personas a cuyo favor pudieran derivarse derechos del acto administrativo impugnado y de quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento del mismo, que por Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración, se ha formulado recurso contencioso-administrativo número 154/19, seguido en esta Sala contra Gobierno de Aragón, sobre Decreto 218/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta Pública de Empleo para 2018, para la estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, en aplicación de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 21 de diciembre de 2018). "VER BOA 02/04/2019 TSJA-EDICTO del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala de lo Contencioso-administrativo (Sección Segunda) Zaragoza, relativo al procedimiento ordinario 154/2019.
El letrado nos ha informado que se han personado para apoyar a la administración como codemandados CCOO y UGT.
A fecha de hoy hemos alcanzado entre tod@s el 75% del objetivo inicial planteado. Para garantizar poder continuar en segunda instancia y hasta Europa, si fuera necesario, es imprescindible que se logre el objetivo del Crowdfunding'
Fuente y texto completo: Comunicado de Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración [sINTTA] de 05/10/2019
NOTA DEL EDITOR : según se informó en la campaña de crowfunding que hizo SINTTA para esto dos recursos contencioso-adminsitrativos a sendos Decretos de la CCAA de Aragón, el objetivo o demanda máxima de los recursos es que se anule o paralizar no sólo las OPEs de estabilización de la propia CCAA de Aragón , las OPEs que lanzan esos decretos recurridos en estas demandas, sino también -por la vía de estos mismos recursos- el articulado de las leyes nacionales de las que estas OPEs derivan - y leyes que trasponen acuerdos sindicales estatales- y por tanto , anular el resto de OPEs de "estabilización" derivadas de esas leyes nacionales de ... ¡toda España! (sic).
Recordemos que al menos hay un recurso contencioso contra el primer acuerdo sindical estatal , traspuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y del que derivan que se derivan un primer conjunto de OPEs extraordinarias con los puestos temporales más de 3 años de un conjunto de sectores (servicios públicos de salud, docentes, administración de justicia, ...) así como todos los puestos temporales de antes de 2005 y los de los indefinidos no fijos: el recurso presentado por la asociación de interinos ANIL que lleva el conocido abogado Manual Martos, bajo el argumento de que habilita a convocar a OPEs convencionales los puestos de los temporales longevos sin reconocer sus derechos establecidos. Este recurso al primer acuerdo estatal está pendiente de sentencia en la Audiencia nacional, que ya rechazó la medida cautelar solicitada por ANIL: la paralización de todas las OPEs y convocatorias derivadas de esa ley.
Recordemos que al menos hay un recurso contencioso contra el primer acuerdo sindical estatal , traspuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y del que derivan que se derivan un primer conjunto de OPEs extraordinarias con los puestos temporales más de 3 años de un conjunto de sectores (servicios públicos de salud, docentes, administración de justicia, ...) así como todos los puestos temporales de antes de 2005 y los de los indefinidos no fijos: el recurso presentado por la asociación de interinos ANIL que lleva el conocido abogado Manual Martos, bajo el argumento de que habilita a convocar a OPEs convencionales los puestos de los temporales longevos sin reconocer sus derechos establecidos. Este recurso al primer acuerdo estatal está pendiente de sentencia en la Audiencia nacional, que ya rechazó la medida cautelar solicitada por ANIL: la paralización de todas las OPEs y convocatorias derivadas de esa ley.
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5 comentarios:
¿Estas denuncias son sólo para Aragon o serían para toda España?
En el titular dice que pretenden anular además la ley habilitante nacional y todas las OPEs del resto de las Administraciones Públicas. Así que yo entiendo que son para Aragón y para toda España por extensión.
Asi es se pretende paralizar todas las OPES de España a traves del articulo 19 de la ley de presupuestos del 2017 que habilito los procesos de estabilizacion del Acuerdazo, eso se hace mediante la ope de Aragon, pero afecta a todas de forma nacional..
Esa es la pretensión , pero ¿tiene siquiera alguna mínima posibilidad de que la admitan a trámite al no ser un recurso contra el acuerdo o la ley nacional habilitante directamente? (por otra parte ya pasó el plazo para hacerlo claro)
Por no hablar, de que incluso la pretensión menor de la anulación de las propias OPEs de estabilización de Aragón, el objeto de los recursos recurridos, si bien evidentemente se admitirá a trámite esa pretensión si se han redactado a tiempo y forma, pues no parece tener posibilidad alguna de ganar la petición de suspensión cautelar regional ni la demanda de esa pretensión judicialmente , ante la abrumadora y reiterada "jurisprudencia" en ese sentido: todo recurso contra una OPE porque convoca los puestos de interinos de vacantes con el argumento de que son puestos en fraude de ley acaban siendo perdidos y con costas diciendo el Tribunal que si son puestos interinos de vacante es lo legal, y si se considera que deben ser otra cosa por el supuesto fraude del abuso pues eso tiene que reclamarse en otra demanda aparte y personal por puesto (que a su vez otra cosa es que luego se gane algo, claro).
Otra cosa es que pueda ser claro un instrumento de presión y de oportunidad para que la administración decida paralizar, especialmente tras las sentencias europeas venideras ...
Como la sentencia del TJUE llegue antes que la celebración de estos juicios, el asunto puede tomar un cariz muy diferente al que está planteado ahora.
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