viernes, 7 de enero de 2022

Recordatorio. Este Lunes 10 de Enero la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo aborda , en presencia de la Comisión Europea, la petición de ASEPAT que denunciaba que el Real Decreto-Ley 14/2021 no cumple con la normativa y jurisprudencia europeas y que ha logrado más de 3 mil adhesiones

[Recordatorio de entrada publicada el 04/01/2022Este próximo lunes 10/01/2022 habrá reunión de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo y según  su orden del día provisional publicado ayer 03/01/021 , a las 16:45 abordará , "en presencia de la Comisión Europea" (previsiblemente responsables de Empleo) y "previsiblemente"  del peticionario,  la petición 0774/2021 formulada por Francisco José Pons Bejarano, como miembro de la  Asociación de Empleados Públicos en abuso de temporalidad de Cádiz [ASEPAT], y por  la que se denunciaba en Julio ante este órgano del Parlamento Europeo que el Real Decreto-Ley 2014/21 de 6 de Julio de reducción de la temporalidad pública o “Icetazo”  incumple la normativa de la Unión Europea

En concreto, según el resumen de la Comisión de Peticiones:

"El peticionario denuncia la desprotección de los trabajadores interinos. Denuncia la ineficacia del Decreto de Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicado el 7 de julio de 2021 y que entró en vigor el 8 de julio de 2021. Denuncia que no cumple con la Directiva 1999/70/CE, ni con las sentencias y autos del TJUE a favor de la consolidación de los trabajadores interinos."

Ante el conocimiento de esta reunión del 10 para abordar la petición , más de 5 meses después del registro de la petición, se ha lanzado por parte de plataformas de empleados temporales una campaña para que  interesados se adhieran a la petición (para lo que basta con dar a la opción de Registrarse en la petición 0774/2021 misma página y después tras iniciar sesión con el usuario registrado, adherirse en esta ) , teniendo ya la petición más de 3 mil adhesiones, lo que , sin duda, aumentará el interés de los parlamentarios y, esperemos, que de la Comisión Europea.


Recordemos que , ante la presión de plataformas y de varios grupos políticos, el  Real Decreto-Ley 2014/21 derivó en Proyecto de Ley que ha dado lugar a la nueva Ley 20/2021que obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 pero son procesos de libre concurrencia y de futuro "incierto" para el personal en situación de abuso , no incluye las plazas de todo el personal temporal más de 3 años y las plazas que ya estén en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. Por tanto, esta nueva ley  tampoco cumpliría con las sentencias europeas

 Además muchas AAPP han estado "corriendo" semanas y días antes de la publicación de la nueva ley a convocar en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores, que incluirían una inmensa cantidad de las que con la nueva ley irían a concurso de méritos.

Recordemos  que al respecto que la Comisión Europea había dado  con fecha 5/08/2021 como última información oficial  del curso de una denuncia múltiple que mantiene abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles   [la  CHAP (2013)01917] que estaba "evaluando" si la reforma introducida con aquel  Real Decreto-ley  de 2021  de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio junto con la que pudiera introducir el entonces procyecto de Ley, ahora ya Ley, es conforme a la normativa europea. Previamente en Octubre de 2020, dijo que había visto la sentencia europea de 19/03/2020 , la del asunto "Sánchez Ruiz y otros" (con asunto principal el de un informática nuestro) con su declaración de existencia de abuso y evaluaría si la entonces  futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de entonces Función Pública iba ser conforme a la Directiva y sentencias europeas y  que, mantenía abierto en relación un procedimiento de infracción, el nº 2014/4334, relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco, pero no consta que haya dado ningún paso desde entonces

En este marco, es del máximo interés esta reunión o parlamentarios europeos, representantes de la Comisión Europea y una de las plataformas de empleados públicos temporales que defiende la fijeza como la mejor solución ante la situación de abuso de temporalidad.


NOTA DEL EDITOR AL RECORDATORIO: Desde la Coordinadora EStatal de Personal Público Temporal se han dado indicaciones para la campaña de correos masivos dirigidos a l@s europarlamentari@s que componen la Comisión de Peticiones.

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3 comentarios:

Anónimo dijo...

Los requisitos para CONVOCAR la plaza son CERRADOS Y RESTRINGIDOS:

“incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente ...CON ANTERIORIDAD A 1 DE ENERO DE 2016”

Y los REQUISITOS PARA ACCEDER al concurso son ABIERTOS Y NO RESTRINGIDOS.

1. NO se exige acreditar que se OCUPABA PLAZA DE NATURALEZA ESTRUCTURAL.
2. NO se exige HABER OCUPADO PLAZA ESTRUCTURAL DOTADA en la administración CONVOCANTE
3. NO SE EXIGE HABER ESTADO DE FORMA TEMPORAL E ININTERRUMPIDA con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Es decir, los requisitos para formar las LISTAS de PLAZAS ESTRUCTURALES A CONCURSO, NADA tienen que ver con los requisitos para CUBRIR LA PLAZA ESTRUCTURAL VACANTE.

Anónimo dijo...

No soy jurista, pero imagino , que después de tantos tramites que llevará el proceso, se articulará la forma para que los méritos que se presenten, correspondan, con las personas que llevan en fraude de ley, durante tantos años.

Anónimo dijo...

Los sindicatos tampoco son juristas pero manejan muchos hilos como para que todo se ajuste a una ley, dará muchas vueltas la interpretación.