Informa ampliamente El Confidencial este 25/05/2022 de las diversas quejas que ha recibido la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública aprobada a finales de 2021 para intentar salvar una de las condiciones para recibir los fondos europeos,reducir la temporalidad en la administración pública:
- según abogados que defienden a personal interino de larga temporalidad, como el conocido Javier Araúz, la ley no cumple con la obligación marcada por las sentencias europeas de una sanción reparadora al trabajador al no proporcionar fijeza ni indemnización disuasoria a todos los empleados públcos en abuso de temporalidad;
- aunque se reconoce que la ley habilita herramientas para la estabilización de parte del personal en abuso, depende de la interpretación y aplicación de la ley por cada AAPP y así "crea realidades muy distintas entre regiones: “No se entiende que el Ayuntamiento de Valladolid o la Diputación de Sevilla estabilicen el 100% y que en la Comunidad de Madrid se estabilice un 10-15%”.
- asociaciones de opositores, que plantean que esta ley es anticonstitucional por violar los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la funciuón pública
El medio también informa que un juzgado de Barcelona precisamente ha cuestionado ante el Tribunal de Justicia Europea si con la ley 20/2021 se cumple con la normativa y jurisprudencia europea, y si no es así, si no se debería conceder la fijeza como la sanción general ante la falta de una sanción regulada válida.
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- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [20/03/2020] [Arauz] 'Nota sobre la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de Marzo de 2020: la fijeza como única solución a la que avoca la sentencia'
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- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía
General de la UE a los principios "bien establecidos de la
jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de
temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso
-derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la
Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre
medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto
directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación
nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el
abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma
del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [08/11/2021]
[Salellas Advocats] Juzgado de lo Contencioso de Barcelona sentencia la
fijeza, sin conceder la condición de funcionario de carrera, a
funcionario interino de la Diputación de Barceona, como la sanción al
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1 comentario:
URGENTE. Tanto pelear por el concurso de méritos y como no valoren de forma especial la antigüedad en la administración convocante...el concurso va a ser una trampa para todos. Por favor, APISCAM, ARAUZ, O QUIEN PUEDA, comunicar lo que está pasando a la Comisión Europea y que diga definitivamente y claramente que los procesos de selección de futuro incierto no valen para la estabilización de los interinos y laborales y que comuniquen de forma clara y oficial para que las bases puedan recoger la valoración especial y que el Gobierno y los Juzgados no teman las denuncias de los opositores (no interinos y laborales) y de los funcionarios rabiosos y envidiosos. Tenemos hasta finales de años para que se publiquen las bases...pues mucho antes debe contestar desde Europa como orden sobre la legislación española. Por favor, que nuestro Eurodiputados también comuniquen esto. Si no esto será un desastre laboral, familiar y una bancarrota para todos los organismos públicos pues van a tener pagar muchísimas indemnizaciones a todos los que van a ser despedidos.
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