jueves, 1 de diciembre de 2022

[AMYTS] 'Información sobre el baremo de las convocatorias para los concursos de méritos de la ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad '

'Desde el mes de julio del 2022 hemos trabajado en Mesa Sectorial con tres borradores del baremo de la OPE de estabilización en formato alegaciones.

Desde el primer borrador, en AMYTS hemos echado de menos que no se puntúe o no se tenga en cuenta a todos los profesionales que trabajan en los hospitales de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública independientemente de la titularidad del centro sanitario y proponemos la misma puntuación para las especialidades de facultativos que carecen de bolsas únicas.

Hemos conseguido incluir a los laborales del HUFA, Fuenlabrada y UCR en este proceso y que puntúen en el apartado de experiencia profesional igual que los estatutarios temporales.

No hemos conseguido que se tenga en cuenta los hospitales de la Red Sanitaria Pública cuyo empleador no es el SERMAS (Hospitales Concedionados y FJD) a pesar de nuestras múltiples alegaciones.

En el apartado de experiencia profesional, en lo referente a las puntuaciones máximas, alegamos con éxito para que se aumentara el tope de años máximo en la experiencia profesional dado que la Comunidad de Madrid ostenta una elevada temporalidad secundaria a la escasez de procesos selectivos en muchas de sus categorías. Por lo tanto, creemos que la puntuación en este apartado debe resultar más discriminatorio para favorecer a los temporales de larga duración.

En el apartado de formación alegamos para que no se la disminuyera de la puntuación en los cursos en función del tiempo transcurrido no nos parecía desdeñable y podría ser negociable para otros procesos (bolsas, convocatorias singulares...). Con nuestras alegaciones, conseguimos que la formación puntuara uniformemente independientemente del tiempo transcurrido en este singular proceso de estabilización.

BAREMO DE LAS CONVOCATORIAS PARA LOS CONCURSOS DE MÉRITOS DE LA LEY 20/2021 DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD

 '

Fuente: Comunicado del sindicato AMYTS de 30/11/2022

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3 comentarios:

Anónimo dijo...

Al personal laboral de los nuevos hospitales que antes eran empresas públicas pero los absorbió el sermas desde el 01 de junio de 2016 la antigüedad anterior a esa fecha no nos va a contar, gracias a esos magníficos sindicatos que calientan la silla

Anónimo dijo...

¿Estas seguro de que no os va a contar?

Normalmente, toda integración de personal de un ente en otro (o de una categoría en otra) viene acompañada de una disposición adicional de que los procesos selectivos ¡, de promoción (horizontal o vertical) , etc en el nuevo ente tendrán en cuenta los servicios prestados y méritos obtenidos en el anterior ente previos a la integración como si fueran del ente. Y cuando llegan esos procesos en el nuevo ente, haces valer esos servicios o méritos previos citando la disposición y no suele haber ninǵún problema.

¿Es que no es el caso en la regulación de la integración de esas empresas públicas en el SERMAS?

Anónimo dijo...


Ojalá se dedicarán a calentar la silla en vez de dedicarse a engañar, desinformar o decirte directamente, y hablando claro, que te jodan, una vez tus superiores han decidido que te vayas a la calle tras más de 16 años en abuso de temporalidad, sin aviso previo, y realizando funciones para más de una AAPP simultáneamente, asumiendo responsabilidades de varios ffcc y de superiores categorías que por edad o condición se jubilaron o concursaron.

El daño causado es para ellos irrelevante pero para el abusado y parado de años es irreparable.