'El Juzgado de lo Social y el Tribunal Superior de Justicia de Navarra han dado la razón a CCOO de Navarra y la Federación de Sanidad para hacer fijo a una persona con contrato administrativo en el Servicio Navarro de Salud cuya labor se extendió excesivamente en el tiempo. En este caso, la persona demandante consigue su fijeza para el puesto al haber aprobado una oposición aun sin haber conseguido plaza.
La Federación de Sanidad de CCOO de Navarra por medio de los Servicios Jurídicos del sindicato planteó ante los Juzgados de lo Social el caso de una persona trabajadora que desde el año 2013 tenía un contrato administrativo por atención de otras necesidades y desde el 2016 para cubrir una vacante. Dicha persona demandó ante el Juzgado de lo Social que la relación administrativa era fraudulenta -al extenderse la temporalidad de su relación por un período inusualmente largo-, lo cual contraviene la normativa europea y la Jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. Además, como para acceder a esta contratación administrativa había superado un proceso de oposiciones para plazas fijas, aunque no había obtenido plaza y por lo tanto estaba en la lista de aprobados sin plaza, el Juzgado de lo Social consideraba que su relación debe ser declarada como fija y no como indefinida no fija.
El Juzgado de lo Social dio la razón al demandante. El Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea recurrió la sentencia y la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha vuelto a dar la razón a CCOO. Razona la Sala que “aun siendo cierto que nuestro Tribunal Supremo sostiene en sus últimas resoluciones la eficacia de esa sanción (declaración de la relación como “indefinido no fijo”) en los supuestos de fraude en la contratación, no lo es menos, que no puede considerarse eficaz tal sanción en los casos en los que el contratado ha accedido al empleo temporal tras tomar parte en un proceso selectivo para ocupar una plaza fija y haber aprobado el mismo, aun sin haber obtenido plaza”. Esta conclusión tiene a su vez soporte y explicación en las recientes sentencias del Tribunal Supremo de fechas 16/11/2021 y 25/11/2021.
Recuerda la sentencia que en este caso concreto los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad también se han respetado, sin perjuicio de que los mismos se apliquen estrictamente en el acceso a la función pública, es decir para obtener una plaza de funcionario, pero no para el acceso al empleo público en el régimen jurídico laboral, en cuyo supuesto estas exigencias sólo tiene rango legal. Estos dos extremos determinan, junto con lo indicado anteriormente, que el fallo de la sentencia estime la demanda presentada y declare el derecho de la persona demandante a permanecer en su puesto de trabajo y con sujeción al mismo régimen de estabilidad que corresponde a los empleados laborales fijos. Por último, tanto la primera sentencia del Juzgado como la posterior de la Sala, consideran que conforme a la interpretación del Tribunal de Justicia de Unión Europea y los pronunciamientos de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo procede concluirse que la pretensión de fijeza es el mecanismo útil y adecuado para sancionar el abuso en la contratación temporal.
Esta sentencia refuerza el trabajo que desde CCOO se hace en defensa de los intereses de las personas trabajadoras y todo ello encaminado a que la eventualidad en la Administraciones Públicas sea sólo para aquellos supuestos que la justifican y no para cubrir las necesidades estructurales que existen en los servicios públicos que deben ser cubiertos con personal estable y con derechos.
Fuente: Comunicado de CCOO de Navarra de 19/12/2022
NOTA DEL EDITOR: Recordemos la jurisprudencia actual de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ante el abuso de temporalidad del laboral públco, que asegura tener tan clara que no es necesario consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea:
- reconocer
el abuso de temporalidad en base a la normativa europea transcurridos 3
años sin que se haya cubierto el puesto con personal fijo o se haya
estado realizando diferentes contrataciones de la misma categoría bajo
el mismo empleador, y conceder al trabajador público con contrato laboral en situación de abuso la figura del "indefinido no fijo", salvo y al menos para las sociedades empresariales públicas,
que se haya superado la fase de oposición de un proceso previo para
fijo, concediéndose en ese caso el carácter de laboral fijo (sentencia de 16/11/2021 , doctrina "AENA")
Recordemos , una vez más, que en el Orden de lo Social, donde se tratan los temas de empleados públicos laborales, están pendientes estas 3 peticiones elevadas por una sección de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid:
- por el Auto del TSJM de 21/12/2021 que ya comentamos aquí en una entrada, presentada al TJUE el 17/02/2022, y ya clasificada como asunto pendiente C-110/22 o "UNED"
- por el Auto del TSJM de 22/12/2021 que comentamos en esta otra entrada, presentada al TJUE el 27/01/2022, y ya clasificada como asunto pendiente C-59/22 o "Consejería de Presidencia"
- y por el Auto del TSJM de 03/02/2022 , que comentamos en esta otra entrada, presentada al TJUE el 03/03/2022, y ya clasificada como asunto pendiente C-159/22 o "Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid"
La cuestión prejudicial de un Juzgado de Barcelona de Julio de 2021, y por la que preguntaba únicamente si la figura del "indefinido no fijo" español, que se concede por la jurisprudencia actual del Supremo como la sanción para el abuso de temporalidad del empleado público laboral temporal, no debería considerarse un "contrato de duración determinada", un temporal, a los ojos de la normativa europea fue ya respondida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 26/04/2022 por un simple Auto en que dicha figura no deja de ser un temporal más según la normativa europea.
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [11/08/2020] El Tribunal Superior de Justicia de Galicia volvió a sentenciar fijeza como sanción según Directiva Europea ante la situación de fraude de abuso de temporalidad y acceso al puesto por proceso selectivo en el caso de 6 empleados públicos laborales por obra y servicio del Ayuntamiento de Cervo. Su abogado confirma que la sentencia ya es firme
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto griego "M.V. y otros/Municipio de Agios Nikolaos": golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado en el tiempo como las interinidades de vacante. Y una vez más, reitera que la justicia nacional puede conceder la medida general de la fijeza como sanción si no hay sanción disuasoria contemplada en la legislación nacional para el caso de empleados públicos aunque se prohíba [o se interprete que lo prohíbe] por una norma nacional existente
- [02/06/2021] [Ignasi Beltrán] La
Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid concede la
fijeza a temporal de 31 años de Correos como la sanción adecuada al
abuso de temporalidad en lugar del indefinido no fijo, por no
considerarla medida válida tras la sentencia europea "Sánchez Ruiz y
otros" de 19/03/2020 y al no existir en la legislación española medidas
de sanción suficientes que pudieran ser alternativa a la fijeza [y pese a
la doctrina del Supremo de considerar también a las sociedades públicas
empresariales bajo los principios del Estatuto básico del Empleado
Público para el acceso al puesto fijo , como una AAPP ]
- [30/07/2021] [Ignasi Beltrán]
Juzgado de Barcelona, ante una demanda de fijeza, plantea una cuestión
prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la
figura del indefinido no fijo es temporal para la normativa europea y
por tanto no es suficiente para sancionar el abuso de temporalidad en el
empleo público
- [26/11/2021] [Arauz] "La Sala de lo Social del Supremo dicta sentencia de fijeza a empleados públicos temporales en régimen laboral que accedieron tras superar proceso selectivo sin plaza" [en caso de temporal de AENA en mismo puesto 10 años que superó proceso selectivo para fijo sin obtener plaza]. Texto anonimizado de la sentencia
- [24/12/2021] El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea
- [24/12/2022] [I. Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea una importante batería de cuestiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española
- [29/12/2021] Publicada en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores
- [03/02/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid planteó, por otro caso de una laboral indefinida fija más de 13 años, el 22/12/21 su misma e importante batería de cuestiones de 21/12/21 al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española. También pregunta si convocar la plaza de personal en abuso en un proceso selectivo de libre concurrencia con indemnización de 20 días para quien no lo supere como los del Real Decreto-Ley 14/21 -y como también son todos los procesos de la nueva ley 20/2021- puede valer para esquivar esa conversión en fijo como sanción al abuso (en caso de que no exista otra medida y la figura del indefinido no fijo no valga)
- [07/03/2022] La sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por el caso de una laboral interina de vacante más de 3 años, plantea cuestión prejuficial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que vuelve a cuestionar si la figura del indefinido no fijo del Supremo para laborales puede valer como sanción al abuso de temporalidad y cuestiona además si los procesos de estabilización, y concurso de méritos, de libre concurrencia indemnizados con un tope de 1 año de sueldo. de la nueva ley 20/2021 pueden valer com sanción y así evitar la declaración judicial de fijeza
- [04/05/2022] El Tribunal de Justicia Europeo responde con auto, ante la claridad de la respuesta, a la cuestión prejudicial de un juzgado de Barcelona: la figura del indefinido no fijo que se concede como sanción judicial al abuso de temporalidad del empleado público laboral español no deja de ser un temporal más según la normativa europea. No entra a valorar si puede valer como sanción al abuso: no se le preguntaba aquí
- [23/05/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña , tras las sentencias europeas, vuelve a sostner que ante el abuso de temporalidad en empleado público laboral no es suficiente la figura actual del indefinido no fijo y sentencia de nuevo el carácter "indefinido" libre de la cobertura del puesto como causa válida de cese y sin reconocer la condición de "laboral fijo" en sí
- [26/05/2022] [Pau A. Martí] El Juzgado de lo Social nº 20 de Barcelona sentencia la fijeza a 22 técnicas especialistas en educación infantil , empleados públicas laborales, de la Generalitat como la sanción adecuada al abuso de temporalidad según la jurisprudencia europea
- [21/06/2022] [Pau A. Martí] El Juzgado de lo Social nº 25 de Barcelona sentencia la fijeza a 34 educadoras sociales , empleados públicas laborales, de la Generalitat como la sanción adecuada al abuso de temporalidad según la jurisprudencia europea , especialmente tras el último auto del Tribunal Europeo sobre que el indefinido no fijo es un temporal más
- [27/06/2022] Juzgado de Barcelona sentencia el carácter "indefinido", libre de la cobertura del puesto como causa válida de cese, a 34 educadoras sociales de la Generalitat como sanción al abuso de temporalidad acorde a las sentencias europeas conforme al derecho español. Aplica doctrina de secciones de las Sala de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia de Cataluña y Madrid y el reciente auto del Tribunal Europeo sobre la temporalidad de la figura del indefinido no fijo de la jurisprudencia actual española
- [28/06/2022] [USO] 'Tras demanda de USO: condenado el CSIC a fijeza de un interino. La sentencia de fijeza en el CSIC, a demanda de FAC-USO, rechaza declarar al trabajador indefinido no fijo por ser figura contraria a la sentencia del TJUE'
- [21/07/2022] [CCOO Castilla-La Mancha] 'El Tribunal Superior de Justicia da la razón a CCOO y reconoce la condición de personal fijo a un trabajador del Ayuntamiento de Caudete.' [ EL TSJCM corrobora que "a situación de indefinido no fijo no es una sanción suficiente para la Administración"]
- [29/07/2022] [Noticias de Navarra] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra sentencia la fijeza a un trabajador temporal de la Administración autonómica de Navarra
- [29/08/2022] [Gob. de Navarra] 'El Gobierno de Navarra estabiliza 69 plazas de distintos puestos de trabajo Se trata de la primera convocatoria por la que la Administración foral prevé hacer fijos 3.588 puestos temporales'
- [01/09/2022] [SAE Navarra] 'Aumentan las sentencias favorables a Técnicos de Enfermería defendidos por SAE. El Juzgado ha dictado varias sentencias en las que se reconoce la condición de personal laboral fijo e indefinido no fijo.
- [13/09/2022] [Araúz] 'El Tribunal de Justicia de la UE concede a Araúz trámite de observaciones escritas en el proceso prejudicial planteado por el juzgado de lo C-A n° 17 de Barcelona' [al Tribunal europeo preguntando si la doctrina actual del Supremo es suficiente para el abuso del funcionario interino y , si ante falta de medidas, no cabe más que la fijeza]
- [28/09/2022] [Servicios
Públicos UGT Navarra] 'Un juzgado declara fijas a dos trabajadoras del
Servicio Navarro de Salud' [ laborales y en lugar de indefinidas no
fijas al "haber superado un proceso selectivo" y llevar muchos años -de 8
a
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