'El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha dictado este lunes una providencia en la que acuerda, con carácter previo a la suspensión temporal de los recursos asociados a Telegram, solicitar a la Comisaría General de Información un informe sobre la plataforma Telegram. El magistrado solicita información sobre sus características así como sobre la incidencia que pueda tener sobre los usuarios la suspensión temporal que acordó en un auto del pasado viernes y cuya ejecución queda en suspenso.
En el citado auto, el magistrado ordenaba a las operadoras de telecomunicaciones y de acceso a Internet la suspensión temporal de Telegram en el marco de un procedimiento por un delito de vulneración continuada de derechos de propiedad intelectual contra los titulares de diversos canales creados en la red social.
En su resolución, Pedraz explicaba que la medida tiene apoyo legal contemplado en el artículo 13.2 de la LECrim: “En la instrucción de delitos cometidos a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información o de la comunicación, el juzgado podrá acordar, como primeras diligencias, de oficio o a instancia de parte, las medidas cautelares consistentes en la retirada provisional de contenidos ilícitos, en la interrupción provisional de los servicios que ofrezcan dichos contenidos o en el bloqueo provisional de unos y otros cuando radiquen en el extranjero”.'
Fuente: Comunicación del Poder Judicial de 25/03/2024
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