'El 22 de febrero de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictó una sentencia a diferentes cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), sobre el abuso de la contratación temporal en las Administraciones Públicas.
Ante la expectativa y debate suscitados, la Asesoría Jurídica de CSIT UNIÓN PROFESIONAL precisa que esta sentencia del TJUE:
- NO es de aplicación directa en España ni a ningún caso concreto. Sin embargo, su criterio jurídico en relación con la Directiva Europea y el abuso de la temporalidad, debe ser observado por nuestros Tribunales.
- De momento, su alcance se limita al personal laboral temporal. En próximas fechas, esperamos nuevo pronunciamiento europeo en relación al personal funcionario/estatutario.
- Aclara que la declaración a un empleado público de personal INDEFINIDO NO FIJO no cambia su condición de personal temporal y, por tanto, tampoco constituye una sanción adecuada contra el abuso.
- De la misma forma, tampoco la indemnización de 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades, constituye sanción que compense el abuso de temporalidad.
- La convocatoria de procesos de consolidación de empleo público prevista en el Derecho español (en los términos, ya conocidos, del Acuerdo adoptado por CCOO, UGT y CSIF) no resulta adecuada para sancionar debidamente la utilización abusiva de sucesivas relaciones laborales indefinidas no fijas.
- La fijeza podría constituir una medida adecuada y proporcionada contra el abuso, pero ni la impone ni establece cuál debe ser, derivando a nuestros Tribunales el determinar qué medida, en cada caso, es adecuada para sancionar el abuso.
La sentencia del TJUE de 22 de febrero de 2024, en definitiva, supone un paso adelante para combatir el abuso, pero no despeja la situación, dado que, la solución definitiva y su alcance habrán de ser fijados por el Tribunal Supremo, cuya primera respuesta ha sido elevar al propio TJUE una nueva cuestión prejudicial para aclarar cómo debe interpretar la sentencia y cómo aplicar la fijeza en el empleo público. Esto, en la práctica, provocará una nueva suspensión de los recursos pendientes de resolución y alargar, aún más si cabe, la solución final a este mal endémico de la precariedad laboral en nuestras Administraciones Públicas.'
Fuente: Comunicado del sindicato madrileño CSIT-UP de 08/03/2024
Enlaces en el texto y resaltados en negrita cursiva nuestros
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medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto
directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación
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