viernes, 17 de enero de 2025

[Araúz] Juzgado nº 35 de lo Social de Madrid sentencia la fijeza por abuso de temporalidad a una empleada público laboral temporal de la Administración de la C. de Madrid

 'El Juzgado de lo Social nº 35 de Madrid ha dictado sentencia de fecha 30 de diciembre de 2024, en la que, estimando nuestra demanda, declara fija a una empleada pública laboral temporal de la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid aplicando la Directiva 1999/70, en razón del abuso en su contratación temporal abusiva producida en cuanto que empleada laboral temporal que inicia su relación laboral con la CCAA de Madrid el 7 de septiembre de 2001, siendo su último contrato de 9 de noviembre de 2020'

Fuente: Nota  del gabinete de Araúz de 16/01/2025 recibida en APISCAM

Resaltados en negrita cursiva nuestro
 
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14 comentarios:

Anónimo dijo...

Enhorabuena a la afectada y al Despacho Arauz, pero no debemos pasar por alto que se trata de un caso en el Orden Social. En el Orden Contencioso-Administrativo lo venimos teniendo bien crudo.
Ánimo a los interinos.

Anónimo dijo...

El ánimo ya lo perdimos cuando fuimos abusados, cedidos, desinformados, cesados y pensamos que la solución al igual que el abuso, injusto y transversal para todos los cuerpos, en todas las AAPP y en las diferentes jurisdicciones iba a ser tratada de la misma forma, pero NO, nada más lejano a la realidad.

A los interinos todavía nos quedaba el calvario de aceptar que ante los mismos abusos sufridos, otra vez, unos SI y otros NO. Hay mayor castigo? Hace años el daño ya se convirtió en irreparable.

Teníamos que haber sabido que éramos carne de cañón para ser abusados durante años, sin límite ni información, tanto en el trabajo como en la posterior falta de justicia.

Anónimo dijo...

Bombazo Aráuz!!! Gran profesional, gracias por tu trabajo y la visibilización que haces de este tema a nivel nacional y europeo.

Anónimo dijo...

Gracias al trabajo de Arauz y a su reconocimiento en la jurisdicción Social, a la que deberíamos pertenecer todos los trabajadores públicos, tanto fijos como temporales, pues la relación que tenemos con la Administración es única y exclusivamente laboral.

Por desgracia a los interinos nos toca sufrir el indeseado e injusto baile con la más fea, guarra y corrupta.

No es casualidad que por ello la Administración tenga el afán de funcionarizar plazas ocupadas por laborales temporales, así se garantiza que tengan menos derechos laborales si acuden a la vía contencioso administrativa que en la social.

Esto es España, qué puede salir bien para el currito honrado? NADA

Anónimo dijo...

Pues que queréis que os diga, que esto sea noticia en 2025 tras 10 años desde las primeras sentencias de los jueces sustitutos, no es que sea triste, es que es penoso.
Mucho tiene que cambiar la cosa para que se revierta la situación. Quien no quiera verlo que se quite ya la venda de una vez. En 10 años no se ha conseguido nada mas que el concurso de méritos (para unos pocos) y una docena de sentencias en lo social y en primera instancia, revocadas casi todas en segunda instancia.
Asi que, a estudiar!

Anónimo dijo...

Te equivocas TROLL

Existen sentencias firmes de FIJEZA. Como por ejemplo las del Tribunal Superior del País Vasco.

Además las sentencias del TJUE del año pasado son proFIJEZA, por eso el Tribunal Supremo ha realizado consultas al TJUE.

Y además están las cartas de emplazamiento de la Unión Europea, exigiendo a España que cumpla la normativa de la Unión Europea y sancione el abuso de temporalidad en el sector público.

España es el único país de la Unión Europea que no sanciona el abuso de temporalidad en el sector público. Pero la respuesta del TJUE al TS será como las del año pasado, FIJEZA.



https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunales-Superiores-de-Justicia/TSJ-Pais-Vasco/Oficina-de-Comunicacion/Archivo-de-notas-de-prensa/-La-Sala-de-lo-Social-del-TSJPV-declara-la-fijeza-de-una-trabajadora-interina-del-Departamento-de-Educacion-en-aplicacion-de-la-sentencia-del-TJUE

Anónimo dijo...

Más claro no se puede decir. PIM PAM

Anónimo dijo...

Podría alguien dar alguna pista más sobre este caso? Por ejemplo si se refiere a un caso de aprobar sin plaza, cumpliendo con Igualdad, mérito y capacidad? Gracias y enhorabuena.

Anónimo dijo...

Y el troll, más vale que se metiese con los que han hecho las cosas mal.

Anónimo dijo...


Lo de "igualdad, merito, capacidad y publicidad" es obligatorio según la Constitución para el acceso a la función pública. Y es obligatorio para todos los trabajadores fijos o temporales.

Si conoces algún caso en el que se accedió a trabajar como temporal sin cumplir los principios Constitucionales, denúncialo.

Si está trabajando, es que ya ha cumplido "igualdad, merito, capacidad y publicidad".

Anónimo dijo...



Para ser Funcionario de Carrera no hace falta hacer exámenes ni estudiar ni oposiciones. Que mejor ejemplo de Funcionario que el mismísimo hermano del Presidente de Gobierno.

Anónimo dijo...

No penséis que los laborales lo hemos tenido fácil ni lo tenemos resuelto. Yo soy laboral y pasé por todo el periplo de instancias judiciales hasta que el Supremo se hizo el sueco y desestimó recurso de casación. Son escasas las sentencias favorables, bastante recientes y no ha supuesto un cambio de criterio jurisprudencial claro de la sala de lo social. Más bien están limitadas a los TSJ de algunas comunidades. La mayor parte de los laborales hemos tenido que tragar con los procesos de mal llamada estabilización. Unos han conseguido la fijeza por esta mierda de vía, en muchas ocasiones empeorando condiciones en plazas mucho peores que las que ocuparon durante años, y otros han quedado en la calle. Solo nos queda esperar a ver si, una vez se pronuncie definitivamente el TJUE con las evasivas del Supremo, podemos conseguir alguna compensación por el abuso cometido durante años.

Anónimo dijo...

Estudiado estaba el abuso en la temporalidad al que nos han sometido las corruptas administraciones públicas de éste país, el que hemos padecido durante demasiados años.

Se estudió tanto el abuso en la temporalidad como su no inspección ni sanción si a alguno se le ocurría demandarlo.

Cuánto dinero se han ahorrado las Administraciones públicas a nuestra costa? Años sin hacer procesos selectivos, ni cubrir vacantes por concurso o jubilaciones, quienes creen que hizo su trabajo?
Lo que se dejaron sin estudiar es la deriva de éste abuso en en otros más graves, que de buena gana se aceptó al no ser perseguido ni sancionado. Qué esperaban, que desapareciese? No solo han contagiado con su mala praxis a los sindicatos, que ya estaban en duda, sino también a la justicia española, que por el camino se ha ido haciendo cada vez más pequeña, quedado sin excusas ni prestigio, ni aquí ni en Europa.

Anónimo dijo...

13:47 Nadie piensa que sea fácil, pero es para celebrar, aunque sea con cuentagotas, los que lo han logrado por el trabajo y la voluntad de quienes parece han visto que este tinglado ya se ha estirado demasiado, no da para más.