NOTA DEL EDITOR PREVIA: Carta abierta de APISCAM dirigida a la atención del Consejero de Sanidad
con copia a la atención de los Directores Generales de Recursos Humanos y de Sistemas de Información Sanitaria del SERMAS registrada ayer 18/12/2013
Estimado Señor Consejero :
Como Vd sabe
por cartas previas (las últimas de 20/12/2013 y 20/02/2013), APISCAM
es la Asociación
Profesional
que representa los intereses del colectivo del personal
informático propio de las instituciones sanitarias del SERMAS,
contando entre sus socios con la mayoría del personal de este
colectivo, colectivo que sufre un
grado de temporalidad
excepcionalmente elevado (dos
terceras partes) e
injusto
ya que no ha tenido nunca oportunidad de consolidar en categorías
propias porque la creación de categorías
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
estatutarias,
se demoró
excesivamente en el tiempo, teniendo lugar su creación mediante
la Ley
10/2009 de Medidas Fiscales y Administrativas.
Si
bien dicha Ley habilitaba al Consejo de Gobierno a "regular los
requisitos y condiciones de integración del personal que actualmente
desempeña funciones informáticas en las Instituciones Sanitarias
dependientes del Servicio Madrileño de Salud", el Decreto de
integración finalmente publicado por el Gobierno de la Comunidad de
Madrid (DECRETO 69/2010, de 30 de septiembre) dejó fuera
de plantilla (como
fijo o vacante ocupada por nombramiento de carácter interino) de
dichas categorías
a la mitad del personal con las funciones mencionadas en las
instituciones sanitarias del SERMAS, en concreto al personal con un
nombramiento eventual,
de sustitución o de grupos inferiores al C1,
personal que en todos los casos realizan funciones TIC estructurales
que no pueden considerarse coyunturales y durante tiempos superiores
a 2 años en todos los casos (y más de 10 en la mayoría).
Precisamente, en nuestras cartas anteriores le solicitábamos
completar el necesario
proceso de regularización mediante integración en plantilla
de
las categorías estatutarias de informática
del personal pendiente citado.
Como Vd. mismo reconoció el pasado 25 de Octubre en su discurso de inauguración del Programa de Desarrollo de competencias en Sistemas y TIC Sanitaria, y ante la mayoría del colectivo presente como audiencia, los profesionales de función TIC del SERMAS han “acreditado un nivel de competencia muy elevado” y su “extraordinario trabajo desempeñado” ha resultado y resulta “decisivo” para la consecución de muchos de los proyectos estratégicos de la Consejería y de las Gerencias, donde las TIC siempre están presentes de manera esencial. Aprovecho para agradecerle públicamente sus palabras.
Es
más, las funciones actuales de este colectivo siguen siendo
imprescindibles para la continuidad de la labor asistencial
normal de los centros sanitarios por lo que no pueden más que
considerarse estructurales. Por último, estos profesionales ostentan
una experiencia y un conocimiento muy valioso tanto de
la organización como de sus procesos informáticos que si son
aprovechados de una forma eficiente en toda la organización
-incluidos los de Servicios Centrales-, en todos los niveles
-incluidos los de gestión y dirección de proyectos- y en todos los
proyectos -incluidos los de centralización-, contribuirán
verdaderamente a la sostenibilidad del Sistema por ahorro de costes y
al control y retención del conocimiento sobre los Sistemas de
Información TIC, que son imprescindibles para poder realmente
disponer de unos sistemas TIC de la máxima efectividad al menor
coste.
Dado
que las funciones TIC serán de mayor importancia si cabe en el
futuro para dicha sostenibilidad y los proyectos estratégicos del
SERMAS, entendemos que la Consejería de Sanidad debe incluir a
todo el personal con nombramiento eventual de función TIC del SERMAS
en el plan de conversión de personal eventual en personal interino
anunciado para los próximos 6 meses,
y así se lo SOLICITAMOS mediante esta carta. Ya existe
el precedente del personal informático eventual del SUMMA, al que se
regularizó mediante los debidos nombramientos interinos hace unos
pocos años, hecho que agradecemos.
Además,
debe aprovecharse para integrar en la plantilla TIC orgánica al
resto excluido mediante, por ejemplo, las fórmulas legales ya
tratadas en anteriores ocasiones por esta Asociación con el Dir.
Gral de RRHH del SERMAS (dotación de nuevas plazas vacantes donde
integrar en plantilla de carácter interino al personal en categorías
de función administrativa: el de sustitución y de grupos inferiores
al C1 ).
Particularizando
al caso específico del personal con función TIC con
nombramientos eventuales en grupos inferiores al C1 de la Función
Administrativa, el
Decreto integración estipulaba que para el personal eventual que
viniera desempeñando funciones TIC se le iba a expedir un
nombramiento eventual en las categorías TIC, por lo que en toda
lógica resulta inadmisible que sigan realizando nuevos nombramientos
(o "renovaciones") en categorías de la Función
Administrativa para desempeñar funciones TIC existiendo las
categorías TIC por lo que SOLICITAMOS traslade al Dir. Gral de RRHH
que resuelva esta flagrante irregularidad expidiendo el siguiente e
inminente nombramiento en la categoría TIC de grupo C1 a todo este
tipo de personal, tal y como de hecho ya se ha procedido, y
autorizado, en algunos pocos casos recientes estos últimos años.
Atentamente,
en Madrid a 18 de Diciembre de 2013
Domingo
Sánchez Ruiz
Presidente
de APISCAM.
Asociación
de Profesionales de Informática de Sanidad de la Comunidad de
Madrid.
NOTA DEL EDITOR: el 49% del personal con función informática de las instituciones sanitarias del SERMAS no tiene regularizada su situación en plantilla de las categorías de informática; 36 de ellos (el 23%) por encontrarse en la situación de nombramientos eventuales, acumuladas en práctica totalidad durante más de dos años y en la gran mayoría durante más de 10 años
Entre las reclamaciones históricas e irrenunciables de este colectivo figura no sólo la creación de las 3 categorías de informática en Sanidad, satisfecha en 2010, sino también la opción de adscripción en plantilla de esas categorías a TODO el personal que realiza funciones de informática en el SERMAS, los fijos como fijos y los temporales de larga duración (los 2 años del Estatuto Marco) como interinos; sin olvidar el caso especial de la adscripción en la categoría informática de grupo C al personal actualmente contratado de forma irregular en grupos D pese a desarrollar funciones técnicas de informática reconocidas como mínimo en la categoría informática de grupo C).
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