[Recordatorio de entrada publicada el 22/12/2022]
'El Defensor del Pueblo Europeo ha abierto un procedimiento de investigación
contra la Comisión Europea sobre el tema de la tramitación de las dos denuncias
presentadas por EPA el 5 de julio de 2021 y el 29 de marzo de 2022. La investigación
se centra en la manera con la que la Comisión Europea tramitó las dos denuncias
emitiendo contestaciones confusas y en las irregularidades administrativas
producidas por decisiones contradictorias de la Comisión Europea en cuanto a las
mismas denuncias.
Más en concreto, el Defensor del Pueblo Europeo estimó la alegación de EPA sobre
la pasividad y la mala administración de la Comisión a la hora de contestar a las
quejas planteadas, siendo que la misma ni siquiera ha leído su contenido completo
pues, de lo contrario, hubiese llegado a una única conclusión, y es que los
argumentos dados en ambas quejas presentadas estaban totalmente
fundamentados y respaldados, tanto por normativa de la UE como por
jurisprudencia del TJUE. De hecho, tal y como se puede comprobar, ambas quejas
presentadas por esta parte fueron desarrolladas de manera pormenorizada y
fueron complementadas con un análisis jurídico exhaustivo de la nueva Ley20/2021 donde se aportó información suficiente para apoyar al argumento sobre
la infracción de la cláusula 5 del Acuerdo Marco de la Directiva 1999/70 sobre el
abuso de contratos temporales en el sector público.
Fuente: Nota de prensa de Empleados Públicos en Abuso [EPA] de 21/12/2022 recibida en APISCAM
Enlaces en el texto nuestros
- [09/09/2018] La
Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre
abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y
anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de
Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la
"fijeza"
- [28/02/2020] La Comisión Europea responde a la pregunta presentada por C's en el Parlamento Europeo sobre la falta de soluciones adecuadas al abuso de temporalidad en el empleo público que tiene abierta una investigación y que está pendiente la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo en los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros"
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [10/10/2020] IMPORTANTE La Comisión Europea informa del curso de la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, evaluará que la futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco Precisamente este martes 13 se debate en Comisión Pública del Senado una moción del Senador Sánchez-Garnica de "consolidación administrativa" presentada en Mayo. El grupo de Izquierda confederal presentó otra recientemente de concurso de méritos restringido como solución al abuso
- [16/03/2021] La Comisión Europea sigue respondiendo a las denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está recibiendo gran número de denuncias y que tiene una denuncia múltiple abierta que las agrupa, vinculando la investigación abierta a la reforma que haga España tras la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020
- [09/06/2021] La
Comisión Europea responde a denuncias personales de abuso de
temporalidad en el empleo público español que "evaluará" si las medidas
de reducción de temporalidad del Plan de reformas del Gobierno enviado a
la UE para optar a los fondos de recuperación "se adecúan al Derecho de
la Union Europea"
- [07/07/2021] [IMPORTANTE]
Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de
reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los
sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de
plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no
estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018:
un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e
indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal
que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [06/08/2021] IMPORTANTE
La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia
múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción
contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados
públicos españoles: está evaluando si la reforma introducida con el Real
Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio
es conforme a la normativa europea y evaluará las modificaciones
futuras anunciadas por la nueva Ministra
- [06/09/2021] La Comisión Europea responde que los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público
- [10/10/2021] La Comisión Europea responde que los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público
- [27/12/2021] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aplica en varias sentencias seguidas a la de 30/11/2021 su "doctrina" de que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad y niega por inexistentes o prohibida en la normativa nacional para personal funcionario la indemnización, la figura del indefinido no fijo de los laborales y la fijeza
- [29/12/2021] Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
- [|0/01/2022] La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo comunica nueva respuesta de Noviembre de 2021 de la Comisión Europea por la petición de "Enfermeras Eventuais en Loita" de 2019 sobre el abuso de temporalidad en empleo público español: "está analizando las modificaciones introducidas en la legislación española " a fin de " evaluar la conformidad de las normas resultantes" con la normativa y sentencias europeas
- [10/01/2022] La Comisión Europea en la comparecencia de ASEPAT sobre su petición ante el abuso de temporalidad en el Parlamento Europeo: "estamos examinando con detalle" la nueva ley y "vamos a seguir muy de cerca los próximos procedimientos legislativos vinculados" [de las CCAA y de algunos sectores] y "entonces evaluaremos la conformidad de los texto resultantes" con la directiva. PSOE: "este caso debería cerrarse tras la nueva Ley 20/2021, que establece medidas para la estabilización del personal y de compensación para el personal que no supere estos procesos ". Se aprobó mantener la petición abierta a la espera de la evaluacion de la Comisión Europea.
- [24/12/2022] [I. Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea una importante batería de cuestiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española
- [03/02/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid planteó, por otro caso de una laboral indefinida fija más de 13 años, el 22/12/21 su misma e importante batería de cuestiones de 21/12/21 al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española. También pregunta si convocar la plaza de personal en abuso en un proceso selectivo de libre concurrencia con indemnización de 20 días para quien no lo supere como los del Real Decreto-Ley 14/21 -y como también son todos los procesos de la nueva ley 20/2021- puede valer para esquivar esa conversión en fijo como sanción al abuso (en caso de que no exista otra medida y la figura del indefinido no fijo no valga)
- [07/03/2022] La
sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, por el caso de una laboral interina de vacante más de 3 años,
plantea cuestión prejuficial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea
en la que vuelve a cuestionar si la figura del indefinido no fijo del
Supremo para laborales puede valer como sanción al abuso de temporalidad
y cuestiona además si los procesos de estabilización, y concurso de
méritos, de libre concurrencia indemnizados con un tope de 1 año de
sueldo. de la nueva ley 20/2021 pueden valer com sanción y así evitar la
declaración judicial de fijeza
- [14/03/2022] [Parlamento europeo] 'Petición n.º 1177/2021, de la Plataforma de Interinos y Laborales de Larga Duración de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), sobre la temporalidad en las Universidades y Administraciones públicas españolas '
- [12/05/2022] La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo comunica respuesta, ya en español, de Febrero de 2022 de la Comisión Europea por la petición de 0832/2021, presentada por Empleados Públicos en Abuso (EPA), sobre la violación de la normativa y jurisprudencia europea por parte de la española en abuso de temporalidad en el sector público: recuerda que alguna sentencias han considerado que podría valer el "indefinido no fijo" y concluye que está "analizando" las modificaciones introducidas en la legislación española con la nueva ley 20/2021 a fin de evaluar la conformidad con la normativa y sentencias europeas y tomar entonces una decisión en el procedimiento de infracción abierto.
- [27/07/2022] La Comisión Europea sigue respondiendo a denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas
- [31/08/2022] La Comisión Europea vuelve a informar oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas
- [04/11/2022] [EPA] 'Admisión de queja ante el OMBUDSMAN “Defensor del Pueblo Europeo” '
- [24/11/2022] [EPA] Reunión de la asociación y lobby en la UE "Empleados Públicos en Abuso" con las representantes de la Comisión Europea en España [para instar a Bruselas a una respuesta urgente a las denuncias abiertas en la UE por el incumplimiento en el empleo público en España de la Directiva europea sobre abuso de temporalidad]
11 comentarios:
EPA le está haciendo un gran favor a la Comisión y a la Administración en España. Les está dando una oportunidad de sancionar en el último momento el abuso de temporalidad en el Sector Público en España.
Sin sanción al abuso de temporalidad, cuando salgan las prejudiciales y con cientos de miles de trabajadores en abuso de temporalidad cesados que han recurrido su cese, lo que tendrán es un caos absoluto.
España sigue siendo un país de BERLANGA , ha sido y seguirá siendo donde la justicia esta ausente, España va bien depende para quien......
y este problema de temporalidad se tenia que haber resuelto hace ya tiempo pero como país de Berlanga robamos ,engañamos etc y luego nos vestimos de chaqueta y queremos que el vecino no cague el perro en la calle .....
Al de las 11:49
Si hay sanción al abuso para eso sacaron la ley 20/21, otra cosa es que sea "suficiente y disuasoria".
Conoces mucha gente que haya impugnado su cese o que piense hacerlo...?
Ningún tipo de caos habrá cuando el TJUE se pronuncie. Todo estará resuelto.
300.000 consolidados
10.0000 fijos por sentencia.
El resto cesados con sanción "suficiente y disuasoria" y otro pocos (ofertas anteriores la ley 20/21)sin ningún tipo de compensación.
En mi centro y no es que seamos pocos, el único que yo sepa que lo ha judicializado soy yo.
Todo en manos del despacho de Arauz antes de que Iceta hiciera su obra maestra.
Así que a seguir saltando entre juzgados, y a esperar las prejudiciales del TJUE que nos protegerán a los pocos miles que estamos en esto. Supongo que algo podéis hacer aún el resto, en cualquier caso denunciar el fraude mientras estéis a tiempo ya que si el TJUE invalida la ley estaréis a tiempo. En nuestro caso no había sanción alguna, no hay duda.
Suerte al resto.
Los procesos selectivos abiertos no son sanción.
La indemnización al despido no es sanción.
Ánimo a todos, porque el que resiste gana, pero nos espera lo más difícil.
Al de las 11:00
Deberías de leerte algunas de las sentencias de TJUE para opinar.
De donde te sacas que la indemnización al despido no es una sanción...? Y qué los procesos abiertos no pueden ser una sanción...?
Tanto la indemnización como los procesos selectivos abiertos pueden llegar a ser una sanción "suficiente y disuasoria" si las acompañas con otras medidas adicionales.
Eso es lo que va a sentenciar el TJUE. Qué lo que tenemos ahora no es "suficiente y disuasorio", y pasará como en Italia que añadieron una penalización en las nóminas de los responsables de los servicios de función pública (3años cobrando menos en la carrera profesional) y con esta otra medida añadida ya consideró el TJUE que la sanción era "suficiente y disuasoria". Esto el gobierno lo sabe y es el cambio que se va a añadir cuando salgan las prejudiciales del TJUE.
Los procesos abiertos y las indemnizaciones se van a quedar como están.
Puede ser, pero en cualquier caso eso es de aplicación a los del post Icetazo.
Los 10000 de antes hemos denunciado cuando no existía sanción alguna, es lo que hay y lo que advertimos a quienes nos quisieron escuchar.
Y los que hemos denunciado después de la ley 20/21, tampoco tenemos sanción suficiente y disuasoria
Las medidas adicionales, no existen a día de hoy
Al de las 18:32
Y qué implica eso...? Piensas que la ley 20/21 se va a considerar nula por ese motivo. Nada más lejos de la realidad...!!! En el supuesto que el TJUE considere que hay que añadir medidas adicionales, estás se añadirán por parte del gobierno y la ley 20/21 será válida a todos los efectos. Insisto...!!! Lo tenéis muy difícil los que no habéis denunciado para antes del Icetazo.
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