Acaba de publicarse en la página web de la Comisión Europea de seguimiento de los procedimientos de denuncias múltiples una nota informativa de 31/05/2024 de la Comisión Europea sobre el seguimiento de la denuncia múltiple CPLT(2015)1071, sobre la "posible incompatibilidad de las condiciones laborales de los magistrados honorarios en Italia con diversas disposiciones del Derecho laboral de la Unión Europea", entre ellas la protección y sanciones ante su abuso de temporalidad.
Tal y como recuerda la propia Comisión en su nota, hubo dos primeras sentencias del Tribunal de Justicia de la UE sobre estos jueces honorarios:
- La sentencia de 16/07/2020 en el asunto C‑658/18, donde el alto tribunal europeo ya dijo que estos magistrados son trabajadores de la UE, bajo el ámbito de todas las directivas europeas sobre el trabajo, y como temporales , además bajo la protección de la Directiva Europea 1999//70/CE sobre empleo temporal (y además que eran jueces de la Unión Europea)
- La sentencia de 7/04/2022, en el asunto C-236/20, donde el Tribunal de Justicia de la UE , además de declarar derecho a la igualdad de trato en varias condicoines laborales cuestionadas por el caso (vacaciones anuales retribuidas y protección de la seguridad social), sentenció que sus largas temporalidades son una situación de abuso de temporalidad que requiere de una sanción y la normativa italiana que prohíbe la fijeza viola la normativa de la Unión Europea si no contempla otras sanciones disuasorias.
En paralelo, el 15 de julio de 2021, la Comisión decidió abrir un procedimiento de infracción contra Italia, el INFR(2016)4081,ya que entendió que su "legislación nacional aplicable a los magistrados honorarios no cumple plenamente con la legislación laboral de la UE", en concreto con la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada ("temporal"), la Directiva 97/81/CE sobre trabajo a tiempo parcial, la Directiva 2003/88/CE sobre el tiempo de trabajo y la Directiva 92/85/CE sobre trabajadoras embarazadas. En cuanto a la Directiva 1999/70/CE , la Comisión Europea determinó que no "están suficientemente protegidos contra la abuso de sucesivos contratos de duración determinada, y no tienen la posibilidad de obtener la adecuada compensación por tal abuso"
En reacción a la sentencia de 16/07/2020 y ese procedimiento de infracción, Italia adoptó una nueva legislación en diciembre de 2021, para ofrecer la posibilidad de regularización como trabajadores propios indefinidos del Ministerio de Justicia , con cambios de condiciones laborales, a los 6 mil jueces de paz italianos mediante unos "procesos de evaluación " ,
restringidos a los jueces honorarios actuales, con una
indemnización - en función de la antigüedad y con tope de 50 mil euros-
si elegían no presentarse o no acababan superando la citada evaluación. Recordemos, que el propio Gobierno italiano ahbía promulgó pocos meses después de la famosa sentencia del asunto Mascolo de Noviembre de 2014 un cambio legislativo ( el Decreto
Legislativo 81/2015 de transposición a su sector público de la Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal , en que de ó fuera a varios sectores del empleo público (como estos jueces honorarios) así como disposiciones legislativas transitorias de procesos restringidos de estabilización directa, primero para personal docente no universitario en abuso de temporalidad(como el personal de la sentencia Mascolo) y poco después para un amplio conjunto de sectores de empleados públcos (del que, dejaron fuera también varios sectores).
En ese contexto del desarrollo normativo de ese proceso de regularización llegó justo la 2ª sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea , que como hemos dicho, añadió la necesidad de una reparación a las situaciones de abuso por temporalidades prolongadas y que venía a poner en duda la suficiencia de los procesos restringidos de regularización en ese sentido de reparación (sanción) al abuso válida. Ya avanzá -que podría acabar obligando a modificar el proceso de regularización abierto de un proceso de evaluación a un proceso de fijeza directa- tal y como están solicitando sindicatos de los jueces honorarios.
La Comisión Europea determinó que dicha legislación aún seguía incumpliendo aspectos del Derecho de la UE , incluidas la protección y sanción al abuso de temporalidad, y envió una carta de emplazamiento adicional a Italia
el 15/07/2022.
Poco después el Tribunal de Justicia de la UE admitía a trámite un asunto de cuestión prejudicialm el asunto C-548/22, o "Presidenza del Consiglio dei ministri y otros (Rétribution des magistrats honoraires)", en el que precsiamente que se realizaba una cuestión , eso sí, bastante técnica y específica del caso, sobre los procesos restringidos de regularización de los más de 6 mil magistrados honorarios, Recientemente, tuvo lugar la publicación del informe de la Abogacía General en este asunto todavía pendiente, opinando que dicho proceso de regularización para ser fijos, por ser restringido , para todos y con indemnización alternativa al proceso en sí (y no al cese), sí puede valer como sanción al abuso de temporalidad.
El gobierno italiano respondió a la segunda carta de emplezamiento del procedimiento de infracción el 28/10/2022 y el 15/12/2022 , según recuerda la CE en la nota ahora publicada, y finalmente, el 14 de julio de 2023 la Comisión Europea decidió avanzar en el procedimiento de infracción emitiendo el siguiente paso de "dictamen motivado" por los incumplimientos identificados que seguían sin resolverse.
Ahora en su nota, la Comisión informa a los denunciantes que el Gobierno Italiano ha respondido indicando que va a realizar nuevas modificaciones legislativas que , "están en estos momentos siendo evaluadas por los servicios de la Comisión",
Es decir, en esta nota oficial destinada a los denunciantes agrupado sen la denuncia múltiple, la Comisión Europa repite lo que ha dicho recientemente al sindicato italiano de jueces "honorarios", en su petición al Parlamento Europeo. Dicho sindicato sigue reclamando un cambio legislativo para sus condiciones y, tras la sentencia europea de abril de 2022, que el procedimiento de estabilización incluido en la modificación legislativa realizad aen Diciembre de 2021 sea sustituida por una estabilización directa
La CE cierra su nota con el habitual "la Comisión mantendrá informados a los denunciantes a través de este sitio web del seguimiento dado a sus quejas".
Conviene recordar por último, que en cuanto al caso del abuso del empleo público en España que, según la propia Comisión Europea:
- la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción contra España, nº INFR(2014)4334,por "considerar que la legislación española no se ajustaba a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE" sobre el abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas
- y lo mantiene abierto en relación con el procedimiento de denuncia múltiple CHAP (2013)01917 (registrado como múltiple en 2018 unificando las denuncias previas desde una de 2013), a partir de la sentencia previa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020
"Sánchez Ruiz y otros", a la que previamente había vinculado la denuncia múltiple
- "la Comisión Europea está evaluando la adecuación de la legislación nacional aplicable al Derecho de la Unión Europea , incluyendo las reformas recientemente introducidas a través de la Ley 20/2021"
- y decidirá la acción que tomar en el marco d dicho procedimiento de
infracción INF(2014)4334" tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de los"asuntos C-59/22, Consejería de Presidencia; C-110/22, UNED; C-159/22, Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid; C-331/22, DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya; y C-332/22, Generalitat de Catalunya" (es decir , los 3 que se sentenciados el 22 de Febrero de 2024 y los otros dos que van a ser sentenciados el próximo 13 de Junio de 2024)
- [20/12/2014] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencia en el asunto "Mascolo y otros" que la situación de docentes italianos temporales durante años por cursos, en diferentes centros o en el mismo, es un abuso de temporalidad según la Directiva 1999/70/CE siendo " indispensable" alguna medida de sanción que "ofrezca garantias de protección" al trabajador
- [25/03/2015] [GILDA/Snadir] El tribunal regional de Nápoles sentencia la recalificación a fijo, aplicando la sentencia europea "Mascolo y otros " para 3 de los docentes de la sentencia europea, pese a la prohibición de la conversiíon en fijo de la normativa nacional
- [17/10/2017] Tras
la sentencia europea de 2014 Mascolo y la reacción judicial italiana,
el Gobierno italiano acaba aprobando una norma legislativa excepcional
para realizar procedimientos restringidos para convertir en indefinidos
empleados del sector público con más de 3 años de temporalidad, que se
suma al proceso excepcional restringido de personal docente ya
realizado
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz":
hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que
requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar,
orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso
selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [16/07/2020] El Tribunal Europeo sentencia que los "jueces de paz honorarios" italianos son trabajadores , temporales bajo la protección de la Directiva Europea sobre empleo temporal, y son jueces de la Unión Europea
- [16/07/2021] [Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de Julio.
Derecho laboral: la Comisión pide aclaraciones a ESPAÑA sobre las
prohibiciones y restricciones al trabajo a través de empresas de trabajo
temporal en el sector público; la Comisión insta a ITALIA a modificar
su legislación sobre las condiciones de trabajo de los magistrados
honorarios .
- [10/01/2022] El Gobierno italiano, tras la 1ª sentencia europea estableciendo que son trabajadores que no pueden ser discriminados con respecto al juez de carrera y el procedimiento de infracción de la Comisión Europea, regularizará los 6 mil jueces de paz con procesos de evaluación restringidos y una indemnización de hasta 50 mil euros si no se presentan o no los supera
- [07/04/2022] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto de los "jueces de paz" italianos: sus largas temporalidades , abuso de temporalidad que requiere de una sanción y la normativa italiana que prohíbe la fijeza viola la normaitva de la Unión Europea si no contempla otras sanciones disuasorias
- [08/06/2022] La Comisión Europea responde a los sindicatos de los jueces honorarios italianos que "está evaluando la pertinencia" de la reciente sentencia del Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad en dichos jueces, y en el contexto del procedimiento de infracción contra Italia ya abierto sobre sus condiciones laborales
- [10/08/2022] La
Comisión Europea concluye en su evaluación de la reciente modificación
de la normativa italiana sobre los jueces honorarios que no es
suficiente para cumplir con el derecho de la Unión sobre los derechos
de los trabajadores y el empleo temporal y envía carta complementaria en
el procedimiento de infracción contra Italia ya abierto por estos
jueces
- [18/07/2032] [Comisión Europea] 'Paquete de procedimientos de infracción de julio: principales decisiones. Derecho laboral de la Unión: la Comisión pide a ITALIA que adapte su legislación relativa a las condiciones de trabajo de los magistrados honorarios al Derecho de la UE' [No "están suficientemente protegidos" contra el abuso de temporalidad y "no tienen la posibilidad de obtener una indemnización adecuada debido a tales abusos". Avanza el procedimiento de infracción a Dictamen Motivado]
- [|9/07/2023] La Comisión Europea informa a los sindicatos italianos de jueces "honorarios", que reclamaban un cambio legislativo para su estabilización directa tras la sentencia europea de abril de 2022, que ha avanzado un paso en el procedimiento de infracción contra Italia por las condiciones laborales y la ausencia de sanciones suficientes al abuso de temporalidad de estos jueces de largas temporalidades
- [27/07/2023] [Unione Nazionale Giudici di Pace] 'La Comisión Europea notifica al gobierno italiano el DICTAMEN MOTIVADO' [de procedimiento de infracción por condiciones laborales y ausencia de sanciones suficientes al abuso de temporalidad en jueces "honorarios" italianos]. 'El gobierno italiano guarda silencio.'
- [03/11/2023] La Comisión Europea informa a los sindicatos italianos de jueces "honorarios", que reclamaban un cambio legislativo para su estabilización directa tras la sentencia europea de abril de 2022, que ha ampliado el plazo a Italia hasta el 14/12/2023 para cambio legislativo tras recibir respuesta del país. Nuevo asunto en el Tribunal Europeo, cuestionando los procesos de estabilización
- [20/02/2024 La Comisión Europea responde a sindicato italiano de jueces "honorarios", en su petición al Parlamento Europeo donde siguen reclamando un cambio legislativo para sus condiciones y estabilización directa tras la sentencia europea de abril de 2022, que en el plazo ampliado a Italia para cambios legislativos por el procedimiento de infracción , ha recibido respuestas que está evaluando. El nuevo asunto en el Tribunal Europeo, cuestionando los procesos de estabilización , tiene fecha del 29/02/2024 para el informe del Abogacía General de la UE
- [01/03/2024] Conclusiones de la Abogacía General de la UE en el asunto C-548/22 sobre magistrados honorarios italianos: el proceso, restringido y para todos, de regularización para ser fijos, con indemnización alternativa, puede valer como sanción al abuso de temporalidad
5 comentarios:
Buah, Italia queda muy lejos de aqui...
LOs laborales tienen el bodrio y engendro que invento el TS del INF que sigue siendo un temporal con 20 dias al cese, y los del Contencioso? que sanción tienen?? Ninguna nada de nada, ni INF, ni indemnización al cese, daños patrimoniales de imposible obtención, la jurisprudencia del TS de la sala 3 le quedan 10 dias.
Perpetuar el abuso en la temporalidad y todos los abusos laborales que de éste puedan derivar sin sanción es CORRUPCIÓN!!!
Al compañer@ que alude a la Corrupción!!!:
El dia 9 puedes votar a las elecciones europeas y recordar los partidos que en España han abandonado a los temporales e interinos junto a las 3 trillizas.
Cartas de emplazamiento
Condiciones de trabajo: la Comisión insta a ESPAÑA a impedir el abuso de contratos de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público
La Comisión ha decidido hoy enviar una carta de emplazamiento a España, ya que los trabajadores del sector público no están suficientemente protegidos contra el abuso en la utilización de contratos sucesivos de duración determinada ni contra la discriminación, tal y como exige la normativa de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo). Dicha normativa exige que los trabajadores con un contrato de duración determinada no tengan unas condiciones de trabajo menos favorables que las de los trabajadores fijos comparables, a menos que se justifique por razones objetivas. En la actualidad, la legislación española impide a los trabajadores del sector público esta protección. Además, España no dispone de salvaguardias suficientes para impedir la discriminación por razones de antigüedad en el puesto. La Comisión invita a las autoridades españolas a cumplir las normas pertinentes de la UE en su totalidad. España dispone ahora de dos meses para responder a los argumentos presentados por la Comisión; de no hacerlo, la Comisión puede decidir enviar un dictamen motivado.
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