Informa AMYTS este 27/01/2021 de la reunión aordinaria de Enero de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que tuvo lugar el mismo día, aportando el sindicato médico madrileño su habitual resumen, nuevamente de forma abierta, del que destacamos:
- Carrera profesional para personal no fijo:
- RRHH: sigue la prórroga presupuestaria y no hay crédito habilitado para este concepto, está solicitado para el presupuesto de la Comunidad de Madrid de 2021, pendiente de elaborar, de 70 millones para este concepto para 19.971 temporales
- AMYTS recuerda el acuerdo de carrera profesional firmado en julio de 2018 de incorporar aos temporales negociándose en el plazo de un mes
, - Reconversión de personal eventual en interino [de vacante]: RRHH informa que hay
1221 eventuales cuyas plazas deberían considerarse ya interinas [por
superar los dos años del Estatuto Marco] y propone [como en el pasado] y
también se ha solicitado que en los Presupuestos vaya la dotación como
plantilla orgánica, proponiendo la transofrmaicón del mismo eventual de
la plaza en interino
, - Reconocimiento a los profesionales:
- Por la pandemia de COVID, RRHH del sERMAS presenta una propuesta solo para profesionales que presten servicios durante el año 2021 en el Hospital de Emergencias Enfermera Isabel Zendal,
de hasta 20 créditos adicionales en carrera profesional y puntuación
adicional en las bolsas de trabajo,a modo de estímulo para minimizar las
renuncias
- los sindicatos habían solicitado gratificaciones
para todos los profesionales por la pandemia, entre ellas
reconocimiento a efectos de carrera profesional por el esfuerzo
realizado e imposibilidad
- por Filomena , se
retribuirán las horas de doblaje mediante unos criterios de pago que
supone un gasto total de 1 millón de euros, que AMYTs ve insuficiente al
ser inferior al doble de una hora ordinaria
- Teletrabajo: elaborado borrador tras un grupo de trabajo para valoración de los sindicatos
- Ruegos y preguntas: se acuerda el retraso del periodo de permisos y vacaciones hasta el 31 de mayo de 2021 solicitado por todos los sindicatos [ la instrucción de RRHH del SERMAS ya ha sido emitida]
NOTA DEL EDITOR: recordemos la sentencia del Tribunal Supremo que concede la carrera profesional a un
estatutario temporal del SERMAS, ante la demanda de un informático, reiterando su sentencia previa de 18/12/2018 por el caso de personal del Insttuto Catalán de Salud y establecida como su doctrina para todos los empleados públicos temporales , aplicando la
cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal como exigió la sentencia del Tribunal Superior de Justicia europeo de marzo de 2018
- [26/03/2018] El Tribunal Superior de Justicia europeo sentencia contrario a la Directiva europea del trabajo temporal excluir al Personal de Administración y Servicios temporal de la Universidad de Zaragoza de la Carrera Profesional horizontal
- [05/07/2018] [FeSP UGT Madrid] 'Firmado Acuerdo Carrera Profesional para todos' [Acuerdo firmado y Acta de la reunión de la Mesa Sectorial]
- [22/01/2019] El
Tribunal Supremo confirma el derecho de una estatutaria interina (del
Instituto de Salud Catalán) a la carrera profesional sin discriminación
alguna con el estatutario fijo aún cuando la normativa vigente contemple
esa discriminación, aplicando la Directiva europea de empleo temporal.
Había demandado el rechazo de su solicitud personal de carrera
profesional. El Alto Tribunal español reafirma que la carrera
profesional es una condicion de trabajo sobre la que cae la obligación
de la aplicación directa de la Directiva europea, superior a toda norma
local, de no discriminación entre el temporal y el fijo. Según la
sentencia confirmada, el Derecho Comunitario "desplaza" la
discriminación recogida en la norma local
- [03/04/2019] El Tribunal Supremo sigue aplicando su sentencia de 18/12/2018 como "doctrina" del derecho del empleado público a la carrera profesional aunque le excluya una norma regional derivada de un acuerdo sindical: cuarto caso estatutario catalán y segundo grupo de funcionarios y laborales de los Servicios Generales de la Administración Balear, en la que además queda anulada de su normativa la exclusión del temporal que incluía. Acaba de ser admitido a trámite ya en el Tribunal Supremo el primer caso de un estatutario interino del SERMAS
- [27/05/2019] Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que confirma el derecho de una estatutaria eventual del SERMAS a la carrera profesional aunque la excluya la normativa regional y el acuerdo sindical por aplicación de la doctrina del Supremo en base a su vez a la normativa superior europea de no discriminación en condiciones de trabajo entre el personal temporal y el fijotencia el derecho a la Carrera Profesional del personal estatutario eventual o sustituto' [Sentencia de Juzgado de lo Contenciso-Administrativo de Madrid ]
- [07/08/2018] Publicada en el BOCM la reactivación y nuevos niveles de la Carrera Profesional del SERMAS según el Acuerdo de Mesa Sectorial con la modificación de su ejecución hasta 2021 realizada por el Gobierno. Plazo para solicitar el reconocimiento a personal no sanitario y de FP. Pendiente negociación personal no fijo
- [28/11/2019] [AMYTS] Resumen de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid de 27/11/2019 [Rechazada la Carrera profesional para el temporal "por la prórroga presupuestaria", grupos de trabajo sobre categorías y estatutarización, conclusiones positivas del piloto de reducción de horarios en AP, ...]
- [09/01/2020] [Recursos Humanos del SERMAS] Resolución sobre el abono en Enero del segundo tercio de recuperación de la carrera profesional al personal estatutario fijo
- [09/07/2020] [CCOO Sanidad Marid] 'CCOO consigue, que el personal interino estatutario del SERMAS tenga derecho a cobrar la Carrera Profesional. CCOO gana la primera sentencia firme que reconoce el pago de Carrera Profesional al personal estatutario interino.'
- [24/11/2020] Primera sentencia del Tribunal Supremo que concede la carrera profesional a un estatutario temporal del SERMAS: ante la demanda de un informático, el Tribunal Supremo sigue su sentencia de 18/12/2018 y, aplicando la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal , reitera como doctrina que el personal temporal de la Administración Publica tiene el mismo derecho a la carrera profesional que el fijo, sin importar que la reclamación inicial no sea contra disposición alguna de la Administración
2 comentarios:
¡El domingo todos a la manifestación!
y el lunes al bar!
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