viernes, 19 de julio de 2019

[FSC de CCOO nacional] 'Análisis sobre los procesos de estabilización de empleo público' [Dan cumplimiento a la directiva europea y a las sentencias europeas y del Supremo, que repasa;: CCOO en contra de "carreras de demandas" por las expectativas generadas ante próximas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea]

'Tras analizar las últimas novedades respecto a los procesos de estabilización y las expectativas generadas por sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras quiere aclarar lo siguiente.

La situación en que se encuentra el personal temporal no es achacable al mismo, sino a la irresponsable y errática actuación combinada de los diferentes Gobiernos e incluso a los vaivenes políticos en materia de prestación y gestión de servicios públicos.

Estamos ante un problema de Estado que, de manera irresponsable, ningún Gobierno ha querido resolver a lo largo de décadas. Un problema del que son corresponsables la Administración General del Estado, las comunidades autónomas y las corporaciones locales, ya que los distintos gobiernos, de forma habitual, no han querido convocar las Ofertas de Empleo Público (OPE), ni siquiera con las limitaciones impuestas anualmente por tasa de reposición en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y, con ello, han venido incumpliendo sistemáticamente los preceptos del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), contribuyendo al incremento de la temporalidad, maltratando a las empleadas y empleados públicos interinos/temporales y abandonándolos a esta situación de temporalidad durante años.


Desde 1993 se vienen limitando, cuando no impidiendo, la convocatoria normalizada de OEP, hecho que se ha mantenido inalterable hasta la firma del primer Acuerdo para la mejora de condiciones de trabajo suscrito en la Mesa General de las Administraciones Públicas el 29 de marzo de 2017, posteriormente ampliado con el II Acuerdo firmado el 9 de marzo de 2018.

La Directiva 1999/70 CE, sobre el trabajo de duración determinada, es consecuencia de la traslación del Acuerdo marco de la Confederación Sindical Europea (CES) y las patronales europeas INICE y CEEP para adoptar las medidas necesarias que eviten el fraude o abuso en la contratación y la discriminación entre personal temporal y fijo, tanto en el ámbito público como en el privado, en todos los Estados miembros de la Unión Europea. Por tanto, estamos ante una directiva que emana de un acuerdo, negociado no sin dificultad, que se consigue entre empresarios, sindicatos y gobiernos a nivel europeo, donde CCOO a través de la CES tuvo un papel relevante, con planteamientos contundentes sobre los excesivos índices de temporalidad existentes en el marco privado pero también en las Administraciones Públicas.

CCOO siempre ha estado comprometida en la lucha contra la precariedad laboral y la búsqueda, dentro de los marcos legales establecidos, de soluciones para la erradicación de cualquier tipo de discriminación, además de acabar con la vergonzosa situación de temporalidad, también en el ámbito de lo público.

Los acuerdos para la mejora del empleo público y condiciones de trabajo de 2017 y 2018 responden precisamente a ello, siendo este último el que universaliza los procesos de estabilización para eliminar la altísima tasa de temporalidad en el conjunto del sector público. Busca además soluciones para aquellas situaciones de empleo que ni siquiera están consideradas como puestos estructurales, pero que igualmente están ocupadas por personal que lleva años concatenando interinidades, vía programas, que responden a necesidades estructurales y no coyunturales.

Estos acuerdos son consecuencia de las reivindicaciones que veníamos manifestando, así como dan cumplimiento (obligado) tanto a la propia directiva como a las numerosas sentencias, tanto del TJUE como del propio Tribunal Supremo (TS), dándonos la razón en ambos supuestos: no discriminación entre fijos y temporales, y eliminar el fraude o abuso en la contratación, siempre bajo el respeto a nuestro ordenamiento jurídico y jurisprudencia existente hasta el momento.

Estos acuerdos persiguen la estabilidad en el empleo, acabar con la temporalidad, introducir las medidas correctoras para evitar cualquier tipo de discriminación, la recuperación del empleo perdido e impedir la amortización de puestos de trabajo, la destrucción de empleo o privatización de los servicios públicos.

A pesar de la situación que vive el personal temporal e interino, no es posible desconocer los principios constitucionales de acceso al empleo público, como tampoco lo es desconocer el Derecho Europeo y los pronunciamientos del TJUE, por lo que de momento solo procede el cumplimiento de la regulación legal para estos procesos.

Ofrecer soluciones simples y generalizadas a un problema que es muy complejo es una irresponsabilidad, como demuestran los caminos de ida y vuelta que sobre el particular vienen produciéndose, ya no sólo por nuestros órganos jurisdiccionales, incluido el TS, sino por el propio TJUE. No es fácil que los jueces europeos asimilen y comprendan las peculiaridades del ordenamiento jurídico español en esta materia y más aún en el sector público. Un ejemplo paradigmático es la corrección del caso “De Diego Porras”, que tantas expectativas levantó. En 2016 se reconoce el derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado al personal interino y, posteriormente, el propio TJUE rectifica y dictamina que no se tiene derecho a indemnización alguna.

Quienes vengan ofreciendo una solución rápida, uniforme y sencilla, por la vía que sea —negocial o jurídica—, simple y llanamente están vendiendo humo o algo peor, como es poner en peligro un procedimiento que pudiera dar la estabilidad que el personal anhela y merece, en cumplimiento con la normativa y jurisprudencia existente.

Lo que no puede ni debe hacerse es lanzar a las trabajadoras y trabajadores a una carrera de demandas (miles de demandas a bajos/medios precios no dejan de ser cantidades importantes) y, menos aún, cuando estas son por la vía contencioso-administrativa, sin valorar cada caso concreto ni el momento procesal.

No hace falta recordar las indicaciones obligacionales reiteradas del TS de, una vez detectado el fraude, instar a la Administración a que se convoque la plaza en la siguiente oferta de empleo público o se amortice, a la vez que, mientras sale la plaza, reconoce al trabajador (para mayor tutela y protección) la condición de indefinido no fijo en caso laboral o mantiene el nombramiento interino en caso de personal funcionario.

El Tribunal Supremo se ha venido pronunciando en numerosas sentencias:

- Respecto a personal laboral (temporal) en caso de reconocerse abuso o fraude en la contratación en el ámbito de las Administraciones Públicas, se reconoce la figura de indefinido no fijo.

- Respecto a personal funcionario (interino) ha establecido que, en ningún caso, cabe la figura de indefinido no fijo, puesto que esta es inviable en el marco del Derecho Administrativo. En caso de reconocerse abuso o fraude en la contratación del personal interino y habiendo cesado el mismo, el TS en sus sentencias de 26 de septiembre de 2018 entiende nulo el cese y obliga a que se proceda a su reincorporación nuevamente como interino, reconociéndole los salarios dejados de percibir desde el cese, hasta que la plaza se cubra por los procesos reglamentarios o se amortice. Prevé la posibilidad, adicional, del reconocimiento de una indemnización por los daños y perjuicios causados que pudieran acreditarse.

Respecto a las expectativas generadas ante próximas sentencias del TJUE y cuestiones prejudiciales elevadas a dicho tribunal europeo por dos juzgados de lo Contencioso de Madrid, pidiendo pronunciamiento del mismo sobre si se ha de reconocer o no la fijeza en caso de fraude o abuso en la contratación de personal funcionario interino, hay que tener en cuenta que:

- Son dos cuestiones prejudiciales elevadas al TJUE por una misma jueza y anteriores a las sentencias del Tribunal Supremo de 26 de septiembre de 2018, por lo que no hay masivas demandas pendientes en el TJUE.

- La vista de estas dos cuestiones prejudiciales tuvo lugar el 15 de mayo y estaba previsto que las conclusiones de la abogada general (TJUE) se publicaran el 11 de julio, pero por sobrecarga de trabajo se ha retrasado al próximo 5 de septiembre. En cualquier caso estas conclusiones no son vinculantes.

- Estaba previsto que la sentencia del TJUE se conociera (de haberse confirmado las conclusiones el 11 de julio) entre los meses de septiembre y octubre. Con este cambio, es posible que no sea hasta final de año o incluso principios de 2020.

- No hay información alguna del sentido del pronunciamiento, ni mucho menos que éste sea el reconocimiento directo de la fijeza.

- El TJUE nunca dicta cuál es la solución concreta: se limita a contestar, en el mejor de los casos, cuáles serían o no acordes con el Derecho Comunitario, es decir, con Directiva 1999/70 CE, pero dejando amplio margen de valoración y concreción al juez nacional que, en todo caso, debe tratar de amoldar al máximo su resolución con lo establecido en el marco constitucional y legal español.

- La resolución de estos casos será aplicable a estos concretos y no a una hipotética y abstracta generalidad de personal temporal que presta servicios para las distintas AAPP.

- Por otro lado, el TJUE, en los citados casos pendientes de resolución de las dos cuestiones prejudiciales, podrá afirmar que entiende adecuada, como sanción al abuso en la contratación temporal, la fijeza, sobre todo cuando no existe en nuestro ordenamiento jurídico —ya lo ha dicho el TJUE hasta la saciedad— ninguna sanción a estas prácticas abusivas cuando son ejercidas por las Administraciones Públicas, pero en ningún caso establecerá condena alguna que obligue a tal cosa; bien al contrario, lo que hará, porque así lo establece el Derecho de la UE, es remitir a los órganos jurisdiccionales españoles para que apliquen la sanción que corresponda y hasta la fecha el TS ya hemos indicado cómo se ha venido pronunciando.

- En los últimos tiempos, y en materia de las consecuencias del fraude o abuso en la contratación en España, el TJUE viene poniendo freno y matizando buena parte de las consecuencias de sus propios pronunciamientos del año 2016, como en el comentado caso de la sentencia “De Diego Porras”.

CCOO está y estará en la defensa de los intereses de las empleadas y los empleados públicos, incluidos obviamente el personal interino y temporal. CCOO exige la recuperación de los derechos robados, de ahí que gracias a las campañas “En defensa de los Servicios Públicos”, “Recuperar Lo Arrebatado” y “Ahora lo público” hemos conseguido los acuerdos para la mejora del empleo público y condiciones de trabajo, con los que se ha iniciado la recuperación del poder adquisitivo, del cobro de todas las prestaciones en caso de Incapacidad Temporal, la jornada o la reapertura de las negociaciones en todos los ámbitos. Respecto al empleo, se han desbloqueado las OEP, tanto las de ingreso libre para recuperar el empleo perdido como los procesos de estabilización y consolidación, que garantizan, entre otros méritos, el reconocimiento de los años de experiencia trabajados para que el personal pueda acceder a la fijeza en sus puestos de trabajo, estableciendo así un proceso diferenciado de las OEP ordinarias.'



Fuente: Comunicado  de la Federación de Servicios  a la Ciudadanía de CCOO de 18/07/2019
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SENTENCIA TJUE->TRIBUNAL SUPREMO

PARALIZACIONES EN AAPP Y SOLICITUDES DE SINDICATOS A LA ESPERA DE  LAS SENTENCIAS  EUROPEAS O UN CONCURSO DE MÉRITOS

35 comentarios:

Anónimo dijo...

¡¡No tienen vergüenza!!

Anónimo dijo...

Esta es la manera de apoyar a los interinos?
¡¡Que cínicos!!

Anónimo dijo...

¡Hipócritas y mentirosos!

Anónimo dijo...


No culpan a los interinos, ni a los indefinidos, sino a la mala gestión de los distintos Gobiernos, durante decenas de años, y a la errática política de RRHH en distintas Administraciones Públicas, especialmente en la Administración Local, yo conozco, y tengo familia que ha ingresado en la Función pública local con una entrevista personal. Yo ingresé en la sanidad pública por una llamada de teléfono, dada mi antiguedad en el INEM, y ahora soy fijo.

Que tipo de apoyo queréis ?. Que los pasen a funcionarios de carrera/estatutarios del tirón, sin pruebas selectivas ??.

No entiendo nada, y ya sé que es muy largo de explicar y que cada uno tiene su película particular.

Anónimo dijo...

Lo único que hace CCOO es aclarar la realidad judicial. No entiendo porque la gente se indigna tanto.

Anónimo dijo...

Sinvergüenzas. Si realmente defendieran a los interinos abusados y en clamoroso fraude de ley, el tenor de esta comunicación sería muy distinto. Y hubieran defendido en 2017 y 2018 la aplicación de los articulos 61.6 y 61.7 del Ebep. No tienen vergüenza.

Anónimo dijo...

Totalmente de acuerdo con el ultimo anónimo.

Anónimo dijo...

Es justo lo que está defendiendo CCOO. Ignorantes. Pruebas selectivas, oposición y concurso oposición.
Que fácil es insultar.

Anónimo dijo...

Lo único que defiende CCOO son sus intereses. Y son contrarios a los de los interinos, también son contrarios a la legalidad vigente, como demostrará el TJUE. El que siga confiando en los sindicatos tradicionales es que es masoquista, o es uno de ellos...

Julio Cárdenas dijo...

Es decir, que aunque la sentencia del TJUE determine que una sanción adecuada al fraude es la fijeza, como en nuestro ordenamiento interno, tal sanción no existe, todo se va a quedar igual: aplausos para CC/OO. ¡Para esto habéis quedado!

Anónimo dijo...


De cada 10 cabezas en España, 1 piensa, y 9 embisten.

El TJUE nunca va a sancionar a un Estado miembro, que por un fraude en la Ley, cometa otro fraude en su Ley nacional vigente. Así que lo único que va a pasar es que las plazas van a salir a provision a una velocidad tal que todo este embrollo judicial va a provocar lo contrario de lo que se pretende. Acaban de salir a provisión miles de plazas y los examenes se han propuesto para mediados de octubre.

Por supuesto la culpa de nuevo hay que echarla a CCOO, que "lo único que defiende son sus intereses".

Anónimo dijo...

El Tjue ha corregido a España en muchas ocasiones: desahucios, cláusulas suelo, impuesto sobre actos jurídicos documentados, normas medioambientales... y también ha obligado a otros países a corregir su normativa laboral (Italia) en casos casi calcados al que nos ocupa. Y esto es lo que va a ocurrir también en este caso. Obviamente, el caso en cuestión sólo atañe a los tres afectados, pero el TS está OBLIGADO ha seguir lo que dicte el Tjue, que será la fijeza, sea contrario o no a la Constitución Española. Y creará un precedente imposible de soslayar por todos los jueces españoles, sean de la instancia que sean. El poder legislativo actuará rápidamente para evitar una avalancha de sentencias, y los sindicatos de clase se comerán sus palabras. Y el que aún esté afiliado a estos sindicatos desvergonzados, que se lo haga mirar...

Anónimo dijo...

Que todo sea ilegal, y que los sindicatos mentecatos lo justifiquen y apoyen es demencial y lamentable!.....que dicen de la prevaricación sistemática en las oposiciones a enseñanzas artísticas?.... 25 años enchufando profesores a alumnos, hijos y demás?....asco de país!!!!

Anónimo dijo...

Lo único que hace CCOO es explicar el panorama jurídico y encima la gente les insulta. Leed el texto antes de insultar. Que no te guste no quiere decir que no tengan razón.

CCOO lleva años de pleitos con la administración y ha ganado muchos juicios con criterio y tienen excelentes abogados laboralistas, aunque no sean tan mediáticos ni les guste chupar cámara como al del informático del SERMAS. Mucha gente ha entrado a la administración con una entrevista personal y tenía otras oportunidades laborales. ¿Quien les obligaba a seguir trabajando en el mismo sitio? Si tan buenos eran, ¿por qué no buscaron otras oportunidades laborales, en otras administraciones o en el sector privado?

Anónimo dijo...

CCOO se desmarca claramente de proteger al trabajador Interino. Motivo no es rentable por ahora... cuando vea que puede sacar dinero cambiara su postura sin ningún tipo de problema porque lo único que buscan es dinero y votos.
En cuanto a que va suceder, pues yo lo veo muy CLARO:
1) TJUE ya empieza a estar cansada sobre el tema y sencillamente obligará a a cambiar la leyes españolas así como ya ha sucedido en otros países.
2)Todos los interinos que cumplan los requisitos (ya sé dictaran en su momento) pasaran a ser funcionarios o mejor dicho fijos con los mismos derechos que los funcionarios porque lo más seguro es que se inventen un nombre para que quedemos "marcados".
3) y ya esta... todo lo demás son envidias, malos rollos y tonterías... Esta muy claro lo que va a suceder guste o no guste

Anónimo dijo...

CCOO es patético. Describe la situación, efectivamente, pero de una manera clarísimamente sesgada en contra de los interinos. Y sus palmeros y acólitos, no se les puede ver el plumero. Lo dicho, patético.

Anónimo dijo...


El que sabe poco, lo repite todo a menudo. CCOO es tan "patético", que a muchos de los interinos, afiliados o no, y de los contratados temporales en fraude de ley, afiliados o no, los defiende y los ha defendido con SUS abogados laboralistas/administrativistas (si los abogados de CCOO) en juicios, recursos, litigios de todo tipo, etc., y ahora son indefinidos, o no han perdido la condición de interinos. Algunos sindicalistas también se han dejado el pellejo ayudando y asesorando y acompañando como testigos en los juicios. Todos deben ser imbéciles, patéticos, vendidos, no ??.

Dificilmente se entiende, salvo para ignorantes, que CCOO esta CONTRA de los interinos e indefinidos, y a la vez los defiende con sus propios abogados; parece de género imbécil hacer eso, pero vamos para los ignorantes cabe todo. Lo peor de la ingratitud es que siempre quiere tener razón. Esta situación, patética, la han creado los distintos Gobiernos y sus gestores públicos, desde la D.G. de la Función Pública, y la de Costes de Personal, pero vamos que la culpa siempre va a los mismos, a CCOO.


Otra cuestión, es que la estrategia de CCOO en este asunto pueda estar o no equivocada, pues CCOO no defiende, ni debería defender que a los interinos de más de 3 años, en fraude de ley, etc. LOS PASEN DIRECTAMENTE A FIJOS, básicamente porque esto va contra las Leyes españolas.

Cuando cambien las Leyes y el fraude de Ley en la Función Pública se sancione con la fijeza del trabajador afectado, y a la vez (ojalá¡) con la apertura de expedientes disciplinarios y separación del servicio (por prevaricación) a aquellos funcionarios/políticos locales que permiten estas situaciones antijurídicas, pues ya se vera cual es la postura de CCOO y si se tiene que criticar o denunciar, o no.

Todo lo demás son ganas de insultar gratuitamente = Deporte nacional, de barra de bar, y charletas con cuñaos.

Poneos a estudiar, yo era interino ... y lo hice.

Anónimo dijo...

Efectivamente, la culpa es de las distintas corporaciones públicas. Pero la actitud de CCOO y otros dos sindicatos (ojo, no la de sus representantes locales que defienden lo contrario de lo que firmaron sus dirigentes nacionales) es patética. Y efectivamente, roza la imbecilidad. Y rectificarán, claro que rectificarán...

Anónimo dijo...

Claro, efectivamente. Aquí se cumple lo que dice la Constitución Española de 1978. No van a venir de fuera los alemanes, ingleses, holandeses y demás bárbaros a decirnos como tenemos que legislar. España es un Estado Soberano. Esto también lo saben los abogados de CCOO y defienden nuestra Soberanía. ¡Viva, Marcelino Camacho!

Anónimo dijo...


Lo más lógico y coherente es que todas estas plazas salieran a provisión por el TURNO LIBRE. Así no se producirían discriminaciones con el resto de ciudadanos que desean acceder a la Función Pública en condiciones de igualdad.

Efectivamente, como dice el último anónimo, dando vivas a Marcelino Camacho, CCOO no debería defender concurso oposición para beneficiar a los que llevan años ocupando de forma irregular una plaza que es de naturaleza fija o estructural, los de CCOO son unos sinvergüenzas como el resto de sindicatos.

Deberían defender OPOSICIONES LIBRES de todas esas plazas ocupadas en fraude de ley, en las que puedan participar todos los ciudadanos españoles y comunitarios, y sin privilegios para todos los que se han aprovechado de ocuparlas todos estos años de forma irregular.

Anónimo dijo...

Si es un FRAUDE, es un FRAUDE, y hay que restituir a los DEFRAUDADOS. FIJEZA YA!!!!

Anónimo dijo...

No os olvidéis de que a partir de ahora CCOO estará capacitada para mantener un "Diálogo Social":

CCOO y UGT estarán capacitados para el "Diálogo Social"

Una inyección económica siempre anima a los agentes sociales.

Anónimo dijo...

Yo soy interino y entré por méritos, como dice la ley. No por enchufe. He estado 20 años en condiciones de trabajo de fraude de ley sin que nadie me enchufe. Me parece muy bien que los que no han entrado por méritos y enchufados se vayan a la calle. También tendrían que irse a la calle todos los enchufados en oposiciones, que son muchos. Lo más objetivo es entrar a fijo por méritos sin pasar por la subjetividad de un tribunal. Por otro lado, que CCOO no se haga la víctima. Su comunicado es vomitivo, dando a entender que cargan con los interinos por no tener más remedio, pero que en cuanto los hayan echado ya estarán más a gustp. CCOO dan vergüenza ajena.

Anónimo dijo...

Lo más objetivo es una oposición con varios exámenes y con un tribunal imparcial, por turno libre, sin méritos que favorezcan a los interinos (enchufados o no). Hay muchas oposiciones así que salen todos los años. Insultar a CCOO por explicar la realidad judicial no lleva a ninguna solución para los interinos de larga duración. Nadie les obligaba a trabajar en el mismo sitio tantos años y en este tiempo podían haberse presentado a muchas oposiciones y si la solución que se impone es regalar la plaza a todo interino de más de 3 años de antigüedad, será el fin de los interinos.

Anónimo dijo...

Nadie te obliga a trabajar en el mismo sitio tantos años y siempre puedes optar a buscarte otro trabajo, con lo que si tú te puedes ir cuando quieras por qué yo no voy a poder echarte cuando me dé la gana, así que con ese argumento volvamos a otras época y permitamos el contrato temporal con despido libre y sin límite de tiempo como norma laboral generalizada (no sólo para empleados públicos). Los proyectos de vida personales no sé, pero la "competitividad" y las grandes empresas lo agradecerán.

Lo triste es que han conseguido que no sólo los sindicatos sino que sean los propios trabajadores los que defiendan la merma de normas laborales básicas (los miembros nórdicos y centrales de la UE deben flipar con estos del sur)

Anónimo dijo...

Los palmeros de los sindicatos hacen bien su trabajo... pero se les ve el plumero a la legua

Anónimo dijo...

Sí, sí señor(a) de CCOO. "Tribunal de oposiciones imparcial" sería lo ideal. Pero eso no existe ni poede existir. Tome el pelo a otro. Uno tiene una edad y ha conocido el testimonio de muchos miembros de tribunales. Incluso el sistema de oposiciones está pervertido al permitir que, en Educación, todas las programaciones se hagan en serie por preparadores para jóvenes con tiempo para ir a ellos. Unas programaciones caras pero entretenidas que se aprenden como loros y que unos miembros de tribunales aburridos y que están ahí a la fuerza premian, por ser entretenidas, con una plaza. ¿Dónde se demuestra ahí la capacidad docente? En ninguna parte. Lo más objetivo son los concursos de méritos (experiencia, cursos de formación, títulos...). Lo que pasa es que muchos lobbies síndico-funcionariales no quieren deshacrse de su poder. CCOO no quiere perder toda la pasta que saca con sus cursillos para opositores ni perder este sistema de castas en lo público que solo están dispuestos a deshacer exterminando a los que, siendo víctimas, han estado en fraude de ley. Tengan más vergünza.

Anónimo dijo...

El problema deriva del contexto legal. En condiciones de cumplimiento de la legalidad lo lógico y objetivo es optar por la oposición libre con tribunal imparcial con todas las garantías para que se cumplan los principios de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia. La situación actual del empleado publico temporal es que no se corresponde con ese contexto ni de lejos. Aquí, la situación no es para nada comparable, puesto que antes que funcionarios interinos, personal laboral temporal, etc. estas personas son trabajadores que han adquirido derechos por trabajar en condiciones abusivas. Por tanto se les debe aplicar el derecho laboral básico (que no derivado). Este derecho viene garantizado por la directiva 1999/70/CE ya que, incomprensiblemente, en nuestro ordenamiento jurídico interno nunca se preservó.

Esta es la razón por la cual existe tanta discrepancia con respecto a este asunto. El contexto de la realidad laboral actual, bajo mi punto de vista, no es comparable, y por tanto la legislación aplicable tampoco.

Sintiéndolo mucho debo decir que CCOO se equivoca en su comunicado al no defender al trabajador objeto de abuso.

Anónimo dijo...

Los principios de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia (y publicidad) se da en el caso de los interinos que han entrado por concurso de méritos lo mire como lo mire. Tdos han tenido opción de ir a esos concursos de méritos y los años de trabajo sin ser expecientado por incompetencia así como cursos y títulos superados son más objetivos que la subjetividad de un tribunal. Las oposiciones son una lotería. Eso lo sabe todo el mundo. España es el único paíus que aun utiliza este sistema obsoleto. Y lo que no puede ser es dejar en la calle a personas de 50 y 60 años para que pierdan su derecho a la pensión de jubilación. CCOO no muestra ninguna sensibilidad con estas personas.

Anónimo dijo...

Quién iba a decir que un sindicato como CCOO fuera la mano derecha del gobierno, aliado del exministro del PP Montoro. Tenéis el mismo discurso. Sólo os interesa apoyar a los funcionarios, a la gente que tiene éxito profesional y pasa por el aro de las oposiciones, pero vosotros no sois el sindicato para la inmensa mayoría de interinos que se van a ir a la calle por este ERE encubierto que tanto os gusta. Qué falta de sensibilidad social.Vuestra actitud es vergonzosa.

Anónimo dijo...

¿Y no será que los abogados de CCOO pueden tener una opinión de peso? Que no te guste lo que digan, no quiere decir que no puedan tener razón.

Suerte a los interinos de larga duración, pero a lo mejor no fiarse de los picapleitos mediáticos, que no buscan otra cosa que su autopromoción.

El concurso de méritos suele ser un mamoneo, precisamente porque los cursos del sindicato valen más que el conocimiento real, que se demuestra en un examen. Claro que hay oposiciones limpias con tribunales objetivos. Hay miles de plazas así todos los años. Pregunta a los aprobados. Que no quieras verlo, no te da el derecho a insultar ni te da la razón.

Anónimo dijo...

Opinión de peso? Más bien falta de vergüenza

Anónimo dijo...

Los sindicatos no pueden ser sólo meras oficinas de gabinetes jurídicos con abogados expertos para "defender" tus derechos laborales posibles con la ley y jurisprudencia vigente , tienen que ser además entes muy activos (eso incluye si hace falta, apostar por movilizaciones) para luchar que se consigan normativas y leyes, permanentes y puntuales, que defiendan los derechos laborales de sus trabajadores.

Y en el caso de los acuerdazos de las leyes Montoro es evidente que no lo han hecho: podían haber pedido una ley excepcional que , de conseguirla, haría legal todo lo que dicen ahora que no es legal

Anónimo dijo...

Señores de CCOO, sin entrar a valorar sus fundamentos jurídicos (la sentencia TJUE lo hará), les pregunto:

Han denunciado o han consentido la situación actual de temporalidad (25% aprox)? Pongan ejemplos sobre las denuncias que se hayan efectuado.

Les parece correcto que un trabajador lleve en una empresa mas de 3 años sin ser indefinido? De ser así, diganlo abiertamente. Si es que no, que han hecho ustedes al respecto en las negociaciones en las OPEs?

Las defensa jurídica que hacen sus abogados, son gratuitas o llevan coste? Lo digo porque da la sensación que ustedes defienden gratuitamente y el resto de abogados lo hace para ganar dinero.

Anónimo dijo...

El concurso de méritos es lo más objetivo a la hora de valorar la capacidad de un empleado. Si una persona ha estado 10, 15 o 20 años en un puesto de la administración sin ser expedientado por incomptencia, es que sabe hacer su trtabajo. De facto se lo ha reconocido como apto para el empleo desde el momento en que se lo ha mantenido todo ese tiempo. Así que ahora, para ahorrarse la jubilación a la que todo el mundo tiene derecho,que no quieran echar a los vetertanos a la calle a su suerte. Esa idea, comentador de CCOO, es miserable. Por cierto: los cursos de formación son perfectamente válidos. Especialmente los que imparten las universidades. No solo los sindicatos hacen cursos de formación.