'Existe sobrada jurisprudencia que anula el establecimiento de una baremación distinta, así como el no reconocimiento de los servicios prestados en otro servicio de salud integrado en el SNS o en Instituciones Sanitarias del SNS cuyo régimen jurídico es funcionario o laboral.
Pese a que la Conselleria incide en que su propuesta coincide con los criterios comunes que serán aprobados por el Consejo Interterritorial, no nos proporciona el documento.
CCOO considera que debe aplicarse el baremo vigente, que está recogido en la orden de baremos aprobada en Mesa Sectorial y que se viene aplicando en el resto de procesos selectivos, nombrando a los tribunales auxiliares que sean necesarios para agilizar el proceso , tal y como prevé el decreto de selección y provisión.
Para el sindicato es esencial dotar de seguridad jurídica al proceso, para evitar eternizar un proceso que intenta eliminar la temporalidad en el sector sanitario y para que las personas que finalmente consolidan como personal fijo, no tengan que vivir en la incertidumbre de si mantendrán la su plaza o no en caso de judicialización del proceso, como ya ocurrió con la OPE de celadores/as o con la de Técnico/a superior de higiene de 2005.
Por estos motivos, CCOO no avalará un baremo que ponga en peligro la viabilidad de los procesos y que sitúe a las personas que participan en la OPE de estabilización por concurso de méritos, en la incertidumbre que supondría una posible paralización o anulación judicial del proceso.'
Fuente: Comunicado de la Federación de Sanidad y Servicios SocioSanitarios de la C. Valenciana de 21/10/2022
Resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros
NOTA DEL EDITOR: Recordemos que en la Comisión de RRHH del SNS anterior (es decir, no la última del pasado viernes) se habían acordado
un primer borrado de criterios mínimos, que contemplaban que la experiencia puntúe el
70%, dando más valoración al la experiencia en la categoría en el mismo servicio de salud convocante (al fijar topes del 55% a la puntuación en la misma categoría en otro servicio de salud, del 20% en otra categoría del mismo servicio y del 12% en otra categoría de otro servicio), y cerrando en la negociación en cada mesa sectorial.
Por tanto, por esta nota, se puede deducir que el documento definitivo aprobado el pasado viernes en Comisión de RRHH del SNS sí incorpora dar más valoración al la experiencia en la categoría en el mismo servicio de salud convocante.
Recordemos, por otro lado , una vez más, que el Tribunal Supremo sentenció justificado en un plan de
estabilización, como el de Baleares de 2009, valorar mucho más la
experiencia previa en la Administración convocante que en otra distinta. Por nuestra parte ignoramos jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional, y no digamos ya del Europeo, que sea de aplicación a procesos extraordinarios de estabilización como la que alude esta sección sindical de ámbito de un servicio de salud regional de CCOO
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4 comentarios:
Ahí los tienes 🐀🐀🐀 no saben cómo reventar el acuerdo que le impide el manejó
Además, mintiendo: Recordatorio. [17/07/2019] El Tribunal Supremo sentencia justificado en un plan de estabilización, como el de Baleares de 2009, valorar mucho más la experiencia previa en la Administración convocante que en otra distinta
Hay que ver si recurren o es de boquilla
Es fácil.... que las indemnizaciones 💰💰💰💰💰💰💰💰💰 se paguen con los fondos de los sindicatos UGT CCOO Y CSIF 🏴☠️🏴☠️🏴☠️
Siiiiindicaliiiissssstooooos !!!!
Se puede ser malos, como sois vosotros y se puede ser tontos
- Una indemnización Iceta de un (enfermero por ejemplo) con 15 años ... retribución básica (s.base+c.destino+triens+14%pg.ex)por 80 dividido 100 por 24 meses = 60 - 70.000 euros...y así suma y multiplica por todos y todas las categorías de la que os habéis estado chupando más de 20 años...la "bolsa de horas sindicales" se queda chica para sacar pasta.
Pero malos y tontos a la vez... pues vosotros mismos.
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