miércoles, 18 de junio de 2025

[Comisión Europea] Paquete de procedimientos de infracción de junio: principales decisiones: 'La Comisión decide llevar a ESPAÑA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no transponer plenamente a su Derecho nacional las normas sobre unas condiciones laborales transparentes y previsibles' [Sin avance en el de abuso de temporalidad pública]

 'La Comisión Europea ha decidido hoy llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no transponer plenamente a su Derecho nacional la Directiva relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles (Directiva 2019/1152). Las normas de la UE exigen, por ejemplo, que los trabajadores reciban información oportuna y completa sobre aspectos esenciales de su empleo, como el tiempo de trabajo y la remuneración. Según las medidas notificadas a la Comisión, España no dispone de tales normas.

La Comisión incoó el procedimiento de infracción mediante el envío de una carta de emplazamiento a las autoridades españolas en septiembre de 2022, seguida de un dictamen motivado en junio de 2023. En febrero de 2025, España notificó a la Comisión medidas nacionales que transponían algunas de las disposiciones de la Directiva, pero no todas, a su Derecho nacional.  La Comisión considera que, hasta la fecha, los esfuerzos de las autoridades han sido insuficientes, por lo que va a llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y solicitar que se impongan sanciones financieras.

Antecedentes

La Directiva relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles [Directiva (UE) 2019/1152] ofrece derechos laborales amplios y actualizados y protección a los casi 200 millones de trabajadores de la UE. Con estas normas, los trabajadores tienen, por ejemplo, derecho a una mayor previsibilidad en relación con las misiones y el tiempo de trabajo. También tienen derecho a recibir oportunamente información más completa sobre aspectos esenciales de su trabajo, como el tiempo de trabajo y la remuneración.

Las normas de la UE también garantizan que los trabajadores disfruten de unas condiciones laborales mínimas, como la limitación del período de prueba a un máximo de seis meses. En particular, estas normas benefician a entre dos y tres millones de trabajadores en formas de empleo precarias.

Información adicional

Procedimiento de infracción de la UE

Base de datos de las decisiones sobre infracciones y mapa y gráficos de infracciones

Paquete de procedimientos de infracción de junio de 2025

Decisión sobre el procedimiento de infracción contra España [INFR(2022)0354]'

 

Fuente: Nota de prensa de la Comisión Europea de  18/06/2025


NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Comisión Europea mantiene dos procedimientos de infracción desde hace años en relación al personal empleado público temporal o "interino":

  1. el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en cuanto a discriminación del personal público temporal con los fijos incumplimiendo la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es procedimiento "en el que la Comisión Europea  decidió   hace un año enviar una 2ª carta de emplazamiento adicional" donde le "pide al Gobierno una solución en dos meses",

  2. y el procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , por el que el 03/10/2024 envió una carta de emplazamiento complementaria,  sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª  de la misma directiva por el abuso de temporalidad , tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917, y por el que el Gobierno aprobó en  la Ley 20/2021, tanto medidas a futuro como unos procesos de estabilización, que las recientes sentencias europeas han dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva

 

Recordemos los pasos de un procedimiento de infracción de la Unión Europea, que pueden conducir a importantes sanciones millonarias:


0. (Procedimiento de infracción informal) Diálogo estructurado  o "EU Pilot", para dar oportunidad de solución rápida y evitar el procedimiento formal de infracción


1. "Carta de emplazamiento" al Gobierno del Estado, que supone la apertura del procedimiento formal de infracción. En teoría, en dos meses debe haber observaciones . 

2. "Dictamen motivado"  , si no hay respuesta o no es satifactoria. Plazo de dos meses para que el Estado se ajuste al cumplimiento del Derecho de la UE señalado. Puede haber complementarias.


3. "Recurso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea", si no hay respuesta o no es satisfactoria, habitualmente con petición de la Comisión al Tribunal que imponga el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva.
Es éste el estado en el que se encuentra ahora el procedimiento de infracción de la nota de prensa de la Comisión

4. Sentencia de Recurso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (después de una media de 2 años) sobre si el Estado ha infringido el Derecho la UE y la imposición de multa y la obligación de adaptar la legislación lo antes posible

5. El asunto vuelve a remitirse al Tribunal de Justicia de la UE, tantas veces como el incumplimiento estime la Comisión con nuevas propuestas de multas


 



 

15 comentarios:

Anónimo dijo...

Ala otro argumento más.

Anónimo dijo...

El del asunto del 13J. Joder...
https://www.eldiario.es/politica/abogado-proces-benet-salellas-cargo-defensa-santos-cerdan_1_12394422.html

Anónimo dijo...

Condiciones laborales transparentes y previsibles?. Jajajaja. No se lo creen ni ellos. Pero esta gente de que va???. 26 años después.

Anónimo dijo...

A ver si tardan otros 26 más en sancionar. Esto es ya una tomadura de pelo.

Anónimo dijo...

Comisión europea cómplice del abuso.

Anónimo dijo...

Igual una super IA europea les dice como atajar de una vez el problema. Otra cosa es que les guste la solución resultante.

Anónimo dijo...

Denuncian un agravamiento del "colapso" judicial por el cese de 377 interinos por parte de Justicia en la comunidad valenciana. Otra nueva forma de reducir la temporalidad de forma transparente y previsible, muy previsible.

Anónimo dijo...

28 de junio a las 12.30, concentración institucional de jueces y fiscales ante el templo del mérito y la capacidad, el Tribunal Supremo, Pza. Villa de París de Madrid. Ciudadanos concernidos con un Poder Judicial independiente, bienvenidos (absténgase alborotadores y ultras)

Anónimo dijo...

Institucional?
Templo del Mérito y la Capacidad?
Poder Judicial Independiente?

Venga ya hombre!! 🤣🤣

Anónimo dijo...

Chorprechaaaa

Anónimo dijo...

Institucional? Las huelgas las hacen las personas.
Templo del Mérito y la Capacidad? 🤣🤣 Dejad de poner coletillas q lo vais a empeorar.
Poder Judicial Independiente? Cada uno va en un ⛵ a su bola 🤣🤣

Anónimo dijo...

Llámalo,... autocracia

Anónimo dijo...

Y se pondrán en huelga aprovechando que no les quitan ni un euro del sueldo? Clasismo modo Diossss

Anónimo dijo...

España seguirá siendo ese extraño Estado de Derecho donde ante los mismos hechos unos si y otros NO.

Anónimo dijo...

pero no era en junio cuando dijo a los interinos la comisaria que iba a dar respuesta al procedimiento de infracción? todavía puede salir algo más este mes?