Ha trascendido en redes sociales el escrito de 22/07/2024 de la Secretaría del TJUE por la que se informaría a las partes que suspende las cuestiones prejudiciales de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Galicia hasta que resuelva el asunto Obadal o C-418/24 - el asunto de la cuestión prejudicial que elevó finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE tras la importante sentencia del TJUE de 22/02/2024-, y donde el alto tribunal español defendía dar indefinido no fijo o si no una indemnización de 33 días por año con tope antes que la fijeza propuesta por el Tribunal europeo:
Recordemos que la sección de la Sala de lo Social del TSJ gallego preguntaba al Tribunal de Justicia de la UE si la ley y jurisprudencia nacionales son suficientes ante el abuso de temporalidad del empleado público laboral y si no habría que dar la fijeza como sanción incluso aunque se considerara contrario a la Constitución española.
Precisamente el Tribunal de Justicia de la UE ha rechazado en un auto reciente la solicitud de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de procedimiento "acelerado" para el asunto Obadal, si bien ha afirmado en dicho auto que "le dará prioridad".
- [09/05/2022] [I.
Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo sentencia que los
"indefinidos no fijos" no tienen derecho a los concurso de traslados
reservados al personal laboral fijo: haber superado un proceso selectivo
para ser fijo constituye una razón objetiva para la discriminación
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal Europeo en asunto griego: golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado
- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía General de la UE a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso -derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]
- [24/12/2021] El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea
- [10/10/2023] El Tribunal Supremo Administrativo portugués sentencia la conversión en indefinida a la empleada pública del Auto "Gondomar" del Tribunal Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para los empleados públicos y ante la ausencia de medidas efectivas de sanción reparadora: "el principio de igualdad de acceso a la función pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en el empleo"
18 de diciembre de 2023 Publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea las cuestiones prejudiciales de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Galicia al Tribunal de Justicia de la UE sobre si la ley y jurisprudencia nacionales son suficientes ante el abuso de temporalidad del empleado público laboral y si no habría que dar la fijeza como sanción incluso aunque se considerara contrario a la Constitución española
- [22/02/2024 El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de este 22/02/2024 reafirma la figura del indefinido no fijo como un temporal que mantenido durante años sufre nuevo abuso de temporalidad, tumba tanto la figura del indefinido no fijo para el abuso de temporalidad del laboral público como que puedan valer como sanción indemnizaciones al cese ni procesos de consolidación abiertos [como es la ley 20/2021]. Si el tribunal remitente entiende que se puede hacer la interpretación de que es constitucional, la solución para el laboral público en abuso es la fijeza. Posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas completamentarias a la ley 20/2021
- [26/02/2024] [Economist & Jurist] Entrevista al Presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024: "Estas sentencias del TJUE vinculan" ... "en los próximos días vamos a aplicar esa doctrina". Si "se ha pedido fijeza y se cumplen los requisitos", se "tendrá que aplicarla". "Obliga a la administración a un replanteamiento normativo" al cuestionarse los procesos de estabilización
- [23/03/2024] [I.
Beltrán] Sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de
22/02/2024: la figura del indefinido no fijo no es adecuada para
combatir el abuso y queda abierta la puerta para fijeza para el
personal laboral en abuso de temporalidad
- [07/03/2024] IMPORTANTE [Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo planteará cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE sobre el modo de aplicar la fijeza en el empleo público. La Sala Cuarta del Tribunal Supremo anuncia que va a iniciar los trámites para despejar algunas dudas suscitadas tras la importante sentencia del pasado 22 de febrero'
- [16/04/2024] Sentencias del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los 3 casos de empleados públicos laborales de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 que elevó una de sus secciones: la mayoría simple decide que sí hay abuso pero no concede ni fijeza por inconstitucional ni indemnización que no existe en la ley nacional; 5 jueces abanderados por el ponente de las prejudiciales opinan que debe sentenciarse la fijeza aplicando la sentencia europea aunque se considerara que se opone el principios constitucional de igualdad.
- [16/04/2024] [Poder Judicial] 'El TSJM rechaza declarar fijos a tres trabajadores públicos tras las cuestiones prejudiciales elevadas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Pese a las recomendaciones efectuadas por los magistrados comunitarios, y denunciar el abuso en la contratación temporal por parte de las Administraciones demandadas, el Pleno de la Sala de lo Social no ha estimado en su totalidad las demandas formuladas '
- [17/04/2024] [Economist&Jurist] El Pleno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se fragmenta para aplicar la última sentencia del TJUE de 22/02/204
- [19/04/2024] [El País] El Pleno del Tribunal Superior de Justicia "desoye" la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 22/02/2024 en su sentencia, con votos discrepantes, a los casos de empleados públicos de la sentencia
- [23/04/2024] [Economist&Jurist] Opinión del profesor Derecho Constitucional Gerardo Pérez Sánchez sobre la sentencia del TSJ de Madrid a los casos de los empleados públicos en abuso de la sentencia europea del 22F: cuando los árboles no dejan ver el bosque , o la obligación de la fijeza ante la ausencia de sanciones válidas al abuso
- [03/05/2024] [Poder Judicial] 'El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia suspende 400 recursos sobre empleo público hasta que el TJUE se pronuncie sobre si España vulnera la ley con los trabajadores temporales La Sala de lo Social demandó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que determine si el abuso de contratos temporales en la administración pública española vulnera la normativa europea; y, en caso de respuesta afirmativa, si eso supone que los trabajadores afectados puedan pasar a fijos con todos sus efectos'
- [06/05/2024] [FETAP - CGT ] 'Parálisis y quiebra en la judicatura española' [ "la inseguridad jurídica está servida para un millón de trabajadores" temporales de las AAPP que llevan esperando años que se repete la normativa europea]
- [27/05/2024] [I. Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en una sentencia que reitera su doctrina de que los "indefinidos no fijos" no tienen derecho a los concurso de traslados reservados al personal laboral fijo, afirma de paso que de la sentencia de 22 de Febrero del Tribunal Europeo "no se deriva en ningún caso la fijeza" , que "es incompatible con el sistema español"
- [28/05/2024] [Arauz] El pronunciamiento de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de que no cabe la conversión en fija de la víctima de un abuso de temporalidad, no es conforme con el Derecho de la UE
- [29/05/2024] [Economist & Jurist ] Sala Social del Supremo aclara que no ha cerrado una decisión sobre la fijeza de interinos en abuso y afirma que acatará las decisioines del Tribunal Europeo
- [31/05/2024] [Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo pregunta al TJUE sobre la situación de los empleados públicos con temporalidad abusiva' [ si es contrario a la directiva europea no conceder la fijeza por los principios constitucionales y si una indemnización superior al cese del indefinido no fijo es una medida suficiente]
- [20/06/2024] Publicada en la web del TJUE como asunto C-418/24 o asunto Obadal el asunto de la cuestión prejudicial que elevó la Sala de lo Social del Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la UE tras la sentencia del TJUE de 22/02/2024
- [05/08/2024] Publicado en la paǵina web del TJUE del asunto Obadal el auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo donde elevó la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE tras la sentencia del TJUE de 22/02/2024
15 comentarios:
Uy Kumin, se va ... y se va quemado de tanta prejudicial x este maldito tema.
El q llegue, le va dar la prioridad debida?
Esto por que no se supo en julio?
Por que han admitido las del supremo y suspendido estas?
Alguien puede explicar qué supone esto?
Pues a mí me parece del todo lógico. Lo que no entiendo es cómo en España no se suspenden los juicios y siguen sentenciando que no nos corresponde nada a los abusados y nos condenan en costas. Eso sí que no tiene sentido.
Pues en Julio, ya se sabia q se suspendian las gallegas, para dar prioridad a las del Supreme.
Eso sin entrar en el fondo del asunto. Que si entramos... 💣
Si alguien sabe utilizar curia, tiene 2 tareas.
a. Recopilar preguntas y respuestas en Política Social del TJue a Cuestiones prejudiciales donde se mencione la cláusula 5 desde el 16. Verás tú la coherencia!! A ver si se parece a la de Ciudadanos 🤣
b. Recopilar preguntas de las gallegas y del Supreme y ver cuál de ellas es nonsense.
Primera. Resultados en 13 páginas. Toca currarselo. 😂
https://curia.europa.eu/juris/documents.jsf?nat=or&mat=SOPO%252Cor&pcs=Oor&jur=C&for=&jge=&dates=%2524type%253Dpro%2524mode%253DfromTo%2524from%253D2016.01.01%2524to%253D2024.09.14&language=es&pro=&cit=none%252CC%252CCJ%252CR%252C2008E%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252Ctrue%252Cfalse%252Cfalse&oqp=&td=%3BALL&avg=&page=1&text=cl%25C3%25A1usula%2B5&lg=&cid=2334565
Este tema transciende mas allá de lo estrictamente judicial y político y supone una indefension de los derechos de los trabajadores y por ende una transgresión en cuanto el reconocimiento del derecho al trabajo, mas pronto que tarde tendrán que pagar por esta transgresión del Derecho Europeo y no aplicar la directiva 99/70/CE, sin duda alguna los Políticos están mirando hacia OTRO LADO, pero de momento les toca multa
Pues regulinchi la búsqueda porque da otras cláusulas. Pero bien...
Ejemplo. Sescam. Lo habrá solucionado Cortázar? Los 2 meses de la Comisión Europea que?
cláusula 4 del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada celebrado el 18 de marzo de 1999, anexo a la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional que establece que, en el caso de un trabajador con contrato de duración indefinida que ejerce, con carácter temporal, funciones en una categoría profesional superior a aquella en la que está encuadrado, los trienios de antigüedad a los que tiene derecho son los correspondientes a esta última categoría, mientras que, en el caso de un trabajador con contrato de duración determinada que se encuentra en la misma situación, los trienios de antigüedad son los correspondientes a los de la categoría profesional en la que ha desempeñado efectivamente sus funciones.
Pues Cortázar ahí libró. Dice No se opone.. 👀
Y lo de los 2 meses pa q diga algo la CE es un teatrillo
En esas 13 páginas hay bastante paja
No sé suspenden los juicios porque lo tienen muy claro, el mérito y la capacidad solo son aportados por los ffcc al haber superado el IMCP.
Los jueces fijos siguen negando la sanción porque ellos también se benefician de está situación, y si no ellos directamente sí su órgano de gobierno.
Si los jueces sustitutos no tienen M y C qué coño hacen dictando sentencias, o actuando como fiscales o como secretarios judiciales, para no tener M y C, hay algunos que no paran de currar.
Lo mismo para el resto de funciones públicas, lo curioso es si sólo ellos aportan M y C cómo nos mantienen tantos años haciendo el trabajo, asumiendo sus mismas responsabilidades sin esos requisitos pudiendo evitarlo, de quién es la culpa entonces?
Si la solución pudiera ser cesarnos a los tres años para no perpetrar el fraude y cambiar por otro interino tampoco sería la solución pues el que entra tampoco aporta M y C, y la función pública sigue sin tener esas garantías.
Perro no come perro, son unos abusadores, prevaricadores y lo único que están alimentando es la corrupcion que ha llegado a unos niveles que ni siquiera vamos a conocer por no reconocer que éste Estado de Derecho y Europeo es mentira, rebosa mierda por todos lados, y no de ahora sino desde hace años.
Lo saben todos, y todos han contribuido, unos abusan con los nombramientos y otros tapan el fraude sin denunciarlo ni sancionarlo. A todos les viene bien que la función pública haga aguas, ellos sabrán además del dineral que se han ahorrado, el fin de no legislar sobre este fraude.
El daño ya es irreparable para muchos ciudadanos.
Sin paja.
https://curia.europa.eu/juris/documents.jsf?nat=or&mat=SOPO%252Cor&pcs=Oor&jur=C&for=&jge=&dates=%2524type%253Dpro%2524mode%253DfromTo%2524from%253D2016.01.01%2524to%253D2024.09.14&language=es&pro=&cit=none%252CC%252CCJ%252CR%252C2008E%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252C%252Cfalse%252Ctrue%252Cfalse&oqp=&td=%3B%3B%3BPUB1%3B%3B%3B%3BORDALL&avg=&lgrec=es&page=1&text=%2522clausula%2B5%2522&lg=&cid=2764006
Hay que darle visibilidad al asunto que se entere Europa como se aprovecha el Estado del abuso de temporalidad en España y que eso del IMC lo cumplen todos los días estos trabajadores, y que tienen que sancionar al Estado o personas que son responsables de esta situación a sabiendas de que no llevan razón, eso es una injusticia social y quizás alguna que otra cosa mas, que mas pronto que tarde, tendrán que pagar los que están tapando y faltando a la verdad, ¿De verdad se creen que se van a reír del TJUE? Llegara, todo llega.-
Que tendrá que ver el merito y la capacidad con la suspensión de lso procesos.
No los suspenden porque son unos talibanes. Cuando hay pendiente un pronunciamiento del una instancia superior lo normal es suspenderlo, se le llama prudencia jurídica.
Y el mérito y la capacidad se demuestra trabajando. Lo que viene a decir aquí es que sirves pero vas a la calle. Así se van a quedar lso servicios públicos, vacíos, porque si se pulen a los interinos los de carrera no van a eata atendido al público. Eso es picar piedra.
Ahora, no se nos va estar mal que todo quede arrasado, a ver si así aprendemos a noser unos asnos
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