'Nos informan que esta
circulando un whatsapp, que viene a decir lo siguiente:
“Esta
circulando un mail del despacho de javier arauz para que la gente
demande. NO OS APUNTEIS DE MOMENTO.
ES
MUY PELIGROSO.
Es
peligrosísimo que antes de que resuelva el Tj europeo presentar NADA
ante el contencioso. Se perderá y luego tendreis COSA JUZGADA.
REPITO.
CAUTELA."
Me están pasando cosas
extrañas últimamente, que achaco al temor de que la sentencia
europea nos dé la razón, en cuyo caso algunas personas y algunas
entidades van a tener que dar muchas explicaciones sobre por qué no
han defendido vuestros derechos y os han condenado a OPEs que
provocan el cese del personal temporal/interinos del sector público.
Os pongo algunos ejemplos de
estas cosas “raras”:
-
Se prohíbe a los trabajadores y funcionarios públicos asistir a mis conferencias.
-
Se contraprograman asambleas en una provincia, a la misma hora y el mismo día en el que voy a dar una conferencia, para que no asistan los afiliados
-
O se informa a los que quieren asistir a mi charla, que mi conferencia se ha suspendido.
Me temo que este whatsapp va en
la misma línea.
Sin embargo, la realidad es
tozuda y no puede manipularse tan fácilmente.
Mirad:
Es imposible que opere la
cosa juzgada, porque calculamos que la sentencia europea va a llegar
sobre el mes de septiembre de este año 2019: tengo la vista el
miércoles que viene día 15 de mayo, y ya solo nos queda el informe
del Abogado General de la UE, y la Sentencia.
Tened en cuenta, que
dictada la resolución por la Administración, después hay que
presentar la demanda juridicial ante los órganos judiciales
españolas, que suelen tardar un año en celebrar el juicio, por lo
que es materialmente imposible que la sentencia española pueda
llegar antes que la europea y por lo tanto, que pueda operar la cosa
juzgada.
Como veis, el whatsapp que
circula es un bulo y una falsedad más.
Nosotros
entendemos que es un
error grave no reclamar de forma inmediata la
transformación de la relación temporal abusiva en una relación
fija, equiparable a la de los funcionarios de carrera o al personal
laboral fijo, y que hay que hacerlo antes a la sentencia del TJUE, y
os explico por qué:
a. En primer lugar, la Directiva 1999 obliga a sancionar el abuso en la contratación temporal sucesiva de los empleados públicos (“es indispensable” la sanción, dice el TJUE), y esta sanción, que debe imponerse al empleador/empresario responsable del abuso, debe además ser efectiva, disuasoria y proporcionada.
a. En primer lugar, la Directiva 1999 obliga a sancionar el abuso en la contratación temporal sucesiva de los empleados públicos (“es indispensable” la sanción, dice el TJUE), y esta sanción, que debe imponerse al empleador/empresario responsable del abuso, debe además ser efectiva, disuasoria y proporcionada.
En los
Estados miembros de la UE, se considera que únicamente cumplen estos
requisitos las sanciones que consistan bien en la transformación de
la relación temporal en una relación fija, bien en una
indemnización disuasoria a favor del empleado público objeto del
abuso.
b. En aquellos supuestos en los que los Estados miembros –incumpliendo lo que ordena y manda la Directiva 1999/70/CE-, no han legislado internamente fijando una sanción en el sector público para luchar contra la temporalidad en el empleo, el TJUE tiene dicho que en estos casos la sanción debe consistir en la transformación de la relación temporal en una relación fija.
c. Es así, que la transformación de la relación temporal abusiva en una relación fija tiene su razón de ser en el hecho de que el Legislador español ha incumplido su obligación de transponer la Directiva al ordenamiento jurídico interno, al no establecer la ley española sanción alguna en caso de abuso en la relación temporal sucesiva que las Administraciones públicas mantienen con sus funcionarios públicos interinos.
b. En aquellos supuestos en los que los Estados miembros –incumpliendo lo que ordena y manda la Directiva 1999/70/CE-, no han legislado internamente fijando una sanción en el sector público para luchar contra la temporalidad en el empleo, el TJUE tiene dicho que en estos casos la sanción debe consistir en la transformación de la relación temporal en una relación fija.
c. Es así, que la transformación de la relación temporal abusiva en una relación fija tiene su razón de ser en el hecho de que el Legislador español ha incumplido su obligación de transponer la Directiva al ordenamiento jurídico interno, al no establecer la ley española sanción alguna en caso de abuso en la relación temporal sucesiva que las Administraciones públicas mantienen con sus funcionarios públicos interinos.
En el
momento en el que el Legislador español promulgue una disposición
en la que establezca que el abuso en la contratación temporal
sucesiva del personal público incompatible con la Directiva, es una
indemnización -la que sea-, habréis perdido todo derecho a
transformación de la relación temporal en una relación fija porque
en España ya habrá una sanción, y el debate se centrará en
determinar si la indemnización legalmente fijada es disuasoria y
proporcionada y, como tal, acorde con la Directiva.
Y
en mi opinión esta ley puede dictarse si la sentencia europea es
favorable y resuelve que tenéis derecho a fijeza en aplicación de
la Directiva, porque esa reforma legislativa sería la única forma
que tendría el Gobierno de evitar vuestra fijeza.
¿Habéis
pensado que el whatsapp que habéis recibido, a lo mejor lo que pretende
es que no reclamáis para que dar tiempo a que se produzca esa
reforma legislativa y que no tengáis derecho a fijeza?
Fuente: Nota del abogado Javier Araúz de Robles de 12/05/2019 recibida en APISCAM
NOTA DEL EDITOR: Javier Araúz es el abogado de los dis asuntos de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha decidio acumular y cuyo juicio oral se celebrará este mismo miercoles 15 de Mayo.
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1 comentario:
Se agradece la información. Parece que hay intereses contrarios de por medio. Sólo espero que el TJUE responda a las cuestiones prejudiciales de manera resolutiva. Ánimo, que pinta bien. Un cordial saludo a todos.
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