'La ministra de Hacienda y Función Pública, Ma Jesús Montero ha anunciado ante el pleno del
Congreso de los Diputados que va a convalidar el Real Decreto-ley 14/2021 de medidas para lareducción de la interinidad en las Administraciones Públicas, importantes cambios que hacen
referencia tanto a su tramitación, como al contenido del mismo.
Forzado el gobierno por la posición mayoritariamente en contra de los grupos parlamentarios, las
negociaciones habidas en las últimas horas parecen haber desembocado en un acuerdo por el que
el RD-ley será tramitado como proyecto de ley y en el mismo se introducirán distintos cambios: las
pruebas del concurso oposición podrán ser no eliminatorias según determinen las Comunidades
Autónomas y las entidades locales. Por otra parte, para quienes lleven 10 ó más años en un mismo
puesto de la administración para el cual no se haya convocado Concurso-Oposición, no será
obligatorio el presentarse al concurso-oposición, para lo que se desarrollara el artículo 61.6 del
Estatuto Básico del Empleado Público, que establece la posibilidad del acceso a la función pública a
través de un concurso de méritos, en casos de excepcionalidad.
Aún siendo avances muy modestos y que no solucionan el problema de la inmensa mayoría de las
personas afectadas, estas modificaciones demuestran que lo que acordaron Iceta y el triunvirato de
centrales sindicales, que han quedado -sobre todo éstos- en especial evidencia. Es impresentable
que se base una actuación que afecta a 800.000 personas en descalificar por ilegal una vía, que -en
cuanto se han dado las primeras negociaciones serias con los grupos parlamentarios- se ha
aceptado.
En cualquier caso, la situación sigue estando sin resolver. La solución ha de pasar necesariamente por la estabilidad de los empleados públicos temporales en situación de interinidad, para lo que es imprescindible se establezca una legislación que realmente recoja la consolidación del personal en abuso de temporalidad, de acuerdo con lo establecido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 19 de marzo de 2020.
Los cambios anunciados por la actual responsable de Función Pública, Mº Jesús Montero implican el desarrollo como proyecto de ley de la propuesta ministerial, durante los meses de septiembre y octubre. En ese desarrollo parlamentario se debe negociar con los distintos grupos parlamentarios el contenido final de la ley, pero también con la representación sindical del personal interino. El Real Decreto-ley 14/2021, no solo no soluciona el problema, sino que lo agravará aún más, ya que sanciona a las trabajadoras y trabajadores en abuso de temporalidad, con el despido forzoso, si no aprueban unas oposiciones a las que deben acudir en inferioridad de condiciones. Este personal que durante décadas ha sacado adelante unos servicios públicos atacados doblemente -por los recortes en la legislatura de la mayoría absoluta del Partido Popular y por la crisis de la pandemia durante los años 2020 y 2021- recibe ahora, como recompensa la puerta de salida, en unos despidos a bajo coste. El Real Decreto-ley convalidado hoy promueve la precarización de las plantillas: pretende resolver la temporalidad con más temporalidad, penaliza a las y los usuarios de los servicios públicos, por lo que es una amenaza latente para la continuidad de los mismos, y – en definitiva- no resarce de ninguna manera al colectivo de personal actual en abuso de temporalidad.'
Fuente: Nota de Prensa del Secretariado de la Confederación Intersindical de 21/07/201 recibida en APISCAM
Resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros
Entradas relacionadas:
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [09/07/2018] Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extensión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal. Subidas acordadas de sueldo de empleados públicos 2018 a 2020
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [11/05/2021] Publicada en el BOCM la Orden con los criterios generales que deberán cumplir las todavía futuras convocatorias de los procesos de estabilización de puestos temporales ya más de 6 años de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid: concurso-oposición en general puntúando en los méritos igual la antigüedad en otra AAPP; oposición para funcionarios A1 de Administración General y categorías de menos de 5 plazas al sumarse a la convocatoria del turno libre normal
- [07/07/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [21/07/2021] El Consejero de la C. de Madrid , Fernández-Lasquetty, responde a pregunta del PSOE sobre qué van a hacer tras el acuerdo del Gobierno nacional con los sindicatos : "lo que hasta la fecha" ..."con el único cambio significativo de abonar una indemnización" al temporal que cese por los proceso selectivos. EL PSOE dice que con el acuerdo estatal cumple con la sentencia europea y pide que la C. de Madrid lo cumpla para reducir la temporalidad, "se lo debemos a los trabajadores" .
- [21/07/2021] Sesión de debate de "convalidación" del Decreto de reducción de la temporalidad pública acordado con los sindicatos mediante un último proceso de estabilización de plazas de los puestos temporales de más 3 de años a 31/12/2020 no incluidos ya en convocatorias : la Ministra de Función Pública anuncia que se ha alcanzado un acuerdo [con ERC y Unidas Podemos] para continuarlo como proyecto de ley , incluyendo que la fase de oposición pueda no ser eliminatoria y el sistema de concurso puro de méritos para plazas de interinos de más de 10 años sin convocarse El decreto , con este compromiso, se convalida por sólo un voto de diferencia . Se aprueba pro mayoría abrumadora la tramitación como proyecto de ley por procedimiento de urgencia
6 comentarios:
Dirigido al troll: Tic, tac.
Es que es flipante que Iceta, en complicidad con los sindicatos trillizos (UGT, CSIF y CCOO), intentara un trágala en el parlamento, además vía Real Decreto, pasándose por el forro las sentencias el TJUE y la Directiva europea. NUNCA PENSÉ QUE EL GRADO DE ANALFABETSMO DE ICETA PUDIERA SER TAN MAYÚSCULO. Visto y no visto el tránsito por el Ministerio de Administraciones Públicas del aceituno asqueroso. Pero, ¡cuanto daño se puede hacer en poco tiempo!
Ahora solo espero que el gobierno elimine las trampas preventivas que han colocado en el acuerdo y que realmente concreten que los que lleven de interinos 10 o más años tengan plaza fija, así como los que lleven 3 años o más de interinos. Que se dejen de hablar de "la misma plaza". El abuso es sobre las personas que lleven de interinas más de 3 años y no sobre las plazas vacantes. Se resarcen personas y no plazas.
El que lleva 10 años ocupando plazas estructurales (y no tiene por qué ser siempre la misma plaza), evidentemente es porque, esas plazas, no salieron en su día a oposición. El resarcimiento por el abuso se hace a la persona y no a la plaza. FIJEZA YA A TODOS LOS INTERINOS EN ABUSO TANTO DE 10 AÑOS COMO DE 3.
Muchas prisas porque Europa no meta el pepino, que ya lo tiene preparado, antes de fin de este año y ni se saben qué modificaciones se van a proponer ni adoptar...hoy por hoy, por un solo voto, está aprobado un RDL que ya veremos lo que dura.
Y Europa preguntándole a Polonia y a Hungría que se planteen si quieren seguir siendo miembros de la Unión Europea ¿Cuánto va a tardar en preguntárselo a España?
TRASPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 77/99 YA !!
Ya han conseguido fijar de algún modo, un límite para el fraude, como pedía Europa, sin tener en cuenta que en el Estatuto, ya está fijado en 3 años. Según la plataforma, solo un 0,1% de los interinos, cumple el requisito de estar 10 años ININTERRUMPIDOS en una misma plaza. De mis más de 14 años solo una vez conseguí estar 3 años seguidos, ya que las bolsas se mueven... y eso que tengo una relativa buena posición
Aquí se dice para quien su administración no haya convocado un concurso-oposicion, eso cambia mucho las cosas ya que a la mayoría que llevamos más de diez años en una misma plaza nos han sacado oposiciones libres en los últimos diez años, pero no concurso-oposicion.
Conste que aunque esto me beneficiase soy de los activos defendiendo la figura de fijo a extinguir.
Publicar un comentario