[Recordatorio de entrada publicada el 16/11/2022] Según figura ya en su calendario, el jueves 15/12/2022 a las 09:30 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia -sin los trámites de vista oral previa ni informe de conclusiones de la Abogacía General de la UE- a dos asuntos italianos que ha acumulado, los asuntos C-40/20 (que cubrimos en esta entrada) como principal y C-173/20 (que cubrimos en esta otra entrada) en ambos casos, "peticiones de decisión prejudicial" (consultas vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión) relacionadas con el abuso de duración de temporalidad en el empleo público, y en especial con la cláusula 5ª en la Directiva Europea 199/0/CE que lo regula, esta vez de otro país cuyos casos seguimos aquí, Italia y que habían sido planteadas por el propio Consejo de Estado italiano -que es el órgano judicial administrativo más alto-, y en el marco de dos demandas por un 3 y 7 investigadores públicos de la Universidad di Perugia [MIUR], respectivamente.
Tanto la Universidad de Perugia como el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Umbría, desestimaron la demanda al considerar y en acuerdo con la circular del Ministerio que esa norma excepcional italiana que había sido aplicada , entre otros, a investigadores temporales de larga duración Organismos Públicos de Investigación "aun cuando no excluye de forma expresa la categoría de los investigadores universitarios, no es aplicable a estos", con lo que sobre este colectivo universitario sólo operaría la normativa convencional de la legislación universitaria que por una parte exige un proceso selectivo específico para alcanzar la condición de personal fijo de la Universidad y por otra permite la renovación de los contratos de investigación temporales de 3 años con prórroga de 2 hasta un máximo de 12 años e incluso ilimitadamente en la práctica si es "con el fin de atender las exigencias ordinarias de enseñanza e investigación de tales instituciones académicas".
- pregunta si las normas italianas citadas de límites contra la temporalidad en el empleo público y de la medida excepcional de consolidación violan la cláusula 4ª de la Directiva Europea de no discriminación por la exclusión de ellas este tipo de investigadores universitarios -cuando sí se incluye a los de los organismos de investigación públicos-,
- si la normativa que rige en Italia para los investigadores universitarios que no plantea límite alguno al uso de estos contratos temporales de 3+2 para la misma función, sólo con la limitación de que puedan estar 12 años en la misma persona, permitiéndose incluso el reemplazo de temporales por otros temporales para las mismas necesidades de investigación y docencia , no viola la clausula 5º de la directiva Europea contra el abuso de temporalidad
- no parece existir violación del principio de discriminación dela directiva, dado que se tratan de discriminaciones entre categorias de trabajadores distintas,
- pero en cuanto a la otra cláusula, la 5ª, "sí que existe un riesgo concreto de uso abusivo de contratos de duración determinada y parece ser incompatible con el objetivo y el efecto útil del Acuerdo marco"
- "es contraria a la cláusula 5ª de la Directiva europea 1999/70/CE una legislación nacional que prohíba con carácter absoluto en el sector público la conversión en fijo si tal legislación no tiene en el mismo sector público ninguna otra medida efectiva para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad fijado por la directiva"
Y que el propio Tribunal Supremo administrativo Portugués recientemente sentenció la conversión en indefinida a la empleada pública del citado Auto "Gondomar" del Tribunal Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para los empleados públicos y ante la ausencia de medidas efectivas de sanción reparadora: "el principio de igualdad de acceso a la función pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en el empleo".
Recuérdese también que:
- el Tribunal Europeo sentenció en otro asunto italiano sobre abuso de temporalidad de un investigador temporal de 5 años de la Universidad pública que su modalidad de contratos temporales de 3 años limitados a una única prórroga de 2 años era conforme a la cláusula 5ª de la Directiva Europea al considerarla una medida de limitación de la temporalidad válida y por tanto, no cabe responder en este caso, a si la conversión a fijo sería la sanción ante un abuso por inexistente, es decir, admitía una duracion de 5 años de un contrato temporal en lugar del límite general de 3, al tener en cuenta como causa "objetiva" que tenían un componente de formación en los primeros años
- el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció, como ya dijo en 2014 en la sentencia Mascolo sobre el resto de docentes públicos, que los profesores públicos de religión italianos contratados por cursos durante años estarían en abuso de temporalidad, siendo irrelevante aquí el acuerdo Iglesia-Estado, y que viola la Directiva europea su exclusión de la conversión en fijos que reguló el Gobierno italiano tras dicha sentencia Mascolo, si no existe ninguna otra medida de sancion en su normativa particular. Recuerda que ante el abuso es indispensable aplicar una medida de sanción y sugiere conceder la medida del régimen general italiano, la fijeza, por la vía de una intepretación amplia del derecho italiano "considerado en su totalidad".
- [20/12/2014] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencia en el asunto "Mascolo y otros" que la situación de docentes italianos temporales durante años por cursos, en diferentes centros o en el mismo, es un abuso de temporalidad según la Directiva 1999/70/CE siendo " indispensable" alguna medida de sanción que "ofrezca garantias de protección" al trabajador
- [10/06/2018] Denuncia en la Comisión Europea sobre la conformidad de la legislación italiana ante el abuso de duración de la temporalidad en el sector público italiano: la CDenuncia en la Comisión Europea sobre la conformidad de la legislación italiana ante el abuso de duración de la temporalidad en el sector público italiano: la CE se esperará en su evaluación a la sentencia del asunto Rossato en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
- [09/09/2018] La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza
- [05/11/2018] [TJUE] 'Sentencia en el asunto C-331/17 Martina Sciotto/Fondazione Teatro dell’Opera di Roma. Los trabajadores del sector de actividad de las fundaciones líricas y sinfónicas no pueden quedar excluidos de la protección contra los abusos de los contratos de trabajo de duración determinada' [Si los jueces nacionales determinaran que no existe otra medida efectiva en un sector donde se prohíbe la conversión a fijo por una norma nacional, podrían optar por aplicar la sanción prevista por la norma general del Derecho del trabajo y recalificar automáticamente a contrato por tiempo indefinido]
- [28/11/2019] [Comisión Europea] 'La Comisión Europea lleva a España ante el Tribunal de Justicia por sus normas sobre la compensación de los daños y perjuicios sufridos por particulares'
- [15/05/2019] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europeo asunto Fabio Rossato (C-494/17) por el caso de empleado público de Educación de Italia ya convertido en fijo: ante el abuso en la temporalidad la conversión a fijo es una medida suficiente y no hay obligación de indemnización adicional
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [01/06/2020] Cuestionada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la normativa italiana que dejó fuera a los investigadores temporales de larga duración de la universidad de los (recientes) procesos excepcionales de consolidación directa a indefinido de temporales de larga duración y de los nuevos límites contra el abuso a la temporalidad en el empleo público italiano tras la sentencia Mascolo
- [16/07/2020] El Tribunal Europeo sentencia que los "jueces de paz honorarios" italianos son trabajadores , temporales bajo la protección de la Directiva Europea sobre empleo temporal, y son jueces de la Unión Europea
- [22/10/2020] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea , ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués, resuelve en un Auto que ya tiene establecido que es contraria a la Directiva europea una normativa nacional, como la del empleado público en Portugal, que prohíbe la conversión en fijo en todo caso en un sector público, si la normativa nacional no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad en ese sector. Cita, entre otras, la reciente sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros"
- [30/11/2020] Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el fallo del Auto del Tribunal Europeo del asunto "Gondomar": es contraria a la Directiva europea 1999/70/CE una legislación nacional que prohíba con carácter absoluto en el sector público la conversión en fijo si tal legislación no tiene en el mismo sector público ninguna otra medida efectiva para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad fijado por la directiva
- [04/12/2020] [Comisión Europea] 'Decisiones de infracción. Cartas de emplazamiento complementarias Condiciones de trabajo: la Comisión insta a ITALIA a impedir el abuso de contratos de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Plazo de dos meses para introducir medidas concretas para evitar el avance al siguiente paso de este procedimiento de infracción abierto porque sigue habiendo colectivos de su sector público sin suficiente protección contra el abuso de la temporalidad]
- ][|9/01/2021] Cuestionada nuevamente con más casos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la normativa italiana que dejó fuera a los investigadores temporales de larga duración de la universidad de los (recientes) procesos excepcionales de consolidación directa a indefinido de temporales de larga duración y de los nuevos límites contra el abuso a la temporalidad en el empleo público italiano que el Gobierno reguló tras la sentencia del Tribunal Europeo del asunto "Mascolo"
- [16/04/2021] [Comisíón Europea] 'Denuncias múltiples - Información sobre el curso dado a la denuncia registrada con la referencia CHAP(2013) 2870 – Posible abuso de sucesivos contratos de duración determinada en el sector público italiano – actualización de marzo de 2021'
- [03/06/2021] El
Tribunal Europeo sentencia en asunto italiano sobre abuso de
temporalidad en un investigador temporal de 5 años de la Universidad
pública que su modalidad de contratos temporales de 3 años limitados a
una única prórroga de 2 años es conforme a la cláusula 5ª de la
Directiva Europea al considerarla una medida de limitación de la
temporaliad válida y por tanto, no cabe responder en este caso, a si la
conversión a fijo sería la sanción ante un abuso por inexistente
- [13/01/2022] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencia, como ya dijo en 2014 en la sentencia Mascolo sobre el resto de docentes públicos, que los profesores públicos de religión italianos contratados por cursos durante años estarían en abuso de temporalidad, siendo irrelevante aquí el acuerdo Iglesia-Estado, y que viola la Directiva europea su exclusión de la conversión en fijos que reguló el Gobierno italiano tras dicha sentencia Mascolo, si no existe ninguna otra medida de sancion en su normativa particular. Recuerda que ante el abuso es indispensable aplicar una medida de sanción y sugiere conceder la medida del régimen general italiano, la fijeza, por la vía de una intepretación amplia del derecho italiano "considerado en su totalidad".
- [10/10/2022] El Tribunal Supremo Administrativo portugués sentencia la conversión en indefinida a la empleada pública del Auto "Gondomar" del Tribunal Europeo , pese a la prohibición de "fijeza" de la ley portuguesa para los empleados públicos y ante la ausencia de medidas efectivas de sanción reparadora: "el principio de igualdad de acceso a la función pública no puede superponerse ciegamente al derecho a la estabilidad en el empleo"
5 comentarios:
La sentencia "Gondomar" decía que se oponía a la normativa europea la imposibilidad de conversión de los contratos temporales en FIJOS en los Estados Miembros de la Unión Europea. Como sanción al abuso de temporalidad.
España es un Estado Miembro de la Unión Europea?
Como es posible que España sea el único país de la Unión Europea en el que se despidan a trabajadores en abuso de temporalidad sin ninguna indemnización lo suficientemente disuasoria?
http://apiscam.blogspot.com/2022/10/el-tribunal-suprremo-administrativo.html?m=1
Ya tienen sentencia y......:
5) La cláusula 4, punto 1, del acuerdo marco sobre trabajo de duración determinada celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70, debe interpretarse en el sentido de que se OPONE a una legislación nacional según la cual los investigadores que hayan Los investigadores que hayan estipulado un contrato indefinido tienen la posibilidad, si han obtenido el título científico nacional, de someterse a un procedimiento especial de evaluación para ser llamados a la función de profesores asociados, mientras que esta posibilidad se niega a los investigadores que hayan estipulado un contrato a término fijo , aunque hayan obtenido el título científico nacional, en el caso de que éstos realicen las mismas actividades profesionales y presten a los estudiantes los mismos servicios docentes que los investigadores que hayan estipulado un contrato indefinido"
O sea , entiendo yo, que si tendrian el mismo derecho a proceso de consolidacion que se les nego.
No habla de plazo para la eterna temporalidad o la que se entiende como abusiva.
Cuando entramos todos sabemos que somos temporales indefinidos, 5, 10, 20, 30 años. Entiendo que hay un tope a partir del cual es abusiva, cuál?
Pues en los asuntos de Italia para empleados públicos de la administración pública entendieron que 3 años. Para España idem
Para el caso especial de estos investigadores de la universidad ya se sabía que los contratos 3+2 no los consideraba abusivos el TJUE, hoy ha dictado que "la naturaleza de la investigación universitaría" podría justificar la duración total de 12 años marcada por la ley italiana como máxima que puede estar un investigador de estos, teniendo en cuenta la especial circunstancia de que los contratos de investigación tienen un componente formativo y de "progresión".
Muy interesante. España no tenía ley que limitara de forma absoluta el caso de los contratos temporales de investigación. En Alemania son 7 años. Estaba por ver si el TJUE iba a consentir la cifra tan alta, por mucho que sea especial, de 12 años y se ve que sí.
OJO esto no afecta en absoluto a los trabajadores empleados públicos como tales
En la ley de estabilización, en el preámbulo dice que existe jurisprudencia del Constitucional de q temporalidad de larga duración es más de 5 años
Publicar un comentario