Texto literal de la propuesta de enmienda:
1.- Los procesos de estabilización que se desarrollen en aplicación de lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2018 se realizarán a través del sistema selectivo de Concurso de Valoración de Méritos, de conformidad con lo previsto en los apartados 6 y 7 del artículo 61 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.- De forma simultánea a los procesos de estabilización previstos en el apartado anterior, y en idénticas condiciones y bases que las previstas en el párrafo anterior, se desarrollará un proceso selectivo por el sistema de concurso de valoración de méritos a fin de dar solución a los supuestos no previstos en el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, especialmente en lo concerniente al personal laboral indefinido no fijo.
3.- En el concurso de valoración de méritos de los procesos referidos en los apartados 1 y 2 se deberán valorar, entre otros méritos, el tiempo de servicios prestados en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la experiencia en las tareas y funciones habituales en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.
4.- El personal no fijo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que venga prestando servicios de manera ininterrumpida con anterioridad a 1 de Enero de 2005 permanecerá en la Administración en una situación activa “a extinguir” hasta su jubilación o cese voluntario.
Desde SEPCA, sin el más mínimo propósito de insistir en controversias con otras organizaciones sindicales que ya nos cansan, sino por respeto a nuestros afiliados y simpatizantes y motivado por alusiones directas del Sindicato CSIF, en una información difundida hace unos días sobre el mismo asunto, queremos aclarar:
La propuesta conjunta de SEPCA e INTERSINDICAL CANARIA, tratada de populista por esa organización sindical -que también confundiéndolo todo nos trata de nacionalistas-, no pretende ni muchísimo menos dejar fuera al personal no fijo anterior al 1 de enero de 2005, sino todo lo contrario, facilitarle más alternativas y en último extremo impedir la pérdida de su puesto de trabajo.
La retahíla de argumentos jurídicos que CSIF comparte -como es habitual- con la Dirección General de la Función Pública, nos parece una argumentación derrotista y estamos convencidos de su encaje legal, como ha ocurrido en otras Administraciones.
Por encima de todo, lo que nos proponemos es garantizar la estabilidad de todo el personal que lleva muchos años prestando servicios a la Administración, en una situación de completa inseguridad y fragilidad, por causas imputables solo a la Administración, intentando con todos los recursos de los que podamos disponer, salvaguardarlos de las consecuencias negativas del desastroso Acuerdo firmado a nivel de la Administración General del Estado, por CCOO, UGT y CSIF, que podría llegar a convertirse en el gen del mayor conflicto laboral que hayamos tenido en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Te mantendremos al corriente de cómo vaya evolucionando este asunto.'
Fuente: Comunicado del Sindicato SEPCA de 23/11/2018
Resaltados en negrita cursiva y enlaces nuestros
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