viernes, 4 de junio de 2021

EL SERMAS publica en el BOCM con antelación las bases comunes de las convocatorias pendientes de publicación de sus OPEs de estabilización (todas de su OPE 2018 y 2019), iguales a las ya utilizadas en las convocatorias publicadas de estabilización de OPE 2017 y 2018: concurso-oposición, con examen eliminatorio para la fase de oposición y contando un 35% la experiencia, puntuando igual la de cualquier Servicio de Salud

 Tal y como  adelantó RRHH del SERMAS la semana pasada en Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid  se ha publicado en el BOCM de ayer jueves 03/06/2021 suu Resolución  de 26 de mayo de 2021  por la que "se aprueban las bases generales y los baremos de méritos que han de regir las convocatorias de los procesos selectivos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, derivados de las ofertas de empleo público de la Comunidad de Madrid para los años 2018 y 2019" , y "derivadas de las previsiones contenidas en el artículo 19.Uno.2" [es decir, computadas por tasa de reposición] y 19.Uno.6 [es decir, computadas por tasas de estabilización], cuando dichas plazas se convoquen conjuntamente, y en el apartado Uno.4 [es decir, de promoción interna] del mismo artículo de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017", que recordemos habilitó a los Servicios de Salud, entre otros sectores de la AAPP,  ha incluir en OPEs convencionales, sin límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2016 y todos los puestos temporales antes de 01/01/2005, pero no habilitó ninguna fórmula extraordinaria o especial de consolidación.

Es decir, serían las bases de las categorías pendientes de convocatoria (decimos "serían" si es  que para cada categoría concreta , finalmente se publica, como se ha anunciado por el SERMAS es la intención y como se ha hecho con las anteriores, en convocatoria conjunta  las plazas computadas por reposición con las plazas computadas por estabilización):

  • (antiguas 2ª y 3ª fases) de la OPE 2018 del SERMAS , con plazas de "estabilización" en las categorías de :
    • Técnico, Grupo Gestión. y Grupo Administrativo de la Función Administrativa
    • Trabajador Social, 
    • TSE Anatomía Patológica, Radioterapia, Higiene bucodental, Medicina Nuclear
    • Técnico de Emergencias Sanitarias
    • Aux Farmacia
    • 29 especialidades médicas de Facultativo Especialista
  • la Oferta Pública de Empleo 2019 del SERMAS, también con  plazas de estabilización de las categorías de  
    • informáticos
    • logopedas
    • ingenieros técnicos
    • terapeutas ocupacionales
    • sanito-optómetras,
    • bibliotecarios 
    • cocineros
    • 17 especialidades médicas de Facultativo Especialista
  • las promociones internas pendientes de ambas OPE 2018 y 2019
y que son las mismas bases comunes que las convocatorias en curso de las OPE 2017 y 1ª fase de OPE 2018 del SERMAS , todas con plazas "de estabilización", para otras categorías (incluyendo las más numerosas) y que ya realizaron la fase de oposición y ya se presentaron méritos. En esas convocatorias las bases (aunque siempre las mismas en lo que respecta a lo dicho arriba) se publicaron de forma independiente en la propia convocatoria.
 

 
Esas bases comunes , en cuanto al sistema selectivo  y repartos de puntuaciones, son las que se acordaron en la Mesa Sectorial del SERMAs el 14/06/2018  por gran mayoría, pero no unanimidad:
  • un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, 50% de peso para el concurso de méritos
  • la oposición en primer lugar y eliminatoria que se supera con el 50% de la media aritmética de las 10 notas más altas, sin limitar el número máximo de personas que superan esta fase
  • fase de concurso: 35 de los 50 puntos por experiencia profesional , contando la antigüedad en la misma categoría en otro servicio público de Salud , lo mismo que en el SERMAS  , y 15 puntos porcursos de formación acreditados

Hay que señalar  que casi todos los puestos ofrecidos en estas OPEs del SERMAS con parte de plazas computadas por los "procesos de estabilización" corresponden a puestos temporales  más de 3 años  a 31/12/2016, es decir, más de 7 años en la actualidad y en muchos casos más de 10, 15 y 20 años, situación que el Tribunal Europeo en su  sentencia del 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" (justo el asunto principal un informático del SERMAS, interino de vacante 21 años en una de estas plazas) , reforzada por la importante sentencia de ayer 03/06/2021,  ha establecido que hay abuso de temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar pero para la  que no puede valer la convocatoria a proceso selectivo libre como son estos procesos de estabilización.  El SERMAS no contempla indemnización alguna ni al cese del personal temporal por años que lleve (alguno llevan más de 20 años).
 
APISCAM ya coordinó la presentación de un recurso múltiple contra la OPE 2019 "de estabilización" del SERMAS en cuanto a la inclusión de las plazas de más de 3 años de temporalidad de los informáticos y la mayor parte de los informáticos que tienen  demandas de abuso de temporalidad, en base a la normativa y jurisprudencia europea, han presentado demandas de exclusión de su plaza de esta OPE. Hay que señalar que el colectivo de informáticos del SERMAS, como los de Médicos de Urgencias Hospitalarias y Logopedas, cuenta con más del 75% de temporalidad y no se desarrollado nunca ninguna convocatoria por parte de la Comunidad de Madrid desde que asumió las competencias en 2002.

 
Recuérdese por último que hace dos semanas se publicada en el BOCM también la Orden equivalente de base comunes para las todavía futuras convocatorias de los procesos de estabilización de puestos temporales ya más de 6 años en la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid : consistiendo en concurso-oposición en general puntuando en los méritos igual la antigüedad en otra AAPP, y oposición pura para funcionarios A1 de Administración General y categorías de menos de 5 plazas al sumarse a la convocatoria del turno libre normal.


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CONVOCATORIAS OPEs  DE "ESTABIILIZACIÓN" DEL SERMAS

12 comentarios:

Anónimo dijo...

Montorianos por los cuatro costados.

A ver si CSIF paraliza las convocatorias por ir contra la ley y por prevarcación, lo digo por eso de que el TSJUE haya coincidido con ellos.

Anónimo dijo...

Sí, eso es, ja,ja,ja y no olvidar que si la sentencia de 10/03/2020 del Tribunal Europeo tuvo lugar fue por UGT (o eso dijeron hace poco)

Anónimo dijo...

Bueno, pues supongo que habrán echado cálculos para saber cuántos han judicializado su plaza y a los que tendrán que readmitir. Y además tendrán la partida presupuestaria para las indemnizaciones por el abuso causado. Si se prolonga en el tiempo tendrán que presupuestar más, mayor indemnización. Y supongo que habrán pensado en que a los que cesen deberán abonar su sueldo cuando no lo perciban. Están sobrados de eso no hay duda.

Anónimo dijo...

Pero es que si cualquiera que se quede fuera, denuncia al ser cesado, habrá que darle también indemnización. Esto va a ser u dineral.

Anónimo dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Anónimo dijo...

Los que queden fuera denunciaran e incluso pueden pedir readmisión porque si la ope es ilegal y toca aplicar la Directiva exigirán fijeza, no sólo indemnización

Anónimo dijo...

Una Ope no puede incluir plazas ocupadas en abuso de Temporalidad. Primero requiere solventar esa temporalidad; bien cubriendo esa plaza por concurso de traslado -ignorando las plazas libres-, bien despidiendo a esa/ese trabajador, bien cambiándol@ a otra plaza (tres ilegalidades como la copa de un pino)...para poder hacer la cuarta que quieren hacer: que compita en Ope y si aprueba coge plaza -ni siquiera la que ocupa- o a la calle.

Y eso está firmado por partidos políticos y los tres sindicatos ...a la espera que comuniquen la anulación de ese acuerdo.

Anónimo dijo...

Dentro de lo malo, 50% es concurso, y la mínima para aprobar puede ser menos de un 5. En otros lados nos han colocado un 30% de concurso y un cinco argumentando que no se podía aumentar más ya que al intentarlo en otras ocasiones les habían recurrido, obligando el juzgado a disminuir el concurso. En este caso no sé si por ser estatutarios la cosa cambia. Aún así la oposición se convierte en una lucha entre interinos.

Anónimo dijo...

Y en la mía oposición libre (sin méritos ni nada).

Vota PSOE

Anónimo dijo...

Quien no se consuela es porque no quiere

No me extraña que este la situación como está, la forma de lucha: panza arriba, moviendo la colita y puede que te pisen la cabeza ...o no.

Anónimo dijo...

El el multi-troll, no hagas caso.

Anónimo dijo...

Pero, no había dicho el Gobierno en su Plan enviado a Europa , componente de Sanidad, que a los profesionales de sanidad de larga duración les iba a hacer ya un último proceso de estabilización por concurso de méritos:



"Se abordará primeramente un plan de choque consistente en modificar el Estatuto Marco, para transformar los contratos temporales en contratos fijos a los profesionales que lleven más de un periodo de tiempo ocupando de manera temporal puestos de trabajo de carácter estructural (pendiente de determinar el periodo concreto de tiempo). ...

... se simplificará el sistema de selección, pasando de un sistema que incluye un examen y valoración del curriculum vitae, a otro en el que únicamente se valore el curriculum vitae de especialistas en Ciencias de la Salud

[ https://www.lamoncloa.gob.es/temas/fondos-recuperacion/Documents/05052021-Componente18.pdf ]


Nos engañan y juegan con nosotros lo que quieren.