'La decisión del Gobierno de suprimir la paga extra a todos los
empleados públicos ha generado diferentes recursos, tanto ante el
Tribunal Constitucional como ante otros Tribunales de Justicia, sobre la
legalidad de la supresión de la paga y sobre el derecho a percibir la
parte devengada.
Mientras el Tribunal Constitucional cada día que pasa, acepta una nueva denuncia en la que se reclama la declaración de inconstitucionalidad de la supresión de la paga extra de diciembre de 2012, por su parte, los Tribunales de Justicia de las Comunidades Autónomas, también empiezan a obligar a los respectivos gobiernos autonómicos, a golpe de Sentencia, a que restituyan la parte ya devengada a sus trabajadores.
Todos esos recursos van resolviéndose en sentencias, como la del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que dan la razón a los empleados públicos, obligando a restituir la parte devengada de la paga extra suprimida; esto es: el período comprendido entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012, por tanto lo correspondiente a 44 días.
En concreto, desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL hemos planteado varios recursos en este sentido, obteniendo Sentencias favorables al reintegro de la parte devengada a los empleados públicos; si bien, éstas, se encuentran recurridas por la Administración.
En el mismo sentido, CSIT UNIÓN PROFESIONAL va a solicitar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que tome note de estas Sentencias y haga extensiva la devolución de la parte devengada al conjunto de los empleados públicos de España para que no se genere una situación discriminatoria entre diferentes Comunidades Autónomas, y sin perjuicio de que sigamos instando, a todos los niveles, su devolución íntegra.'
Fuente: CSIT-UP 11/02/2014
Mientras el Tribunal Constitucional cada día que pasa, acepta una nueva denuncia en la que se reclama la declaración de inconstitucionalidad de la supresión de la paga extra de diciembre de 2012, por su parte, los Tribunales de Justicia de las Comunidades Autónomas, también empiezan a obligar a los respectivos gobiernos autonómicos, a golpe de Sentencia, a que restituyan la parte ya devengada a sus trabajadores.
Todos esos recursos van resolviéndose en sentencias, como la del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que dan la razón a los empleados públicos, obligando a restituir la parte devengada de la paga extra suprimida; esto es: el período comprendido entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012, por tanto lo correspondiente a 44 días.
En concreto, desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL hemos planteado varios recursos en este sentido, obteniendo Sentencias favorables al reintegro de la parte devengada a los empleados públicos; si bien, éstas, se encuentran recurridas por la Administración.
En el mismo sentido, CSIT UNIÓN PROFESIONAL va a solicitar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que tome note de estas Sentencias y haga extensiva la devolución de la parte devengada al conjunto de los empleados públicos de España para que no se genere una situación discriminatoria entre diferentes Comunidades Autónomas, y sin perjuicio de que sigamos instando, a todos los niveles, su devolución íntegra.'
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