martes, 31 de agosto de 2021

[APRISCAM] 'Huelga indefinida de los informáticos e informáticas del SESCAM' [ante su situación de masivo abuso de temporalidad y la convocatoria de sus puestos por primera vez en procesos selectivos convencionales pese a la normativa y sentencias europeas y un nuevo Real Decreto-Ley en vigor que afectaría estas plazas NO convocadas antes de su entrada en vigor así como la reforma inminente]

'Los profesionales informáticos del SESCAM junto al Sindicato Único de Trabajadores Solidaridad Obrera en el SESCAM han convocado para el próximo día 6 de septiembre una huelga indefinida dadas las circunstancias y la falta de respuesta del SESCAM ante las protestas y propuestas de este colectivo de trabajadores y trabajadoras en relación a su situación de Fraude de Ley.

APRISCAM viene relatando desde hace tiempo la situación por la que estos profesionales están pasando, principalmente el abuso de temporalidad que sufren desde hace mas de 30 años y que afecta a más de 75% de la plantilla. La oferta de empleo público que pretende solucionar este problema no lo hace de ninguna manera pues ignora esta excesiva interinidad. Por ejemplo, no va a considerar la antigüedad completa para valorar los méritos. Los temarios publicados recientemente perjudican sus aspiraciones pues, a pesar de que la OPE habla de un proceso de consolidación donde los aspectos a examinar serán solo exclusivamente de las tareas realizadas por estos trabajadores, es un temario muy genérico con temáticas desfasadas o no aplicables actualmente. Además, los empleados de Promoción Interna tampoco ven colmadas sus aspiraciones pues el proceso selectivo previsto queda muy lejos de lo prometido hasta hace no mucho tiempo.

[CSIF nacional] 'CSIF teme que la futura ley de Universidades no incluya medidas contra la precariedad de las plantillas - Más de la mitad de las universidades superan el 40% de temporalidad en el empleo' [El sindicato planteapuesta en marcha de procesos de estabilización]

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, teme que la futura Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) no incluya medidas contra la precariedad de las plantillas, a pesar de que más de la mitad de las universidades españolas superan el 40 por ciento de temporalidad en el empleo.

Desde CSIF, mostramos nuestra preocupación sobre las medidas que incluirá la futura LOSU debido a la cambiante política del ministro de Universidades, Manuel Castells. Hasta ahora, proyectos impulsados por su Departamento, como el Estatuto del Personal Docente e Investigador quedaron en agua de borrajas tras el rechazo generalizado de los actores implicados.

Para el sindicato, aunque el Ministerio de Universidades nos anuncia una primera reunión el 15 de septiembre sobre la futura LOSU, seguimos sin negociación y sin información sobre el Anteproyecto de esta norma, que el Gobierno pretende aprobar a finales de noviembre, tras una primera vuelta mañana en el Consejo de Ministros.

lunes, 30 de agosto de 2021

Publicado en el Boletín el inicio de tramitación en el Congreso de la modificación , como Proyecto de Ley por procedimiento de urgencia, del Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas para la reducción de la temporalida pública que comprometió el Gobierno para introducir nuevas posibilidades a cambio de su convalidación. Se abre el plazo, hasta el 9 de septiembre, para la presentación de enmiendas

Acaba de publicarse en el Boletín Oficial del Congreso el  acuerdo de la Mesa del Congreso de su reunión del 25/08/2021 de iniciar la tramitación , con la remisión a la Comisión de Política Territorial y Función Pública del "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), proyecto de ley  de modificación  del famoso  Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio del mismo asunto , que había sido aprobado por el Gobierno en esa fecha, publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , entrado  en vigor desde el 8 de Julio  y finalmente convalidado por el Congreso en su  sesión de debate del pasado 21 de Julio que tratamos ampliamente en una entrada aquí, y cuya transcripción íntegra fue publicada en el la página 40 del Diario de Sesiones de Sesiones del Congreso de los Diputados Núm.117 de 21/07/2021. El acuerdo publicado en el BOCG  viene acompañado del texto de partida de este Proyecto de Ley, texto que es, naturalmente, el del Real-Decreto Ley publicado del que "procede", y que, hay que señalar sigue en vigor en todos sus términos al haber sido convalidado.

En la misma publicación se declara, siguiendo el procedimiento con tramitación de "urgencia" abierto "un plazo de ocho días hábiles, que expira el día 9 de septiembre de 2021, en el que los Sres. Diputados y los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas". El plazo es la mitad del habitual para este paso en la tramitación de un Proyecto de Ley, por ser procedimiento de urgencia, si bien es posible su ampliación mediante prórrogas si un grupo lo solicitad y lo acuerda la Mesa del Congreso.

Recordemos que el Gobierno del Estado había aprobado esa medida dereducción de la temporalidad en el empleo público tras el acuerdo con los principales sindicatos de la Función Pública y que por él se pretende -además de modificar la normativa para evitar el abuso de temporalidad para los nuevos nombramientos temporales-  un último proceso extraordinario de "estabilización de plazas" con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en las Ofertas Públicas de empleo para  procesos de estabilización de las leyes estatales  de 2017 y 2018 y que las convocatorias de plazas de procesos de estabilización sean, en general salvo excepciones de normativa propia específica, bajo la modalidad de un concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades,  sin afectar en sus términos ya previstos a las convocatorias de  procesos con plazas de estabilización que ya estuvieran publicadas a fecha de 08/07/2021.

[HUELGA TPTS NAVARRA] 'El comité de huelga denuncia que la adjudicación de puestos docentes vulnera la directiva contra el abuso de temporalidad'

'El Comité de Huelga considera que las vacantes anunciadas correspondientes a las adjudicaciones de plazas para el próximo curso docente, no están justificadas porque una gran parte de los puestos ya están ocupados por personal docente con contrato administrativo en vigor. Más de un 30% del personal docente actualmente es temporal.

El Comité de Huelga ha exigido reiteradamente al Departamento de Educación y a Función Pública, el cumplimiento de la Directiva 99/70, así como de la jurisprudencia comunitaria y del Tribunal Supremo. de forma que los contratos administrativos vigentes se modificaran sin fecha de fin, según estaba previsto en un proyecto de Decreto Foral desde el año 2018.

En este sentido, Comité acaba de recibir una comunicación del Defensor del Pueblo en la que le informa que continúa la investigación de la queja formulada sobre la duración de los contratos docentes y el abuso de temporalidad. El Defensor ha solicitado al Gobierno de Navarra ampliar la información recabada antes de poder emitir un informe.

domingo, 29 de agosto de 2021

Entradas más vistas de la semana 23/08/2021-29/08/2021 en este blog: en marcha la tramitación en el Congreso de la modificación del Real Decreto-Ley 14/2021 de reducción de la temporalidad larga pública, respuesta del Gobierno del Estado a las preguntas del senador de Compromís, ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 27 de agosto de 2021

En marcha la tramitación en el Congreso de la modificación , como Proyecto de Ley por procedimiento de urgencia, del Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas para la reducción de la temporalida pública que el Gobierno, para poder obtener su convalidación, comprometió para incluir, en convocatorias futuras de procesos con plazas temporales más de 3 años a 31/12/2020, las posibilidades de fase de oposición no eliminatoria en general y sistema de concurso puro de méritos para plazas ocupadas por interinos y sin convocarse más de 10 años

Acaba de publicarse en la web del Congreso la "calificación"  de la Mesa del Congreso este 25/08/2021 -como estaba previsto en su primera reunión tras la interrupción vacacional de la actividad del Congreso desde el pasado 22 de Julio- del "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), proyecto de ley "procedente" del famoso  Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio del mismo asunto , que había sido aprobado por el Gobierno en esa fecha, publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , entrado  en vigor desde el 8 de Julio  y finalmente convalidado por el Congreso en su  sesión de debate del pasado 21 de Julio que tratamos ampliamente en una entrada aquí, y cuya transcripción íntegra fue publicada en el la página 40 del Diario de Sesiones de Sesiones del Congreso de los Diputados Núm.117 de 21/07/2021

Recordemos que el Gobierno del Estado había aprobado ese "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público tras el acuerdo con los principales sindicatos de la Función Pública y que por él se pretende -además de modificar la normativa para evitar el abuso de temporalidad para los nuevos nombramientos temporales-  un último proceso extraordinario de "estabilización de plazas" con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en las Ofertas Públicas de empleo para  procesos de estabilización de las leyes estatales  de 2017 y 2018 y que las convocatorias de plazas de procesos de estabilización sean, en general salvo excepciones de normativa propia específica, bajo la modalidad de un concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades,  sin afectar en sus términos ya previstos a las convocatorias de  procesos con plazas de estabilización que ya estuvieran publicadas a fecha de 08/07/2021.

[CNT Galicia] 'Comienzan las negociaciones entre la CNT y el Consorcio de Igualdad y Bienestar. El 6 de septiembre comienza la huelga convocada por la sección sindical de la CNT por abuso de temporalidad y fraude estructural en la contratación que afecta a la plantilla del Consorcio.

'La sección sindical de la CNT ha convocado una nueva huelga en el Consorcio Gallego de Igualdad y Servicios Sociales. La huelga está convocada para abordar la situación de la plantilla temporal estructural del Consorcio Gallego de Igualdad y Servicios Sociales y proporcionar estabilidad en el empleo al personal que actualmente presta servicios en dicho Consorcio y consistiría en paros continuos de dos semanas al mes durante los meses de Septiembre, octubre, noviembre y diciembre. '

Con la intención de llegar a un acuerdo antes del inicio de las huelgas, la dirección del Consorcio y el comité de huelga se reunieron el jueves. La CNT acogió con satisfacción el paso dado por el Consorcio, que no reconoció a la comisión de huelga como interlocutor, y acudió a la reunión con el objetivo de llegar a acuerdos en el marco de asegurar una solución integral y favorable a todo el personal en casos de fraude y abuso de temporalidad.

 

jueves, 26 de agosto de 2021

Respuesta del Gobierno del Estado a las preguntas del senador de Compromís sobre retirada del Decreto-Ley y reparación al trabajador público en abuso de temporalidad acorde a la jurisprudencia del Tribunal europeo: con el Real Decreto-Ley y su modificación por nuevo Proyecto de Ley se está trabajando para "incorporar medidas efectivas y adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar, el uso abusivo de la temporalidad" de acuerdo con el mandato del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia [de 19/03/2020]

El Senador Carles Mulet ha publicado en su Twitter la  respuesta conjunta del Gobierno del Estado registrada en la fecha 23/08/2021 a varias de las preguntas al Gobierno de respuesta escrita que el Senador de Compromís a través de su Grupo de Izquierda Confederal había registrado entre el 06/06/2021 y el 11/07/2021 a raíz de la "nueva" jurisprudencia del Tribunal europeo, las resoluciones de algunos juzgados sobre exclusión de las plazas de  personal temporal público en abuso de temporalidad de Ofertas Públicas de Empleo o la entrada en vigor del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad seguida de cambio del ministro titular de la Función Pública

 

Las preguntas del Senador en concreto eran:

  • la nº 684/40926 de 06/06/2021: ¿siguiendo la directiva y [reciente] jurisprudencia europea ¿Cómo piensa el Gobierno sancionar a la administración y resarcir al trabajador  cuando el abuso ya se ha producido?
  • la nº 684/41777  de 05/07/2021: en reiteradas ocasiones  el Ministro de Función Pública ha expresado su opinión acerca del engaño de algunos abogados están ejerciendo con los trabajadores temporales en fraude de ley [de abuso de temporalidad] ...  sabemos como Vd sabe que las OPEs de estabilización o consolidación no cumplen como sanción al fraude y que las ridículas indemnizaciones tampoco [...] se están conociendo estos días múltiples sentencias de fijeza como en el caso del Juzgado de lo Contencioso de Alicante o el Juzgado Central de Madrid,... ¿mantiene esas declaraciones y piensa que esos jueces también están engañando a la población ...?
  • la nº 684/42021 de 11/07/2021: visto que la Ministra de Hacienda a asumido Función Pública justo tras que el anterior Ministro Iceta haya dejado el funesto Real Decreto-Ley 14/2021, que no va a contar con el consenso del Congreso en un tema tan sensible como éste ¿Va a proceder a retirar este Decreto-Ley?

 


La respuesta literal del Gobierno, conjunta a todas ellas, , con fecha firmada el 23/08/2021, ha sido[resaltados en negrita cursiva  nuestros]:
 

miércoles, 25 de agosto de 2021

Recordatorio. Sentencia del juzgado Central nº2 de lo Contencioso de fijeza a 4 funcionarios interinos más de 10 años de la Administración del Estado , uno de ellos de único nombramiento, como sanción al abuso de temporalidad en el empleo público por la Directiva Europea 1999/70/CE y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en especial la sentencia de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" reafirmada en la consecuencia de fijeza yen la posiblidad de abuso ante único nombramiento por el Auto de 30/09/2020 en el asunto portugués "Gondomar", la sentencia de 11/02/2021 en el asunto griego "Agios Nikolaos" y la reciente sentencia de 03/06/2021 en el asunto "IMIDRA"

[Recordatorio de entrada publicada el 01/08/2021] En el día de ayer 30/06/2021 conocíamos que el Juzgado Central nº 2 de Madrid de lo Contencioso-Administrativo dictaba en una amplia sentencia la fijeza a funcionarios interinos como sanción al abuso de su  temporalidad en el empleo público de  la cláusula 5ª del Acuerdo Marco recogido en la famosa Directiva Europea 1999/70/CE aplicando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y  muy especialmente, la esperanzadora sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández-Alvarez y otros"  (recordemos que por casos del Servicio Madrileño de Salud siendo el asunto principal el de un informático nuestro), así como posterior jurisprudencia europea.


La sentencia traslada amplias partes del razonamiento de la sentencia pionera de Junio de 2020, del Juzgado de lo Contencioso nº 4 de Alicante y ante una demanda con el conocdio abogados Javier Araúz  de 4 funcionarios interinos durante 10 a  16 años ,de la Administración General del Esatdo,  en concreto del cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias declara el  "derecho a permanecer en su puesto de trabajo y  con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que tiene los  funcionarios de carrera", aunque sin adquirir la condición de funcionarios de carrera, , es decir, sentencia la fijeza.
 

[HuelgaTPTs Navarra] 'El comité de huelga denuncia la pasividad del Gobierno de Navarra ante el cese de miles docentes contratados y el abuso de temporalidad'

'El Comité de Huelga no ha recibido respuesta ni del Consejero de Educación ni de la Directora General de Función Pública del Gobierno de Navarra, a su propuesta, que evitaría el cese masivo previsto para el próximo día 31 de Agosto. El Comité reclama una solución urgente de acuerdo con la cláusula 5ª de la Directiva 99/70 ante la que el Gobierno de Navarra sigue haciendo “oídos sordos”.

El Comité permanece a la espera de informe del Defensor del Pueblo sobre el cumplimiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y delTribunal Supremo, de forma que los contratos administrativos vigentes se modificaran sin fecha de fin, según estaba previsto en un proyecto de Decreto Foral desde el año 2018.

Desde el Comité se plantearán todas las acciones legales oportunas para que el Gobierno de Navarra adopte las medidas para la prevención y sanción del abuso de la temporalidad .

En la Propuesta de Negociación remitida por el Comité se incluye una modificación de contratos administrativos temporales vigentes del personal docente en la cual se plantean dos situaciones:

martes, 24 de agosto de 2021

Recordatorio [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]

 [Recordatorio de entrada publicada el 28/06/2021] 'La Sala Cuarta del Tribunal Supremo reunida en pleno para examinar la incidencia de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de junio de 2021 en diversos recursos, ha decidido, por unanimidad, rectificar la aplicación que venía haciendo de su propia doctrina en relación a la duración del contrato de interinidad por vacante en el sector público. 

En aplicación de las previsiones legales y reglamentarias sobre el referido contrato, su duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica. 

A falta de previsión normativa la Sala entiende, con carácter general, que una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo

[RRHH del Ayto de Sevilla] 'La aplicación del Real Decreto-Ley 14/2021 a los nombramientos y contrataciones temporales en el Ayuntamiento de Sevilla'

'Introducción

El Real Decreto-ley 14/2021 parte de las exigencias contenidas en la cláusula 5a del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70 CE del Consejo), que prevé la adopción de medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de nombramientos temporales. Como dice literalmente la exposición de motivos del citado RDL, “la doctrina que ha fijado el TJUE en esta materia dispone que las autoridades españolas tienen que instaurar medidas efectivas que disuadan y, en su caso, sancionen de forma clara el abuso de la temporalidad”.


Al servicio de tal objetivo, el RDL adopta una serie de medidas que podemos agrupar así:

  • Una nueva regulación más precisa y acotada de la figura del funcionario interino en el art. 10 del TREBEP.

  • Medidas dirigidas al control de la temporalidad en el empleo público. Se introducen a través de una nueva disposición adicional decimoséptima en el TREBEP y son de dos tipos: a) las irregularidades que puedan dar lugar a situaciones de abuso en la contratación o nombramientos temporales provocarán la exigencia de responsabilidades a quienes hubiesen dado lugar a las mismas o no las hubieren evitado; y b) el abuso de la temporalidad determinará, en el momento del cese, una compensación económica en forma de indemnización para el empleado temporal en cuantía similar a las previstas en el ETT para el despido objetivo.

  • Aprobación de una última ventana de estabilización para “las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020”.


Este informe tiene por objeto exclusivamente los dos primeros grupos de medidas, por lo que no trataré para nada esta última ventana de estabilización, no porque no plantee suficientes dudas, sino porque las mismas serán analizadas en un informe posterior.

Voy, por tanto, a examinar la nueva regulación de los funcionarios interinos y la concreción de lo que podemos entender por “abuso de la temporalidad” tanto en los contratos laborales temporales como en los nombramientos de funcionarios interinos en sus distintas modalidades.

[HuelgaTTPs Navarra] 'El Comité de Huelga espera una respuesta de Educación y Función Pública a la propuesta para la continuidad del personal docente contratado durante el próximo curso'

'El Comité de Huelga remitió la semana pasada al Consejero de Educación del Gobierno de Navarra así como a la Directora General de Función Pública, una propuesta que incluye varios puntos para la negociación urgente entre ambas partes a la espera del informe del Defensor del Pueblo. La Presidenta del Gobierno de Navarra también ha conocido de la propuesta según la respuesta recibida por el Comité.

La propuesta evitaría el cese masivo previsto para el próximo día 31 de Agosto, de forma los contratos administrativos vigentes se modificaran sin fecha de fin, según estaba previsto en un proyecto de Decreto Foral desde el año 2018 en cumplimiento de lasentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.

La Propuesta de Negociación remitida incluye una modificación de contratos administrativos temporales vigentes del personal docente en la cual se plantean dos situaciones:

lunes, 23 de agosto de 2021

Recordatorio [CSIF AGE] Paralizada la publicación de las convocatorias próximas a convocar de los procesos de estabilización de la OPE 2018 de la Administración General del Estado para esperar a los posibles cambios normativos

 [Recordatorio de entrada publicada el 30/07/2021] 'Ante la duda suscitada de cómo se plasmarán en la nueva ley las condiciones que se establezcan para la procesos de estabilización de empleo temporal y para evitar posibles agravios entre los procesos correspondientes a la convocatoria del año 2018, a punto de convocarse, con los futuros a promover, SE PROCEDE A LA PARALIZACIÓN DE LAS CONVOCATORIAS DE ESTOS PROCESOS hasta que  entre en vigor la nueva ley y se concreten los términos que regirán para la realización de estos.'

Fuente: Comunicado de CSIF de la AGE [Administración General del Estado de 30/07/2021

 

NOTA DEL EDITOR: la Oferta de Empleo Público mencionada y los procesos selectivos  corresponden a la "Administración General del Estado" [AGE]. Aparte están las OPEs de otras AAPP como las de las CCAA , universidades o entidades locales -junto con sus entes públicos dependientes-.

Siempre en cuanto a la AGE,   las plazas  temporales más de 3 años a 31/12/2017  fueron incluidas en estas OPEs que se consideran ahora parte de la Oferta de Empleo Público de 2018:

Recordatorio [07/07/2021] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere, indemnización de la que se quedarían fuera el personal cesado por los procesos selectivos con plazas de estabilización ya convocados. Entra en vigor este 08/07/2021

[Recordatorio de entrada publicada el 07/07/2021] Acaba de publicarse en el BOE de hoy 07/07/2021 el esperado REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público  acordado este lunes  con los sindicatos CCOO,  UGT y CSIF, fijando un último proceso de estabilización con los puestos temporales +3a a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018,: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos hata el 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere

[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO pide a Ayuso que incorpore 50 medidas a su Ley de Presupuestos 2022 para reforzar la Sanidad y recompensar a sus profesionales. Entre las 50 medidas hay derechos que fueron arrebatados en anteriores legislaturas con el PP y otras mejoras que han sido acordadas con los sindicatos y que no se han implementado.También reclama la reversión de las privatizaciones en la Sanidad Pública, con lo que parte de la partida económica del sector se compensaría'

 'El secretario general de CCOO Sanidad Madrid, Mariano Martín-Maestro, ha enviado una carta a la directora general de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), Raquel Sampedro, con 50 propuestas en materia de recursos humanos para la sanidad pública madrileña. La organización solicita la incorporación al anteproyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para el 2022, de medio centenar de mejoras para reforzar la Sanidad pública y mejorar las condiciones laborales y económicas de los y las profesionales. Solo la Atención Primaria necesitaría en torno a los 250 millones de euros y el abono de la Carrera Profesional al personal no fijo rondaría los 80 millones de euros.

Respuesta del Gobierno del Estado a las pregunta del senador de Compromís de qué va a hacer tras las sentencia del Tribunal Europeo de 03/06/2021 sobre que la doctrina del Supremo no parece tener medidas adecuadas para sancionar el abuso de la temporalidad: hay trabajos de elaboración de normativa en curso y un compromiso ante la UE en el Plan de Recuperación

El Senador Carles Mulet había publicado en su Twitter 23l 28/06/2021 una  respuesta  del Gobierno del Estado registrada en la fecha 22/07/2021, claramente errónea y dirigida a otra pregunta de otro asunto, a la  pregunta de respuesta escrita nº 684/41146  qdel Seandor de Compromís de 09/06/2021 sobre qué medidas va a adoptar el Gobierno Español  tras la sentencia del Tribunal Europeo de 03/0'6/2021 , donde este tribunal afirmaque la doctrina del Tribunal Supremo español no "parece" tener medidas adecuadas para sancionar el abuso .


Ahora, este 22 de Agosto, el Senador ha publicado una respuesta de ampliación, fechada el 19/08/2021, que sirve de corrección del Gobierno, de 19/08/2021, donde literalmente el Gobierno del Estado afirma:
 

domingo, 22 de agosto de 2021

Entradas más vistas de la semana 16/08/2021-22/08/2021 en este blog: Un juzgado de Madrid cautelarmente excluye de proceso selectivo las plazas de personal en abuso, juzgado nº4 de lo Contencioso de Alicante requiere al Ayuntamiento que excluya de los procesos selectivos las plazas ofertadas de funcionarios interinos que tienen presentada demanda judicial reclamando fijeza ...

 Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

jueves, 19 de agosto de 2021

Recordatorio. XIX Reunión del Foro Salud Conectada de la Sociedad Española de Informática de la Salud del 22 al 23 de Septiembre en Barcelona y virtual, con sesión de comunicaciones. Plazo para presentarlas hasta el 5 de Septiembre

 [Recordatorio de entrada publicada el 03/08/2021

Del 22 al 23 de Septiembre tendrá lugar la XIX Reunión del Foro Salud Conectada  o anterior Foro de Telemedicina,  organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] - en formato híbrido, presencial en Barcelona y virtual, modalidad   gratuita para los socios de la SEIS y de precio muy moderado para los profesionales del Sistema Nacional de Salud- centrado  un año más especialmente en las soluciones y proyectos de Salud Conectada acelerados ante las evidentes necesidades de conectar a distancia profesionales y ciudadanos mediante las TIC por la pandemia de COVID- 19. 

Marcha por el Camino de Santiago del 21 al 29 de Agosto "a Santiago por la Fijeza" , como solución acorde a la Unión Europea más adecuada para la situación masiva de abuso de temporalidad en el empleo público

Un grupo de empleados públicos en abuso de temporalidad ha lanzado la iniciativa de visibilización y protesta "Temporales en lucha!A Santiago por la Fijeza!" proponiendo realizar del 21 al 29 de Agosto o parte de él , tramos del Camino de Santiago, con la intención de que se produzca una llegada común el 29 de Agosto 2021 en Santiago a las 12 h en plaza Do Obradoiro, para visibilizar y exigir al Gobierno y administraciones públicas  la fijeza como solución constitucional y más adecuada ante la masiva de abuso de temporalidad en el empleo público  en lugar de la solución decidida desde el Estado en 2017 y 2018 en marcha por numerosas AAPP de convocar sus puestos  en ofertas públicas de empleo de libre concurrencia   y en el nuevo REAL DECRETO-LEY de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos  fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020, tipo de "soluciones" que la  sentencia europea de 19/03/2020 , cuyo asunto principal es el de un informático nuestro,   establecido que no puede valer como   sanción, sanción que dicha sentencia exige que debe existir ante este abuso "de forma indispensable".

En caso de no poder por las fechas, se indica que se realice cuando se pueda y se envíen fotos  para dar difusión a nuestra causa.

Más información de las alternativas de los diferenes Caminos de Santiago y fechas en su blog

 

miércoles, 18 de agosto de 2021

[Huelga TTPs Navarra] 'El Defensor del Pueblo estudiará la continuidad del personal docente contratado.' [El Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra reclama que no se cese al personal docente contratado en abuso de temporalidad y no se oferten sus puestos]

'El Defensor del Pueblo ha admitido la queja del Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra dirigida al Departamento de Educación para que adopte las medidas necesarias y que no se cese al personal docente contratado en abuso de temporalidad y fraude de ley .

El Comité reclama que, de conformidad con la legislación de función pública y la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los puestos ya ocupados no se oferten como vacantes en la próxima Adjudicación Telemática de Plazas ( ATP) prevista para finales del mes de Agosto.

Además, desde el Comité se anima a todo el personal docente contratado a que presente una reclamación individual, para lo que se ha puesto a disposición un modelo de reclamación individual que se puede descargar a través de su página web.

El Comisario Europeo de Empleo responde a la pregunta del europarlamentario de Ciudadanos, Jordi Cañas, obre si va a acelerar el procedimiento de infracción por el incumplimiento español sobre abuso de temporalidad en el empleo público, que se va a esperar a la reforma del Estatuto Básico del Empleado Público anunciada

Acaba de publicarse en la web del Parlamento Europeo la respuesta dde 10/08/2021 que ha dado el propio Comisario de  Empleo y Derechos Sociales de la Comisión Europea a la pregunta (nº 003149/2021E-003419/2021) que había realizado a la Comisión Europea, el europarlamentario de Ciudadanos en el Parlamento europeo, Jordi Cañas, sobre si va a acelerar el procedimiento de infracción por el incumplimiento español sobre abuso de temporalidad en el empleo público tras  la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 3 /06/201 en el asunto IMIDRA  . En concreto, la (triple) pregunta era:

 1. ¿Qué hará la Comisión para acelerar el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del Derecho español con la cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE y tener en cuenta la sentencia?

2. ¿Qué hará la Comisión para garantizar que la reforma del Estatuto Básico del Empleado Público respeta la sentencia?

3. ¿Cuándo piensa la Comisión concluir el procedimiento de infracción?

 


 Y la respuesta del Comisario europeo  "en nombre de la Comisión Europea", con fecha 10/08/2021, ha sido literalmente (incluimos en el texto entre paréntesis sus citas a pie de página):

 

[USO Islas Baleares - CAIB] 'Recurso de alzada contra la Instrucción de la directora general de Función Pública sobre los criterios que se deben aplicar para el cese del personal funcionario y laboral interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears '

 '[...] mediante el presente escrito, en tiempo y forma, presenta recurso de alzada contra la Instrucción 2/2021, de 20 de julio de 2021, de la directora general de Función Pública sobre los criterios que se deben aplicar para el cese del personal funcionario y laboral interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

El presente recurso de alzada se fundamenta en las siguientes

 

ALEGACIONES

 

  1. USO CAIB tiene legitimación activa para la interposición del presente recurso de alzada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.1.e) del vigente TREBEP, en tanto en cuento la aplicación de la instrucción impugnada tiene un efecto directo e inmediato sobre las “condiciones de trabajo” del personal afectado por la misma (no conocemos mayor afectación de las condiciones de trabajo que la propia pérdida del puesto de trabajo).

[...]


  1. [...] La Instrucción 2/2021 se encuentra incursa en vicio de nulidad de pleno derecho por los siguientes motivos (artículo 47.1.e) y 47.2 de la Ley 39/2015):

martes, 17 de agosto de 2021

[Plataforma Interinos Ayto Sevilla] 'La Plataforma del Personal Interino del Ayuntamiento de Sevilla inicia acciones para denunciar a Ayuntamiento de Sevilla ante la Fiscalía y la Comisión Europea por inacción e incumplimiento doloso del Derecho Europeo y las Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea'

 'La ASOCIACIÓN, PLATAFORMA DEL PERSONAL INTERINO DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA CONTRA EL FRAUDE, ha iniciado una nueva acción en Europa, de la mano del abogado y ex magistrado Fruitós Richarte, del despacho ORIGINLEX. 

 Se trata del ejercicio del derecho de petición, establecido en el art.29 de la CE, conforme a la LO 4/2001 de 12 de noviembre. En la petición tras una exposición de hechos, se solicita expresamente la aplicación del derecho de las sentencias europeas sobre el trabajo temporal. 

Esta petición se fundamenta en que en España no existe un sistema para la trasposición de las directivas ni del cumplimiento de las sentencias del TJUE, hecho que se ratifica con la aprobación del reciente Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que sigue haciendo caso omiso de las directrices de Europa, poniendo a los trabajadores abusados en el precipicio.

[CObas/Somos Sindicalistas/Solidaridad Obrera/CNT-AIT/...] Carta al Alcalde de Madrid José Luis Almeida solicitando la paralización de todos los procesos selectivos en los que se pueda ver implicado personal en abuso de temporalidad

'Las Secciones Sindicales y Organizaciones de Trabajadoras/es abajo firmantes, tras la publicación definitiva de los listados de estabilización fechada el 30 de julio de 2021 y publicada en AyRE el 2 de agosto, queremos exponer nuestra más enérgica protesta, por los motivos que a continuación enunciamos:

-La inoportuna fecha, publicando el listado con “agostidad”, minando el inicio del merecido descanso de la plantilla en abuso de temporalidad tras este año tan difícil en todos los aspectos, especialmente en el plano emocional y psicológico.

-Se ha publicado el listado aún conociendo tanto su firmante como toda la corporación municipal que el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, ratificado en el Congreso el pasado 21 de julio, está pendiente de enmiendas por ser tramitado como Proyecto de Ley, enmiendas entre las cuales señaló la actual ministra de Hacienda y Función Pública, Da Ma Jesús Montero, la aplicación de los artículos 61.6 y 61.7 del EBEP, concediendo la excepcionalidad para el mantenimiento de las personas en los puestos de trabajo exclusivamente tras un concurso de méritos.

lunes, 16 de agosto de 2021

Recordatorio [21/07/2021] El Consejero competente en Función Pública de la C. de Madrid, Fernández-Lasquetty, responde a pregunta del PSOE sobre qué van a hacer tras el acuerdo del Gobierno nacional con los sindicatos : "lo que hasta la fecha" ..."con el único cambio significativo de abonar una indemnización" al temporal que cese por los proceso selectivos. EL PSOE dice que con el acuerdo estatal cumple con la sentencia europea y pide que la C. de Madrid lo cumpla para reducir la temporalidad, "se lo debemos a los trabajadores" .

 [Recordatorio de entrada publicada el 21/07/2021] El pasado jueves 15/07/2020 hubo Pleno  de la Asamblea de la Comunidad de Madrid , y como estaba previsto en el orden del día , tuvo lugar una Pregunta de contestación oral  al Gobierno de la Comunidad de Madrid Gobierno del  grupo Socialista "sobre las medidas que va a adoptar el Gobierno Regional para acabar con la temporalidad en la contratación de personal en la Administración Pública de la Comunidad de Madrid, tras el acuerdo alcanzado entre el Gobierno de España y los sindicatos" [vídeo íntegro].

La representante del PSOE, Pilar Sánchez-Acera, en su planteamiento de la pregunta recordó la comparecencia del pasado 16/12/2020 en la Asamblea de Madrid del entonces Dir. Gral de Recursos Humanos de la C. de Madrid, Armando Resino, y que éste  afirmó que "las medidas que pueden abordar pasan en estos momentos necesariamente por un cambio en el Estatuto Básico del Empleado Público", cambio que ya ha llegado tras el acuerdo alanzado por el  Gobierno del Estado con los sindicatos.

Respondió el Consejero  que tiene las competencias de Función Pública, el de Consejero de Economía, Hacienda y Empleo ,  Javier Fernández-Lasquetty, [audio íntegro] quien empezó recordando el fallecimiento del Director General de RRHH, calificando su figura de "modelo de servidor público"

En cuanto a la pregunta en sí, respondió literalmente "que vamos a hacer lo que hasta la fecha veníamos ejecutando dentro de la estrategia regional con el único cambio significativo de la obligación de abonar con cargo al Presupuesto público una indemnización al personal temporal que no supere los procesos selectivos".

Recordatorio. Publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea la sentencia del Tribunal Europeo de 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA que invalida la doble excusa que utilizaban ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La sentencia afirma que la normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo -vigente antes de esta sentencia- para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción.

 [Recordatorio de entrada publicada el 03/08/2021]

El 19/07/2021 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea (nº C 289/7) el "fallo" de la importante sentencia al asunto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de número C-726/19  de nombre "Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo [Rural] Agrario y Alimentario" [IMIDRA], por el organismo de la Comunidad de Madrid de la empleadora demandante del caso,  sentencia que  tenía lugar sin que el Tribunal haya considerado necesario ni informe general de la Abogacía General de la Unión Europea ni "vista"(juicio oral) , seguramente porque vio tras las observaciones de las partes que podía dar respuesta reiterando lo ya dicho en otras sentencias o autos, sentencia de la que ya nos ocupamos ampliamente aquí en otra entrada.

 Esta sentencia del Tribunal Europeo provocó una reacción inmediata de la Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo , la sala que lleva los asuntos del personal laboral público: sin ni esperarse a su publicación el DOUE cambió su  doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE para pasar a considerar que una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, si bien no cambiaba en esa reacción que la consecuencia al abuso sea solamente la de conceder la condición de indefinido no fijo. Por ahora, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, la que lleva los asuntos del personal funcionario/estatutario, no ha mencionado esta sentencia euroepa, habiendo recibido también otro golpe en forma de Auto del 02/06/2021 del Tribunal Europeo  a su doctrina  que la mera interinización en vacante sea una sanción al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos eventuales en el empleo público.

domingo, 15 de agosto de 2021

Entradas más vistas de la semana 09/08/2021-15/08/2021 en este blog: la Comisión Europea informa por el procedimiento de denuncia múltiple que evaluará si la reforma de la temporalidad pública introducida con el Real Decreto-Ley y sus modificaciones es conforme a las sentencias europeas, el Defensor del Pueblo responde a campaña masiva de petición de amparo que se espera a la modificación del Decreto-Ley, ...

 Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 13 de agosto de 2021

Publicadas más convocatorias de OPEs de "estabilización" (con las plazas temporales más de 3 años a 31/12/0217,ya más de 6 años) de la Administración General del Estado: la del personal estatutario en la Red Hospitalaria de Defensa, nuevamente con turno libre de concurso-oposición diferenciado del turno libre de oposición pura con las plazas no de estabilización y siguiendo las bases acordadas en la AGE con los sindicatos en 2020: oposición eliminatoria, 36% del total la antigüedad, puntuando más la de en la misma Red Hospitalaria de Defnesa que en el resto de Servicios de Salud

El pasado 28 y 29 de Julio se publicaron en el Boletín Oficial del Estado las Resoluciones de 26 de julio del Ministerio de Defensa  por las que se publicaban convocatorias de plazas de categorías estatutarias de la Red Hospitalaria de Defensa de las Ofertas de Empleo público de estabilización de la Administración General del Estado correspondientes a las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y 2018, en concreto, las convocatorias de las categorías de personal estatutario de servicio de salud que  se recopilan en esta página del Ministerio de Defensa:

siempre de:
  1. las 198 plazas de varias categorías de Personal Estatutario de la Red Hospitalaria del Ministerio de Defensa de la OPE 2018 de estabilización de la Administración General del Estado según ley de Presupuestos Generales [PGE] de 2017  (Anexo I del Real Decreto 954/2018, de 27 de julio), que recordemos contaba con 2.862  en total plazas (sin contar las de la Administración de Justicia que tienen procesos aparte) repartidas  entre 1.499 plazas de funcionario , 533 de personal estatutario del INGESA y del Ministerio de Defensa y 830 de personal laboral)
  2. de las 67 plazas de varias categorías de Personal Estatutario de la Red Hospitalaria del Ministerio de Defensa de la OPE de estabilización de la Administración General del Estado según ley de PGE de 2018 (Real Decreto 19/2019, de 25 de enero), con 2.538 plazas más (275 de personal funcionario, 120 de personal estatutario del INGESA y del Ministerio de Defensa, 2.133 de personal laboral)
Ya habíamos publicado  aquí que en Mayo de 2021 había comenzado con las convocatorias de cuerpos administrativos, la Administración General del Estado ha publicar  convocatorias de dichas OPEs de "estabilización", que recordemos son  con plazas temporales más de 3 años a 31/12/0217, es decir, todas plazas temporales ya más de 6 años. Y al igual que el resto de las convocatorias hasta ahora publicadas de "estabilización" de la Administración General del Estado, el Ministerio de Defensa publica estas convocatorias con un turno libre de concurso-oposición diferenciado de otro turno libre formado  con las plazas "no de estabilización" de las mismas categorías -que se publican en la misma resolución , no permitiéndose presentarse a ambos turnos - y siguiendo las  bases del acuerdo con los sindicatos de Febrero de 2020 en la AGE: oposición eliminatoria, 36% del total la antigüedad, puntuando más - en concreto, el doble- la antigüedad en la propia categoría estatutaria de la Red Hospitalaria de Defensa que en la misma categoría de cualquier otro servicio de Salud.

[Huelga TTPs Navarra] 'El Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra exige la continuidad del personal docente contratado'

'El Comité de Huelga ha registrado una petición dirigida a la Directora General de Función Pública del Gobierno de Navarra, así como a la Directora General de Recursos Educativos y a las correspondientes Mesas General y Sectorial de Personal Docente No Universitario.

En la petición, el Comité de Huelga exige que, de conformidad con lo establecido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, no se puede proceder al cese del personal contratado temporalmente sin cumplir los requisitos legales establecidos por la legislación reguladora de función pública. Así, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en susentencia de 26 de septiembre de 2018 aplicó en el Derecho interno, la cuestión prejudicial resuelta previamente mediante sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el conocido como caso Castrejana.

Desde el Comité de Huelga, se recuerda que esta jurisprudencia del Tribunal Supremo obligó a que el propio Gobierno de Navarra, en el ámbito del personal temporal al servicio de la Administración Educativa, y con fecha de 26 de Diciembre de 2018, aprobase la ORDEN FORAL de la entonces Consejera de Educación ( María Solana) por la que se inició el procedimiento de elaboración de un Decreto Foral para regular la duración de los contratos del personal docente del Departamento de Educación, que consideraba necesario que los contratos temporales del personal docente, que tenían una duración máxima de un curso escolar, se realizasen sin fecha fin. Sin embargo y a pesar de suponer un compromiso del pacto educativo, dicha Orden no fue finalmente aprobada. De esta forma, el Comité de Huelga denuncia que el próximo 31 de Agosto se vaya a proceder al cese masivo e injustificado de miles de docentes contratados en abuso de temporalidad y fraude de ley, vulnerando lo dispuesto en la Directiva 99/70 y la jurisprudencia del TJUE y del Tribunal Supremo. Además, en muchos casos, estos docentes no podrán volver a obtener plaza en los procesos previstos de adjudicación telemática de plazas ( ATP) toda vez que, una vez celebrados este mes de Julio, los procesos selectivos en la mayoría de especialidades docentes, se van a elaborar nuevas listas de contratación temporal, lo que va a suponer la pérdida de sus puestos de trabajo para el personal docente afectado por abuso temporalidad. Para el Comité de Huelga, esta situación debe evitarse, para que no se condene al paro a cientos de docentes afectados, a pesar de que tanto la legislación comunitaria como nacional protegen su empleo frente a los ceses injustificados. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo al señalar textualmente que la “relación de empleo subsiste y debe continuar, con los derechos profesionales y económicos que le son propios, hasta que cumpla en debida forma lo que ordena la norma de carácter básico establecida en el art. 10.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y hoy en el mismo precepto del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre”.