'El pasado lunes 21 de noviembre tuvimos una reunión, solicitada de urgencia por EPA, con las
representantes de la Comisión Europea en España, Dña. Ma Ángeles Benítez Salas (Directora de la
Representación de la CE en España) y Dña. María Canal Fontcuberta (Consejera Económica).
El motivo de dicha reunión fue el trasladarles las acciones emprendidas por EPA, junto al bufete de
abogados Navas&Cusí, que nos representa, desde el pasado mes de junio de 2021, haciendo hincapié
en que, en este momento, la CE tiene dos denuncias aceptadas por el Parlamento Europeo y una quejaadmitida a trámite por el Ombudsman. Que es inadmisible seguir escudándose en el análisis de una ley
20/21 cuando ya hay dos casos de prejudiciales posteriores a dicha ley, ante el TJUE y cuando ya el
propio TJUE tiene jurisprudencia al respecto del abuso de contratación temporal por incumplimiento de
la Directiva 1999/70.
Como representantes directas de la CE en España, les hemos instado a que se pongan en contacto
directo con su homólogo en Bruselas para resolver una respuesta urgente sobre el CHAPTER 2013, ya
que, la impresión que están dando, a día de hoy, es de una absoluta ineficiencia y negligencia que deja
en muy mal lugar a las instituciones europeas.
En cuanto a la posición de EPA como Lobby Europeo, mostramos nuestra firmeza y determinación a la
hora de perseguir una solución satisfactoria para los socios que representamos y advertimos a la CE de
la imagen que calaría en los ciudadanos europeos si nos viésemos obligados a denunciar a la propia
institución ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Consultada sobre la repercusión que la figura del Ombudsman tiene, tanto para las instituciones
europeas como para los Estados miembros, la Sra. Benítez reconoció el importante calado que supone
que haya sida admitida nuestra queja y que, desde luego, las respuestas derivadas de esta figura son de
suma importancia y determinantes a la hora de tomar medidas que respondan a sus observaciones.
En lo tocante a materia económica y a la luz de los datos que aportamos sobre las repercusiones que tendrán para España el seguir vulnerando de forma flagrante la directiva europea en cuanto a la contratación en abuso de los trabajadores públicos, la Sra. Canal afirma que el gasto económico para España sería inasumible y que, con estos informes, no es viable el envío de los fondos europeos de recuperación.
No parece congruente la información aportada por EPA y el bufete de Navas&Cusí, con los informes económicos insuficientes presentados por el gobierno de España. Lo que hace pensar en que se pudiesen estar manejando datos erróneos por parte de los órganos de control del Estado español, habida cuenta que todos los portales de transparencia, tanto de Comunidades Autónomas como la Administración General del Estado, muestran una total opacidad, incumpliendo también con el requisito que su propio nombre indica: ¡TRANSPARENCIA!
Cuestiones que derivan de todo este despropósito gestado y alimentado por políticos y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, sumado a la inasumible postura de la Comisión Europea, llevan a plantear una deriva de gravísimas consecuencias que repercutirán durante años:
- Negligencia e Inacción de las instituciones europeas responsables. Directamente la CE y el Jefe de Unidad, el Sr. Adam Pokorny.
- Precarización de TODOS los servicios públicos españoles: educación y sanidad, son los principales y que más trabajadores representan, con unas cifras que se sitúan en más de la mitad de los trabajadores en activo
- Despidos masivos de personal experimentado, en abuso de contratación, cuando hay carencia de profesionales y escasez de plazas. Las plazas ofertadas no incrementan, “cambian” a unos trabajadores por otros manteniendo la precariedad.
- Vulneración flagrante del Efecto Útil de las Directivas Europeas.
- Opacidad y falsedad en los datos sobre el número de temporales en abuso y fraude de ley. Ninguna administración de función pública revela los datos reales. Plazas de CUPO: que no están reflejadas en ningún sitio.
- Indemnizaciones incalculables para el Estado, vinculadas a los fondos europeos.
- Alto número de mujeres, sector de la población más afectado por los abusos laborales.
- Atropello a los Derechos Fundamentales. Se está atentando contra varios de los principios a los que la UE está adherida. Sería de una gravedad impensable que hubiese que llevar a la propia CE ante el TEDH.
- Desprestigio y desafección, por parte de los ciudadanos, hacia las instituciones europeas por su
falta de actuación eficaz hacia este problema. Deriva antieuropeísta.'
Fuente: Nota de prensa de EPA de 23/11/2022 recibida en APISCAM
Resaltados en negrita y enlaces en el texto nuestros
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [19/02/2018] [@PInterinos en change.org] Campaña de recogida de firmas [ya casi 50 mil] y denuncias a la Unión Europea por la 'Estabilidad del interino longevo: aplicación del del artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público por excepcionalidad [o proceso de conversión a fijos del personal temporal en abuso de temporalidad por concurso de méritos]
- [04/06/2018] Resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad tanto en la empresa como en el empleo público: la conversión a fijo es adecuada y pide que se incluya en la normativa nacional como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley
- [09/07/2018] Publicada
en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo
acuerdo con sindicatos nacionales con la extensión a todos los sectores
de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años
y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de
"estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio
personal. Subidas acordadas de sueldo de empleados públicos 2018 a 2020
- [09/09/2018] La
Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre
abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y
anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de
Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la
"fijeza"
- [28/02/2020] La Comisión Europea responde a la pregunta presentada por C's en el Parlamento Europeo sobre la falta de soluciones adecuadas al abuso de temporalidad en el empleo público que tiene abierta una investigación y que está pendiente la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo en los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros"
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [10/10/2020] IMPORTANTE La Comisión Europea informa del curso de la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, evaluará que la futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco Precisamente este martes 13 se debate en Comisión Pública del Senado una moción del Senador Sánchez-Garnica de "consolidación administrativa" presentada en Mayo. El grupo de Izquierda confederal presentó otra recientemente de concurso de méritos restringido como solución al abuso
- [16/03/2021] La Comisión Europea sigue respondiendo a las denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está recibiendo gran número de denuncias y que tiene una denuncia múltiple abierta que las agrupa, vinculando la investigación abierta a la reforma que haga España tras la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020
- [09/06/2021] La
Comisión Europea responde a denuncias personales de abuso de
temporalidad en el empleo público español que "evaluará" si las medidas
de reducción de temporalidad del Plan de reformas del Gobierno enviado a
la UE para optar a los fondos de recuperación "se adecúan al Derecho de
la Union Europea"
- [07/07/2021] [IMPORTANTE]
Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de
reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los
sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de
plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no
estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018:
un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e
indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal
que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [06/08/2021] IMPORTANTE
La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia
múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción
contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados
públicos españoles: está evaluando si la reforma introducida con el Real
Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio
es conforme a la normativa europea y evaluará las modificaciones
futuras anunciadas por la nueva Ministra
- [06/09/2021] La Comisión Europea responde que los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público
- [10/10/2021] La Comisión Europea responde que los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público
- [27/12/2021] La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aplica en varias sentencias seguidas a la de 30/11/2021 su "doctrina" de que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad y niega por inexistentes o prohibida en la normativa nacional para personal funcionario la indemnización, la figura del indefinido no fijo de los laborales y la fijeza
- [29/12/2021] Publicada
en BOE la nueva Ley de reducción de temporalidad pública.Obliga a todas
las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las
plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a
1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo
la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas
AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de
estabilización anteriores
- [|0/01/2022] La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo comunica nueva respuesta de Noviembre de 2021 de la Comisión Europea por la petición de "Enfermeras Eventuais en Loita" de 2019 sobre el abuso de temporalidad en empleo público español: "está analizando las modificaciones introducidas en la legislación española " a fin de " evaluar la conformidad de las normas resultantes" con la normativa y sentencias europeas
- [10/01/2022] La Comisión Europea en la comparecencia de ASEPAT sobre su petición ante el abuso de temporalidad en el Parlamento Europeo: "estamos examinando con detalle" la nueva ley y "vamos a seguir muy de cerca los próximos procedimientos legislativos vinculados" [de las CCAA y de algunos sectores] y "entonces evaluaremos la conformidad de los texto resultantes" con la directiva. PSOE: "este caso debería cerrarse tras la nueva Ley 20/2021, que establece medidas para la estabilización del personal y de compensación para el personal que no supere estos procesos ". Se aprobó mantener la petición abierta a la espera de la evaluacion de la Comisión Europea.
- [24/12/2022] [I. Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea una importante batería de cuestiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española
- [03/02/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid planteó, por otro caso de una laboral indefinida fija más de 13 años, el 22/12/21 su misma e importante batería de cuestiones de 21/12/21 al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española. También pregunta si convocar la plaza de personal en abuso en un proceso selectivo de libre concurrencia con indemnización de 20 días para quien no lo supere como los del Real Decreto-Ley 14/21 -y como también son todos los procesos de la nueva ley 20/2021- puede valer para esquivar esa conversión en fijo como sanción al abuso (en caso de que no exista otra medida y la figura del indefinido no fijo no valga)
- [07/03/2022] La
sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, por el caso de una laboral interina de vacante más de 3 años,
plantea cuestión prejuficial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea
en la que vuelve a cuestionar si la figura del indefinido no fijo del
Supremo para laborales puede valer como sanción al abuso de temporalidad
y cuestiona además si los procesos de estabilización, y concurso de
méritos, de libre concurrencia indemnizados con un tope de 1 año de
sueldo. de la nueva ley 20/2021 pueden valer com sanción y así evitar la
declaración judicial de fijeza
- [14/03/2022] [Parlamento europeo] 'Petición n.º 1177/2021, de la Plataforma de Interinos y Laborales de Larga Duración de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), sobre la temporalidad en las Universidades y Administraciones públicas españolas '
- [12/05/2022] La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo comunica respuesta, ya en español, de Febrero de 2022 de la Comisión Europea por la petición de 0832/2021, presentada por Empleados Públicos en Abuso (EPA), sobre la violación de la normativa y jurisprudencia europea por parte de la española en abuso de temporalidad en el sector público: recuerda que alguna sentencias han considerado que podría valer el "indefinido no fijo" y concluye que está "analizando" las modificaciones introducidas en la legislación española con la nueva ley 20/2021 a fin de evaluar la conformidad con la normativa y sentencias europeas y tomar entonces una decisión en el procedimiento de infracción abierto.
- [27/07/2022] La Comisión Europea sigue respondiendo a denuncias personales de abuso de temporalidad en el empleo público español que está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas
- [31/08/2022] La Comisión Europea vuelve a informar oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si las medidas de reducción de temporalidad tras la nueva Ley 20/2021 y sus aplicaciones sectoriales son conformes a la normativa y sentencias europeas
- [04/11/2022] [EPA] 'Admisión de queja ante el OMBUDSMAN “Defensor del Pueblo Europeo” '
8 comentarios:
Demandar, está claro que hay que demandar. Según la jurisprudencia "quien no demanda, consiente". Y más ahora que están estimando conceder cautelares de paralización de oposiciones y concursos como en el TSJ de Castilla-La Mancha, aunque haya una condena en costas, "si no demandas, consientes", y si consientes no te darán la fijeza, por lo tanto hay que demandar cautelares de paralización. Como dice alguna víctima de abusos de las Administraciones Públicas en los comentarios de arriba, tendrán que acatar el SUPERIOR DERECHO DE LA UNION EUROPEA.
Hay 5 prejudiciales ante el TJUE pendientes:
- las 3 del TSJ sala de lo social de Madrid, si el TJUE resuelve por Auto, estarán en enero, febrero y marzo de 2023. Y si resuelve mediante sentencia estarán en diciembre de 2023.
- las 2 prejudiciales del juzgado de lo contencioso de Barcelona, si son por Auto estarán en abril o mayo de 2023 y si son por sentencia en diciembre de 2023, enero 2024.
- Pero en todo caso, las conclusiones del Abogado General en cada una de las prejudiciales (las conclusiones suelen coincidir en un 90% con la futura sentencia) empezarán a estar a partir de enero de 2023. Las conclusiones del abogado general aparecen cuando la prejudicial ante el TJUE se resuelve por sentencia, porque si es por Auto, los Autos de resolución de estas cuestiones prejudiciales empezarán a estar a partir de enero de 2023.
Por lo tanto CADA UNO DE LOS QUE YA TENGAN INTERPUESTA SU DEMANDA INDIVIDUAL DE FIJEZA, TIENEN QUE PEDIR CAUTELARES DE PARALIZACIÓN DE OPOSICIONES Y CONCURSOS. QUE YA HAN SIDO OTORGADAS POR EL TSJ DE CASTILLA-LA MANCHA.
EL QUE NO DEMANDA CONSIENTE.
Excelente labor la de esta asociación, hay que atacar todos los frentes.
Y la Comisión Europea a que espera para hacer su trabajo? Son los garantes del cumplimiento del Derecho Europeo y siguen sin actuar frente al mayor fraude laboral de la historia de Europa. Por no hablar de un tribunal Supremo que no sanciona ese abuso. Van a pagar las indemnizaciones millonarias de su bolsillo derivadas de la no aplicación de la ley? Porque el Supremo se verá acorralado tras las prejudiciales, una vez más.
Actúen de una vez, hagan su trabajo, y ahorren el gasto en indemnizaciones, y manden el mensaje a estos jueces como ya lo hicieran en Polonia y Hungría.
Creo que EPA debería dar caña sobre lo que está haciendo la Comisión Europea en los medios de comunicación europeos para que este escándalo salte a la opinión pública y vea el ciudadano europeo como será esquilmado su bolsillo por la inacción de la Comisión Europea.
En Europa estarán encantados, jóvenes españoles preparados y con ganas de trabajar inundan el mercado laboral 🇪🇺. Egoístamente les beneficia el paro seguro y las precarias e injustas políticas sociales y laborales que en España se les ofrece.
Sería de tontos quedarse donde no te valoran ni te quieren por muy preparado que estés, sin futuro y abocado a la constante explotación teniendo que aguantar además arengas sobre la valía y el esfuerzo provenientes de políticos que carecen de preparación e inteligencia suficiente para dirigir sus Gobiernos y Administraciones, donde para desgracia nuestra ya ha quedado demasiadas veces patente su ausencia de solidaridad, empatía y aprecio hacia los servidores públicos y sus derechos laborales, básicos y necesarios.
Muy bien las acciónes de EPA.
Ojalá lleguen a buen término, para evitar el caos de la Ley 20/21. Que estabiliza plazas y no trabajadores en abuso de temporalidad, esa ley llenará los juzgados de impugnaciones de ceses. Lo dejará todo en manos de las prejudiciales que están en el TJUE.
La nueva generación que se está cociendo ahora no la querrán ni en Europa.
Así que los que sean aplicados, responsables y trabajadores, una minoría por desgracia, no tendrán problema alguno para quedarse aquí si lo desean y además eligiendo donde.
Y gracias a nosotros encontrarán un país donde los derechos que nos amparan por ser ciudadanos europeos no serán papel mojado. Y no se limpiará el trasero con ese papel un sindicalisto, ni un político, ni un juez.
Como se abusa de una plaza...?
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