miércoles, 2 de marzo de 2022

Recordatorio. [25/03/2015] [GILDA/Snadir] El tribunal regional de Nápoles sentencia la realificación a fijo, aplicando la sentencia europea "Mascolo y otros", para 3 de los docentes de la sentencia europea, pese a la prohibición de la conversión en fijo de docentes públicos de la normativa nacional

[Recordatorio de entrada publicada el 25/03/2015 ] Publicaban el pasado 21 de Enero de 2015 los sindicatos de enseñanza italianos GILDA y Snadir de la Federación GILDA/UNAMS que el tribunal regional de Nápoles ha dictado sentencia en tres de los casos del asunto del Tribunal europeo "Mascolo y otros" , asunto  que tuvo una  importante sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado 26/11/2014.

 
El tribunal regional italiano, aplicando la sentencia europea ha decretado la recalificación de los contratos temporales en fijos, pese a la prohibición de la normativa nacional italiana para esta conversión en fijo.
 


Recordemos que, el Tribunal europeo calificó dos meses antes de abuso de temporalidad la situación  de estos profesores  temporales por cursos en diferentes centros durante más de 3 años, y por otro sentenció que la normativa italiana de los profesores públicos "no prevé  medida dirigida a prevenir y sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada", siendo " indispensable poder aplicar alguna medida que ofrezca garantías de protección de los trabajadores efectivas y equivalentes, con objeto de sancionar debidamente dicho abuso y eliminar las consecuencias de la infracción. En especial, tal y como indicaba el Tribunal Europeo en su sentencia "la normativa nacional no permite la transformación de los sucesivos contratos de trabajo de duración determinada en contratos de trabajo o relaciones laborales por tiempo indefinido" , es decir, la conversión en fijos, para este sector de trabajadores, aunque sí la contempla como medida general para  los trabajadores bajo régimen privado.
 
Según el comunicado sindical "la sentencia emitida por el Tribunal de Nápoles prevé el empleo permanente a partir del primer día del mes 37 de servicio (de conformidad con la ley de la UE que prohíbe la reiteración de contratos de duración determinada más allá de 36 meses) y reconoce la compensación del daños por los períodos de interrupción de trabajo transcurridos desde el mes 36 hasta el reingreso efectivo" en caso de haber perdido el trabajo después de la demanda.

 

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5 comentarios:

Anónimo dijo...

Se abre el telón y aparece un abogado diciendo que va a hacer fijos a todos los interinos, el precio 2400 euros.
Se cierra el telón
Se abre el telón y aparece el mismo abogado con un antifaz y bolsas de dinero
Se cierra el telon

¿Como se llama la película?

estAFARAUZ

Anónimo dijo...


7:53:

Lo que dices (falso) no te lo crees ni tú.
Se ha avanzado más en 2 años que en los últimos 20, y lo sabes. Y ello ha sido gracias, entre otros motivos, a abogados como ARAUZ, que sigue en la lucha con la máxima dignidad y respeto por el personal interino.

Grecia, Italia...Seguimos en la lucha, no lo dudes.
España seguirá el mismo camino.

Anónimo dijo...



GRECIA, ITALIA Y TAMBIÉN ESPAÑA.

Anónimo dijo...

optimismo ante todo. Mira que ha ido lento todo, pero ahora ya vienen las macro-opes de las que no nos vamos a librar, y de los juicios ganados no hay noticias(tampoco de los perdidos)salvo desde grecia e italia (que francamente me importa poco)...

Anónimo dijo...

Sí que importan los juicios ganados en otros países, es un claro síntoma de que tenemos razón, y antes o después nos la tendrán que dar, porque las leyes europeas son las mismas para todos los países.