martes, 24 de junio de 2025

Recordatorio. Este martes 24 la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo decide el recurso de casación del Ayuntamiento de Benidorm en el que tiene que fijar doctrina sobre si corresponde la indemnización al cese de la Ley 20/2021 al funcionario interino cesado después de la Ley por un proceso de "estabilización" derivado de las leyes anteriores de 2017 y 2018

[Recordatorio de entrada publicada el 20/06/2025]

Según  la Agenda de señalamientos del  Tribunal Supremo para la semana del 23 al 27 de junio de 2025, este martes 24/06/2025 la Sala de lo Contencioso del Supremo abordará, para dictar sentencia, el trascendental recurso de casación (nº 5709/2023)  admitido a trámite hace ya más de 15 meses. del Ayuntamiento de Benidorm contra la  sentencia de 18/05/2023 (nº 125/2023) del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Alicante que concedió la indemnización al cese de 20 días por año con tope de 12 mensualidades contemplada en el artículo 2.1 , apartado 6 , de la  ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021) para personal cesado por "el proceso de estabilización" , a una funcionaria interina durante 11 años del ayuntamiento  que había sido cesada el 31/01/2022, por tanto, después de la entrada en vigor la ley 20/2021 , pero por la resolución de un proceso selectivo convocado en 2020 derivado de las leyes de estabilización anteriores de 2017 y 2018, y sin recibir dicha indemnización de 20 días que la empleada solicitó.

 
Recordemos que esta misma Sala de lo Contencioso del Supremo ya ha tumbado  sentencias que concedían la misma  indemnización , por analogía, contemplada en el Real-Decreto Ley 14/2021 6 de julio de  2021 (misma indemnización mantenida en la posterior  ley 20/2021 de 28 de Diciembre de 2021) a personal funcionario interino que había sido cesado antes de entrada en vigor de RDL 14/2021  por procesos de estabilización derivados de las leyes anteriores.El RDL 14/2021 fue reemplazado luego por la ley 20/2021 con un contenido idéntico en este punto de la indemnización al personal cesado por "el proceso de estabilización".

La sección de admisión de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admitió a trámite este recurso de casación del Ayuntamiento de Benidorm fijando como cuestión casacional para la unificación de doctrina
 
"Determinar si en caso de cese de un funcionario interino por la no superación de un proceso de estabilización en el que participó, procede la indemnización contemplada en el apartado 6 del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público"
 

En caso de respuesta positiva del Tribunal Supremo, las consecuencias serían enormes ante el número importante de empleados públicos en el mismo caso ; que han sido cesados recientemente por procesos de estabilización con oposición convocados antes de la ley 20/2021 y cuyas AAPP no les están concediendo indemnización alguna interpretando que no se aplica ese apartado de la ley 20/2021 más que a los nuevos procesos de estabilización derivados de ella (caso de la Comunidad de Madrid).

Nótese que el TJUE  dictaminó en su sentencia de 13/06/2024  en los asuntos acumulados #GenCat que no vale como sanción al abuso de temporalidad pública la indemnización al cese y con tope de la ley 20/2021


Será ponente una de las nuevas magistrados de la sección 4 de la Sala : MARIA ALICIA MILLAN HERRANDIS.

Entradas relacionadas:

8 comentarios:

Anónimo dijo...

vaya supermartes!

Anónimo dijo...

Se sabe algo si corresponde o no está indemnización al cese derivado de lis procedimientos anteriores?

Anónimo dijo...

y en el TJUE....:

https://www.redaccionmedica.com/secciones/derecho/dia-d-para-interinos-de-sanidad-de-la-dificil-fijeza-sin-ope-a-sanciones-8299

Anónimo dijo...

es que no hay nada como el despido libre y gratuito que tantos años han usado para enriquecerse y abusar sin pudor, estos togados y las camaras solo aprueban indemnizaciones para ellos, aunque hayan estafado, desfalcado y prevaricando nadie les libra de llevarse su tajada si los cesan, pero ojo no lo pida un mileurista interino q encima se lleva costas..

Anónimo dijo...

Despido libre, gratuito y si es sorpresivo, mejor. Qué es eso de tener derecho a transparencia e información?
Si eres abusado lo eres con todas las consecuencias, esto es, sin límite ni derechos.

Anónimo dijo...

En qué ha quedado esto? Apiscam o alguien, sabéis algo?

Anónimo dijo...

Está prevista la publicación de los "resultados" de ese orden del día para hoy o mañana

Anónimo dijo...

Muchas Gracias!!!