Nuevo golpe de efecto a la jurisprudencia española sobre abuso de temporalidad: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto en un Auto (es decir no de Sentencia con su procedimiento normal, al considerar el tribunal europeo que la respuesta "puede deducirse claramente de su jurisprudencia"), el otro asunto sobre abuso de temporalidad en el empleo público que estaba pendiente, esta vez sobre casos en las demandas nacionales de personal estatutario/funcionario y no laboral; el Asunto C-103/19 o "Asunto SUSH y Sanidad de Madrid CGT con las cuestiones "prejudiciales"de un Juzgado de lo Contencioso de Madrid , nuevamente por personal del Seervicio Madrileño de Salud, sobre que la "interinización en vacante" de temporales que no son ya interinos de vacante (como el personal estatutario de servicio de Salud temporal eventual ue se renueva por días,meses o años) de duración excesiva pueda ser una solución suficiente ante la normativa europea a este abuso de temporalidad. Y la respuesta contundente del Tribunal Europeo es que dejar al temporal como temporal pero en una vacante no puede considerarse una sanción válida al abuso, por no ser ni efectiva ni disuasoria , como tampoco pueden serlo procesos selectivos de libre concurrencia toda vez que no quede garantizada la fijeza para el personal en abuso, reiterando lo dicho en la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2021 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz" y otros , si bien con la coletilla usual (obligada por la forma de la normativa que usa, una directiva que trasponer) de que le corresponde a la justicia española corroborar su "orientación"
- si la orden de interinizaciones concreta de la Consejería de Sanidad es válida como medida de las exigidas por la Directiva europea (opinando que no)
- si la interinización en vacantes quedando sin más expuesto a OPEs futuras y por tanto al cese sin indemnización de personal temporal empleado público puede ser solución suficiente acorde a abuso constatado (opinando que tampoco)
El Tribunal Europeo afirma en su auto, sobre estas cuestiones, literalmente:
- en cuanto a si se trata de una situación de abuso de temporalidad:
"aunque una normativa nacional que permite la renovación de sucesivos
contratos de trabajo de duración determinada para sustituir personal a la espera de cubrir los puestos estructurales creados puede, en principio, estar justificada por una razón objetiva, en el sentido del apartado 1, letra a), de esa cláusula 5, procede señalar que la normativa nacional controvertida en el litigio principal no impone a la Administración competente ninguna obligación de crear puestos estructurales adicionales para poner fin al nombramiento de personal estatutario temporal. Por el contrario, de las afirmaciones del juzgado remitente se desprende que los puestos estructurales creados serán provistos mediante nombramientos de personal estatutario interino, que sigue siendo de naturaleza temporal, sin que exista una limitación en cuanto a la duración de los nombramientos como interinos ni en cuanto al número de sus renovaciones, de tal modo que, en realidad, la situación de precariedad de los trabajadores se convierte en permanente
Pues bien, una normativa nacional que permite la renovación sucesiva de relaciones de servicio de duración determinada para garantizar la prestación de servicios determinados de naturaleza temporal, coyuntural o extraordinaria no se justifica por «razones objetivas»," [ y por tanto, es una situación abusiva]
Constatado el abuso ( en este caso en los estatutarios temporales eventuales renovados durante años cuya situación pretente resovler la Consejería de Snaidad convirtiéndolos en interions de vacante y convocando a proceso sselectivos su puesto), en cuanto a si la interinización en vacante y los procesos selectivos pueden considerarse una sanción válida a dicho abuso de las exigidas por la normativa y jurisprudencia europea:
"A este respecto, en primer término, en lo que atañe a la transformación, sobre la base de la Orden 406/2017, en personal estatutario interino del personal estatutario eventual que fue nombrado de manera abusiva para sucesivas relaciones de servicio de duración determinada, el propio juzgado remitente considera que esta medida no permite alcanzar la finalidad perseguida por la referida cláusula. En efecto, de la resolución de remisión se desprende que tal transformación no obsta para que el empleador pueda acordar el cese de la persona nombrada como personal estatutario interino cuando la plaza que ocupa sea efectivamente provista a través de un proceso selectivo abierto a la libre concurrencia.
por ello contraria a la misma"
El Auto del Tribunal Europeo, también recuerda que ya tiene establecido "cuando se ha producido una utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones laborales" temporales es "indispensable poder aplicar alguna medida que presente garantías de protección de los trabajadores efectivas y equivalentes, con objeto de sancionar debidamente dicho abuso y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión" y "los Estados miembros deben «[adoptar] todas las disposiciones necesarias para poder garantizar en todo momento los resultados fijados por [dicha] Directiva» , citando la[sentencia de 11 de febrero de 2021, o asunto griego "M.V. y otros/AGios Nikolaos", donde afirmó también que la fijeza de la normativa general es sanción adecuada al abuso incluso ante la prohibición de la constitución griega.
Y señala , en cuanto a la existencia de medidas para evitar el abuso de temporalidad a futuro "las medidas nacionales " contempladas en el Estatuto Marco del personal estatutario y en el Estatuto Básico del empleado Público "no parecen estar comprendidas en ninguna de las categorías de medidas contempladas en la cláusula 5, apartado 1, letras a) a c), del Acuerdo Marco y destinadas a prevenir la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada". Estas palabras del Tribunal Europeo,chocan frontalmente con loa firmado Rafirmado por el Gobierno del Estado españolde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no ha puesto en cuestión que esté transpuesta la Directiva 1999/70/CE"
- 17.237
del Servicio Madrileño de Salud explícitamente en dicha parte de
estabilización , pero a buen seguro que más de 19 mil teniendo en cuenta
las incluidas en la parte de reposición si se tiene en cuenta que en
dicha parte sólo se incluían -por ser en este caso por la primera ley de presupuestos generales del Estado de 2017-todas las de antes de 2005 y solamente el 90% de las
restante de más de 3 años. De hecho, el SERMAS anunció que acabaría
incluyendo entre ambas partes 19.700 plazas de larga duración.
Tienen publicadas convocatorias una gran parte, estando la primera parte
de dichas convocatorias publicadas a punto de finalizar con la publicación inminente anunciada de los primeros resultados finales para 3 categorías , lo que traerán los primeros ceses masivos en el SERMAS. Las bases fueron firmadas en su Mesa Sectorial pero no con unanimidad: un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, en primer lugar y elimintaroia y un 50% de peso para el concurso de méritos, pesando la antiguedad un 35% del total
, - 8.167
de funcionarios y laborales de Administración y Servicios de la
Comunidad de Madrid (ya incluidas en publicación de Decreteo de
Oferta Pública de Empleo todas las previstas pro las OPEs 2017 y 2018
comentadas, si bien todas las convocatorias de procesos selectivos de
esas plazas siguen pendientes de
convocatorias, y son, precisamente ,las que -cuando se lleguen a
publicar, en su caso deben cumplir las bases de la orden publicada hoy.
La Comunidad de Madrid tiene, al menos por ahora, de plazo para la publicación de las convocatorias hasta el 31/12/2021 al incluirse plazas de las OPEs 2017 y 2018 y haber sido prorrogado por el Decreto del Estado hasta esa fecha la posibilidad de su convocatoria aunque se supere el plazo de 3 años normalmente exigido como máximo entre OPE y convocatoria. Lamentablemente, además hay plazas con temporales de muchos años que fueron incluidas en OPE d ela C. de Madrid anteriores a éstas y se están realizando o siguen pendientes sus convocatorias, de oposición pura generalmente.
,, - 6.757 plazas de personal docente de la Comunidad de Madrid (las 4.057 de docentes incluidas en la OPE 2017 y las 3.155- 455 nuevas incluidas en en el primer decreto de OPE 2019 de la Comunidad de Madrid ) presumiblemente ya todas
las previstas), con convocatorias de la primera fase de Secundaria YA
ejecutadas y las convocatorias de la primera fase de Maestros publicadas
, - Administración de justicia de la Comunidad de Madrid: todas ya incluidas en las 5.093 plazas OPE 2017 y 2018 del Estado entre su OPE de 2017 como su OPE de 2018 (con las convocatorias muy recientes), a quien le corresponde esa competencia incluso para los trabajadores de las CCAA. Ya hay varios procesos convocados pendientes de resolución final, con unas bases de concurso-oposición primando la oposición eliminatoria y con número limitado de paso al concurso de méritos, pesando la antigüedad el 20% del total.
- [20/09/2016] [lawatrends] Las 3 sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la temporalidad en el empleo público de lla adminstración española
- [04/10/2018] [DeLaJusticia.com] El Tribunal Supremo rechaza la figura del indefinido no fijo y su indemnización prefijada en casos de empleados públicos estatutario eventual de Servicios de Salud y funcionario de programa en abuso de duración de temporalidad en sus dos recientes sentencias a recursos del Gobierno Vasco a sentencias favorables del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco [pese a la sentencia aparentemente favorable del Tribunal Europeo de 2016 sobre estos mismos casos - asuntos Martínez Andrés y Castrejana López- que reinterpreta al mínimo]. [El Tribunal Supremo afirma en las sentencias que la figura del indefinido no fijo no es aplicable a los funcionarios/estatuarios en general y viene a entender que la conversión a interino de vacante -temporal hasta la cobertura fija y sin garantía de indemnización del cese futuro-es solución suficiente, admitiendo sólo y en casos indemnizaciones por daños y perjuicios "acreditados"]
- [17/03/2020] Situación jurídica temporales. Novedades y cuestiones pendientes en el Tribunal Europeo y Supremo
- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [20/03/2020] [Arauz] 'Nota sobre la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de Marzo de 2020: la fijeza como única solución a la que avoca la sentencia'
- [22/10/2020] El Tribunal de Justicia de la Unión Europea , ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués, resuelve en un Auto que ya tiene establecido que es contraria a la Directiva europea una normativa nacional, como la del empleado público en Portugal, que prohíbe la conversión en fijo en todo caso en un sector público, si la normativa nacional no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad en ese sector. Cita, entre otras, la reciente sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros"
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto griego "M.V. y otros/Municipio de Agios Nikolaos": golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado en el tiempo como las interinidades de vacante. Y una vez más, reitera que la justicia nacional puede conceder la medida general de la fijeza como sanción si no hay sanción disuasoria contemplada en la legislación nacional para el caso de empleados públicos aunque se prohíba [o se interprete que lo prohíbe] por una norma nacional existente
- [03/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo, con su sentencia de HOY 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA, a la doble excusa utilizada por ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción.
- [03/06/2021] [Araúz] 'Nota sobre la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de Junio de 2021'
- [04/06/2021] EL SERMAS publica en el BOCM con antelación las bases comunes de las convocatorias pendientes de publicación de sus OPEs de estabilización (todas de su OPE 2018 y 2019), iguales a las ya utilizadas en las convocatorias publicadas de estabilización de OPE 2017 y 2018: concurso-oposición, con examen eliminatorio para la fase de oposición y contando un 35% la experiencia, puntuando igual la de cualquier Servicio de Salud
- [09/06/2021] [Valentín
Aguilar] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo convoca Pleno el
día 22 de Junio para decidir un posible impacto de la reciente sentencia
del Tribunal Europeo de 03/06/2021 [ que dice que no valen excusas
usadas en la actual doctrina de ambas salas del Supremo para no declarar
abuso de temporalidad en empleo público a una interindad prolongada si
es de único nombramiento o ha cubierto en el tiempo gran parte de la
crisis económica de 2008]
40 comentarios:
Aviso para navegantes. La doctrina del Tjue se acabará imponiendo pese a quien pese. La doctrina está bien clara, es blanco y en botella, no hace falta ser ninguna eminencia para entender que la sanción al abuso es la fijeza en el empleo y que las opes no son sanción. Y todo esto se aplica tanto al personal laboral como al funcionario interino. Les acabará de entrar en la cabeza?? Madre de Dios.. Se darán por aludidos de una vez Gobierno, sindicatos y Sala contenciosa del TS?? Que verguenza de país que Europa ponga sobre la mesa la prevaricación. Y no, no son sentencias complicadas de entender, son muy sencillas para el que quiere entender.
El gobierno y los sindicatos no se dan por aludidos ni haciendo un croquis, están a otros intereses. La duda es si el Supremo seguirá coincidiendo con los dos primeros y nos hará recurrir al TJUE para que allí nos den la razón y la administración empleadora nos tenga que readmitir y de manera estable, además de la correspondiente indemnización, o por contra el día 22 asumirán que hasta ahi han llegado y podido hacer, cogerán todas las sentencias, me resulta sorprendente que no las conozcan ya, y aplicarán la jurisprudencia del TJUE, lo cual es su OBLIGACIÓN. La duda es, lo veremos llegado el caso, si al final se impone lo primero y la reunión es para seguir haciendo lo que les plazca pero hay que justificar la película tenga o no sentido, si no tendrá ya consecuencias para ellos. Me explico, esas prácticas acarrearan una millonada en indemnizaciones, la posibilidad de que en sitios pequeños realmente se dupliquen plazas, o el engorro que es para el TJUE tener que revisar las miles de sentencias de los que allí llegaremos. Realmente se lo permitirán?
Sería muy fácil de solucionar si hubiera voluntad política, pero no la hay. Esa voluntad solo está para asuntos importantes como los indultos, ahí se pervierte la ley al antojo de los gobernantes tranquilamente. Hay que ser magnánimo y conciliador, claro que si, pero a los 800000 interinos que les den. Ganaremos, pero a largo plazo y tras batalla judicial
Otra más, y van....
De hecho ya están resolviendo por Autos, lo que significa que son asuntos ya resueltos o de reiteración de doctrina.
Y como siempre Europa diciendo que en España no se respetan los derechos de los más débiles... qué casualidad!
No hay palabras!
Y el ministro Iceta que se cuenta?. Hoy estaba buscando talento joven para sustituirnos y a su vez los sustituirá a ellos a los tres años. Alguien tiene que hacer el trabajo de los liberados y el de los que sacan notazas en las pruebas y que son auténticos genios.
Pero bueno si la anterior dijo que no iba a trasponer la directiva, este ya ha dicho que está traspuesta. Debió suceder entre que se iba una y entraba el otro y solo se enteraron ellos.
Pues nada, si les parece rieguen de millones a todos estos que sin lugar a duda lo aprovecharán bien.
Alguien sabía algo de esta sentencia
El multi troll tiene que estar ahora en llamas. A ver con que nos sale para reírnos un poco y en cualquier momento que duerme poco.
Una vergüenza lo de la justicia española y los políticos-trileros...
Que haya sido mediante Auto es algo increíblemente bueno. Teniendo en cuanta que casi todas las otras sentencias eran de lo laboral, el hecho de trasladar la doctrina al contencioso sin darle la menor importancia es una bofetada de tal calibre a nuestro TS, que se ha montado una película absurda distinguiendo entre ambos casos como si no tuvieran nada que ver y como si la Directiva no aplicara a todos con la misma exigencia, que si tuvieran vergüenza colgaban la toga.
El cerco se estrecha.
A ver qué se saca ahora de la chistera el mago Iceta pero le han fallado todos los trucos.
Quien pueda consolodiarse y aún no haya RECLAMADO - DEMANDADO
¿necesita más pruebas)
Me preocupa mucho la falta de voluntad política pues opino que es de lo que se ha servido el TS para no inventar o deducir una sanción y hacer oídos sordos a lo que establece UE. Si ya teniendo establecido un plazo de 3 años fijado en la ley se lo pasan por el forro, da igual que expresamente pongas un plazo si se va a justificar si o sí no aplicarlo, el resultado va a ser el mismo que si no hubieras incluido dicho plazo, excusando igualmente cuando dejas opciones abiertas, y tratándose de España cabe esperar que lo usarán para su beneficio, de quién esté gobernando -lo preocupante es que les ha servido a todos-, siendo ése beneficio precisamente el perjuicio de los trabajadores temporales.
Lo mismo ocurre con la Disp.Trans 4, el "podrán" y no "deberán" hay q entenderlo siempre como que nunca van a favorecer al trabajador, si lo dejas a su libre decisión quien gobierne lo hará para su beneficio, todo lo demás será secundario.
Visto q la voluntad política únicamente se dirige al interés de partido y que todos lo aceptan como lo que debe ser, también se entenderá que únicamente lo hagan por la pasta, estarán de acuerdo, luego no sé a que esperan... O tendremos la mala suerte de que ahora nos pongamos exquisitos con la norma cuando se la han saltado haciendo doble carpado con tirabuzón para terminar con una pedorreta ante la cara de pasmo del Abusado?
Que lo resuelvan ya, favoreciendo a los afectados, y que dejen de hacer más daño.
La gente se está empezando a dividir. Nosotros ya hemos realizado la prueba para acceder a nuestra plaza y los que antes iban a muerte con la fijeza y ahora han aprobado, se desmarcan totalmente del asunto y seguro que más de uno se quedará fuera por no tener suficiente en la fase de concurso. Pero así son las cosas.
Yo he aprobado y con la puntuación que tengo estoy seguro que pillaré plaza, pero estoy a tope con mis compañeros que por tener un mal día no han podido superar el examen, cosa que perfectamente me podría haber pasado a mí. Y un examen que desde luego no demuestra que tú no sepas hacer el trabajo que llevas años realizando.
Es una vergüenza lo que están haciendo. Lo peor es que si no apoyas en las urnas a quienes se supone que deberían estar apoyando y solucionando el tema de los interinos, la alternativa es que gane el que generó el problema.
Ayer oí la tertulia de los sindicatos mayoritarios en canal 24h y era demencial
no sabía si hablaban ellos o la C.O.E. afirmaban cosas que ya se ha dicho por activa y por pasiva que no son la solución y ellos a lo suyo.
Ojalá Europa no prestará dinero a España y tuvieran que hacer borrón y cuenta nueva, solucionar el problema de todos y empezar a hacer las cosas bien a partir de ahí.
Debería estar contento por aprobar y conseguir posiblemente una plaza, pero la verdad es que no tengo ningún tipo de ilusión por haberlo conseguido.
Es horrible. Con lo que nos ha costado y van a desmontar parte de mi equipo de trabajo con el que llevo muchos años y lo bien que ha funcionado siempre.
Ánimo y la solución de una manera u otra vendrá pronto.
Tiene mucho sentido el comentario anterior.
No se trata de tener suerte y aprobar, sino de que entiendan que no se puede hacer pasar por esto al personal objetivamente abusado.
Por otra parte, aún aprobando, puede que no se se pueda optar a la plaza que se ocupa, lo que supone un cambio laboral en ocasiones inasumible para la persona en fraude de Ley.
Es muy sencillo: Europa entiende que el proceso selectivo abierto no es una sanción adecuada. Punto.
La solución es Fijeza o indemnización y por lo que veo ni quieren hacernos fijos ni quieren soltar la pasta. Europa aprietá pero no ahoga y nosotros para ellos somos un lastre. El único error que creo que están cometiendo para sus pretensiones es que nos quieren liquidar poco a poco y eso juega en su contra.
Si hubieran sido listos, viendo las pocas demandas en proporción a la gente que está en fraude, hubieran sacado un decretazo y con una pequeña indemnización se hubieran cepillado a la gran mayoría.
La solución de momento está en los tribunales, de otro sitio no esperéis sacar nada.
todos a la calle huelga 18 de junio
Si apruebas bien por ti compañero, pero un oposición libre no es sanción alguna, tira para adelante solicitando una fuerte compensación por los daños.
Nosotros hemos demandado antes de que se fije una sanción, por lo tanto si no aprobamos solo cabe fijeza, otra opción la recurriremos al TJUE, ellos sabrán lo que hacen, incluida la Comisión Europea, que al final tendrá que intervenir si esto persiste, sería de suma gravedad.
Escucho que Europa adelanta a España el 13% del plan de recuperación. Por más fotos propagandísticas que se hagan a partir de la semana que viene, si solo es el 13% vamos bien.
Con el auto de ayer esto va ir de la siguiente manera. Dia 22 cambio de Doctrina del TS tras la sentencia del 03/06 y el auto de ayer. Esto les da 10 dias para la negociación entre IZ y los sindicatos que se presentaran con una reforma del EBEP a mínimos.
Al final, fijeza los que hemos demandado, el resto les queda esperar a la ocurrencia de IZ y Co.
El día 23 puede que el T(ongo)S(supino) le diga al Gobierno (y al resto de partidos que han manejado el Fraude) que ya no pueden seguir dando forma a algo deforme, o le pueden sugerir un Spanexit.
Observar la jurisprudencia de este "Tribunal" las directrices y reformas del Ministerio de Trabajo con respecto a la contratación laboral privada....todo, todo, todo punto por punto a cumplir que incumplen en la función pública; sin explicación!!!!
Por fin, ahora sí, ahora sí habla más claro el TSJE. Cualquiera lo entienden, que las convocatorias de oposiciones no dan seguridad al que ocupa la plaza, ya sea interino o laboral...ahora sí, con esto es ya suficiente para que el Gobierno haga lo que se le dice. Ya no tienen excusa. Enhorabuena a tod@s
11:05 has aprobado y a quién mer le importa , uhh eres un pokemon ? Evolucionas de troll a pokemon , anda tira.
LOS Q DEMANDAMOS , además de la fijeza , vendran las indemnizaciones o sea mucha pasta , eso tiene lo JUDICIALIZADO no te has de doblegar frente a nadie.
Fuerza.
Aquí además de gente seria que participa, hay algunos con un cruce más raro... Y dice unas tonterías...a saber con qué proposito
Y con esta palmaria insumisión al ordenamiento jurídico europeo le van a dar el dinero a España????
Si, se lo van a dar. Demasiado grande para caer. Otra cosa seran los deberes entre los que supongo, lo nuestro no estara lo primero. Eso si , ni un paso atras. Demandas, demanda, demandando, demandaremos
Yo creo que la estrategia correcta es no soltar el dinero hasta que los países arreglen lo que tengan que arreglar. Si sueltan el dinero y lo dejan como deberes pendientes ya se sabe lo que puede pasar... 20 años llevamos con algún deber pendiente que otro...
Si a España le dicen que arregle este tema (u otros) antes de recibir el dinero España lo hace inmediatamente. Si se lo dejas como pendiente mal asunto...
¿Quieres decir que hicieran un rescate a España y los hombres de negro impusieran lo nuestro?, no se, cuando el rescate bancario obligaron a no hacer oposiciones a Rajoy y en Grecia a modificar la constitución para que no entrara la gente a puestos fijos como pedro por su casa en las AAPP, de ahí los últimos pronunciamientos griegos del TSJUE referidos al periodo antes de la modificación.
Me alegro por el compañero que ha aprobado un proceso de seleccion para ingreso de personal de naturaleza fija de las AP, que al final es lo que son las Convocatorias de oposiciones, yo no he visto nunca que por alguien se convocara una oposición como sanción a nada...pero bueno si hablais de ello será como las meigas que haberlas ailas...yo sólo he conocido convocatorias de acceso a puestos de naturaleza pública como modo de acceso.
Dónde andabas troll?. Nos has tenido abandonados. Siempre que nos llegan buenas noticias, para nosotros no para vosotros, estás un tiempo callado como digiriendo. Y ahora a fuego otra vez, que comience el espectáculo.
18.30 poco conoces de la administración sino has visto meigas como dices
en mi "unidad" concreta donde trabajamos 10:
1 entró porque le preguntaron si quería trabajar ahí , lo cogieron directamente del bar.
1 más entró trasladado de otra unidad que no tiene nada que ver con esta con lo que no sabe hacer nada útil
1 más entró por oposición cuando no tenía ni rivales en la misma, apenas 2 o 3 candidatos más
los otros 7 que faltan somos interinos y somos lo que sacamos el curro a diario, esperando más de 15 años de media a que saquen las plazas
y esto en mi "unidad", en otras de la misma administración un tanto parecido
Poner esperanzas en que Europa no va a soltar la pasta por nosotros no es realista. Lo harán al margen de nosotros. Nuestro tema no es prioritario. Y lo de la sala del Tribunal Supremo no esperemos mucho. Seguramente vestirán lo que Iceta anuncie en 10 dias. Lo nuestro es seguir demandando y forzando el cambió.
No sé si será realista o no, pero uno de los objetivos de los fondos de recuperación es crear empleo estable, y si se lo van a gastar en indemnizaciones...
al de las 18:56 lo que quiero decir que algunos de los eslóganes que llevamos son difíciles de entender para la ciudadanía, nadie, ni jueces ni admon ha planteado jamás unas ope como sanción al ningún fraude, de hacerlo es contrario a Europa, lo que se ha planteado siempre son opes como modo de acceso no como sanción a nada.
Y por lo demás te entiendo, yo el tema de funcionario interino pues igual que lo que tu dices.
De echo espero que los funcionarios y laborales fijos se unan a la huelga, ya que es una huelga total de todos, y paremos el pais, si conseguimos la fijeza ellos también ganarán, ya que por similitud, el que esté comisionado, adscrito o en mejora de empleo o haciendo funciones superiores...se queda también sin necesidad de concursos de traslados, promociones internas y demás procesos en vinagre.
Al final nuestra lucha es también para dar poder a las AAPP, a los políticos, de poder poner a su gente en puestos de caracter fijo simplemente inactivando en plazo los procesos...si el pueblo no está de acuerdo, pues tendrá que fijarse sanciones para esos políticos, pero el que esté se queda, de esos 10 que fijas todos fijos y arreglado, y los que vengan.
Estan arrasándonos.
https://valenciaplaza.com/suspensos-oposiciones-generalitat
Interino despierta! Denuncia! Se te comen la merienda despues de 15 años.
Arrasan a los que no hayan demandado con un buen abogado, con el resto tienen un serio problema, que se lean las sentencias del TJUE si tienen dudas sobre ello.
Los que no han demandado ni reclamado, no van a tener nada , ni siquiera problemas
Eso se lo dices a los interinos que han salido ya sus plazas y no las han aprobado troll espabilado.....
No tengo ni idea que va a pasar el día 22. No sé si van asumir de una vez el derecho comunitario o van a pasar de todo y van a salir de ahí bailando la Macarena...
Eso ya lo decía Arauz hace tiempo, los que no han querido demandar son los auténticos trolls
Europa ya ha señalado el problema y el camino a nivel judicial, a nivel político ellos sabrán si les compensa servir en bandeja a sindicatos a los 750.000 que no han movido un dedo.
Tenemos 2 sentencias favorables europeas y una de Madrid este mes, el mes pasado bastantes firmes de laborales.
Buenas tardes
Publicar un comentario