Acaba de publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea de este 18/12/2023 los respectivos anuncios de las cuestiones prejudiciales, con el listado de cuestiones, ya admitidas a trámite inicial por tanto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que presentó la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia :
- publicación en el DOUE de 18/12/2023 de las 3 cuestiones del asunto pendiente Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar y otros C-434/23, presentado el 11/07/2023 , que fueron comentadas en este comunicado de la CNT de Galicia
- publicación en el DOUE de 18/12/2023 , citando que son las mismas 3 cuestiones que enasunto C-434/23, del asunto pendiente Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar C-508/23, presentado el 08/08/2023, con 3 preguntas,
que fueron comentadas en esta entrada resumen resumen de las noticias de El País y la Cadena SER
En concreto, las 3 cuestiones planteadas por ambos procedimientos son:
1) |
¿Puede considerarse que la
legislación nacional contiene medidas suficientemente disuasorias contra
las Administraciones Públicas y entidades del sector público por el uso
de sucesivas contrataciones o renovaciones de contratos temporales
contrarias a la cláusula quinta del Acuerdo Anexo a la Directiva
1999/70 (1) CE del Consejo de 28 de junio de 1999, dirigidas a prevenir y sancionar el recurso abusivo a contratos de duración determinada? |
2) |
En caso de considerar que no existen medidas suficientemente disuasorias en la legislación española, ¿la consecuencia de la vulneración de la cláusula quinta de Acuerdo Marco anexo a la Directiva 1999/70/CE por un empleador público debe ser la consideración del contrato como indefinido no fijo o debe reconocerse al trabajador como fijo plenamente?
|
3) |
En caso de que cuestiones anteriores fueran resueltas, en el sentido de que no existen [medidas] suficientemente disuasorias y que la sanción a imponer por el fraude cometido es la de reconocer al trabajador como vinculado con un contrato fijo, ¿la conversión del contrato en fijo en aplicación del Acuerdo Marco anexo a la Directiva 1999/70/CE y la jurisprudencia del TJUE en interpretación de la misma debe imponerse incluso si se considerase contraria a los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución Española, si estas normas constitucionales se interpretan en el sentido de que imponen que el acceso a todo empleo público, incluida la contratación laboral, solamente puede producirse después de que el candidato supere un proceso selectivo concurrencial en el que se apliquen los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, convocado para la cobertura de las plazas con personal fijo, también cuando no se ha superado ese proceso o la convocatoria lo sea para cobertura temporal? |
Recordemos que además están ya admitidos a trámite en
el Tribunal de Justicia y siguen pendientes estos procesos de petición de decisión prejudicial sobre abuso de temporalidad en empleo público español:
- asunto pendiente "HM y VD/Generalitat de Catalunya" C-332/22, por el primer auto del juzgado de 06/05/2022 , por un caso del abogado Javier Araúz : "HM y VD/Generalitat de Catalunya" o Asunto C-332/22, y en el que el juzgado planteaba 12 preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea., publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea [DOUE] del 12/12/2022
- asunto pendiente "Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya" o C-331/22 , el segundo elevado por el juzgado en auto de 12/05/2022, por un caso de Salellas Advocats, y en el que el juzgado planteaba 5 preguntas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, publicadas en el DOUE el 19/09/2022
de la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid :
- asunto pendiente C-110/22 o "UNED, por el Auto del TSJM de 21/12/2021 comentado en esta entrada, presentado al TJUE el 17/02/2022, 12 preguntas publicadas en el DOUE el 19/09/2022
- asunto pendiente C-59/22 o "Consejería de Presidencia" (publicación en DOUE), por el Auto del TSJM de 22/12/2021 , comentado en esta otra entrada, presentado al TJUE el 27/01/2022, , 14 preguntas publicadas en DOUE el 19/09/2022
- asunto pendiente C-159/22 o "Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid", por el Auto del TSJM de 03/02/2022 , comentadoen esta otra entrada, presentado al TJUE el 03/03/2022, 6 preguntas publicadas en DOUE el 19/09/2022
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- [04/03/2022] Primera
sentencia nacional del caso del informático de la sentencia del
Tribunal europeo de 19/03/2020: el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, tras quedarse con el caso del juzgado, aplica la nueva
jurisprudencia del Supremo y rechaza la fijeza como posible sanción al
abuso reconocido por no estar contemplada en la ley nacional y no
sentirse obligado por la jurisprudencia europea, y "condena" en costas
al demandante ante la "claridad" en la decisión, sin hacer mención
alguna que se trata del informático cuyo juzgado inicial tuvo dudas tan
fuertes como para plantear una consulta al Tribunal de Justicia de la
Unión Europea
- [10/05/2022] [Arauz] 'El Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona accede a nuestra petición y eleva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuestiones prejudiciales de absoluta relevancia' [Auto y extracto con las preguntas formuladas]
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- [20/09/2022] Publicadas
en el Diario Oficial de la Unión Europea las cuestiones prejudiciales,
admitidas a trámite por el Tribunal de Justicia europeo, planteadas por
la sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid y el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de
Barcelona cuestionando que valga ante la normativa europea tanto la
doctrina del Supremo ante el abuso de temporalidad en el empleo público
como la nueva Ley 20/2021
- [12/12/2022] Publicada
en el Diario Oficial de la Unión Europea la otra cuestión prejudicial
admitida a trámite por el Tribunal de Justicia europeo planteada por el
Juzgado contencioso-administrativo de Barcelona que cuestiona que valga
ante la normativa europea tanto la doctrina de la Sala de lo
Contencioso del Supremo ante el abuso de temporalidad en el empleo
público como la nueva Ley 20/2021
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- [18/01/2023] Jurisprudencia
en Portugal al abuso de temporalidad público establecida en la
sentencia de su Tribunal Supremo Administrativo al caso del asunto
"Gondomar" del Tribunal de Justicia de la UE: la prohibición de la
conversión en fijo de la ley portuguesa ante la falta de medidas de
sanción viola el Derecho de la UE y esa conversión no vulnera el
principio de igualdad de su Constitución
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- [03/03/2023] La
Sala de lo Contencioso del Supremo tumba la indemnización de 33 días
por año al cese en situación de abuso de temporalidad del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón reiterando su doctrina de fin de 2021
tras las sentencias europeas: de éstas no se sigue que sea necesaria una
sanción al abuso de temporalidad en empleo público que no esté
contemplada en la ley española
- [13/03/2023] [I.
Beltrán] Análisis de la Sentencia de lo Contencioso del Supremo de
22/02/2023 que dictamina que la "administración no puede ser condenada a
una indemnización sancionadora por abuso en la temporalidad" por
prolongación de una vacante funcionaria/estatutaria, y opinión sobre
esta doctrina tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE:
"admitir la existencia de un abuso y negar la concreción de la sanción
es un incumplimiento del mandato comunitario"
- [22/06/2023] [CNT Galicia] 'Planteadas 3 cuestiones prejudiciales al Tribunal Europeo por una demanda de la CNT en el Consorcio IeB. Por el fraude de temporalidad. Se pregunta al TJUE si la fijeza es la sanción adecuada al fraude, independientemente de la forma de acceso al puesto de trabajo. '
- [23/06/2023] [El
País/Cadena SER] El Tribunal de la UE se pronunciará , en 3 cuestiones
prejudiciales del Tribunal Superior de Galicia,sobre si la
jurisprudencia española para la sanción al abuso de temporalidad en el
empleado público laboral vulnera la normativa y jurisprudencia europea
[y habría que dar la fijeza]
- [04/09/2023] Repaso de los asuntos de cuestiones prejudiciales pendientes en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre abuso de temporalidad en el empleo público español
- [26/09/2023] [Araúz] Vista para sentencia la cuestión prejudicial en el Tribunal de Justicia europeo planteada por el Juzgado contencioso-administrativo de Barcelona que cuestiona que valga ante la normativa europea tanto la doctrina de la Sala de lo Contencioso del Supremo ante el abuso de temporalidad en el empleo público como la nueva Ley 20/2021
15 comentarios:
Bueno, bueno..
Para principios del 2026 fin de toda esta historia, y sé porque lo digo ;-)
Solo falta algo más de 2 años. 4-5 años de Juicios "no está nada mal".
Venga pues...................ahora a dejarlo dormir durante un porrón de años, anunciando de vez en cuando que enseguida sales para luego irse retrasando más.
Todo eso para una respuesta para nada directa y tajante, y que además nuestro TS la cepillará lo suficiente para seguir la cosa igual.
Y mientras tanto todos a la p.... calle. Viva el Estado de Derecho, el Poder Judicial y la UE.
Al de las 12.32 le ha faltado aclarar que esa es la peor de las previsiones.
La mejor es que esto esta finiquitado en 3 meses. Apuestas?!!
El tiempo es de lo de menos.
El resultado final es lo que importa.
Eso sí, cuanto más tarden , más gente cesada.
Ir a la justicia española NO sirve de Nada.
PD. Hay sentencias pa aburrir que ponen "cualquier argumento",
del estilo ..
Y a mí que me cuentas.. el Interino es un gusiluz,
que no sabe que aquí eso no se pide...
País triste , con jueces tristes, y envidiosos por doquier..
Y mañana mesa sectorial de sanidad en Madrid con el anuncio de las fechas de exámenes OPE convocadas en 2021.
2021????
JODER, Eso no está caducado?
Al final Os Hacen Pasar por el Aro.
Esas plazas.... Son de Concurso, y los sinvergüenzas al juzgado de lo penal...
Es de Cam el que no bote, es de Cam el que no bote.. !!!
Tela...
Esas plazas son las que pusieron en Oferta a toda mecha...
Pa luego señalar fecha de examen 2 años después...
Sinvergüenzas que son..!!
“A todo correr”???? Se llevaban preparando desde el año 2017. Ahora vendrán loa eterninos con la DA 8.
A estudiarrrrrrrrrr
Este es el último grupo de cuestiones prejudiciales planteadas. Se resolverán cuando se resuelvan. No afectan a la tramitación de las otras, en las que solo falta que dictamine el TJUE. Tardará lo que tarde, pero es pronto. Paciencia
Si mientras nos han cesado, tendremos que demandar el cese.
Llevo años leyendo que esto se resuelve en unos pocos meses...
16:12. Es normal estar muy harto.
Sin embargo, para muchos, se ha resuelto ya. Para otros muchos está en vías de resolverse. No todas las administraciones son la Comunidad de Madrid.
Es lo que nos ha tocado. ¡Ánimo!
Está cuestion prejudicial nueva se resolverá por auto en cuanto el TJUE saque las prejudiciales de Barcelona.
17:07
Espero que así sea por el interés general.
Si dejan que esto se prolongue a todos los que recurran el cese tendrán que pagarles todas las mensualidades dejadas de percibir, exactamente igual como pasó en Gondomar
http://apiscam.blogspot.com/2022/10/el-tribunal-suprremo-administrativo.html
Si lo dice Arauz, Ala a correr (en 1 mes)
Aunque todavía no se ha publicado en Curia, parece ser que las CP planteadas por la SS TSJ de Madrid en las que se interesa que el TJUE se pronuncie sobre si, en aplicación de la Directiva 1999/70/CE, procede la transformación en fijos, van a ser Sentenciadas el día 22/24
✍️📜Por su conexión directa, Araúz va a presentar un escrito a fin de que las cuestiones prejudiciales planteadas por el Juzgado de lo C-A de Barcelona en relación con el personal interino y estatutario temporal se sentencien también el mismo día.
Bueno en 2. 22 de Febrero del 2024.
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