miércoles, 31 de marzo de 2021

El Parlamento de la Rioja aprueba el Proyecto de nuevo Estatuto del personal propio del Parlamento con una disposición transitoria que reconoce directamente con su publicación en el Boletín Oficial de la Rioja la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años que accedieron por proceso selectivo público ante el fraude de ley de abuso de temporalidad y para dar cumplimiento a la Directiva y sentencias europeas. El personal de las cámaras regionales es personal público con legislación específica propia aparte del propio Estatuto Básico del Empleado Público. Votaron a favor PSOE y el Grupo Mixto y en contra PP y Cs que exigen un informe juridico externo adicional de los favorables de los servicios internos y del Letrado Mayor de la Cámara. CCOO de La Rioja opina que viola la Constitución Española y hará todo lo que esté en su mano para frenar "esta locura jurídica"

Hoy 31/03/2021, según su orden del día, tenía lugar en el último lugar en el Pleno del parlamento de La Rioja el debate del Proyecto de modificación del Estatuto del personal al servicio del propio Parlamento de la Rioja (nº de iniciativa 10L/EPPR-0001) que, según su texto final propuesto publicado en el Boletín Oficial del Parlamento de La Rioja de 29/03/2021, incorpora una  Disposición transitoria segunda. sobre "Consolidación de empleo", que literalmente reza:

"Se reconoce a los empleados temporales nombrados mediante proceso selectivo público, y que a la entrada en vigor del presente Estatuto hayan permanecido desempeñando sus funciones en esta Cámara durante un periodo ininterrumpido de al menos cinco años, como situación jurídica individualizada, su condición de empleados públicos fijos y a permanecer en el puesto de trabajo que actualmente desempeñan, con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para el funcionariado de carrera del Parlamento de La Rioja comparable, sin adquirir la condición de funcionarios y funcionarias de carrera"

[CCOO de La Rioja] 'El Parlamento riojano, por encima de la Ley' [ "se reconoce a empleados públicos temporales [más de 5 años] su condición de Empleados Públicos Fijos", "si este documento se aprueba, ¿qué les vamos a decir al resto de interinos de otras Administraciones Públicas?", "haremos todo lo que esté en nuestras manos para frenar esta locura jurídica y que no se vulneren derechos ni leyes con tanto peso moral"]

 'El nuevo Estatuto de Personal del Parlamento Riojano, que se vota este miércoles, 30 de marzo, incluye disposiciones que vulneran la Constitución Española y el derecho de cualquier persona a acceder a la función pública conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad, al favorecer al personal interino frente al fijo y permitir que consoliden su plaza si llevan cinco años en el puesto.

La Delegación de CCOO ha presentado alegaciones a este estatuto, incluso un texto alternativo, sobre el que se solicitó derecho a la negociación. Un punto que fue denegado por la Mesa del Parlamento.

[...] También se permite el acceso a cuerpos y escalas superiores, integrando al personal solo con la titulación establecida. Quien no la posea que no sufra, ya que percibirá un “complemento salarial” como si estuviera en dicha categoría.

Y como guinda de un pastel inesperado, contemplamos que su publicación es la excusa para crear una nueva categoría de personal público a través de la “consolidación de empleo”.

Conclusiones de la Abogacía General de la UE en el asunto italiano "Gilda-UNAMS" del Tribunal Europeo sobre los profesores de religión excluidos de la conversión administrativa a fijos que tuvieron el resto de docentes tras la sentencia europea del asunto Mascolo: su situación también está protegida por la Directiva contra el abuso de temporalidad y la conversión a fijo como medida de sanción es obligatoria en este caso aunque lo prohíba la normativa nacional si no hacerla supone una discriminación por razones de religión o una pérdida del derecho a una medida efectiva que repare el abuso, por ser derechos derivados de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Repaso del Abogado General a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad". En particular, es por el derecho derivado de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea a una reparación efectiva contra el abuso -y no por la cláusula 5ª de la Directiva en sí, dado que no es de efecto directo- que, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz ante el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".

Acaba de  publicarse en la web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el Informe de Conclusiones de la Abogacía General de la Unión Europea, por el abogado general Evgeni Tanchev , como paso previo a la sentencia del Tribunal europeo en el asunto italiano "Gilda-UNAMS" sobre los profesores públicos de religión excluidos de la conversión administrativa a fijos de docentes realizada tras la sentencia del Tribunal Europeo del Asunto "Mascolo" en 2014 en las que un tribunal italiano pregunta nuevamente si ante la ausencia de medidas de sanción al abuso de temporalidad en un sector público -como estima sucede con los profesores de religión a diferencia ya de la mayor parte del sector público italiano- la fijeza es posible como sanción al abuso aunque lo prohíba la normativa nacional (o como la interpreta su Tribunal Supremo que lo prohíbe).

Recordemos que se trataba de una nueva  "petición de decisión prejudicial"  (consultas de respuesta vinculantes al máximo tribunal europeo, que pueden realizar los órganos jurisdiccionales de cualquier país de la Unión)  relacionada con el abuso de duración de temporalidad en el empleo público y en especial con la cláusula 5ª en la Directiva Europea 1999/70/CE que lo regula , (pero también con el principio de no discriminación por razones de religión) , nuevamente de Italia publicada en el Diario Oficial de la UE el pasado 17/06/2019, nº  C 206 como Asunto C-282/19 ,  y que había sido  interpuesta el  3/04/2019 por el Tribunal de Nápoles ante el caso de 18 profesores de religión católica contratados por el Ministerio de Educación, de Universidades y de Investigación italiano  mediante contratos de duración anual, que, cumpliendo con una disposición de la normativa nacional de enseñanza no universitaria (de 27/11/2007), fueron renovados  hasta acumular temporalidades de hasta 20 años, más de 3 en todos los casos-.

 

Estos profesores de religión demandan , junto con el sindicato "GILDA-UNAMS", la conversión de sus contratos en contratos de "duración indefinida" , es decir, en fijos, y si no, con carácter subsidiario, "el resarcimiento del daño producido", como sanción a un abuso de temporalidad según la citada directiva europea  y para acabar con  la discriminación con otros profesores no de religión , empleados públicos, a los que sí se les aplicó el  "Plan extraordinario de contratación "- procedimiento de contratación especial o "titularización" para el personal docente que les permitió la "estabilización" directa como personal fijo a ciertos docentes  de larga temporalidad- tal y como estipuló el Decreto de 2015 de transposición específica de la Directiva a (una buena parte de ) su sector público de medidas para evitar los abusos a futuro, tras la  famosa sentencia de 2014 del propio Tribunal Europeo del asunto Mascolo .

El Tribunal remitente planteaba al Tribunal Europeo, estas cuestiones, algunas de  interés para la situación de abuso de temporalidad en el empleo público español:

  • si existe una discriminación por razón de religión en el sentido del derecho europeo ante esa diferencia de trato con el resto de personal docente, y si debería hacerles fijos por ello habida cuenta que el resto de docentes [de larga duración] se convirtió en fijo por el Plan extraordinario citado
  • si el acuerdo entre Ministerio y la Iglesia que es necesario para seguir haciendo estos contratos cada año pueden constituir una de las "razones objetivas" de la Directiva bajo las que se permitiría no considerar el recurso a la temporalidad de forma sucesiva cada año un abuso de temporalidad
  •  si no es  contraria a la la cláusula 5 del Acuerdo esa inexistencia de medidas en el caso de los profesores de religión de la enseñanza no universitaria que impidan el abuso de temporalidad
  • si , teniendo en cuenta la respuesta a la primera pregunta,  ante esa infracción de la cláusula 5 del Acuerdo marco, [y el abuso ya existente] sería posible inaplicar las normas internas que impiden la conversión automática en un contrato fijo cuando la relación laboral exceda de cierta duración


Según la sección final "Conclusión" del texto provisional del informe [ver original en inglés, en francés], el Abogado General encargado de este asunto , E. Tanchev, concluye al final que el Tribunal Europeo debería sentenciar:

[Coord. EEPP Fraude Ley C. Valenciana] La Universidad de Alicante decide este miércoles si recurre la sentencia de fijeza del Juzgado de lo Contencioso a 16 de sus funcionarios interinos. Manifestación de empleados temporales para pedir que no se recurra [y así pasarían a ser fijos en firme].

Informa la Coordinadora de EEPP en Fraude Ley de la Comunidad Valenciana este 30/03/2021, entre muchos otros, que este  miércoles 31 de Marzo a las 9:30 se reúne la mesa técnica de la Universidad de Alicante para decidir si presenta recurso a la sentencia reciente del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, que de fijeza del Juzgado de lo Contencioso a 16 funcionarios interinos de la Universidad de Alicante como sanción al abuso de temporalidad en el empleo público aplicando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y que para "presionar" para que NO recurra se ha convocado una manifestación que tendrá su inicio a las 9:00h, frente al edificio de Ciencias Sociales (donde se encuentran los despachos de los sindicatos) y de allí a Rectorado.

 

martes, 30 de marzo de 2021

Carta de respuesta del Ministro de Función Pública a varios empleados públicos sobre su situación de larga temporalidad: "consciente de la elevada temporalidad en la función pública y mi compromiso es trabajar para tratar de reducirla", "nueva ampliación de los procesos de estabilización" en los que "promoveremos, desde el necesario respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública, la estabilización con carácter fijo del personal interino"

 'Contesto al escrito que usted, junto a otras muchas personas en situación similar a la suya, me ha remitido solicitando respuestas a la problemática que sufren.

Como he manifestado en reiteradas ocasiones, soy consciente del problema que supone la elevada temporalidad en la función pública y mi compromiso es trabajar para tratar de reducirla hasta unos niveles aceptables , teniendo en cuenta que la solución debe ser abordada desde múltiples puntos de vista, debido, no sólo a su complejidad, sino a la diversidad de colectivos y administraciones a las que afecta, cuyas características son, ciertamente dispares.

Recordatorio: La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admite tramitar en recursos de casación de estatutarios temporales del SERMAS ya interinos de vacante durante 8 a 20 años y que demandaban la fijeza o equiparación como sanción al abuso y los derechos del fijo en condiciones de trabajo, si teniendo en cuenta ya la sentencia europea de 19/03/2020 puede considerarse que hay abuso de temporalidad según la Directiva europea 1999/70/CE y cuáles deberían ser las consecuencias laborales y/o económicas para los demandantes. También admite la cuestiones de si el estatutario temporal tiene derecho a la movilidad vertical y a la horizontal por discriminación con el fijo según la misma Directiva Europea. El Tribunal Supremo admite los recursos por afectar a un gran número de situaciones que trascienden los casos de los procesos

 [Recordatorio de entrada publicada el 02/03/2021] La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo admitió a trámite entre el  pasado 27/01/2021 y el 5 de Febrero de forma seguida un buen número  recursos de casación  de personal estatutario temporal del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] (y de algún otro servicio de Salud, en concreto, del de Canarias)   interinos de vacante durante entre 8 y 20 años, que demandaban lo mismo que los estatutarios interinos del SERMAS,  con la asistencia jurídica del abogado Javier Araúz,  de los asuntos acumulados del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "Sanchez Ruiz /Fernández Álvarez y otros" (el asunto principal el de un informático nuestro) que dieron lugar a  la famosa y esperanzadora sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020:

  1. el reconocimiento de situación de abuso de temporalidad y del carácter fijo o equiparado de su relación de servicio como sanción a dicho abuso  en base a la cláusula 5ª de la Directiva Europea sobre empleo temporal 1999/70/CE
  2. el derecho a la carrera profesional y  a la movilidad horizontal (participar en concursos de traslado, provisiones de vacantes) y a la movilidad vertical (promoción interna, ascensos y carrera administrativa) en base a la cláusula 4ª de no discriminación con el fijo de la citada Directiva

[Cronica Global] El nuevo Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, Víctor Francos, reconcoe que la Función Pública es un asunto "muy nuevo" para él y afirma que tienen un buen equipo

 Informaba  Crónica Global este 28/03/2021 que varios miembros de las Juventudes Socialistas de Cataluña [JSC] han llegado a altos cargos del Gobierno nacional, entre ellos Víctor Francos, que fue primer secretario de las JSC entre 2003 y 2006 y ahora ha sido nombrado Secretario de EStado de Política Territorial y Función Pública - por tanto nº 2 y ayudante al máximo nivel del ministro Miquel Iceta- y quien ha reconocido en entrevista que "toca asuntos muy nuevos, como la función pública, en los que estoy aprendiendo mucho, tenemos un buen equipo”.

 

NOTA DEL EDITOR: El organigrama de la función pública del Gobierno del Estado quedó así:

[Sanidad CCOO nacional] 'La FSS de CCOO pide no repetir los errores cometidos en las fiestas navideñas para evitar una "cuarta ola" '

 ' CCOO analiza y valora las consecuencias de la ‘tercera ola’ de la pandemia del Covid-19 por la afectación de la infección en la población española durante las fiestas de inicios de diciembre, las fiestas navideñas y los días posteriores a estas, así como de los efectos sobre el personal sanitario y la sobrecarga laboral que se deriva de ella. Este sindicato alerta de que los casos confirmados, las hospitalizaciones, ingresos en UCI y fallecimientos a nivel nacional se duplicaron en el periodo comprendido entre el 2 de diciembre de 2020 y el 24 de febrero de 2021.

lunes, 29 de marzo de 2021

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo estima el despido improcedente demandado por una laboral con contratos por obra y servicio durante 9 años de la Universidad de Valladolid por que debía considerase ya fija al no estar incluido el contrato de obra y servicio general entre las modalidades específicas para la Universidad que, junto con los de obra y servicio en general de las AAPP, figuran como excepción en el Estatuto General de los trabajadores a su límite de 3 años y la conversión en fijo en caso de superarlos. No se demandaba la fijeza. No implica cambio de jurisprudencia en el uso abusivo del contrato de obra y servicio en las AAPP y ni mucho menos en la prolongación del conrtato de interinidad de vacante

Recientemente se publicaba en el CENDOJ  la sentencia de 18/12/2020 de la Sala de lo Social [la que lleva los casos de personal público con contrato laboral así como la de los trabajadores de la emprea privada] del Tribunal Supremo al recurso de casación para la unificación de doctrina (nº 907/2018) que había presentado la Universidad de Valladolid contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Juticia de Castilla yLeón de 18/12/2017, que había estimado la demanda de despido improcedente de una Oficial de Laboratorio que encadenó durante 9 años contratos de obra y servicio con la Universidad hasta que fue despedida, tras finalizar un convenio de la Junta de Castilla y León con la Universidad para que éste realizara el servicio de cribado neonatal, que tras 25 años en la Universidad pasaba a realizarlo la Consejería de Sanidad directamente, con el despido sin indemnización alguna de los trabajadores de dicha unidad, a los que se comunicó , simplemente, el fin del último contrato de obra y servicio.

El Tribunal Superior de Justicia había estimado la demanda de despido improcedente presentada por la trabajadora tras su despido por:

  1. las funciones eran claramente permanentes - toda vez que llevaban 25 años desarrollándose en la Universidad- y el contrato  por tanto no era por tanto lícitamente temporal, pues era para funciones peramentens , con lo que su "finalización por terminación de la obra o servicio no está amparada en la normativa laboral" y se equipara a un despido improcedente, sin entrar en qué hubiera sucedido si por ejemplo se hubiera cubierto por una Oferta Pública de Empleo, es decir ,sin entrar si su naturaleza es de naturaleza similar al  indefinido no fijo o a al fijo
  2. es irrelevante que " normas legales y reglamentarias y convenios interadministrativos, pueda hipotéticamente variar en el futuro" para valorar que "cubrir tales necesidades" pueda ser "mediante contrataciones temporales"

La sentencia del Supremo confirma la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia regional, pero matiza que por razones ligeramente diferentes fundamentadas:

  • de conformidad con el Estatuto General de los Trabajadores, el contrato de trabajo de obra o servicio de la trabajadora debe entenderse que antes de su despido "se había transformado en un contrato indefinido" [fijo de verdad como veremos]

[Confilegal] El ministro de Función Pública muestra su intención de hacer frente al abuso de temporalidad en el empleo público, condenado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sentencias de fijeza en la Universidad de Alicante y petición de estabilidad defintiva por regularización administrativa como la mejor solución

Informa Confilegal este 27/93/2021 en una amplia noticia  que el nuevo Ministro de Función Pública, Miquel Iceta, afirmó en su comparecen cia en el Congreso que tiene la intención de resolver el problema de la bolsa de funcionarios interinos actuales larga temporalidad actual para lo que ya convocó la semana pasada a la  Comisión de Coordinación del Empleo Público de las AAPP, reseñando el medio que por ahora el ministro no se ha reunido con plataformas de afectados y que la bolsa enorme de interinose se ha acumulado tras incumplir España durante 22 años una Directiva de la Unión Europea así como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la que, precisamente, esta misma semana el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante ha sentenciado la fijeza a 16 funcionarios interinos de la Universidad de Alicante como sanción al abuso de temporalidad.

El medio recuerda que ante una situación de abuso de temporalidad, las sentencias del Tribunal Europeo han establecido que  no puede invocarse por las autoridades nacionales la normativa interna que  prohíbe la conversión a personal fijo sólo en el sector público si no se dispone de  otra medida efectiva para sancionar la utilización abusiva de contratos temporales, entendiendo que no es así el abogado de loss demandantes de la Univ.  Alicante,  el conocido abogado Javier Araúz, al que entrevista, y, quien sostiene que , dado que España no ha fijado medida sancionadora para el abuso en el sector público, procede pro tanto"la transformación de la relación temporal abusiva en una relación fija".

Recordatorio. XI Reunión del Foro de Interoperabilidad en Salud, organizada por la Sociedad Española de Informática de la Salud , el 14 y 15 de Abril con parte presencial en Vitoria, en su caso, y con formato virtual adicional

[Recordatorio de entrada publicada el 23/03/2021] Siguiendo su actual cronograma reorganizadode las actividades previstas para 2021 ante la evolución de la pandemia, la Sociedad Española de Informática de la Salud  organiza para los próxims 14 y 15 de  Abril la XI REunión del Foro de Interoperabilidad en Salud, en principio con una parte presencial en Vitoriaademás del formato virtual, y contará con la colaboración del Servicio de Salud de Asturias bajo el lema "La interoperabilidad como herramienta tractora de la transformación digital del Sistema Nacional de Salud".

Están abiertas tanto la inscripción presencial , supeditada a que finalmente sea posible en función de las autoridades sanitarias , como la virtual 

Segunda sentencia del Tribunal Supremo que concede la carrera profesional a un estatutario temporal del SERMAS repitiendo la primera del informático de 17/11/2020 y siguiendo su sentencia previa de 18/12/2018 en la que aplicaba la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal tras la sentencia del Tribunal Europeo "Centeno Meléndez". Reitera como doctrina que el personal temporal de la Administración Publica tiene el mismo derecho a la carrera profesional que el fijo y sin importar que la reclamación inicial no sea contra la denegación de una solicitud de carrera

 Recientemente el CENDOJ ha publicado la sentencia de 23/02/2021   de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo ,que viene a ser la segunda  sentencia de recurso de casación para la unificación de doctrina (en el rec. nº 2495/2019 ) que reconoce la  carrera profesional a un personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid. La primera sentencia en recurso de casación sobre el SERMAS  fue la dictada el 17/11/2020, en  el recurso (nº 4641/2018) de un informático nuestro y que tratamos aquí en otra entrada.


Recordemos que el Supremo ya  estableció en su trascendental sentencia de 18/12/2018, y tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto "Centeno Meléndez",  el derecho de un empleado público estatutario temporal del Instituto de Salud Catalán [ISC] a la carrera profesional sin discriminación alguna con el personal estatutario fijo del mismo ISC sin importar que la normativa regional y un acuerdo sindical excluyeran de la carrera al temporal, aplicando la cláusula 4ª del Acuerdo marco incluido en la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE , en aquel caso tras el recurso del estatutario temporal a la denegación de su solicitud ordinaria. Después el Supremo reiteraría esta sentencia, fijando doctrina, en su sentencias de otros estatutarios interinos de 21/02/2019  (recurso 1805/2017), de 25/02/2019 (recurso 4336/2017) y de 06/03/2019  (recurso nº 5927/2017) , y ya por fin, en su sentencia de 06/03/2019  (recurso número 2595/2017) a  otros tipos de empleados públicos: funcionarios y personal laboral.

Ahora, se trata del caso de otra estatutaria  temporal interina [de vacante] 12 años en el SERMAS,  facultativo odontóloga, que en  Julio de 2016 presentó con el despacho de Javier de Araúz, siguiendo una iniciativa del sindicato médico AMYTS, la misma demanda que otros empleados del SERMAS, (entre ellos 21 informáticos por esta asociación): una  demanda

domingo, 28 de marzo de 2021

Entradas más vistas de la semana 22/03/2021-28/03/2021 en este blog: este blog: el Ministro de Función Pública repite en el Senado que para los temporales de larga duración ampliará los procesos de estabilización promoviendo la estabilidad del interino, sentencia de fijeza a 16 funcionarios interinos de la Universidad de Alicante, PNL aprobada en Asturias que insta a su Gobierno a que se dirija al nacional para que haga una regularización administrativa de los temporales de larga duración, ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

 

[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid amplía a dos zonas básicas de salud y seis localidades las limitaciones de movilidad por COVID-19 El lunes 29 de marzo comienzan las restricciones en las zonas de Vicálvaro-Artilleros y Valdebernardo, en el distrito de Vicálvaro de la capital ' [Criterios: 'umbral superior a 350 casos, observación de transmisión comunitaria y la tendencia creciente'.]

'La Comunidad de Madrid va a ampliar las restricciones de movilidad por el coronavirus a dos nuevas zonas básicas de salud (ZBS) y seis localidades, por lo que a partir de este lunes no se podrá entrar y salir de ellas, excepto por causa justificada.

De este modo, a partir de las 00:00 horas del lunes 29 de marzo y hasta las 00:00 horas del lunes 12 de abril, quedarán restringidas las zonas básicas de salud de Vicálvaro-Artilleros y Valdebernardo, ambas en el distrito de Vicálvaro de Madrid capital y en las localidades de Paracuellos de Jarama, Villanueva de la Cañada, Navas del Rey, Santos de la Humosa, Torrejón de Velasco y Chapinería. Así lo han anunciado hoy el viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, que han informado en su comparecencia desde la Consejería de Sanidad sobre la situación epidemiológica y asistencial de la región.

Además, hasta las 00:00 horas del lunes 5 de abril seguirán con restricciones de movilidad las zonas básicas de salud de Núñez Morgado en el distrito de Chamartín; Virgen de Begoña en el distrito de Fuencarral-El Pardo, ambas en Madrid capital; la zona básica de salud de Valle de la Oliva, en el municipio de Majadahonda, y la localidad de Navacerrada.

viernes, 26 de marzo de 2021

Respuesta del Gobierno del Estado a pregunta del senador de Compromís sobre si España cumple con la Directiva 1999/70/CE sobre empleo temporal: "el ordenamiento jurídico español se adapta adecuadamente a la Directiva" , los pronunciamientos del Tribunal Europeo "son favorables" o "remiten a los órganos jurisdiccionales nacionales".

 El Senador de Compromís, Carles Mulet ,registró el pasado 11/02/2021, además de la pregunta sobre el veto a su Proposición de ley  cuya respuesta del Gobierno que hemos cubierto en la anterior entrada, otra pregunta de respuesta escrita (la nº 684/33496 ) en la que el Senador volvía a preguntar sobre el cumplimiento de España de la Directiva europea sobre empleo temporal.

 

Esta pregunta del Senador de respuesta escrita en concreto rezaba:

  • "¿Tiene el Gobierno intención de cumplir la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada?"
  • "¿cómo llevan la idea de aplicarla?"
  • "¿Está obligada España a cumplir con las Directivas? ¿Para cuándo esta?"
Y la respuesta recibida del Gobierno , fechada hoy el 26/03/2021 es, literalmente (las negritas cursivas son nuestras):

Respuesta del Gobierno del Estado a pregunta del senador de Compromís tras el veto del Gobierno a su Proposición de Ley para regularizar al empleado temporal público más de 3 años por la opción del concurso de méritos según el artículo 61 del EBEP con méritos sólo la antigüedad en puesto: es "incompatible" con las "normas constitucionales", el Ministerio de Función Pública "trabaja para poder dar una respuesta dentro de los límites de la Constitución" y "se estudian distintas opciones para disminuir la temporalidad actualmente existente".

 El Senador de Compromís, Carles Mulet , registró el pasado 11/02/2021(por su Grupo del Senado de e Izquierda Confederal), una  preguntas de contestación escrita y una solicitud de informe tras haber visto cómo su iniciativa de Proposición de Ley de  conversión de las relaciones temporales abusivas en relaciones fijas, para el "personal que se encuentren  en plazas  desempeñadas interina o temporalmente durante tres o más años" en cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE  fue  vetada por  el Gobierno del Estado, con la excusa de que la realización del Concurso al menos en la Administración General del Estado, supondría un incremento de gasto sobre lo ya presupuestado de, "al menos, 1,8 millones de euros", siempre, según el Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

En esa proposición no de ley , la primera de las dos presentadas y ambas vetadas, el Senador planteaba como opción para esa regularización:

  • una consolidación extraordinaria por concurso de méritos por el ariculo 61 del eBEP [por tanto, de libre concurrencia] con la antigüedad en el puesto como méritos según el artículo 61 del Estatuto Básico de Empleado Público"

a la que el Senado añadió como texto alternativo  posterior el mismo con la opción adicional de:

(luego en la segunda de las proposiciones de ley vetadas añadiría dos opcione más)

El veto del gobierno de la pregunta ahora contestada había sido presentado teniendo en cuenta el texto original ,es decir, sólo un concurso de méritos por artículo 61 del EBEP , por tanto por su artículo 61.1 de libre concurrencia, con los méritos por la antigüedad en el puesto (para que fuera una regularización del personal en abuso)

 

En la pregunta del Senador de respuesta escrita (nº 684/33495 ) en concreto rezaba:

    1. "¿Cómo ha calculado el Gobierno el coste en créditos presupuestarios de al menos 1.800.000 euros , en base a qué informe o estudios ha calculado esa cantidad , a nuestro parecer completamente arbitrario e irreal?"
    2. "¿1,8 millones de euros de supuesto gasto presupuestario es inasumible en unos PGE cuando estamos hablando de solucionar la situación de miles y miles de trabajadores y trabajadoras del sector público?"
    3. "¿No tienen rubor por este tipo de comportamientos que coartan la función legislativa del Senado?"

 

 Y la respuesta recibida del Gobierno , fechada el 26/03/2021 es, literalmente (las negritas cursivas son nuestras):

[Crónica Global] La Generalitat catalana continúa con las convocatorias de OPE de puestos de las 300 trabajadoras sociales interinas, algunas más de 30 años temporales, pese a la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 por la que su situación sería de abuso de temporalidad

Informa Crónica Global este 26/03/2021 que finalmente [el Gobierno en funciones de] la Generalitat de Cataluña ha decidido continuar con la convocatoria de  oposiciones ,  fijando la fecha del examen para el 14 de abril,  con los puestos de las más de 300  trabajadoras sociales, algunas de ellas con más de 30 años de temporalidad tras varias décadas sin realizarse convocatorias de procesos selectivos, y que son trabajadoras en su mayoría mujeres de más de 50 años que se exponen ahora a un cese sin indemnización si no superan el proceso competitivo libre de sus puestos.

La propietaria de HCIS, DXC, recurrió la adjudicación al actual propietario de Selene, CGM, del concurso millonario del Servicio Madrileño de Salud para extender al H. Clínico San Carlos esa Historia Clínica Electrónica implantada en los "hospitales digitales" inagurados en 2008 en lugar de la solución HCIS elegida para el resto de los 5 grandes hospitales del SERMAS. El recurso ha sido desestimado y se ha formalizado el contrato con CGM

El pasado 30/12/2020 la Comunidad de Madrid publicaba la adjudicación  al actual propietario de Selene, CGM, del concurso millonario para extender al H. Clínico San Carlos esa Historia Clínica Electrónica implantada en los "hospitales digitales" inagurados en 2008 en lugar de la solución HCIS elegida para el resto de los 5 grandes hospitales del SERMAS , tal y como ya cubrimos en otra entrada aquí.

El adjudicatario era por tanto CGM CLINICAL ESPAÑA, S.L  la filial española del propietario actual de Selene (que ya denomina "CGM Selene"), CompuGroup Medical , tras su reciente compra a Cerner , que a su vez lo había comprado en  2014 a su fabricante original, Siemens. El importe de adjudicación a CGM del concurso del SERMAS es de casi 3,9 millones de euros. Recordemos que el concurso público contaba con un plazo de ejecución de 2 años , sin posibilidad de prórroga, y con fecha prevista de inicio en un principio 1/02/2021 y un presupuesto base de 4 millones y medio de euros

Como ya expusimos,. DXC, el propietario de HCIS, quizás sorprendentemente al ser la solución competidora Selene la implantada en dichos hospitales digitales, también se presentó al concurso. Y DXC  interpuso el 04/01/2021 recurso en el Tribunal Administrativo de Contratación Pública, lo que implicaba la automática suspensión de la contratación.

[SATSE] 'Ocho medidas para acabar con la temporalidad en el SNS. Un estudio de SATSE concluye que una de cada tres enfermeras y enfermeros en nuestro país tiene un contrato temporal, lo que supone que miles de profesionales siguen viviendo en una situación de precariedad, indefensión e incertidumbre continua' [Propone la resolución de las OPE de estabilización ya convocadas pendientes y la publicación de nuevas convocatorias]

'El Sindicato de Enfermería, SATSE, ha subrayado que España no puede seguir estando en el “punto de mira” de la Unión Europea por su inaceptable tasa de temporalidad en el sector público, y, por ello, ha reclamado a los Gobiernos estatal y de las comunidades autónomas la adopción con carácter urgente de ocho grandes actuaciones que lograrían atajar este grave problema laboral que afecta especialmente a las enfermeras, enfermeros y fisioterapeutas.

SATSE recuerda que la situación de elevada temporalidad que Bruselas pide ahora que se solucione para que nuestro país pueda recibir las ayudas europeas por la Covid-19 es un problema que sufren los profesionales sanitarios desde hace décadas, y que se debe al escaso interés de las diferentes administraciones públicas de garantizar puestos de trabajo más estables y dignos.

“El abuso de la contratación temporal de profesionales sanitarios es una práctica habitual de todos los servicios de salud que ellos mismos han incentivado por razones motivadas únicamente por un supuesto ahorro económico a corto plazo que, al final, nos resulta más caro a todos y todas al traducirse en una atención sanitaria y cuidados menos seguros y eficientes y de peor calidad”, apuntan desde la organización sindical ante la elevada rotación de profesionales y trasiego permanente de centros y servicios.

 

[Gob. de Murcia] '8,2 millones para el mantenimiento y soporte de la aplicación informática Selene en el Servicio Murciano de Salud'

'El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Salud, ha dado el visto bueno a la contratación de servicios de la aplicación informática Selene en el ámbito del Servicio Murciano de Salud (SMS) con un presupuesto de 8.223.500 euros.

El objeto del concurso es la contratación de los servicios necesarios para el correcto funcionamiento de la aplicación Selene y su continua adaptación a la evolución requerida dentro del plan estratégico en tecnologías de la información y el proceso de transformación digital del SMS. Se incluye la configuración, parametrización, implantación, soporte, mantenimiento, integración, evolución y desarrollo de la citada aplicación.

jueves, 25 de marzo de 2021

[Ministerio de P.T. y Función Pública] La Comisión de Coordinación del Empleo Público comienza a trabajar con el objetivo de reducir la temporalidad. Reunión de representantes de todas las administraciones públicas' [Abordado: Reforma del art. 10 del Estatuto Básico del Empleado Público para evitar abuso "de cara al futuro"; para las "bolsas de interinos" actuales las AAPP se han comprometido a "aportar datos" de "cara a comenzar" a adoptar decisiones"]

 'La Comisión de Coordinación del Empleo Público, dependiente de la Conferencia Sectorial de Administración Pública, ha celebrado hoy su primera reunión, enfocada a iniciar el camino para reducir la temporalidad en las administraciones públicas.

En la reunión celebrada hoy han participado representantes de los ministerios de Política Territorial y Función Pública y de Hacienda junto a representantes de las comunidades autónomas y de las entidades locales, a través de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).

Entre los asuntos abordados figura la reforma del artículo 10 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, como vía para solucionar el abuso de la temporalidad y el mal uso de la interinidad de cara a un futuro más estable en el conjunto de las administraciones públicas.

[Arauz] Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante sentencia fijeza a 16 funcionarios interinos de la Universidad de Alicante como sanción al abuso de temporalidad en el empleo público aplicando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. "Si la legislación no ha fijado una medida sancionadora en el sector público, procede la transformación de la relación temporal abusiva en una relación fija"

'El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Alicante, ha dictado seis sentencias por las que hace fijos a 16 funcionarios interinos de la Universidad de Alicante, condenando a esta Universidad a reconocerles el derecho a permanecer en el puesto de trabajo que actualmente desempeñan con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad que rige para los funcionarios de carrera comparables, aunque sin adquirir la condición de funcionario de carrera. 

La sentencia no solo se apoya en los argumentos del anterior fallo de este mismo Juzgado, sino que, además, confirma lo que el Despacho Araúz de Robles venía sosteniendo en cuanto a que el Auto del TJUE de 30 de septiembre de 2020, asunto Gondomar; y la STJUE de 11 de febrero de 2021, asunto C-770/18, confirman con rotundidad que si la Legislación de un Estado miembro no ha fijado una medida sancionadora para acabar con la precarización de los empleados del sector público, procede la transformación de la relación temporal abusiva en una relación fija, sin que pueda invocarse por las autoridades nacionales la normativa interna que solo en este sector prohíbe esta conversión, ya que para que opere una prohibición de este tipo, es necesario que la Legislación nacional prevea en este Sector público -y la Legislación española no la prevé – otra medida efectiva para sancionar la utilización abusiva de contratos temporales. 

IMPORTANTE [El Diario.es] Un informe firmado por la expresidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas, afirma que es constitucional una reforma legal que regule la conversión en personal fijo "a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad para dar cumplimiento a la normativa y sentencias europeas

Informa El Diario.es este 25/03/2021 que María Emilia Casas, ex-presidenta del Tribunal Constitucional y catedrática de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), ha firmado un informe con su actual gabinenete jurídico "Ejaso" en el que afirma que:

  • es constitucional una reforma legal que convierta en personal fijo "a extinguir" en nueva categoría de "personal estabilizado con carácter indefinido" a  los empleados públicos en situación de abuso de temporalidad
  • niega que se vulneren los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público dado que ya tuvieron que satisfacerse, a excepción de determinados casos, para el acceso al puesto temporal
  • es la mejor forma para dar cumplimiento por los legisladores nacionales a la normativa y sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea , como la sentencia de 19/03/2020 

 

[ADDITAE] Carta a la Presidenta de la Comisión Europea y al Vicepresidente de la Comisión Europea encargado de los fondos de recuperación ante la pandemia: España pretende satisfacer de una forma "perversa" y contraria al Derecho de la UE la exigencia de la UE para recibirlos fondos de reducir la temporalidad en el sector público ": los procesos de estabilización son procesos selectivos con los puestos del propio personal en abuso de futuro incierto para el abusado, que cesa sin indemnización, y han sido declarados que no son medida válida de reparación al abuso por el Tribunal Europeo en la sentencia de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz". Se pide que "se aseguren que de forma efectiva, el Gobierno de España efectúa medidas correctoras que sean conformes al Derecho de la Unión"

'Tenemos el placer de dirigirnos a ustedes con motivo de las próximas actuaciones del Plan Next Generation EU y la financiación que se otorgará al Reino de España, tanto en forma de transferencias como de préstamos. Sin duda España necesita esa financiación. Pero no es menos cierto que, nuestros socios europeos esperan de nuestro país medidas transformadoras y un exquisito respeto a las normas de juego, particularmente a las normas jurídicas, el Derecho de la Unión, que permitirá conseguir una Europa Social, avanzada, y cohesionada en su papel de líder mundial.'

[..] ' España todavía no ha transpuesto al Sector Público el Acuerdo Marco consecuencia de la Directiva 1999/70/CE.

Esa falta de transposición ha generado una situación de temporalidad en el empleo del sector público insoportable.

En el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia presentado por el Gobierno de España como soporte a las ayudas que, enmarcadas en el Plan Next Generation EU, España aspira a recibir, y dentro del apartado 4 de las políticas palanca planteadas, denominado “Una Administración para el siglo XXI”, que tiene asignada un 5% de los fondos que se hagan disponibles, se aboga por un “ Plan de modernización de las Administraciones Públicas, con el fin de mejorar la eficiencia de los recursos humanos reduciendo los altos niveles de temporalidad y precariedad y flexibilizando la gestión de los recursos humanos a las administraciones...”.

El Senador Carles Mulet de Compromís registra pregunta al Gobierno, tras el anuncio del Ministro de Función Pública de que España debe reducir la temporalidad en las AAPP para poder recibir los fondos de recuperación y que lo hará "ampliando los procesos de estabilización" existentes, de si piensa solicitar financiación a la Unión Europea para arreglar un problema como le exige la UE con medidas contrarias al derecho de la UE

El Senador de Compromís, Carles Mulet ,  tras las declaraciones en el Senado del Ministro de Función Pública de que ha incluido  en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ya presentado por España a la Comisión Europea,  una  reducción de elevada temporalidad que le exige la Comisión Europea para poder optar a los monumentales  [140 mil millones de euros] fondos de recuperación económica , y que esta reducción se apoya en una "nueva ampliación de los procesos de estabilización" [es decir, los procesos que ofertan los puestos temporales de ya más de 6 años aprocesos selectivos convencionales sin derecho ni a indemnización al personal temporal de larga duración cuyos puestos se convocan],  ha registrado una  pregunta de contestación escrita (nº 684/38077 y la aparentemente duplicada nº 684/38078 ):

  • "En vista de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 19 de marzo de 2020, dictada en el caso Sánchez Ruiz, dijo que la organización de procesos selectivos no resulta adecuada para sancionar debidamente la utilización abusiva de tales relaciones de servicio ni para eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión , se pregunta al Gobierno

    ¿Pretende solicitar financiación a Europa para intentar arreglar un problema mediante medidas contrarias al Derecho de la Unión"


[Europa Press] El Ministro de Función Pública, Miquel Iceta, se reúne este jueves 25 de Marzo con las CCAA y la Federación Española de Municipios y Provincias para trasladar sus propuestas concretas para reducir la elevada temporalidad

Informaba Europa Pess este 24/03/2021 que tal y como anunció en comparecencia del Congreso la semana pasada, el Ministro de Función Pública, Miquel Iceta, ha confirmado en el Senado que este jueves 25 de marzo se reúne con las CCAA y a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) en la Comisión coordinadora de empleo público de las AAPP para trasladar sus propuestas concretas para reducir la elevada temporalidad.

NOTA DEL EDITOR: recordemos que en las comparecencias del Congreso y Senado se limitó a decir en genérico que se propone hacer:

[AMYTS/UGT] Informe de la Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid de 24/03/2021 [acuerdo de Teletrabajo en el SERMAS; renovación de contratos COVID hasta fin de año, las convocatorias de Médicos de Urgencias seguirán paralizadas...]

Informa AMYTS este 24/03/2021 de la reunión ordinaria de Marzo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que tuvo lugar el mismo día, aportando el sindicato médico madrileño su habitual resumen nuevamente de forma abierta, y el Sector de Sanidad de la Federación de Servicios Públicos de UGT nos ha hecho llegar su habitual "Informa". Destacamos de la información de ambos:

  • se ha llegado a un Acuerdo sobre implantación de Teletrabajo en los
    centros sanitarios del SERMAS
  • renovación de los 11.300 "contratos COVID" que caducan el 30/06/2021  Se plantea renovación hasta el 31 de diciembre de 2021.
  • ruegos y preguntas:
    • CCOO pregunta por la fecha de examen de la OPE de la categoría de médicos de urgencias hospitalarias [ recordemos que una situación casi idéntica a la de los informáticos del SERMAS con cerca del 90% de temporalidad y muchos de hasta 20 años, al no haberse desarrollado procesos selectivos del SERMAS en todo ese tiempo, y que al igual que los informáticos , reclaman  ante su situación excepcional de abuso incompatible con la normativa europea un procedimiento especial de consolidación directa por mérito y han presentado numerosas demandas judiciales contra el SERMAS] UGT "exige" su  convocatoria inmediata "antes de que se produzca su caducidad":

      RRHH del SERMAS sigue manteniendo que no va resolver esa OPE "mientras no se determine" por el Ministerio si se crea la especialidad, informando que las CCAA están emplazadas a plantear las opiniones sobre ella.

[Somos Sindicalistas] 'Comunicado de prensa ante la respuesta dada por la Autoridad Laboral Europea en relación a los interinos.'

 [Comunicado en PDF]

 

[Gob. C. de Madrid] 'La Comunidad de Madrid aprueba el proyecto definitivo para la reforma integral del Hospital La Paz, que se mantendrá en su ubicación actual Díaz Ayuso ha explicado que el plazo de las obras se reducirá gracias al apoyo asistencial del Hospital público Enfermera Isabel Zendal'

'El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado hoy el proyecto definitivo de la reforma integral del Complejo Hospitalario Universitario La Paz tras ser informado de la adjudicación del concurso para la redacción del plan arquitectónico y dirección de obra del centro público, que permanecerá en su ubicación actual.

Así lo ha explicado la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en rueda de prensa posterior al Consejo, celebrado de forma extraordinaria en Aranjuez, donde ha explicado que la decisión final del proyecto “ha tardado más” porque se quería comprobar previamente si la ubicación era la mejor teniendo en cuenta otras posibilidades como, por ejemplo, “Madrid Nuevo Norte, otro gran proyecto que ahora mismo está en el futuro de todos”. “Pero, finalmente, gracias al Hospital Enfermera Isabel Zendal, hemos decidido y se ha visto que es posible adelantar sus obras y agilizarlas”, ha añadido.

miércoles, 24 de marzo de 2021

Debate en el parlamento asturiano de la Proposición No de Ley de Podemos Asturias para, según su texto inicial, instar al Gobierno regional la paralización de los procesos de estabilización con los puestos de los empleados públicos en abuso de temporalidad y la aprobación de una regularización administrativa que los mantenga en sus puestos, para dar cumplimiento a la normativa y sentencias europeas. Se aprueba, con la abstención de PSOE del Gobierno regional, una PNL modificada para que el Gobierno regional se "dirija" al nacional para pedirle que "impulse" modificaciones legales que permitam esos puntos además de una comprobación de los puestos en fraude de temporalidad. Los grupos coinciden en que es un fraude de ley condenado por sentencia europea y el Gobierno del Estado debe acometer una reforma urgente porque "están en riesgo" los fondos europeos de recuperación.

Hoy 24/03/2021 tenía lugar (en el asunto nº 22) en el Pleno del parlamento de Asturias (o "Junta General del Principado de Asturias") el debate y votación de la  Proposición No de Ley (expdte nº 11/0178/0410/12564) que registró el grupo parlamentario de  Podemos en Asturias el pasado 0/03/2021 sobre "abuso de la temporalidad laboral en el ámbito del sector público de Asturias" y que pide la paralización de los procesos de estabilización con los puestos de los empleados públicos en abuso de temporalidad y la aprobación de una regularización administrativa que los mantenga en sus puestos, para dar cumplimiento a la normativa y jurisprudencia europea.

 

En concreto, según su texto original [PDF]] (publicada en el Boletín Oficial de la Junta Gral  B,. nº 667, de 16/03/2021), la parte dispositiva siempre del texto original propuesto por Podeomos, rezaba,  motivado por la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el incunplimiento en el empleo público español de la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE:

"La Junta General del Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a:

1. La paralización de los procesos de estabilización y consolidación de empleo público que incluyan plazas ocupadas por personal temporal en abuso de temporalidad, lo cual halla su aval y soporte normativo en el artículo 11 del Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de julio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación
económica, artículo que viene a evitar la caducidad de las Ofertas Públicas de Empleo de los años 2017 y 2018.

2. La aprobación de la regularización administrativa de los empleados públicos en abuso de temporalidad manteniéndolos en sus puestos de trabajo, habida cuenta de que previo a su nombramiento como personal temporal ya superaron procesos selectivos para el ingreso en la función pública de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad".

 

[Somos Sindicalistas] La Autoridad Laboral Europea respondea denuncia sobre abuso de temporalidad enel empleo público español que la Comisión Europea está investigando y mantiene abierto un procedimiento de infracción, y que le ha dado traslado de su denuncia

Informa el sindicato Somos Sindicalistas este 23/03/2021 que denunció ante la Autoridad Laboral Europea [ELA] la problemática de abuso de temporalidad en el empleo público español los riesgos como consecuencia de ello -, y que ha recibido contestación de dicha autoridad europea  en la que se le informa, entre otras cosas, que:

  • la Comisión Europea es "consciente de la situación de los trabajadores temporales del sector público español" y mantiene abierto un procedimiento de infracción sobre la "potencial incompatibilidad" de la ley nacional española con la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE
  • dará traslado a la Comisión Europea de su denuncia y le trasladará a suvez la respuesta de la Comisión
 
El sindicato, en un vídeo colgado en su entrada, informa que ha sido asistido por en esta denuncia europea por el conocido abogado Josep Jover y valora muy positivamente esta respuesta, por lo que puede suponer de suma de denuncias a la Comisión en este momento tan oportuno que España pretende reducir la elevada temporalidad en el empleo público español para poder recibir los fondos de recuperación de la Unión Europea sin reconocer el abuso de temporalidad ni por tanto aplicar ninguna medida de sanción al abuso YA EXISTENTE.

[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO Sanidad Madrid elige a Mariano Martín-Maestro como nuevo secretario general para dirigir la federación durante los próximos cuatro años'

'La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Madrid ha elegido a Mariano Martín-Maestro como nuevo secretario general del sindicato con mayor representación del área sanitaria y sociosanitaria de la Comunidad de Madrid. Durante el XII Congreso celebrado durante los días 22 y 23 marzo, los cien compromisarios con derecho a voto han refrendado la candidatura única con un 99% de los votos.

Mariano Martín-Maestro, de 47 años, hasta ahora coordinador de Acción Sindical de la federación, lleva más de 20 años trabajando en la sanidad pública madrileña. Aprobó su oposición como personal laboral de la Comunidad de Madrid y comenzó su andadura profesional y sindical en el Hospital de Cantoblanco, hoy dependiente del órgano de gestión del Hospital Universitario La Paz.

[Comunicación Poder Judicial] 'El Tribunal Supremo deniega la suspensión cautelar del cierre perimetral de Madrid solicitada por VOX La Sala denegó el pasado 18 de marzo de 2021 la suspensión cautelarísima del Decreto solicitada por los recurrentes y dio un plazo a la Comunidad Autónoma de Madrid y al Abogado del Estado hasta las 14:00 horas del 23 de marzo para presentar sus alegaciones'

 'La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha denegado la suspensión cautelar pedida por el grupo parlamentario VOX y por su portavoz, Rocío Monasterio, del Decreto 22/2021, de 12 de marzo, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, que estableció el cierre perimetral de la comunidad autónoma durante el Puente de San José y Semana Santa en los términos aprobados para todas las comunidades, excepto Baleares y Canarias, por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 10 de marzo dentro de las medidas frente al COVID.

martes, 23 de marzo de 2021

El Ministro de Función Pública ante pregunta del Grupo Socialista sobre medidas previstas para dar respuesta a la situación de los interinos de la AAPP, repite en el Senado lo que dijo en el Congreso: 1. reforma de EBEP para evitar nuevas bolsas de temporalidad que obligue a cubrir de forma fija el puesto estructural 2. nueva ampliación de los procesos de estabilización [acordados en 2017-8 por Montoro con los sindicatos] que "han ido más lento de lo esperado" 3. en estos procesos de estabilización, "promover", con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, la estabilización del interino. La senadora del PSOE pide que se tenga en cuenta que muchos tienen complicado preparar un proceos de oposicion y que la mayor parte accedieron por procesos basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad. El Ministro anuncia que el Jueves reúne a la Comisíón de Recursos Humanos de las AAPP para "ponerse en marcha" en cuanto a medidas concretas

Este Martes 23 de Marzo desde las 16:00 había sesión de Control al Gobierno en el Pleno del Senado, y tal y como estaba previsto, tenía lugar una  pregunta del propio Grupo parlamentario Socialista en el Senado (nº 680/361), a cargo de la senadora del PSOE María Ángeles Luna : "¿Qué acciones tiene previstas el Ministerio de Política Territorial y Función Pública para dar respuesta a la situación de los  funcionarios interinos de la administración pública?"

El pleno pudo seguirse en este enlace. [Retransmisión íntegra de la parte de la sesión con la pregunta]

En el turno de formulación de la pregunta [vídeo, audio íntegro] con el que ya consumió su tiempo de 3 minutos, la senadora del PSOE culpó del problema de "la elevada temporalidad en la función pública"al anterior gobierno nacional del Partido Popular "encabezado por el señor Rajoy" y sus políticas de limitación de ls OPES y a la tasa de reposición.  Acabó señalando que "no podemos pasar por alto que la mayoría de estos empleados públicos, en gran parte además mujeres, accedieron a la interinidad por procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad" y que muchos años después "tienen complicado preparar un proceso de oposición", lo que habría que "valorarse en su justa medida" pidiendo que se tenga en cuenta a la hora  de buscar "soluciones para consolidar la experiencia acumulada de estas personas".

 

Como exige el reglamento, respondió  el propio Ministro de Función Pública, Miquel Iceta, quien  en su primer y único turno al consumir los 3 minutos en disponibles para dos posibles turnos, el Ministro dijo [vídeo, audio íntegro]: