- Cuerpos Generales: 722
- Escala Técnica de Gestión de OOAA: 9
- Escala de Gestión de OOAA: 4
- Gestión de Administración Civil del Estado:220
- Cuerpo General Administrativo del Estado:1
- Cuerpo General Auxiliar Administrativo del Estado: 488
- Cuerpos Especiales: 71
- Cuerpo Superior Técnico de Instituciones Penitenciarias:22
- Cuerpo Ayudante de Instituciones Penitenciarias:7
- Escala de Médicos- Inspectores de la SS: 39
- Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OOAA:3
- Personal Estatutario: 90
- Red Hospitalaria de Defensa: 77
- INGESA:11
- Organización Nacional de Transplantes:2
- Personal Laboral fuera de Convenio:1
CSIF solicita la concreción de los Organismos en los que se encuentran dichas plazas y su
localización, a lo que la Administración manifiesta no conocer aún este dato, con lo que nos es
imposible comprobar si se cuantifican todas las plazas que deberían convocarse.
CSIF, en la misma línea que ha mantenido siempre, exige la convocatoria de un concurso de traslados previo para el personal de carrera que la Administración se niega a establecer.
La Administración tampoco garantiza la convocatoria de los procesos pendientes después de 31-12-
23, pese a las reiteradas peticiones de CSIF, ratificándose en que el RDL establece expresamente la
convocatoria antes de esta fecha, quedando desprotegidos los posibles retrasos imputables
únicamente a la Administración. Recordaos que hay procesos aun no concluidos, por lo que su
convocatoria en este plazo sería imposible.
La Administración comunica que las plazas se convocarán preferentemente en la misma localidad de
origen de la plaza estructural.
Este proceso es el colofón al marco legal establecido unilateralmente por la Administración en la Ley20/2021 y en el RDL 5/2023. Ninguna de estas disposiciones legales ha sido negociada con las
Organizaciones Sindicales y son de ejecución obligatoria, por lo que carece de coherencia avalar con
la firma de CSIF este acuerdo que supondría asumir las deficiencias antes mencionadas y de
responsabilidad exclusiva de la Administración.
El acuerdo se ha alcanzado en la Mesa General de Negociación de la AGE (art, 36.3 del TREBEP)
con el beneplácito de UGT y CCOO pese a que ambas organizaciones en su día no avalaron lo
dispuesto en las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021 que establece las condiciones
de acceso para esta tasa adicional (concurso).
CSIF vigilará el estricto cumplimiento de la Ley en la Comisión Técnica de Temporalidad y Empleo,
como la Organización más representativa en dicha mesa.
Fuente: Nota del sector de Adminstración General del Estado de CSIF Nacional de 22/12/2023
Resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros
NOTA DEL EDITOR: recordemos que el artículo 217 del RDL 5/2023 establece un nuevo concurso de méritos (de "repesca" o "escoba") de los de la Ley 20/2021, en un número equivalente al de "plazas ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021, por personal con una relación de esa naturaleza, que no hubieran superado un proceso de estabilización convocado por sistema selectivo distinto al previsto en dicha disposición adicional octava" [es decir, distinto al de concurso de méritos].
NOTA DEL EDITOR: recordemos que la AGE publicó en 2022 4 mil plazas en la la OPE de estabilización de las AAPP responsabilidad del Estado correspondiente a la Ley 20/2021 , incluyendo plazas de OPEs anteriores que no estaban convocadas, pero no plazas en convocatorias ya iniciadas, destacando las de administrativos y gestión del SEPE, Seguridad Social, etc que acabaron con ceses masivos este mismo año de 2023
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9 comentarios:
¿Y la administración de la C. de Madrid no publica concurso de méritos por RDL5/23? ¿Es que no tenía ninguna plaza de temporales de antes de 2016 convocada a oposiciones? ¿O es que todos las superaron?
primero hay que resolver esas OPE concurso/ oposición.
¿Y el Servicio Madrileño de Salud? Ya resolvieron las OPE concurso/oposición anteriores
¿Como van a haber resuelto las OPE anteriores si la fase de oposición es en marzo? -:S
Desde cuándo cumplir una ley es decir cumplir la da8 se hace según la celeridad no de resolver las opos. Todas las plazas anteriores al 2016 deben si o si ir a méritos y no depende de si hay suspensos o no
En Aragón aún es todavía más lamentable. Aquí antes los unos no quisieron, junto con los sindicatos, y ahora como era previsible tampoco los otros.....con los sindicatos tambien.
Felices Fiestas precarias.
11:47 Desde cuándo cumplir la ley es la única opción para la Administración?
Tenemos sobrados motivos a estas alturas para saber que la Administración puede cumplir la ley, o no. Es más, frente a ese no cumplimiento, y ya reconocido por la justicia española, no existe sanción.
11:43 Eso, son las convocadas en Junio de 2021 de la OPE 2018 de estabilización, pero ya se resolvieron todos los procesos por concurso/oposición de la OPE 2017 de estabilización, y después de la entrada en vigor de la ley 20/2021
Bueno, bueno, CSIF nacional dice que el RDL5/2023 es "de ejecución obligatoria"
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