viernes, 31 de diciembre de 2021

Entradas más vistas en el blog durante el año 2021

Según las estadísticas del blog, las entradas más vistas durante los últimos 12 meses en este blog han sido:

Recordatorio. [ASEPAT] El Parlamento Europeo acepta estudiar una petición denunciando que el Real Decreto-Ley 14/2021 no cumple con la normativa y jurisprudencia europeas. Campaña de adhesiones masivas a la petición 0774/2021

 [Recordatorio de entrada publicada el 13/12/2021] Informa este 10/12/2021 en su cuenta de twitter ASEPAT , la Asociación de Empleados Públicos en abuso de temporalidad de Cádiz miembro de la Coordinadora Andaluza de Emplead@s Públicos en Abuso de la Temporalidad [CAEPAT], que la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo ha decidido estudiar la petición 0774/2021 formulada por ASEPAT, por  la que se denuncia ante este órgano del Parlamento Euroeo que el Real Decreto-ley 2014/21 o “Icetazo”  incumple la normativa de la Unión Europea

En concreto, según el resumen de la Comisión de Peticiones:

"El peticionario denuncia la desprotección de los trabajadores interinos. Denuncia la ineficacia del Decreto de Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicado el 7 de julio de 2021 y que entro en vigor el 8 de julio de 2021. Denuncia que no cumple con la Directiva 1999/70/CE, ni con las sentencias y autos del TJUE a favor de la consolidación de los trabajadores interinos."

[Parlamento Europeo] 'Petición n.º 0832/2021, presentada por Juan Ignacio Navas Marqués, de nacionalidad española, en nombre de Empleados Públicos en Abuso (EPA), sobre la temporalidad en el sector público español '

 'Resumen de la petición  

El peticionario denuncia la situación de indefensión de los empleados públicos en situación de temporalidad. 

Denuncia que tras resolverse la cuestión prejudicial (Asunto C -729/19) en fecha 2 de junio de 2021, el Tribunal Supremo ha rectificado la doctrina establecida y ha dictaminado que el personal laboral que lleva prestando sus servicios por un periodo superior a 3 años, pasa a ostentar la condición de indefinido, pero considerándose no fijo. 

Esta consideración es totalmente insuficiente según él, ya que esta conversión de un contrato temporal en un contrato indefinido no fijo sigue perjudicando gravemente al trabajador que ha sufrido durante años el abuso de la temporalidad en su puesto de trabajo, ya que puede ser despedido del mismo modo que un trabajador temporal y, además, es susceptible de perder su plaza por una convocatoria pública de la misma que no le reconocería ningún derecho. 

El Ministerio de Educación abre trámite de audiencia pública a su Prouecto de Decreto Ley con la baremación para docentes no universitarios del concurso de méritos extraordinario al que obliga en todo el sector público la nueva ley 20/2021 de reducción de la temporalidad: la antigüedad en cualquier CCAA puntúa igual, el 46% del total y en un máximo de 10 años, se valora hasta en un 33% haber superado la fase de oposición en convocatorias para fijo desde 2012

 El Ministerio de Educación, una vez entrada en vigor la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad pública, acaba de abrir trámite para realizar aportaciones hasta el próximo 21/01/2021 al  Proyecto de Real Decreto "por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero" sobre el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes"  bajo la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley". 10 días antes había avanzado a los sindicatos su propuesta inicial de baremación del concurso de méritos extraordinario para docentes al que obliga en todo el sector público la nueva ley. Según ese baremo inicial prOpuesto, la antigüedad en cualquier CCAA puntúa igual, el 46% del total y en un máximo de 10 años, se valora hasta en un 33% haber superado la fase de oposición en convocatorias para fijo desde 2012.  

El Ministerio convocó el pasado 21/12/2021 a los sindicatos de la  Mesa de Negociación nacional para abordar la propuesta, y el texto ahora en audiencia pública es el surgido tras esa negociación.

Hay que recordar que los sistemas de acceso y las bases comunes para los procesos selectivos para docentes, aunque Educación está transferida a las CCAA, se sigue fijando a nivel estatal, existiendo una mesa estatal de negociación sindical correspondiente.


Así, en consonancia con el texto de la citada ley ya en vigor sobre reducción de temporalidad  y pese a muchos rumores [sorprendentes dado que la ley habla de plazas de todas las AAPP extendiéndose incluso a todo el Sector público, en todo caso sin acotar sector o tipo de empleado público alguno] que ha estado habiendo sobre que esta ley no afectaba a  Sanidad o Educación, el Real Decreto propuesto  (comentario nuestros entre corchetes en cursiva), el texto ya sometido a audiencia pública , ligeramente diferente del borrador dice:

jueves, 30 de diciembre de 2021

[FSC COOO nacional - Justicia] 'La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público introduce el sistema de concurso para los procesos selectivos, que se convocará excepcionalmente y por una sola vez, de las plazas ocupadas temporalmente con anterioridad a 1/1/2016CCOO nunca hemos propuesto, ni hemos negociado, ni hemos apoyado el concurso como sistema de acceso. Ha sido una decisión pactada en las Cortes Generales entre distintos grupos políticos sin consulta alguna con este sindicato. No somos, por tanto, responsables en ninguna medida, de esta convocatoria extraordinaria por el sistema de concurso de las plazas con más de cinco años de ocupación temporal.También sin que CCOO lo haya propuesto ni negociado ni apoyado se establece en esta nueva Ley la posibilidad de que los ejercicios de la fase de oposición en los procesos de estabilización no sean eliminatorios. '.

'Tras la publicación en el día de ayer en el BOE de esta Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, desde CCOO hacemos las siguientes consideraciones en relación con el efecto que producirá en las futuras convocatorias de las ofertas de empleo público aprobadas y pendientes de convocar en la Administración de Justicia:

 

1.- La nueva ley deja sin efecto el Real Decreto 214/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización para el personal de la Administración de Justicia para 2019 al no haberse convocado la OEP de 2019 que, por lo tanto, solo contendrá las plazas aprobadas en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, correspondientes a la tasa de reposición. Las plazas de estabilización previamente aprobadas para para que el acceso por promoción interna no sea más dificultoso que el acceso por el turno libre la OEP 2019 serán incluidas en la oferta extraordinaria que ha de convocarse este año.

 

[FESP UGT nacional] 'Comparativa Real Decreto Ley 14/2021 de 6 de Julio de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público & Ley 20/2021, de 28 De Diciembre, idem (BOE 29/12/21). Diferencias, comentarios y argumentos [Para UGT las plazas no convocadas incluidas en procesos de estabilización en base a las leyes de 2017 y 2018 se incluiirían en el nuevo proceso de estabilización pero en el concurso-oposición ordinario (y no en el de méritos puro extraordinario) con fase de oposición global que seguiría eliminatoria]

 'En este documento se recogen las novedades introducidas en la Ley  finamente aprobada con respecto al RDL 14/2021 y el Acuerdo Gobierno-Sindicatos del 5 de julio de 2021. El análisis se efectúa en el mismo orden que presenta la ley, consistiendo en un contraste entre ambos textos, con algunas observaciones, comentarios y posibles argumentos a emplear, si se estima, en el conjunto de la Federación.


No obstante, las principales novedades de la Ley con respecto al RDL y el  Acuerdo son las siguientes:


➢ Inclusión de un proceso extraordinario de estabilización mediante la figura del concurso de méritos para las plazas que lleven 5 o más años desempeñándose temporal e ininterrumpidamente, con la correspondiente justificación en la Exposición de Motivos del concurso de méritos
Acumular a las plazas del nuevo proceso de estabilización ordinario (entre 3 y 5 años), las derivadas de los procesos de 2017 y 2018, que  autorizadas, no han sido convocadas; y las que convocadas y resueltas, no se han cubierto.
➢ Posible carácter no eliminatorio de las fases de la oposición, en el proceso ordinario de estabilización (concurso-oposición)
➢ Extensión de los procesos de estabilización a las Sociedades Mercantiles Públicas, Entidades Públicas, Fundaciones Públicas, etc.
➢ Ampliación de las “bolsas de recolocación” al personal laboral.
➢ Se respeta el plazo previsto en el RDL 14/2021 para el personal sanitario y docente (hasta el 8 de julio de 2022).
➢ Alguna corrección menor (cambio denominación del Mº).
➢ La cínica “invitación” a los Sindicatos para combatir la temporalidad en el empleo público.
➢ Información periódica al Congreso de la evolución de la temporalidad del empleo público.
➢ Aplicación específica de la Ley en Navarra y País Vasco.'

 

[FSS CCOO Nacional] 'La FSS-CCOO insta al Ministerio de Sanidad a que convoque de inmediato la Comisión Nacional de Recursos Humanos y el Ámbito de Negociación ante la publicación de la Ley de Medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público' [ "Para FSS-CCOOsigue siendo prioritario nuestro objetivo de dar estabilidad laboralpero garantizando que todos los procesos de estabilización gocen de seguridad jurídica" ]

 'Ante la publicación en el BOE del 29 de diciembre, de la Ley 20/2021 de Medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, desde la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO, queremos manifestar lo siguiente:

1.      Hemos solicitado a nuestros Servicios Jurídicos una valoración exhaustiva de todos aquellos aspectos que se han modificado en el trámite parlamentario, con respecto al texto inicial del Acuerdo firmado por nuestro sindicato el pasado 5 de julio, y contemplados en el RDL 14/2021, de 6 de julio,  puesto que para la FSS-CCOO sigue siendo prioritario nuestro objetivo de dar estabilidad laboral a los profesionales del SNS y por tanto reducir la inaceptable temporalidad actual, pero garantizando que todos los procesos de estabilización gocen de seguridad jurídica suficiente, para que no se vean ralentizados o paralizados por recursos o contenciosos interminables.

Días inhábiles a efectos administrativos en la Comunidad de Madrid en 2022

Se ha publicado en el BOCM  el acuerdo del Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, para 2022:

  • en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, 
  • además en cada municipio de la Comunidad de Madrid los días d esus respectivas fiestas locales, que figuran en la relación aprobada mediante Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOCM de 20/12/2021 ( En el caso de Madrid: el  16 de mayo (lunes) y el 9 de noviembre (miércoles). Nuestra Señora de la Almudena.)

miércoles, 29 de diciembre de 2021

[CCOO Enseñanza nacional] 'Valoración de CCOO de la última propuesta del Ministerio de Educación para el nuevo modelo transitorio de ingreso y acceso docente CCOO ha conseguido reivindicaciones fundamentales para el nuevo concurso-oposición transitorio'

'Hoy hemos recibido la propuesta final del Ministerio sobre las nuevas disposiciones transitorias del RD de ingreso y acceso docente.

CCOO valora positivamente que en la última propuesta quede claro que todas las plazas de cualquier tipo que se convoquen por concurso-oposición desde la publicación de esta nueva transitoria de 2022 a 2024 se regirán por ella.

Las pruebas no eliminatorias son fundamentales para que todas las personas aspirantes realicen todas las partes y, junto con la simplificación de la fase de oposición, se asegure que pasen a la fase de concurso un gran número de aspirantes y no queden plazas desiertas. En las últimas oposiciones, con el modelo anterior, el 86% de los aspirantes no pasaron la primera criba y el 14% de las plazas quedaron desiertas, esta situación no beneficia a nadie.

Publicada en el Boletín Oficial del Estado la nueva Ley de reducción de temporalidad pública. Entra en vigor mañana 30/12/2021. Obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza. En días y semanas pasados ha habido "carreras" por muchas AAPP convocando en procesos con oposición las plazas de los procesos de estabilización anteriores y así no les afecta esta nueva ley

Acaba de publicarse en el BOE de hoy 28/12/2021 la  Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. que fue aprobada en el Senado la semana pasada sin introducir ningún cambio al texto remitido por el Congreso de los Diputados . 

Recordemos una vez más que este texto definitivamente aprobado y publicado, y que entra en vigor mañana 30/1272012,  en cuanto a su  parte sobre reducción de la temporalidad masiva actual, introduce estas modificaciones  con respecto al Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad 14/2021 [RDL], publicado en el BOE el 7 de Julio y que seguía en vigor desde el 8 de Julio   como ya comentamos en otra entrada (entre corchetes nuestros comentarios):

La Comunidad de Madrid publicó ayer una Oferta de Empleo Público 2021 con 1.119 plazas de estabilización de personal funcionario y laboal de Administración y Servicios y 2.635 de docentes computadas según el Real Decreto-Ley 14/2021 sin esperarse a la nueva ley e indicando en el Decreto que las nuevas plazas de estabilización de Administración y Servicios se convocarán con las bases generales de concurso-oposición aprobadas antes para los procesos de estabilización de las leyes anteriores de 2017 y 2018 que ya se han convocado en su totalidad en ese sector.

Ayer , 28/12/2021, día de los Santos Inocentes, se publicaba en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el "Decreto 241/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2021"  incluyendo un 

  • 5.388 plazas de todos los sectores, incluido  2.254 de pesonal estatutario de Instituciones sanitarias,  computadas por tasa de reposición  cumpliendo con los límites del artículo 19 de la Ley 11/2020 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021
    ,
  • 2.635 plazas en total , estructurales temporales de más de 3 años a 31/12/2020 (es decir anteriores a 01/01/2018)  computadas por la nueva tasa de estabilización  del famoso Decreto 14/2021 (en vigor desde el 08 de Julio y que ayer seguía en vigor en todos sus términos), conocido como "Icetazo" junto con plazas de los "indefinidos no fijos", exclusivamente de estos sectores:
    •  1.119 de personal funcionario y laboral de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid , 
    • 1.516  de personal docente  no universitario
    • 2 de la Agencia para la Administración Digital (antigua ICM)

  • 362 plazas promoción interna de personal funcionario y laboral de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid ,

 

En cuanto a las plazas de esta  nueva "OPE de estabilización del empleo temporal" de la Comunidad de Madrid , según el "Icetazo", el Decreto afirma en su artículo 4.1 que las convocatorias seguirán los criterios generales de la  Orden  de la C. de Madrid con los criterios generales para las convocatorias de los procesos de estabilización de puestos temporales de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid , que a su vez  trasladaba el acuerdo de Febrero de 2021, entre la C. de Madrid y  CCOO, UGT y CSIF, es decir, las convocatorias -a día de hoy- debe ser un proceso diferenciado de las convocatorias de plazas por tasa de reposición (salvo en el caso de personal funcionario de los Cuerpos de Administración General A1, y el resto de funcionario o laboral en cuerpos/categorias con menos de 5 plazas que irían a la convocatoria de oposición ordinaria) con estas bases:

 

martes, 28 de diciembre de 2021

[Junta de Andalucía] 'Andalucía aprueba una oferta de empleo público de estabilización con casi 15.000 plazas sanitarias Se incluyen más de 3.000 puestos de facultativos, más de 3.600 de enfermería, 2.500 de auxiliares de enfermería y 1.300 de celadores'

'El Consejo de Gobierno ha aprobado una oferta extraordinaria de empleo público para el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y las agencias sanitarias para la estabilización de 14.418 plazas ocupadas por personal temporal. Se da así respuesta al Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. Esta oferta fue presentada en Mesa Sectorial el pasado 21 de diciembre.

Estas 14.418 plazas corresponden a 14.316 del propio SAS y 502 de las agencias sanitarias, que desde el 1 de enero estarán adscritas al Servicio Andaluz de Salud. Destacan las casi 3.000 de facultativos especialistas de distintas áreas (1.104 de médico de Atención Primaria), más de 3.600 de enfermería, más 2.550 de auxiliares de enfermería y 1.300 para celadores.

[Diario 16] El Tribunal Europeo recibe una demanda de la Plataforma de Trabajadores Temporales del Ayuntamiento de Zaragoza ante el incumplimento de las sentencias europeas del Ayuntamiento de Zaragoza y las instituciones públicas y ante la omisión de acción de la Comisión Europea

Informa El Diario16 este 27/12/2021 que el Tribunal General de la Unión Europea  ha recibida una demanda, dando acuse de recibo, asignando su sala 8ª [compuesta por 3 jueces, ninguno español] y registrándola bajo el número de asunto T-736/21 , la demanda presentada el 17/11/2021 ante este tribunal europeo  por la la Plataforma de Trabajadores Temporales del Ayuntamiento de Zaragoza (PTTAZ) con el despacho  de OriginLex (con el  exmagistrado Fruitos Richarte y Beatriz González) contra la Comisión Europea  ante su omisión de acción en hacer cumplir el Derecho comunitario y las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] en materia de abuso de temporalidad en el empleo público ante la "desobediencia continuada, sistemática y dolosa de las resoluciones del TJUE por parte de todas las instituciones públicas españolas" y en espeical del Ayuntamiento de Zaragoza "ante el flagrante incumplimiento de los mandatos legislativos y judiciales europeo", de la que el equipo  jurídico tendría pruebas tras la respuesta dada por este Ayuntamiento a una demanda suya "basada en el derecho de Petición Constitucional".
 

Publicada enel Boletín de las Cortes la aprobación definitiva por el Senado del mismo texto que recibió del Congreso del proyecto de ley de reducción de temporalidad pública. Pendiente para su entrada en vigor sólo de la orden del Presidente del Gobierno para su publicación el BOE. Obligará desde su entrada en vigor a todas las AAPP a realizar concursos de méritos delibre concurrencia con las plazas estructurales temporales y las de personal temporal anteriores a 1/1/2016 si no están ya en convocatorias en marcha o resueltas cubriendo la plaza.

En el día de ayer 27/12/2021 se publicaba en el Boletín Oficial de las Cortes Generales , edición del Senado la aprobación por parte del Pleno del Senado, en su sesión del día 21/1272021 ha de diciembre de 2021, del "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" ( nº de iniciativa del Senado 621/37) . sin introducir ningún cambio al texto remitido por el Congreso de los Diputados publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 04/12/021.

De esta forma sólo queda ya la orden por parte del Presidente del Gobierno del Estado para su publicación en el BOE tras la preceptiva "sanción" por el Rey , entrando en vigor al día siguiente de su publicación. Según el artículo 91 , hay un plazo de 15 días naturales desde la aprobación en las Cortes de una Ley para la "sanción" del Rey, que es quien formalmente ordena su inmediata publicación.

Recordemos una vez más que este texto definitivamente aprobado para una nueva Ley ya sólo pendiente de la orden del Gobierno para su publicación en el BOE,  contiene , en relación a  parte sobre reducción de la temporalidad masiva actual, estas modificaciones  con respecto al Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad 14/2021 [RDL], publicado en el BOE el 7 de Julio y que sigue en vigor desde el 8 de Julio,  como ya comentamos en otra entrada (entre corchetes nuestros comentarios):

Recordatorio. Cronograma de actividades previstas organizadas por la Sociedad Española de Informática de la Salud para 2022

 [Recordatorio de entrada publicada el 21/12/2021]

La Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] acaba de publicar un cronograma de sus actividades para 2022, siendo las previstas de congresos y jornadas:

  • XXVII Entrega de Premios Nacionales de Informatica y Salud, 19 de Enero - Madrid
  • XIX Foro de Protección de Datos de Salud, 16 y 17 de Febrero -Palma de Mallorca

lunes, 27 de diciembre de 2021

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aplica en varias sentencias seguidas a la de 30/11/2021 su "doctrina" de que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad y niega por inexistentes o prohibida en la normativa nacional para personal funcionario la indemnización, la figura del indefinido no fijo de los laborales y la fijeza

Hace unos días  publicábamos una  entrada sobre la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del  Tribunal Supremo a de 30/11/2021en el recurso de casación nº 6302/2018 donde ante la demanda de indemnización al cese de 20 días por año trabajado por abuso de temporalidad de una estatutaria interina de vacante tras varios nombramientos eventuales, pasaba a reconocer una situación de abuso pero no concedía la indemnización por abuso al no existir en la legislación nacional y tras afirmar  en general  que de las sentencias del Tribunal de Justicia del Unión Europea sobre abuso de temporalidad en empleo público,  ya incluyendo la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz" y su "corroboración" o aclaración de la sentencia europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRA,, se sigue que sí se puede constatara abuso de temporalidad en situaciones de interinidades de vacante pero "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante ese abuso si la sanción demandada no está contemplada en la legislación nacional, correspondiéndole a las autoridades legislativas regularlas.

 

Y como adelantábamos, esa sentencia de 30/11/2021 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Supremo ha venido seguida de varias sentencias en los días 01/12/2021 a 03/12/2021 en las que para alcanzar su conclusión en las circunstancias del caso, el Alto Tribunal español se remite a lo razonado en esa sentencia de 30/11/2021, y así ,siempre en cuanto a personal de tipo funcionarial  ya interino de vacante, desestima las demandas  por abuso de temporalidad cometido -abuso que  sí se  reconoce:
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[Oracle/Cerner] 'Oracle compra Cerner'

 'Oracle Corporation (NYSE: ORCL) y Cerner Corporation anunciaron hoy conjuntamente un acuerdo para que Oracle adquiera Cerner a través de una oferta pública de adquisición totalmente en efectivo por 95 dólares por acción, o aproximadamente 28.300 millones de dólares en valor en acciones. Cerner es un proveedor líder de sistemas de información digital utilizados en hospitales y sistemas de salud para permitir a los profesionales médicos brindar una mejor atención médica a pacientes individuales y comunidades.

 

domingo, 26 de diciembre de 2021

Entradas más vistas de la semana 20/12/2021-26/12/2021 en este blog: Debate y votación en Pleno del Senado del proyecto de Ley de reducción de la temporalidad pública, Contencioso del Supremo afirma que de las sentencias del Tribunal europeo "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad si no está contemplada en la legislación nacional ...

 Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 24 de diciembre de 2021

[I. Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea una importante batería de cuestiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española

Publlica el profesor Ignasi Beltrán  en su blog este 24/12/2021 que [la sección 2ª] de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha elevado en Auto de 21/12/2021 una importante "cuestión prejudicial"  al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que, ante un caso de un empleado público de la UNED "indefinido no fjio durante 20 años" , plantea 12 preguntas  en las que cuestiona la actual doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo , y pregunta al Tribunal Europeo, entre otras cosasm , si la figura  del "indefinido no fijo" es un "contrato de duración determinada" de los de Directiva 1999/70/CE [es decir, temporal], y en ese caso, no debería considerarse abuso de temporalidad permanecer largo tiempo bajo esa figura y cuál debería ser la consecuencia de este abuso, si en especial valdría la indemnización al cese que se concede al indefinido no fijo o incluso el ŕegimden de "responsabilidades" difuso que se ha establecido con el Real Decreto-Ley 14/21- dando a entender que no-  para acabar preguntando al Tribunal Europeo

"En caso de considerar que no existen medidas suficientemente disuasorias en la legislación española, ¿la consecuencia de la vulneración de la cláusula quinta de Acuerdo Marco anexo a la Directiva 1999/70/CE por un empleador público debe ser la consideración del contrato como indefinido no fijo o debe reconocerse al trabajador como fijo plenamente, sin matizaciones?»

y tras interpretar esta Sala de lo Social del TSJ de Madrid que la jurisprudencia europea lo que hacen es plantear una "alternativa": 

  • o "el Estado ha establecido medidas efectivas para evitar y sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada"
  • o "en caso contrario, procede la transformación de los contratos de trabajo de duración determinada en contratos por tiempo indefinido"

y pregunta también al Tribunal europeo en consonancia:

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea. En todo caso, no afectaría a la nueva "doctrina" del Supremo de conceder la fijeza a laborales públicos que hayan superado un proceso selectivo para fijo

El Pleno de la Sala de lo Social -la que lleva los casos de empleados públicos laborales- del Tribunal Supremo se reunió el 25/11/2021 para estudiar uno de los recurso de casación que había admitido de los planteados por una Administración pública  ante  sentencia de un tribunal superior regional de fijeza como sanción al  abuso de temporalidad en empleada pública laboral, y  ver si modificaba su doctrina de conceder como sanción al abuso solo  la controvertida figura de personal laboral "indefinido no fijo" también en e l caso de que el empleado público laboral tuviera superado sólo un proceso o procesos de selección para temporal (por ejemplo, el del acceso al propio puesto). Y como veremos, ha decidido no modificar su doctrina, en su sentencia de 25/11/2021, publicada recientemente en el CENDOJ  , por mayoría pero con una importante discrepancia pública de 3 miembros del Tribunal.


Hay que recordar que pocos días antes,, esta Sala de lo Social -no en pleno-  el 16/11/2021 dictó una sentencia por la que pasaba a conceder la condición de fijo , en lugar del "indefinido no fijo",  ante el abuso de temporalidad en empleado público laboral por el caso de un temporal en AENA en el mismo puesto 10 años que había superado un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza. AENA aunque es una sociedad empresarial es una sociedad empresarial pública y por tanto una "entidad del sector público estatal" más que, por la Disposición Adicional 1ª del Estatuto Básico del Empleado Público, está sujeta a los mismos principios de acceso que las Administraciones Públicas fijados por el artículo 55 de dicho Estatuto Básico del Empleado Público. Y en la fundamentación de esa importante sentencia del Tribunal Supremo de 16/11/2021 sólo importaba de AENA que era un ente sujeto a dichos principios de acceso del EBEP. O dicho de otra forma, a igualdad del resto de condiciones, si hubiera sido un personal laboral de cualquier Administración Pública, el Tribunal Supremo habría concedido igual la fijeza. La cuestión es de si esta nueva doctrina de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo para personal laboral era cuestión esencial que el personal hubera superado un rpcoeso selectivo para fijo, o si esta Sala del Tribunal Supremo podría llegar a conceder la fijeza , quizás en situaciones muy prolongadas, para personal que hubera accedido al puesto temporal con un proceso selectivo para ser temporal (cumpliendo con los principios de igualdad, mérito, publicidad  y capacidad de lartículo 55 de forma proporcionada). De aquí la importancia de esta sentencia de Pleno que tratamos en esta entrada.

[Gob C. de Madrid] 'Anteproyecto de Ley de medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la administración de la Comunidad de Madrid.Publicación del proyecto y trámite de audiencia pública' [ del 24/12/2021 al 03/01/2022]

'El primer eje del Plan para la Reactivación de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Consejo de Gobierno el 27 de mayo de 2020, tiene por objeto la activación de la economía y el empleo, y su medida número tres, denominada «Simplificación normativa en el ámbito de la Comunidad de Madrid y reducción de los trámites burocráticos», persigue la realización de una evaluación de la normativa de la Comunidad de Madrid a fin de proceder a su actualización, simplificación o derogación, en los casos que generen cargas innecesarias, contengan duplicidades o necesiten una mayor claridad en su redacción, reforzándose con ello el principio de seguridad jurídica y la reducción y simplificación de trámites, ganando en agilidad y eficacia. En este marco, se procede ahora a una revisión de las normas con rango de ley en el ámbito de sectores como el urbanismo, medio ambiente, transportes, carreteras, profesiones deportivas, servicios sociales, etc.

jueves, 23 de diciembre de 2021

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sostiene que , , tras las sentencias europeas,, ante el abuso de temporalidad en empleado público laboral no es suficiente la figura actual del indefinido no fijo ni su indemnización, debiéndose reconocer el carácter "indefinido" sin la cobertura del puesto por proceso selectivo ya como causa válida de cese

Se ha publicado en el CENDOJ la  sentencia de 17/11/2021 de la la Sección 1ªde la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluñla al recurso (de suplicación nº 3818/2021) en el  caso de una trabajadora  del Ayuntamiento  de Palafolls que fue despedida tras no superar el proceso selectivo para la cobertura dela vacante a la que llevaba vinculado su contrato laboral temporal durante más de 12 años y que demandaba el reconocimiento del carácter fijo de la relación laboral en el momento del despido, o subsidiariamente indefinido no fijo

[Gobierno de España] 'La Comisión Europea autoriza el desembolso de los 10.000 millones vinculados al cumplimiento de los primeros 52 hitos del Plan de Recuperación'

'La Comisión Europea ha autorizado de manera definitiva el primer desembolso del Plan de Recuperación por un total de 10.000 millones de euros que el Gobierno español realizó formalmente el pasado 11 de noviembre a través de la Secretaría General de Fondos Europeos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

[Gobierno de España] 'El Gobierno acuerda que la mascarilla vuelva a ser obligatoria en exteriores. El Ejecutivo intensificará la vacunación y dotará a los centros sanitarios públicos y privados de más recursos humanos y económicos para afrontar la pandemia. Además, asegura que hay vacunas suficientes para toda la población.'

 'El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID, por el que se establece el uso obligatorio de la mascarilla en exteriores, con independencia de la distancia de seguridad.

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha comparecido en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros para informar del acuerdo, adoptado en la Conferencia de Presidentes celebrada ayer, y detallar los compromisos.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en sentencia de 30/11/2021 afirma que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad si no está contemplada en la legislación nacional, y ante demanda de indemnización al cese de 20 días por año trabajado por abuso de temporalidad en estatutario interino de vacante, pasa a reconocer una situación de abuso pero no concede la indemnización por abuso al no existir en la legislación nacional

La sección 4ª de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, la única sección del Supremo que está llevando los recursos de casación sobre demandas de situaciones personales en cuanto a la relación de empleo del personal funcionario y del pesonal estatutario de l os servicios de salud, (¿casualmente?) ha empezado a dictar desde este 30/11/2021 una serie de sentencias -que se están publicando estos días en el CENDOJ- a recursos de casación que había admitido en casos de demandas de empleados públicos ya en interinidades de vacante de  situación de abuso de temporalidad según la cláusula 5ª del Acuerdo Marco incluido en la famosa la Directiva europea 1999/70/CE y de una sanción a esta situación, y ya teniendo en cuenta ya la también famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz" y su "corroboración" o aclaración de la sentencia europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRA.

Empezamos en esta entrada con la primera sentencia de esta serie, y de la que en otras de días siguientes, el Tribunal Supremo se han hecho eco repitiendo sus razonamientos: la sentencia de 30/11/2021 ,  siempre de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, en el recurso de casación nº 6302/2018, por el caso de una enfermera del Servicio de Salud de Castilla y León que encadenó nombramientos estatutarios eventuales de refuerzo durante más de 6 años con dos nombramientos ya estatutarios interinos (por tanto de vacante) de dos años y más de 5 respectivamente hasta que fue cesada por ser cubierta su última vacante por un fijo. El conocido profesor Ignasi Beltrán ha dedicado en su blog un certero análisis a esta sentencia

La demanda por parte la enfermera que ha mantenido ante el Supremo consiste únicamente en una indemnización al cese  de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades  -es decir, una indemnización como la que se concede vía la figura del "indefinido no fijo" concedida al empleado público laboral en situaciones de abuso de temporalidad o al personal de empresas privadas por despidos objetivos., indemnización que había ganado en las instancias inferiores.

Aprobado el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2022 con la incorporación finalmente sólo de algunas enmiendas de Vox pactadas con el Partido Popular

Tal y como estaba previsto, ayer miércoles 22 de Diciembre el Pleno de  la Asamblea de Madrid tuvo el debate final y aprobó el  Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022 (página web de la inciativa), y como se había adelantado por un pacto entre Partido Popular y Vox , se rechazaron todas las enmiendas del resto de grupos que no hubieran sido ya "vetadas" antes por la no conformidad presupuestaria del Gobierno Regional,  independientemente de su contenido. En el debate en Comisión de Presupuestos del proyecto se incorporaron al Dictamen varias enmiendas de Vox, por ese pacto citado.

Mencionemos sólo a título de recordatorio,  que entre esas enmiendas presentadas se encuentran las  presentadas por Unidas Podemos-Izquierda Unida-Madrid en Pie , una para cada consejería,para la "elaboración de un informe del personal temporal de la Consejería que podría estar afectado por abuso de temporalidad" (ejemplo, la enmienda P 539 para Sanidad).

[SATSE/AMYTS/CSIT-UP/CCOO/UGT Sanidad Madrid] 'Las organizaciones sindicales que formamos la Mesa Sectorial de Sanidad exigimos al Gobierno de la Comunidad de Madrid unos presupuestos para Sanidad que permitan cumplir con las necesidades de los madrileños'

'En este momento, los diputados de la Asamblea de Madrid están aprobando los Presupuestos de la Comunidad para el año 2022. Presupuestos que, en opinión de los Sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad, penalizan a la Sanidad madrileña y, sobre todo a sus profesionales, ya que no recogen las demandas de estos.

  • ¿Nos van a devolver las 35 horas?
  • ¿Aumentarán las plantillas?
  • ¿Van a prolongarse los contratos y estabilizarse el empleo?
  • ¿Aumentarán las retribuciones?

La respuesta a todas estas preguntas es solo NO. Podríamos seguir pero la realidad es que al Gobierno de Ayuso la Sanidad le importa poco, más bien nada.

  • Lo único que le interesa es seguir presumiendo de inversiones que no llegan a
    realizarse nunca,
  • De infraestructuras que dice que se aprueban pero no se ejecutan,
  • De renovaciones y contratos que no se realizan nunca,
  • De Ofertas Públicas de Empleo que tardan años en resolverse
  • De Traslados que tardan demasiado en llevarse acabo
  • De promesas que son solo eso, promesas

XIX Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud de la SEIS el 16 y 17 de Febrero en Palma de Mallorca

El 16 y 17 de Febrero  tendrá lugar, en principio con parte presencial en Palma de Mallorca además de con posibilidad de asistencia virtual, el XIX Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud  , organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS]  con la colaboración del Servicio de Salud de las Islas Baleares bajo el lema "Protección de datos en los nuevos modelos de atención social y sanitaria". 

 El foro vendrá un año más precedido por la reunión (cerrada) del Comité Técnico de Seguridad de Información de la Salud, con representantes de seguridad de información de los servicios de salud autonómicos, las agencia de protección de datos, etc  
 
Ya existe un programa general disponible, con las habituales Mesas de Debate y exposición de soluciones en seguridad de SSII sanitario  y protección de datos de salud, así como la más que esperada mesa de muestra de "Casos prácticos" reales sobre protección de datos, desde la experiencia real acumulada de las propias Agencias de Protección de Datos.
 

miércoles, 22 de diciembre de 2021

[CCOO nacional - Área pública] 'Posicionamiento de CCOO sobre la Ley de Temporalidad. Una vez aprobada definitivamente la Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, CCOO, sindicato mayoritario en el sector, emplaza a las diferentes administraciones públicas a negociar su implementación en el menor tiempo posible.' [ "CCOO ha tenido que denunciar los intentos de varias AAPP de convocar procesos selectivos saltándose las mejoras", "insistirá en que los procesos consoliden a las personas que han estado sufriendo un abuso de temporalidad durante años"]

'Dicha ley está basada en el acuerdo firmado por nuestro sindicato el 5 de julio. Concreta la posibilidad de que los ejercicios de la fase de oposición no sean eliminatorios e introduce la novedad del acceso a la función pública mediante el concurso de méritos en aquellas plazas que llevan ocupadas de forma temporal desde el 1 de enero de 2016.

Este sistema requerirá de una implementación cuidadosa para, tal y como reconoce la propia exposición de motivos de la Ley, respete el principio de igualdad definido por la jurisprudencia.

En estos momentos, CCOO ha tenido que denunciar públicamente los intentos de varias administraciones, de muy diverso signo político, de convocar procesos selectivos saltándose las mejoras introducidas por el RDL 14/2021 o avanzándose, por pocos días, a las de la ley que se acaba de aprobar.

Por todo ello, CCOO, como sindicato mayoritario en el conjunto de las administraciones públicas de España y del sector público empresarial, insistirá en la necesidad de abrir la totalidad de mesas de negociación para conseguir sus objetivos de tantos años de presión y negociación: reducir la temporalidad en las AA. PP. a un máximo del 8% y que los procesos consoliden a las personas que han estado sufriendo un abuso de temporalidad durante años, con las máximas garantías jurídicas posibles.

[FESP de UGT nacional] 'El proyecto de ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público pasa sin cambios por el Senado y queda pendiente para su publicación en el BOE' [ "instamos a las AAPP a que desarrollen de forma diligente los distintos procedimientos de estabilización", "participaremos a través de la Negociación en cada una de las Administraciones"]

 'La aprobación en el Pleno del Senado, hoy 22 de diciembre, del Proyecto de Ley de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad del Empleo Público, que mantiene en sus propios términos el texto remitido por el Congreso de los Diputados, supone su aprobación definitiva por las Cortes Generales y, por tanto, tiene vía libre para ser publicado como ley en el BOE.

Desde UGT Servicios Públicos, instamos a las Administraciones Públicas a que desarrollen de forma diligente los distintos procedimientos de estabilización de la futura Ley, ya que estabilizar al personal temporal debe ser una de las prioridades fundamentales de las Administraciones y se debe hacer de forma inmediata. 

UGT Servicios Públicos vamos a continuar siendo parte de la solución al problema de la temporalidad, y, por tanto, participaremos en los procesos de estabilización a través de la Negociación en cada una de las Administraciones.

[Ministerio de Hacienda y Función Pública] 'El Senado aprueba definitivamente la ley que reducirá la temporalidad en las Administraciones PúblicasLa norma, impulsada por el Gobierno y negociada con los sindicatos, los diferentes niveles de la Administración y el resto de fuerzas políticas, cumple con el acuerdo adquirido con la Unión Europea de bajar la temporalidad del empleo público por debajo del 8%  Las plazas ocupadas de forma temporal y de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso en un proceso de carácter excepcional'.

'El Senado ha aprobado este miércoles el Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, lo que implica que la norma obtiene su visto bueno definitivo y concluye por tanto su trámite en las Cámaras, tras haber logrado su aprobación también en el Congreso de los Diputados el pasado 2 de diciembre.

La ley tiene su origen en el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, aprobado en el Consejo de Ministros, texto que se convalidó en el Congreso de los Diputados el 21 de julio, fecha desde la que se ha venido tramitando en las Cámaras como Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia.

La norma, además de haberse enriquecido con el diálogo en las Cámaras entre los diferentes grupos políticos, se ha negociado con los representantes de los trabajadores del sector público y también con los diferentes niveles de la Administración. De esta manera, el texto original proviene de un acuerdo refrendado en la Mesa General de Negociación con los sindicatos CC OO, UGT y CSIF, así como del debate dentro de la Conferencia Sectorial de la Administración Pública y de las reuniones de la Comisión Coordinadora del Empleo Público, en las que participan tanto las Comunidades Autónomas como la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).

El objetivo de la ley que se ha aprobado hoy en el Senado es reducir la temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, una ratio que a día de hoy sí cumple la Administración General del Estado, pero no otros ámbitos territoriales. Éste es, a su vez, un compromiso que adquirió el Gobierno con la Unión Europea a través de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Y supone también cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.

Votación hoy en el Pleno del Senado de las enmiendas de los grupos del Senado al proyecto de ley de reducción de temporalidad pública. EL PP dijo en el debate ayer que apoyará las enmiendas 56 del PAR y 73 de Compromís para incluir las plazas de las OPEs de estabilización convocadas "que no hayan sido todavía resueltas" , es decir, en marcha, en el nuevo proceso. ADDENDUM: aprobado el texto del Congreso tras ser rechazadas todas las enmiendas. Votaron en contra de las enmiendas 56 y 73 PSOE, ERC y PNV

Ayer martes 21 tuvo lugar finalmente a últimah ora de la tarde en el Pleno del Senado el debate en el Pleno del "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" ( nº de iniciativa del Senado 621/37) .

Se debatían las enmiendas que los grupos del Senado  había decidido mantener  -que se publicaron en el BOCG como "Votos particulares".El texto que llegaba al Pleno del Senado, tras su paso por la Comision de Presupuestos del Senado, era el mismo  texto aprobado y remitido por el Congreso.

Hay un resumen de las intervenciones en esta entrada nuestra.

 La votación de las enmiendas quedó pendiente para la sesión de hoy miércoles 22 de Diciembre, que comienza a las 09:00.Podrá  seguirse en Directo desde la web del Senado en este enlace Se deberá dar un plazo para votar ( hasta las 11:00, presumiblemente).

 
En el Pleno del Senado, a diferencia de la Comisión, se empiezan votando primero las enmiendas (quizás alguna "transaccionadas" o modificadas tras negociaciones entre grupos) y después el resto del texto completo.

Esther Basilia del Brió por el Grupo Popular avanzó  [audio de esta parte]-sorprendiendo a todos-en el turno de defensa de las enmiendas del PP que "vamos a votar a favor de alguna de las enmiendas de otros grupos que coinciden con nuestro parecer como la 45, la  56  , la 72 y la 73"

 

[Arauz] 'El Juzgado nº 5 de lo Social de San Sebastián estima demanda de fijeza. Según el juzgado, la doctrina comunitaria autoriza la fijeza a pesar de las disposiciones nacionales constitucionales que prohíben la conversión.'

'Sentencia estimatoria del Juzgado Social nº 5 de San Sebastián de la demanda de fijeza.

Según el juzgado, la doctrina  comunitaria AUTORIZA la fijeza a pesar de las disposiciones nacionales constitucionales que prohíben la conversión:

 "la doctrina comunitaria en casos similares viene a determinar que se autoriza la conversión de los sucesivos contratos de trabajo de duración determinada en un contrato por tiempo indefinido aunque existan disposiciones  nacionales de naturaleza constitucional que prohíben de modo absoluto dicha conversión en el sector público"

 

[CSIF Sanidad Madrid] 'La sanidad madrileña, colapsada ante la rápida transmisión de la variante ómicron. Además de los Servicios de Atención Primaria, también se encuentra colapsado el SUMMA 112 y las unidades de Prevención de Riesgos Laborales están desbordadas'

'El alto riesgo de contagios que sitúa a la Comunidad de Madrid en niveles extremos de incidencia acumulada y el avance de las infecciones, que será creciente en los próximos días de cara a la Navidad, hace que nos enfrentemos a esta sexta ola con una Atención Primaria totalmente tensionada y desbordada.

En CSIF creemos que el que tenía que ser el primer escalón de la sanidad madrileña ha quedado, desde el inicio de la pandemia, en marzo de 2020, en un segundo plano, subsistiendo gracias a la gran vocación de sus profesionales y su empeño en paliar las distintas olas aplicando las medidas improvisadas de los gestores madrileños.

 

[AMYTS] Los sindicatos de la Mesa Sectorial pedimos al Defensor del Pueblo que intervenga ante la precariedad e inestabilidad de los contratos Covid

'Este martes, 21 de diciembre, a las 10:30 horas, los cinco sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad Pública de la Comunidad de Madrid hemos presentado un escrito en la Oficina del Defensor del Pueblo con el que hemos pedido amparo ante un problema muy grave: la precariedad y la inestabilidad de los profesionales contratados para reforzar los hospitales, los centros de atención primaria y el SUMMA 112 durante la pandemia.

«Nos dirigimos a esta Institución con el objetivo de poner en conocimiento de la misma, la situación de precariedad e inestabilidad que se está produciendo respecto a los profesionales que en la actualidad ostentan los denominados contratos COVID-19«, se puede leer en el escrito que hemos registrado.

martes, 21 de diciembre de 2021

Debate en Pleno del Senado de las enmiendas de los grupos del Senado al proyecto de ley de reducción de temporalidad pública. Resumen de las intervenciones. EL PP dice que apoyará las enmiendas 56 del PAR y 73 de Compromís para incluir las plazas de las OPEs de estabilización convocadas en el nuevo proceso. PSOE: "les dije a los interinos que los socialistas no les defraudaríamos"

Tal y como estaba previsto, este martes 21 tuvo lugar finalmente en el Pleno del Senado el debate en el Pleno del "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" ( nº de iniciativa del Senado 621/37) .

Se debatían las enmiendas que los grupos del Senado  había decidido mantener  -que se publicaron en el BOCG como "Votos particulares". En el Pleno del Senado, a diferencia de la Comisión, se empiezan votando primero las enmiendas (quizás alguna "transaccionadas" o modificadas tras negociaciones entre grupos) y después el texto completo.  El texto que llegaba al Pleno del Senado, tras su paso por la Comision de Presupuestos del Senado, era el mismo  texto aprobado y remitido por el Congreso.

El Pleno pudo seguirse en Directo desde la web del Senado en este enlace.

Tras recordar que se han presentado 109 enmiendas y que ni la Ponencia ni la Comisión de la Ponencia decidieron incorporar ninguna enmienda,  comenzó el debate con el turno de intervenciones de defensa de las enmiendas:


Rechazada en el Pleno del Senado la enmienda que Ciudadanos presentó al Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para que los procesos de estabilización de las leyes de presupuestos de 2017 y 2018 se suspendan en todas las AAPP para poder adoptar la solución de la nueva ley de reducción de temporalidad que también tiene su trámite final en este pleno. El Proyecto de Ley de Presupuestos del Estado no queda aprobado por el Senado al aprobarse una emienda de la Chunta presentada por Compromís sobre lenguas protegidas por la Carta Europea y tendrá que volver al Congreso la semana que viene.

Este martes 21 tuvo lugar en el Pleno del Senado el debate del "Proyecto de Ley de Prespuestos Generales del Estado para 2022  (número de iniciativa 621/36), donde se votaron ya en Pleno las enmiendas presentadas  por los grupos del Senado que hayan decidido mantener para el Pleno y que no se encuentren entre las emiendas  "vetadas" por la no conformidad presupuestaria del Gobierno.

Entre las  enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Democrático  , y que no había resultado vetada ni por la Ponencia ni por esta disconformidad presupuestaria del Gobierno, se encuentra la enmienda  nº 3026  [en BOCG] , de Ciudadanos , idéntica a la que ya presentó en el Congreso (donde fue rechazada) para que los procesos selectivos de estabilización se suspendan en todas las AAPP hasta que no entre en vigor la nueva ley de reducción de temporalidad en trámite ,de hecho ya en trámite final también en este pleno del Senado.

La sesión pudo seguirse en directo desde la web del Senado en este enlace.

[CSIF nacional Educació] 'CSIF logra que las pruebas de la fase de oposición no sean eliminatorias entre sí - El Ministerio de Educación presenta la normativa que adecúa el acuerdo suscrito por CSIF para reducir la temporalidad' [[Sobre la vía del concurso de méritos: respetamos la ley que se publique, como no puede ser de otra manera, si bien reclamamos seguridad jurídica para garantizar que este proceso extraordinario y por una sola vez no acabe siendo tumbado por los tribunales"]"

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, ha logrado una modificación para el acceso a la Función Pública Docente que prevé un nuevo modelo de concurso-oposición con dos partes no eliminatorias en la fase de oposición con el objetivo de reducir la temporalidad en este ámbito.

Esta modificación se enmarca en el acuerdo firmado por CSIF en julio y transpuesto en Ley, que exige a las administraciones la aprobación de las plazas necesarias para reducir la temporalidad por debajo del 8%. Actualmente, la tasa de temporalidad en la educación se sitúa en torno al 25%.

En este sentido, tal y como reclamó CSIF, para acceder a la función docente en 2022, 2023 y 2024, habrá un concurso-oposición en el que la fase de oposición tendrá un peso de un 60% y la del concurso, de un 40% de la puntuación total.

En el Pleno del Senado de este martes 21 y miércoles 22 se debaten y votas las enmiendas de los grupos del Senado al proyecto de ley de reducción de temporalidad pública. No ha trascendido que se haya pactado entre grupos mayoritarios aprobar alguna enmienda.

Este martes 21 y miércoles 22 de Diciembre tendrá lugar el último Pleno del Senado previsto en 2021 y según su largo e importante orden del día ,tendrá lugar lugar en su punto 7.1.1 el  debate en el Pleno del Senado del "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" ( nº de iniciativa del Senado 621/37) - previsto inicialmente para última hora de la tarde de este martes 21, aunque como es habitual , si se acumulan retrasos, es posible que acabe posponiéndose a la mañana siguiente del miércoles 22- , donde se debatirán y votarán las enmiendas que los grupos del Senado  han decidido mantener  y que se han publicado en el BOCG como "Votos particulares". En el Pleno del Senado, a diferencia de la Comisión, se empiezan votando primero las enmiendas (quizás alguna "transaccionadas" o modificadas tras negociaciones entre grupos) y después el texto completo. 

El Pleno podrá seguirse en Directo desde la web del Senado en este enlace.

El texto que llega al Pleno del Congreso, tras su paso por la Comision de Presupuestos del Senado, es el mismo   texto aprobado y remitido por el Congreso., que, recordemos una vez más contiene , en relación a su parte sobre reducción de la temporalidad masiva actual, estas modificaciones  con respecto al Real Decreto-Ley en vigor desde el 8 de Julio (entre corchetes nuestros comentarios):

Publicada en el BOCM la adjudicación de la convocatoria de puesto de perfil informático en la Oficina de Seguridad de Sistemas de Información de la Dirección General de SSII y Equipamientos Sanitarios del SERMAS

Se ha publicado en el BOCM de ayer 20/01/2021 la resolución de la convocatoria de un puesto de perfil informático  en la Oficina de Seguridad de Sistemas de Información [SSII] de la Dirección General de SSII y Equipamientos Sanitarios del SERMAS, que recordemos, estaba abierta aparentemente a personal estatutario.

En concreto se ha adjudicado a María Isabel González Centenera,  funcionaria de carrera del Cuerpo Técnico Escala Técnicos de Sistemas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que, pasa a ser, por tanto, dado el nivel de externalización cuasi total de la Oficina de Seguridad, su responsable.

Recordemos que esta convocatoria fue especialmente llamativa por estar  abierta en el listado final de requisitos además de a personal funcionario como al persona estatutario,  de la Comunidad de Madrid, del Estado o de cualquier AAPP , por lo que por primera vez se podía presentar personal informático propio estatutario del SERMAS a un puesto de informática de la propia DGSIES del SERMAS. Lamentablemente,son puestos reservados a personal fijo, y la inmensa mayoría del citado personal informático propio estatutario del SERMAS se encuentra en situación de temporalidad (un 80%).

[Comisíón Europea] 'Denuncias múltiples - Información sobre el curso dado a la denuncia registrada con la referencia CHAP(2013) 2870 – Posible abuso de sucesivos contratos de duración determinada en el sector público italiano – Actualización de noviembre de 2021'

'La Comisión Europea se remite a una serie de denuncias que ha recibido en relación con la posible utilización abusiva de contratos sucesivos de duración determinada en el sector público italiano.

Los empleados afectados son:

[SATSE/CSIT-UP/AMYTS/CCOO/UGT Sanidad Madrid] 'Las Organizaciones Sindicales volvemos a exigir finaciación ante la sexta ola'

'La situación con la que ha enfrentado y enfrenta la sexta ola la sanidad madrileña es ésta:

 -Unidades de gestión COVID (UACov) desbordadas en las que trabajan diversos perfiles profesionales sanitarios (algunos de ellos son trabajadores especialmente sensibles adaptados de forma voluntaria a estas unidades). En ellas no se permiten las prolongaciones de jornada remuneradas, pero sus profesionales a diario ven cómo cada vez más pacientes quedan sin llamar porque no pueden abarcar el trabajo, aunque prolonguen jornada sin remunerar.

[UIGT Enseñanza] 'Gracias a UGT Enseñanza conseguimos la consolidación de los interinos ' [ El Ministerio se ha comprometido a aprobar el RD de aplicaicón en Educación de la nueva Ley de reducción de temporalidad en Marzo de 2022 y , aproximadamente en junio 2022 publicar la oferta y la convocatoria del primer proceso de estabilización, el de concurso de méritos exclusivamente]

'En Mesa Sectorial a día 17/12/2021 viernes, reunidos con la Dirección de Gestión de Personal se nos informa de que fruto de las negociaciones llevadas a cabo por UGT ENSEÑANZA en Madrid decae la propuesta anterior de plazas y OPE de maestros 2022, que otros sindicatos habían difundido, y que nosotros previo conocimiento de las circunstancias que a continuación se detallan y para evitar informaciones erróneas o no suficientemente precisas, no habíamos publicado.

UGT ENSEÑANZA, como uno de los sindicatos más representativos a nivel estatal lleva tiempo negociando con la Administración la forma de regularizar la situación de los interinos, cuyo papel es esencial en el sistema educativo. Junto con la aprobación de la ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, prevista para este mes de diciembre , la Administración se reunirá este próximo martes con la parte social para tratar la Modificación del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y que regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

El Ministerio se ha comprometido a aprobar este RD en marzo de 2022 y tres meses más tarde, en palabras de la Directora de Gestión de Personal, aproximadamente en junio 2022 saldrá la oferta y convocatoria del primer proceso de estabilización, por méritos o concurso exclusivamente y que está siendo negociado por UGT ENSEÑANZA. En este proceso, que se iniciaría tras el verano de 2022, podrá participar todo el profesorado que lo desee y además podrá participar por todas y cada una de las comunidades que elija. Se baremarán la experiencia docente en las Administraciones, la formación académica y permanente y el haber superado la fase de oposición hasta un máximo de dos procedimientos en las convocatorias celebradas desde 2012. Faltaría acordar exactamente las puntuaciones de cada apartado, ya que, aunque ya están perfiladas no son definitivas. En este proceso se estabilizará a la/os interinos en función de las plazas que haya y que están todavía por determinar. Estas serían las plazas vacantes con anterioridad al 1 de enero de 2016 y plazas de carácter estructural, que estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

Publicada la Estrategia de Salud Digital del Sistema Nacional de Salud, tras su aprobación por el Consejo Interterritorial de Salud. Más de 675 millones de euros para el período 2021-2026 en proyectos en cooperación con las CCAA

 El Ministerio de Sanidad ha publicado en su web el documento  "Estrategia de Salud Digital del Sistema nacional de Salud"  que fue aprobada por el Consejo Interterritorial de Salud del pasado 2/12/2021.

Según el documento, esta estrategira "aspira a contribuir al mantenimiento de un buen nivel de salud en la población española y a fortalecer el sistema sanitario público mediante la capacidad transformadora de las tecnologías digitales dirigida a personas, profesionales de la salud, organizaciones proveedoras de servicios sanitarios y resto de agentes relacionados" y "constituye el marco de referencia para el desarrollo de las diferentes iniciativas y actuaciones de las administraciones competentes en materia sanitaria, promoviendo que el Sistema Nacional de Salud aborde su transformación digital de manera armónica y coordinada"

 

Esta  estrategia, nacional pero elaborada en cooperación con las CCAAs,, para el período 2021-2026, está dotada con más de 675 millones de euros encuadrados fundamentalmente dentro del Mecanismo de Transformación, Recuperación y Resiliencia del Gobierno de España, y cuenta con tres grandes líneas de actuación:

  1.  el desarrollo de servicios sanitarios digitales orientados a las personas, a las organizaciones y a los procesos que integran el sistema de protección de la salud, con un enfoque de equidad.
  2. la generalización de la interoperabilidad de la información sanitaria 
  3. el impulso a la analítica de datos relacionados con la salud, sus determinantes y el sistema sanitario.

Para lo que se realizarán proyectos que implican necesariamente la cooperación entre el Ministerio con las CCAA , y que se agrupabn en tres
tipos en cuanto a su ejecución: