'Con esta sentencia, el TSJM ha rechazado la demanda de impugnación
presentada por el Comité de Empresa de la Consejería de Sanidad,
CSIT-UP, CC.OO. y UGT por conflicto colectivo contra el proceso que
afecta a 77 personas de la extinta agencia.
En su sentencia, la Sala de lo Social número 6 del Alto Tribunal madrileño considera que "no es de apreciar infracción denunciada"
respecto al proceso, puesto que la Comunidad es aplicar la disposición
adicional tercera de la Ley 4/2012 de modificación de la Ley de
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012.
El fallo establece que no se vulneraron derechos fundamentales recogidos en la Constitución y que se cumplieron los requisitos formales y procedimentales establecidos en el ERE.'
Fuente y noticia completa: Europa Press vía El Mundo 18/06/2013
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