'Son numerosos los empleados públicos que desempeñan sus funciones al servicio de las distintas administraciones (estatal, autonómica y local) con carácter interino o con contratos temporales o eventuales durante largos períodos de tiempo y sin responder a necesidades provisionales o transitorias sino estructurales , lo que da lugar a situaciones difícilmente compatibles con las normas nacionales e internacionales relativas al trabajo temporal y con el marco jurídico y los principios que rigen el acceso y la permanencia en el empleo público establecidos en el ... Estatuto Básico del Empleado Público.'
[...]
'En sucesivos informes anuales presentados ante las Cortes Generales e ha venido reiterando la necesidad de que las administraciones implicadas arbitren las medidas necesaria para limitar el recurso a las contrataciones y nombram9entos temporales, así como para paliar la situaciones de inestabilidad que afectan a las personas que prestan servicios en régimen de prorrogada temporalidad. '[...]
Son frecuentes las quejas planteadas por quienes padecen estas situaciones de prolongada temporalidad instando , en unos casos, la conversión directa del empleo temporal en permanente, en otros, la convocatoria de pruebas selectivas o concursos restringidos para este personal o, más en general, reclamando modificaciones normativas que sancionen efectivamente el abuso de la temporalidad y arbitren fórmulas como las ya descritas, y otras que den solución a quienes lo vienen padeciendo y eviten su reproducción en el futuro.
Estas reivindicaciones se han intensificado a partir de diversos pronunciamientos de la jurisprudencia europea, y particularmente las sentencias del TJUE 21 de noviembre de 2018, en el asunto C.619/17, y de 19 de marzo de 2020, en los asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18, que han puesto de manifiesto la insuficiencia de las medidas previstas en el ordenamiento interno para prevenir y sancionar el abuso de la temporalidad' [...]
'En relación con todo ello y particularmente sobre las previsiones de plena adecuación de la normativa interina al Acuerdo Marco sobre el Trabajo d e Duración Determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEO sobre el Trabajo de Duarción Determinada, se inició por parte de esta institución, en octubre del año9 2020, una actuación de oficio ante la extinta Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública.
En dicha actuación de oficio se reseñaba que, a juicio de esta institución, resultaba pertinente establecer un marco normativo básico, que afectara al conjunto de las administraciones públicas y que concretara adecuadamente un sistema de prevención, y en su caso, de sanción frente a la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada por parte de las administraciones públicas nacionales.
Desde la citada secretaría de Estado se informó que en los últimos años se había venido trabajando para reducir la tasa de temporalidad de las administraciones, habiéndose marcado como objetivo el 8% de empleo temporal establecido en los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público de 2017 y 2017, suscritos con las organizaciones sindicales representativas y que tuvieron su reflejo en las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado.'[...]
[...]
Si bien, desde esta institución dicha información se consideró insuficiente, [...] hay que mencionar que recientemente , fue objeto de publicación el Real Decreto-ley 14/2021 [...]
[...] 'dicha norma [...] desde su publicación ha sido ampliamente cuestionada desde diversas ópticas [...]
[...] 'acordándose su tramitatión como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.'
[...]
'Dicha norma fue publicada finalmente como la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, [...[ la cual está siendo objeto de análisis por esta institución en el presente momento.'
Fuente y texto completo: Contestación de 21/02/2022 del Defensor del Pueblo a una queja por abuso de temporalidad en el empleo público
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [29/07/2017] Publicados
los Presupuestos Generales del Estado de 2017: marco para las OPEs
extraordinarias (permiso a las AAPP para convocar procesos de
consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de
OPE en Sanidad, docentes de Educación y otros sectores con hasta el 90%
de los temporales ade más de 3 años, sin límites por tasa de reposición
PERO sin fijar bases de consolidación) y subida del 1% sueldo empleados
públicos
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [05/07/2021] [Gobierno
del Estado/CCOO/CSIF/UGT] 'Acuerdo sobre Plan de choque para reducir la
temporalidad en el empleo público' [Texto íntegro]
- [[0707/2021] [IMPORTANTE] Publicado en el BOE el REAL DECRETO-LEY del "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos del 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere. Entra en vigor mañana 08/07/2021
- [07/07/2021] [Arauz] 'Nota sobre el Real Decreto-Ley aprobado hoy' ["Es un día triste para el Gobierno de España y para los partidos políticos que lo sustentan", "si piensan, en su ignorancia, que vamos a dar un paso atrás están equivocados", " los juzgados y tribunales no están obligados a aplicar este Decreto-Ley si el mismo, como es, vulnera la Normativa comunitaria que dice estar aplicando", "denunciaremos el Decreto-Ley ante las instancias europeas para que actúen contra nuestro gobierno""]
- [13/07/2021] [Plataformas de interinos/Mi15F] '15 RAZONES por las que DEBE VOTAR NO al DECRETO DE REFORMA DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO (EBEP) '
- [14/07/2021] [Mi15F] Campaña de correos eletrónicos masivos a los diputados del Congreso "15 razones para votar NO" a la convalidación del "Icetazo" o Decreto-Ley de reducción de la temporalidad de larga duración con más Ofertas Públicas de Empleo libre
- [21/07/2021] Convalidado el REAL DECRETO-LEY de reducción de la temporalidad en el empleo público acordado con los sindicatos fijando un último proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 con el compromiso de modificaciones por proyecto de ley urgente de posibilidad de oposición no eliminataroia y concursos de méritos para personal +10a en mismoi puesto
- [30/07/2021] [Huelga TTPs Navarra] 'La Asociación Ehun Ginen Justiziaren Alde- Éramos 100 por la Justicia interpone recurso contencioso en la Audiencia Nacional frente al Acuerdo de 5 de julio de 2021, sobre el Plan de choque para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas, suscrito por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública'
- [06/08/2021] IMPORTANTE La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si la reforma introducida con el Real Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio es conforme a la normativa europea y evaluará las modificaciones futuras anunciadas por la nueva Ministra
- [09/08/2021] [USCAL EEPPTT] El Defensor de Pueblo responde, ante campaña masiva de petición de amparo contra el Real Decreto-Ley de reducción de la larga temporalidad pública con más OPEs, que se ha anunciado que va a haber debate para enmendarlo y se esperará a su contenido final
- [13/08/2021] [Huelga TTPs Navarra] 'El Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra exige la continuidad del personal docente contratado'
- [18/08/2021] [Huelga TTPs Navarra] 'El Defensor del Pueblo estudiará la continuidad del personal docente contratado.' [El Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra reclama que no se cese al personal docente contratado en abuso de temporalidad y no se oferten sus puestos]
9 comentarios:
La ley 20/2021? Sí sí, la tiene en la bandeja de su mesa, está en ello, ya nos dirá algo... igualico que la Comisión Europea desde 2014...
Ahora ya me quedo tranquilo. Tenía miedo de que no estuviera en estudio. Si me voy a la calle lo haré con la seguridad de que el tema se va a estudiar a fondo. Ya era hora de que alguien hiciera algo. Gracias Defensor del Pueblo.
Esto es el típico marrón que te llega a la mesa, no tienes ni idea de que hacer con él, no lo puedes escalar, y la respuesta oficial más manida es siempre la misma: "lo estamos estudiando", "estamos en ello" o cualquier otra variante combinación de las anteriores.
Muy buena sensación sobre el conocimiento de nuestra situación. Esperemos que tal y como actuó el Ministerio de Educación bajo el mando de Gavilondo, lo hagan ahora.
*Gabilondo
No va a hacer nada. A mí me marearon con enviar mucha documentación y al final para decir que no tiene competencias. Ese camino está muerto y sé de lo que hablo. Sólo queda el judicial
Una institución mas degradada e instrumentalizada por el psicopata de la Moncloa. En la actualidad no es el defensor del pueblo si no el "defensor del gobierno". No hay institución ni asunto que Pedro Sánchez no enmierde. La partitocracia no es democracia, solo corrupción y lo sostienen lo votantes de los partidos "tradicionales" cómplices de sus fechorias
Abuanten, aguanten que ya vengo... Si hay que ir se va... Pero ir panaa es tontería.
Antes violaba y pegaba a niños, ahira lo hace con los trabajadores temporales. Hay algo, alguna tara que les distingue y que les hace reunirse ante una cruz.
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