martes, 12 de abril de 2022

[Noticias de Navarra] La Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justicia de Navarra concede por primera vez la fijeza como sanción al abuso de temporalidad a un empleado pública laboral de la AAPP que aprobó una oposición para fija sin obtener plaza

Informa Noticias de Navarra este11/04/2022 que la Sala de lo Social [la que lleva asuntos de empleados públicos laborales] del Tribunal Superior de Justicia ha sentenciado por primera vez la fijeza por abuso de temporalidad a una laboral interina en vacante , en este caso durante más de 10 años, confirmando la  sentencia de l juzgado número 3 de Navarra

El medio recuerda que ya tres juzgados de lo Social de Navarra , siguiendo esa primera sentencia de uno de los juzagados en Navarra,  están dictando sentencias declarando el abuso de temporalidad a empleados públicos temporales más de 3 años concediendo la fijeza, en lugar de la figura del indefinido no fijo, por tener superada la fase de oposición de un proceso selectivo (para fijo) sin haber obtenido plaza [siguiendo la nueva "doctrina AENA" de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo para empleados  laborales con acceso bajo los principios del Estatuto Básico del Empleado Público] y traslada que, en esta  sentencia, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra se cuestiona que la figura del "indefinido no fijo" pueda valr como sanción ante la normativa y sentencias europeas, valorando en el caso que la acumulación de premisas, oposición aprobada, formación profesional acreditada, le llevan a decidir la fijeza.

  El medio traslada declaraciones del abogado de la demandante, José Luis Beaumont, resaltando las obligaciones de la Directiva Europea 1999/70/CE sobre el empleo temporal también sobre la AAPP.
 
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3 comentarios:

Anónimo dijo...

Seguimos teniendo el mismo problema. La limitación a quienes se hayan presentado a lo que la administración le da la gana de llamar plaza fija. El grueso del fraude con los laborales está en la contratación temporal para puestos ESTRUCTURALES, que son fijos por definición, y que la administración disfraza de otra cosa. Se han superado además procesos selectivos que cumplen perfectamente (y los jueces lo reconocen) los principios de acceso constitucionales al empleo público (A pesar de que el T. Constitucional no los exige a los laborales igual que a los funcionarios) Pero siguen poniendo la misma put.. excusa: que son procesos a puesto temporal no fijo. Y bendicen y perpetúan así el fraude.

Anónimo dijo...

y una oposición para crear bolsas de esas que ha utilizado para todo (plazas estructurales y lo que convenga)?

Anónimo dijo...

Las plazas estructurales son fijas. Por lo tanto si se ha superado un proceso que cumpla los principios constitucionales de acceso al empleo público (a pesar de que el Tribunal Constitucional no lo exige para laborales)y se ha abusado de ese personal a lo largo del tiempo solo cabe la fijeza como sanción. A partir de ahora que hagan todas las oposiciones que quieran y deban hacer como debieron hacer siempre y no hicieron