martes, 9 de marzo de 2021

Ciudadanos, El Pi y PP presentan iniciativas parlamentarias en Baleares sobre el abuso de temporalidad en el empleo público. En el debate hoy de la moción del PP, PSOE de Baleares dice que ya está en marcha una solucion de normativa desde el Estado que prohibirá a futuro contratos de más de 3 años pero también "regularizará el pasado con procesos de consolidación de plazas"

  • Ciudadanos, una PNL para inspección y sanción con la figura de "personal fijo a extinguir". 
  • El Pi, una PNL para un concurso de méritos con prioridad la antgüedad en los puestos, 
  • PP, una moción que insta al Gobierno del Estado y Balear a cambios normativos y mientras tanto la exclusión de OPEs de los puestos del personal en abuso y que se debatió este Martes 9 en el Pleno del Parlamento Balear, siendo rechazados esos puntos, salvo la realización de un informe, con los votos en contra del Gobierno Balear 
  • Podemos y PSOE dicen que ya está en marcha una resolución normativa efectiva desde el Estado, como aseguró el Ministro, detallando el PSOE que por un lado prohibirá a futuro contratos de más de 3 años pero también "regularizará el pasado  con procesos de consolidación de plazas"

 

 

Los 3 grupos parlamentarios de Ciudadanos, Partido Popular y El Pi-Proposta per les Illes Balears, tras reunirse y atender la petición de la Coordinadora de interinos y temporales de les Illes Balears, han presentado iniciativas en relación a la temporalidad abusiva en las Administraciones Públicas que se debatirán y votarán en próximos días en el Parlamento Balear.

 

Ciudadanos registró el pasado 19/02/2021 una Proposición No de Ley (nº expdte 10-2021/PRON-0074), que se debatirá en la "Comissió d'Assumptes Institucionals i Generals", para "el establecimiento de sistemas específicos de inspección y régimen sancionador para las Administraciones que realicen conductas abusivas en materia de contratación pública, específicamente en la contratación sucesiva de personal temporal en fraude de ley" cuyo texto dispositivo (publicado en el BOPIB nº 89 pàgina 5071, tras su admisión a trámite) reza, siempre motivado por la Directiva Europea 1999/70/CE y la reciente jurisprudencia europea en  torno al abuso de temporalidad en el empleo público:

 1.- EL Parlament de las Illes Balears insta al Govern de las Illes Balears a que proceda a la creación de un marco normativo para que en el plazo no superior a 6 meses, la administración pública de las Illes Balears identifique todas las plazas ocupadas durante más de 3 años por contratos temporales ininterrumpidos, con evidente abuso de temporalidad.


2.- EL Parlament de las Illes Balears insta al Govern de las Illes Balears a que establezca a la mayor brevedad, y en todo caso en el plazo máximo de 6 meses, un sistema para que, en caso en que se evidencie una relación temporal sucesiva, la Administración de la que se trate no pueda ofertar la plaza hasta que se aplique la correspondiente sanción al empleador público, motivando en todo caso las razones por las que la sanción es lo suficiente disuasoria, así como el modo en que se evitará el uso abusivo por el empleador en un futuro y se resarcirán los efectos de dicho abuso en el trabajo.


3.- EL Parlament de las Illes Balears insta al Govern de las Illes Balears a la creación de un marco normativo en un plano no superior a 6 meses, para que la administración pública autonómica, con carácter previo a una oferta de una plaza ocupada en temporalidad ininterrumpida al menos 3 años, ya sea ordinaria, de estabilización, de consolidación, o por procedimientos internos de provisión, deban realizar la correspondiente comprobación para determinar motivadamente que la
relación laboral del trabajador que la ocupa responde a las concretas y específicas necesidades provisionales que la motivaron.


4.- EL Parlament de las Illes Balears insta al Govern de las Illes Balears a la creación de un marco normativo para que en un plazo no superior a 6 meses, la administración pública de las Illes Balears proceda, como sanción al abuso producido en la contratación temporal, en aplicación de la directiva 1199/70/CE y su acuerdo marco, a la estabilización del personal funcionario interino y laboral temporal contratado, o nombrados con anterioridad a 1 de enero de 2018, ocupando la misma o diferentes plazas vacantes de la misma categoría profesional, bien en un solo contrato, bien en sucesivos, siempre que estas plazas tengan naturaleza estructural, se hayan detectado en abuso, otorgándole la condición de personal fijo “ a extinguir”.

 

 

Por su parte, El Pi-Proposta per les Illes Balears registró el pasado 22 de febrero otra Proposición No de Ley (nº expdte  10-2021/PRON-0089, que se debatirá igualmente en la "Comissió d'Assumptes Institucionals i Generals",Per l’erradicació de l’abús de la temporalitat en el sector públic. cuyo texto dispositivo (publicado en el BOPIB nº 91 pàgina 5145, tras su admisión a trámite) reza,  motivada igualmente en la Directiva Europea,reza así (traducción de Google del original):

Primero.- El Parlamento de las Islas Baleares insta al Gobierno de las Islas Baleares y al Gobierno del Estado la creación de un grupo de expertos, nombrado entre todos los grupos políticos y los sindicatos de interinos afectados, que permita la participación de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la función pública, a fin de analizar la problemática de la temporalidad en la administración pública y, en un plazo no superior a 3 meses, elabore un informe con el diagnóstico y las propuestas de resolución.

Segundo.- El Parlamento de las Islas Baleares insta al Gobierno de las Islas Baleares y al Gobierno del Estado crear un marco normativo, en un plazo no superior a 4 meses para que las administraciones públicas efectúen excepcionalmente y por una sola vez, convocatorias de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, que estén dotadas presupuestariamente y sean desarrolladas interina o temporalmente durante 3 o más años, mediante el concurso de méritos que se refiere el art. 61.6 del texto refundido "del Estatuto Básico del Empleado Público," aprobado por RDL 5/2015, de 30 de octubre. Haciendo una valoración preferente del tiempo de servicios prestados en la Administración convocante y la experiencia en los puestos de trabajo de la convocatoria.

Tercero.- El Parlamento de las Islas Baleares insta al Gobierno de las Islas Baleares y al Gobierno del Estado crear un marco normativo en un plazo no superior a 4 meses que imposibilite a las administraciones públicas ofrecer una plaza ocupada con una temporalidad ininterrumpida de cómo al menos 3 años, ya sea ordinaria, de estabilización, de consolidación, o por procedimientos internos de provisión, sin que se determine motivadamente que la relación laboral del trabajador que lo ocupa responde a las concretas y específicas necesidades provisionales que la motivaron. 

Cuarto.- El Parlamento de las Islas Baleares insta al Gobierno de las Islas Baleares y al Gobierno del Estado crear un marco normativo, en un plazo no superior a 6 meses, que permita sancionar a las administraciones públicas que hacen un uso abusivo de la contratación temporal y al mismo tiempo, impida que la Administración ofrezca esta plaza hasta que no se aplique la correspondiente sanción a la administración pública y se compense al trabajador por este abuso.

 

Por último, el Partido Popular registró  así mismo el 26 de Febrero una Moción del Partido Popular (Expdte 10-2021/MOCI-0004) cuyo texto (publicado en el BOPIB nº 91 pàgina 5118) reza así:

1.- El Parlamento de las Islas Baleares insta al Gobierno a que consiga un acuerdo con los representantes sindicales de los funcionario autonómicos y empleados públicos al servicio de la Administración Autonómica y su sector instrumental, en el plazo máximo de tres meses, en relación a la recuperación de las actualizaciones salariales pendientes de aplicar y correspondientes a los ejercicios 2020 y 2021, a fin de que sean recuperadas de manera efectiva en el plazo máximo de tres años.

 

2.- El Parlamento de las Islas Baleares insta al Gobierno para que se elabore un informe por el departamento jurídico de función pública respecto a las plazas que son ocupadas incumpliendo la normativa (Directiva 1999/70) y la jurisprudencia en materia de contratación temporal que deban ser consideradas fraudulentas y / o abusivas; tanto de funcionarios autonómicos y demás empleados de la Administración dependientes y su sector instrumental. Elaborando un inventario de estas plazas, con sus características, situación y resolución aplicable. Que este informe sea ejecutado en un plazo máximo de seis meses, dándose traslado del mismo a los responsables máximos de los departamentos / organismos afectados, los grupos parlamentarios y los representantes sindicales, convocante de manera urgente y extraordinaria las correspondientes Mesas de negociación con la fin de tratar y resolver esta cuestión. 

3.- El Parlamento de las Islas Baleares insta al Gobierno del Estado y Gobierno autonómico a impulsar los cambios normativos necesarios para dar una solución de estabilidad al colectivo afectado por el fraude o abuso de la contratación temporal en el sector público, conforme a la reciente jurisprudencia en la materia.

 Mientras se tramita la resolución del abuso de la temporalidad, se insta al Gobierno a excluir de las oposiciones, concursos de traslados o procesos selectivos de contratación, aquellos puestos o expansiones de puestos de trabajo que estén ocupados por personal público afectado por este abuso de temporalidad. 

 4.- El Parlamento de las Islas Baleares insta al Gobierno a que proceda al pago en el plazo máximo de un mes de todas las horas extras pendientes del personal sanitario y que han sido devengadas hasta la fecha, y la carrera profesional a los funcionarios y trabajadores interinos conforme a la reciente jurisprudencia

 

Esta Moción se debatirá en el Pleno del Parlamento Balear de este martes 9 de Marzo, habiendo presentado el grupo de Ciudadanos de Balears 3 enmiendas:

  • 2387/2021, para que el informe se realice en menos de 2 meses, en vez de 6
  • 2388/2021, para que el punto 4 incluya también los trabajadores de la CAIB
  • 2389/2021, para que la parte siguiente a "Mientras se tramita la resolución del abuso de la temporalidad..." se sustituya por  "a) generar el mecanismo preventivo para evitar el uso abusivo de la contratación pública temporal para parte de la administración ya que las conductas abusivas pueden conllevar sanciones en forma de responsabilidad patrimonial. b) se establezca lo antes posible, y en todo caso en el plazo máximo de 6 meses, un sistema para que, en caso en que se evidenciaba una relación temporal sucesiva, la Administración de la que se trate no pueda ofrecer la plaza hasta que se aplique la correspondiente sanción al empleador público, motivando en todo caso las razones por las que la sanción es bastante disuasoria, así como la manera en que evitará el uso abusivo por el empleador en un futuro y se resarcirán los efectos de este abuso en el trabajo."

Según el reglamento del Parlamento Balear, tras una moción aprobada, el Gobierno se fija un período de 6 meses para controlar su cumplimiento y  si no se cumple comparecerá l Gobierno para dar cuenta.

Agradecemos a la Coordinadora de interinos y temporales de les Illes Balears la puesta a nuestra disposición de todos los textos.


[ADDENDUM 15:10] Finalmente, y tras el debate con intervenciones de los diferentes grupos parlamentarios [ver vídeo íntegro de la sesión], de las que extraemos en clave nacional las de los partidos del Gobierno del Estado -también del Gobierno Balear junto con Mes per Mallorca- :

  •  Maria Esperança Sans , de Podemos Baleares  [audio de esta parte]:
    • "nuestra total comprensión" con el personal interino
    • "en estos momentos se está negociando la modificación del EBEP"
    • las palabras del ministro Miquel Iceta del viernes pasado "desprenden compromiso y contundencia" de una solución que se está negociando con CCAA, entidades locales y sindicatos
    • con lo que esta cuestión tendrá en breve una "resolución efectiva" y en "el marco de legalidad"
  • Pilar Carbonero de PSOE Baleares [audio de esta parte]
    • el problema lo creó el PP, cuando gobernaba el ministro Montoro firmó en 2017 y 2018 los acuerdos de los procesos de estabilización que no han dado una respuesta
    • la jurisprudencia presenta una "indefinición" en la actualidad y no es favorable a esa propuesta de la fijeza que hace Ciudadanos, otra cosa es la "consolidación"
    • el marco jurídico de la solución ha de venir del Estado y ya hay negociaciones a nivel de Estado para modificar el Estatuto Básico del Empleado Público para que
      • por un lado dará una solución a futuro y prohibirá contratos  de más de 3 años
      • y también  regularizará el pasado con procesos de consolidación de plazas  creadas y ocupadas con anterioridad a 31/12/2020, y una vez fijado el marco con esa normativa estatal cada CCAA negociará las características de esos procesos para conseguir una "verdadera consolidación

 

Se votaron por separado los puntos de la moción sin las enmiendas de Ciudadanos, siendo el resultado

  1. rechazado con los   votos en contra de Mes per Mallorca, Unidad Podemos y Grupo Socialista, a favor de El Pi, Vox, Ciudadanos y grupo Popular, y la abstención del Grupo Mixto
  2.  aprobado con los   votos a favor de El Pi, Vox, Ciudadanos , grupo Popular y grupo Mixto y , en contra de Mes per Mallorca, Unidad Podemos y Grupo Socialista
  3. rechazado con los   votos en contra de Mes per Mallorca, Unidad Podemos y Grupo Socialista, a favor de El Pi, Vox, Ciudadanos y grupo Popular, y las 3 abstenciones del Grupo Mixto
  4. rechazado con los   votos en contra de Mes per Mallorca, Unidad Podemos , Grupo Socialista y Gent per Formetnera del Grupo Mixto, a favor de El Pi, Vox, Ciudadanos.  grupo Popular Mes per Menorca del Grupo Mixto

es decir, se ha aprobado , con el voto en contra de los partidos del Gobierno Balear , instar al Gobierno Balear  a que realice  un informe por el departamento jurídico de cuáles son las plazas en situación de abuso. Y se ha rechazado  instar al Gobierno del Estado y  Balear a que se busquen cambios normativos para una solución de estabilización del personal en abuso de temporalidad y que se paralicen las  OPEs mientras tanto.


En cuanto a "procesos de consolidación" conviene recordar que  el Estatuto Básico del Empleado Público aprobado en 2007 contenía y contiene una Disposición Transitoria 4ª sobre "procesos de consolidación" posiblemente redactada con el espíritu de consolidar al personal de entonces más de dos años de temporalidad al permitir la posibilidad de puntuar especialmente los servicios en los puestos que se convocan y de pruebas "sobre el puesto", pero que por su literal permitió que algunas AAPP realizaran con los puestos del personal que ahora diríamos "abusados" simples concursos-oposición con oposiciones tradicionales eliminatorias y méritos en los que puntuaba igual la antigüedad en puestos iguales o similares en cualquier otra AAPP e incluso puntuaba poco menos la experiencia en empresas. Ése fue el caso de los
procesos denominados de "consolidación" que la Comunidad de Madrid, cuyo reguero de ceses de personal temporal ante de Enero de 2005 (en muchos casos desde el milenio anterior) y que  son los que han poblado este último par de años las sentencias  de la Sala de lo Social del Supremo desestimación de indefinido no fijo e indemnización correspondiente solicitada por centenares de empleados públicos de 10  y hasta 16 años cesados por dichos procesos de consolidacion y que vieron como el Tribunal Supremo les aplicaba ya su  terrible cambio de jurisprudencia hace dos años , pasando  de conceder la figura -temporal e indemnizatoria al cese- del "indefinido no fijo"tras la mera superación del plazo temporal de 3 años para quedar cubierta una necesidad permanente recogido en el artículo 70 de precisamente ese EBEP aprobado en 2007 -seguramente con el espíritu de fijar un plazo máximo a la temporalidad pública- a exigir el propio Supremo que el plazo de temporalidad sea "injustificadamente largo", aceptando como justificaciones no convocatorias de OPEs por restricciones presupuestarias, demoras administrativas en los procesos selectivos con OPE ya publicada, etc no concediendo el Supremo absolutamente NADA a dichos empleados tras haber ganado sentencias de indefinido no fijo e indemnizaciones en instancias inferiores, revocadas por el Supremo.


22 comentarios:

Anónimo dijo...

Cuanto movimiento hay este mes. Se acerca el aniversario de la sentencia 19/03.

Anónimo dijo...

Probablemente con compromiso de cambio de ley y legislación, con Directriz, informe jurídico y sentencia ya no haya otro pretexto para seguir con un 25-40% de temporalidad en las AAPP; siguiente paso de Europa: Congelación de Fondos, Sanción, multa diaria.... Bonito panorama al que nos ha llevado el clan politicosindicalistaempresarial (delincuentes todos ellos)

Anónimo dijo...

En Castilla y León los populares han presentado una PNL instando a varias cosas para la fijeza del personal en abuso que se debatiría el día 11 si no me equivoco. Le han ganado por la mano a Ciudadanos.

Anónimo dijo...

Y mientras tanto donde gobiernan bien juntitos ambos nos tratan de eliminar mediante OPEs.Cinismo puro. Lo unico bueno el run run que va generando

Anónimo dijo...

Si no fuera porque hay tanta gente afectada, lo de los políticos españoles diciendo una cosa en la comunidad a, y lo contrario en la comunidad b sería ciertamente cómico.

Ya tienen una imagen pésima y son considerados en las encuestas del CIS como uno de los problemas de esta sociedad (por qué será?), ¿¿y no se les ocurre mejor cosa que seguir con este esperpento???

BOCHORNOSO!!

Anónimo dijo...

https://drive.google.com/file/d/1fpl5WRH59r3N7hM3CETMy7NMRnsCN2eP/view?usp=drivesdk

*Sentencia Bombazo:*

Por primera vez desde que empezó la campaña de interinos hemos conseguido un éxito considerable.

El juzgado de lo social 11 de Bilbao, acaba de dictar sentencia ante una demanda de una trabajadora temporal de la Universidad del País Vasco que habíamos presentado dentro de nuestra campaña, y la declara FIJA, dado que considera que su contrato era abusivo, ya que llevaba en precariedad desde 2003. No la declara indefinida no fija, sino FIJA directamente, La sentencia son 16 páginas, y es impecable, y llena de referencias jurisprudenciales, no solo del TJUE, sino tambien del TS y en cuanto a lo de que la trabajadora no entró por oposición, que es lo que cacarea siempre la Administración, la sentencia termina con este párrafo tan contundente:

Cuarto.- Y ello no supone vulneración de los artículos 9 y 103 de la Constitución Española, el segundo de los cuales impone el respeto a los principios de mérito y capacidad en el acceso al empleo público, pues dichos principios y por tanto dichos preceptos constitucionales
han de ser respetados por la Administración no ahora el 2021 sino cuando se accede -sea de modo temporal o definitivo- a dichos puestos, con lo que es la Administración la que debió, en 2003, fijar el proceso selectivo adecuado para ingresar en ella incluso como interino y si no lo hizo o el proceso que ideó no se estima suficiente debió haberlo modificado, no siendo el ciudadano el pagano de las inadecuadas actuaciones de dicha Administración.


La sentencia es pionera y es más rotunda que la de Guadalajara porque está más fundamentada. Es comparable a la famosa sentencia del Juzgado contencioso-administrativo 4 de Alicante, pero esta es para laborales.

Reino de León dijo...

Esta excelente sentencia es de USO, de momento si tengo esa opción será a quien vote, de los sindicatos no formados por interinos, en mi comunidad autónoma parece que son los que más se están moviendo e involucrando con nuestra causa. Parece que las altas instancias judiciales se van quedando solas en su persistencia en no acatar las sentencias del TSJUE, que es el máximo órgano judicial europeo cabe recordar, por lo tanto lo que diga, impepinable. Confiemos en que cambien de rumbo y lean bien la sentencia de Grecia y el auto de Portugal, ahí está claro y diáfano. Los que demandemos la plaza es nuestra compañeros y compañeras, habrá mucha lucha o menos, pero digo plaza o puesto dentro de la administración empleadora, o lo que proceda de acuerdo a la ley, derechos y deberes.

Anónimo dijo...

AL COMENTARIO 12:37

Podías poner el enlace de la sentencia, Gracias

Anónimo dijo...

Está puesto el enlace, al comienzo del post

Anónimo dijo...

No se lee.

Anónimo dijo...

https://www.uso.es/wp-content/uploads/2021/03/SENTENCIA-estimatoria-UPV.pdf

Anónimo dijo...

Sentencia DEMOLEDORA : FIJEZA SIN
OLE , a ver si nuestros abogados PRESIONAN MAS MAS Y MAS
Ya ya

Anónimo dijo...

pero y si la upv recurre y se la tumban en tribunales superiores véase de la comunidad o supremo ?

volveremos con la burra al trigo

no obstante mis dieses para ese juez

Anónimo dijo...

Tumbar ??? Acaso tumbaron la de ALICANTE , ojala la Tumben y SERÁ UNA PREVARICACION DE HECHO.
Fin Señores es el principio de las FIJEZAS a los q Demandaron el resto ??? Quiza iceta sea Honesto.
Fuerza

Anónimo dijo...

No se donde ira la burra. Lo que si se es que hace 24 meses una sentencia así, con esos argumentos y ese veredicto eran impensables.

… Caminante, son tus huellas
El camino y nada más
Caminante, no hay camino
Se hace camino al andar…

M.A. dijo...

Vaya, Vaya...


Ir paralizando las POPES

Anónimo dijo...

Yo soy de Baleares y esto es una puta locura: Més per Mallorca, que está en la coalición de Compromís (que pide fijeza en Madrid) resulta que eb Baleares vota en contra. Por cierto: en la autonómicas yo voté Més pèr Mallorca. Ahora ya tienen un voto menos. Que tomen nota. Luego, el PP que en Madrid pidió que salieran el 100% de las plazas a oposición, aquí en Baleares piden paralizarlas hasta haber arreglado el tema de los interinos. Los únicos coherentes hasta ahora son Ciudadanos, Vox y el Pi. Así que los interinos de Baleares ya sabemos que tenemos que votar o Ciudadanos a Vox o al Pi.

Reino de León dijo...

Cs no compañeira, y los otros dos seguro que si fozas un poco encuentras incongruencias, en la comunidad que yo sufro de Castilla y de León, Cs que es parte del gobierno, votó en contra de la estabilización del personal en fraude. Es fácil saber quién es oposición y gobierno en cualquier sitio, solo hay que ver quién nos apoya y quién no respectivamente.

Anónimo dijo...

OK. Entonces Ciudadanos queda descartado. Supongo que votaré al Pi. Gracias por la observación.

Anónimo dijo...

https://confilegal.com/20210308-bruselas-insta-al-gobierno-de-espana-a-que-solucione-el-problema-de-los-interinos-ante-la-llegada-de-los-fondos-europeos/?utm_medium=social&utm_source=whatsapp&utm_campaign=shareweb&utm_content=footer&utm_origin=footer

Anónimo dijo...

Pues si la solución "Iceta" es la que apunta en el audio Pilar Carbonero... muy buena pinta no tiene, en mi opinión. Ojalá me equivoque.

Anónimo dijo...

Tremendo lo que comentáis de los laborales interinos de tantos años cesados tras unos "procesos de consolidación" y desahuciados luego por el Supremo.

Sospecho que ese cambio de jurisprudencia del Supremo en 2018 vino a petición de su amo para abaratarle los costes de las OPEs de estabilización acordadas con los sindicatos