lunes, 8 de marzo de 2021

La Comisión Europea informa que ha recibido muchas denuncias sobre que las recientes sentencias del Tribunal Supremo español no respetan las del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] en relación al índice IRPH en contratos hipotecarios. La Comisión recuerda que los órganos jurisdiccionales nacionales están obligados a tener en cuenta la jurisprudencia del TJUE y si hay pruebas de que los órganos jurisdiccionales de un Estado miembro no respetan las sentencias a Comisión Europea podrá incoar un procedimiento de infracción contra el Estado miembro

La Comisión Europea acaba de publicar un documento de "Acuse de recibo y carta previa al archivo de una denuncia múltiple sobre la presunta infracción de la Directiva 93/13/CEE sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea a través de las sentencias del Tribunal Supremo español relativas al índice IRPH" en el que informa que
forma que:
  • ha recibido "un gran número de denuncias" [de ciudadanos españoles] sobre la "posible incompatibilidad" de las sentencias del Tribunal Supremo español conocidas el pasado 12 de noviembre de 2020 con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] -en especia su sentencia de 3 marzo y de 9 de julio de 2020- en relación a demanda sobre el índice IRPH en contratos hipotecarios
  • ha agrupado dichas denuncias en una denuncia múltiple de número de referencia CHAP (2021) 00759,
  • los órganos jurisdiccionales nacionales están obligados a tener en cuenta la jurisprudencia del TJUE y, si tras una sentencia , dichos órganos jurisdiccionales siguen teniendo dudas pueden plantear nuevas cuestiones de decisión prejudicial para solicitar aclaraciones sobre
    cuestiones que consideren no han sido aclaradas en las sentencias anteriores
  • si una sentencia del TJUE en una decisión prejudicial establece que  alguna norma o  jurisprudencia nacional no se ajusta al Derecho de la UE, la Comisión hace un seguimiento [de la aplicación] de dicha sentencia del TJUE en el Estado en cuestión [para ver si deja de tener lugar dicho incumplimiento]
  • si hay pruebas de que los órganos jurisdiccionales de un Estado miembro no respetan las sentencias del TJUE, la Comisión Europea podrá incoar un procedimiento de infracción contra el Estado miembro 
  • dado que en este tema en concreto, dos juzgados de Barcelona e Ibiza han planteado nuevas cuestiones prejudiciales , en principio la Comisión Europea no incoará procedimiento de infracción y archivará esta denuncia múltiple (específica sobre esas sentencias del Supremo) si no recibe nueva información en 4 semanas que le permita llegar a una conclusión diferente

Recordemos que sobre el abuso de temporalidad en el empleo público españlol, la Comisión Europea mantiene abierta una investigación  a raíz de muchas denuncias recibidas agrupadas en la  denuncia múltiple  CHAP(2013)01917 , sobre la que había informado recientemente que tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 de los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros" 

  • mantiene abierta además un procedimiento de infracción que podría acabar en multa al España
  • evaluará si la futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública en Junio de 2020  es conforme con la Directiva Europea sobre empleo temporal (1999/70/CE)y la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto (como la propia sentencia de 19/03/2020)
Hay que recordar que la aplicación del derecho europeo es "distribuido": corresponde su aplicación a todos los órganos jurisdiccionales, el TJUE y los nacionales. En especial, la revisión y la casación de sentencias en demandas nacionales, aún estando pivotadas en torno a normas de la UE, corresponde a los órganos pertinentes nacionales de revisión y casación, estando a disposición de todos los órganos jurisdiccionales, incluidos los juzgados de primera instancia, la herramienta de la "petición de decisión prejudicial" al TJUE para plantear dudas sobre la aplicación de normas comunitarias o si una norma nacional o incluso la jurisprudencia nacional es compatible o no con dicha norma comunitaria.
 
Los recursos con demandas en sí a un EStado en el Tribunal Europeo se reservan a otras situaciones, por ejemplo, los de la Comisión Europea a un Estado miembro para fijar ya una multa como paso final de un "procedimiento de infracción" incoado -que precisamente puede haberse iniciado ante la percepción por la Comisión de que normativa+jurisprudencia nacional resultan en que continúe incumpliéndose alguna directiva de obligado cumplimiento en algún estado miembro.


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12 comentarios:

Anónimo dijo...

A ver si puede ser!!

Anónimo dijo...

Y a ver si nosotros inundamos también con denuncias por incumplimiento de la Directiva de 1999 y de la ST TJUE de 19 de marzo de 2020.

Anónimo dijo...

conclusion=archivada

no se lleven a engaño

Anónimo dijo...

https://www.economistjurist.es/noticias-juridicas/irph-la-jurisprudencia-europea-como-escudo-ante-interpretacion-retorcida-del-tribunal-supremo/

No tiene desperdicio leerlo, el propio presidente de la sala de lo civil reconociendo que no quieren aplicar el derecho vigente (UE) ...favor por favor y a pagar a los Amos.

Este es otro caso del lote de la Estafa Institucional de este País: leyes hechas a la medida del saqueo, del trinque de unos privilegiados y de clanes.... caso gemelo al de la Temporalidad en las AAPP, pero si la Banca se ajusta a la legalidad, sin duda que la Administración es la siguiente.

Anónimo dijo...

No sé que está esperando a Europa para poner las cosas en su sitio. De qué sirve a las personas a las que les están desestimando los tribunales insumisos a Europa, que dentro de un tiempo se haga un procedimiento de infracción?

El procedimiento de infracción tiene que ser cuanto antes para obligar a los tribunales a respetar la primacía del principio comunitario, si no ya es tarde...

Anónimo dijo...

Precisamente es en lo que se apoyó la Darias para juntar a las CCAAs tras la sentencia europea de ya hace casi u año y espolearles a que aceleraran las OPEs con los puestos del personal de larga duración que les podía causar algún problema a la larga en procedimientos de infracción... muerto el perro se acabó la rabia. Por otro lado , no sé si les importará tener que acabar pagando alguna multa de algunos milloncitos con eldinero de los españoles que gestionan ...

Lo que no sé si contaban era con que los fondos europeos de recuperación que necesitan como el comer pudieran llegar a depender de esto ;)

Reino de León dijo...

Para eso aprobaron recientemente el mecanismo de bloqueo de fondos, para poder parar a la manta sinvergüenzas de este país, y puntualmente a otros, pero principalmente a este. Que lo utilicen, si nosotros y la gruesa factura no les importa, que lo hagan por orgullo y dejar claro quién manda.

Anónimo dijo...

Todo esto es muy lento. Pero, por lo menos ya han sacado los colores a nuestros politizados magistrados del Supremo. Caña, caña y caña. Que los dejen a la altura del betún a ver si espavilan. Este es un país corrupto de M...

Anónimo dijo...

https://confilegal.com/

Bruselas insta al Gobierno de España a que solucione el problema de los interinos ante la llegada de los fondos europeos


Anónimo dijo...


La solución -y la justicia- pasa por la ESTABILIDAD EN EL EMPLEO DE TODA PERSONA QUE HAYA SIDO OBJETO DE ABUSO POR LA ADMINISTRACIÓN, lo que implica la necesidad de análisis inmediato de qué plazas están ocupadas por este personal.

Anónimo dijo...

Compañeros , falta poco , ellos los panda.poli.sindicatos ESTAN JODIDOS.
Llegan tarde , para la fijeza , hemos de ir a por más. PREVARICACION . RESPONSABILIDAD PENAL.
Fuerza. DEMANDAR.

Anónimo dijo...

ICETA , no tanto bailar y mas ESTABILIZAR , esto es insostenible, salio toda a la luz . FIN . FIJEZA O PREVARICACIÓN
Hemos de intentar estar preparados para YA YA , ejecutar la DENUNCIA COLECTIVA, pasa q no se como se instrumenta y quizá nuestros letrados aún esten pendientes de hechos aqui en ESPAÑA ( justicia)
Es la última batalla , no aflojemos , si esto se mueve es por los pokos desgraciaos que hemos DEMANDADO , y seguir saturando de DENUNCIAS A LA CE.
Fuerza.