'Tenemos el placer de dirigirnos a ustedes con motivo de las próximas
actuaciones del Plan Next Generation EU y la financiación que se otorgará al
Reino de España, tanto en forma de transferencias como de préstamos.
Sin duda España necesita esa financiación. Pero no es menos cierto que,
nuestros socios europeos esperan de nuestro país medidas transformadoras y un
exquisito respeto a las normas de juego, particularmente a las normas jurídicas,
el Derecho de la Unión, que permitirá conseguir una Europa Social, avanzada, y
cohesionada en su papel de líder mundial.'
[..] ' España todavía no ha
transpuesto al Sector Público el Acuerdo Marco consecuencia de la Directiva
1999/70/CE.
Esa falta de transposición ha generado una situación de temporalidad en
el empleo del sector público insoportable.
En el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia presentado por
el Gobierno de España como soporte a las ayudas que, enmarcadas en el Plan
Next Generation EU, España aspira a recibir, y dentro del apartado 4 de las
políticas palanca planteadas, denominado “Una Administración para el siglo XXI”,
que tiene asignada un 5% de los fondos que se hagan disponibles, se aboga por
un “ Plan de modernización de las Administraciones Públicas, con el fin de mejorar
la eficiencia de los recursos humanos reduciendo los altos niveles de
temporalidad y precariedad y flexibilizando la gestión de los recursos humanos
a las administraciones...”.
Pero España es reacia a acatar el Derecho de la Unión y por eso, se proponen realizar Ofertas Públicas de Empleo y procesos selectivos que van a resultar en el cese de cientos de miles de trabajadores temporales, que llevan realizando su trabajo durante 5, 15, 25, 35, e incluso más años, para que esos puestos de trabajo sean ocupados por nuevos trabajadores. Esta, es una forma perversa de reducir la temporalidad y totalmente contraria al Derecho de la Unión.
El TJUE, en su Sentencia de 19 de marzo de 2020, (Asuntos C-103/2018 y C-429/2018) responde la consulta sobre si es una sanción suficiente, efectiva y disuasoria la organización de procesos selectivos como los que pretende llevar a cabo el Reino de España para reducir la temporalidad. La diáfana respuesta del TJUE:
De un modo contumaz, persistente y reiterativo, España sigue incumpliendo el Derecho de la Unión. Por esta razón, queremos pedirles que, antes de proceder al anticipo o abono parcial de las transferencias que deban realizarse dentro del marco del Plan Next Generation EU en las próximas semanas, se aseguren que de forma efectiva, el Gobierno de España efectúa medidas correctoras que sean conformes al Derecho de la Unión y no diametralmente contrarias, tal como se propone hacer.
Lo contrario implicaría que, mientras nuestros socios nacionales de otros estados miembros respetuosos con los fines y con el Derecho de la Unión se sacrifican económicamente para ayudar al Reino de España, éste no cumple con su parte de aceptar y acatar, de una vez por todas, sus normas jurídicas, defraudando así, las legítimas expectativas del resto de estados miembros. Además, se produce el efecto perjudicial añadido de desigualdad laboral para los trabajadores del sector público entre otros estados miembros y España, quebrando el principio comunitario de igualdad y libertad de movimiento de los trabajadores europeos de otras nacionalidades, que encuentran en España peores condiciones a las que disfrutan en los demás estados miembros de la Unión. Casi un millón de trabajadores temporales del Sector Público español estamos en vilo ante esta situación y confiamos que la Comision actúe coercitivamente para obligar al Reino de España a solventar los incumplimientos que perduran por 31 años. La Comisión no puede seguir mirando hacia otro lado. En sus manos tienen la solución.
Aprovechamos la ocasión para desearles los mejores éxitos profesionales, que serán los de todo el continente.'
NOTA DEL EDITOR: ADDITAE es una asociación "cuyo nombre responde al acrónimo formado por las siglas de su nombre en inglés, Against Democracy Damage International Technical Association in Europe (Asociación técnica internacional contra el daño a la democracia en Europa), sus "fines asociativos son la investigación, defensa y consecución plena y universal de los derechos sociales" y como primer objetivo "se ha propuesto colaborar en la erradicación de la contratación temporal en el ámbito laboral, tanto en el sector público como en el privado, debido a los efectos perniciosos y a la precariedad que su abuso causa en la sociedad española"
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [04/06/2018] Resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad tanto en la empresa como en el empleo público: la conversión a fijo es adecuada y pide que se incluya en la normativa nacional como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley
- [09/07/2018] Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extensión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal. Subidas acordadas de sueldo de empleados públicos 2018 a 2020
- [09/09/2018] La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"
- [19/03/2020]Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [04/06/02020] Resumen y extractos sobre la problemática de los empleados públicos temporales y el impacto de la reciente sentencia europea de la Comparecencia este Jueves 4 de Junio de la Ministra de Función Pública en Comisión del Senado: la sentencia deja en manos de los jueces fijar la sanción disuasoria que no puede ser la fijeza, impulsará los procesos de estabilización acordados con los sindicatos ampliando un año más su posibilidad y modificará el Estatuto del empleado para limitar la duración de la temporalidad si bien está abierta a buscar "soluciones de largo alcance" mediante más modificaciones del EBEP si consensuadas con las CCAA
- [04/06/02020] Resumen y extractos sobre la problemática de los empleados públicos temporales y el impacto de la reciente sentencia europea de la Comparecencia este Jueves 4 de Junio de la Ministra de Función Pública en Comisión del Senado: la sentencia deja en manos de los jueces fijar la sanción disuasoria que no puede ser la fijeza, impulsará los procesos de estabilización acordados con los sindicatos ampliando un año más su posibilidad y modificará el Estatuto del empleado para limitar la duración de la temporalidad si bien está abierta a buscar "soluciones de largo alcance" mediante más modificaciones del EBEP si consensuadas con las CCAA
- [20/08/2020] Respuesta del Gobierno a las preguntas del senador de Compromís Carles Mulet sobre las medidas que piensa adoptar tras la sentencia europea de abuso de temporalidad en el empleo público: compromiso con las CCAA de impulsar los procesos de estabilización para reducir la temporalidad, cambio normativo para adecuar el uso de temporalidad y ante el abuso, le corresponde a los juzgados determinarlo y esperarán a las resoluciones judiciales y el procedimiento de infracción europeo en curso
- [10/10/2020] La Comisión Europea informa del curso de la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, evaluará que la futura reforma del Estauto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334
- [30/10/2020] Debate de ayer 29/10/2020 en la Comisión de Función Pública del Congreso donde se aprobó la Proposición No de Ley del Grupo Socialista para instar al Gobierno a reformar el Estatuto Básico del Empleado Público para "mejorar la regulación del personal interino" finalmente en una forma final idéntica a la aprobada en el Senado: buscando una "solución" legal consensuada con las CCAAs y los sindicatos. El PSOE dice que deberá cumplir con la sentencia europea de 19/03/2020 pero también con las novedades de jurisprudencia nacional citando la reciente del Tribunal Supremo [¿la de 24/09/2020, una sentencia que niega el abuso en una situación de único nombramiento de una interinidad de vacante prolongada?]. El Grupo Plural anuncia que ha presentado una Proposición de Ley de un turno especial de acceso restringido a interinos de más de 10 años en cuerpos sin OPE desde 2010]
- [03/11/2020] [ADDITAE] 'Reunión UGT y ADDITAE: en el orden del día estaba exclusivamente la búsqueda de soluciones para erradicar el abuso de la temporalidad en la AAPP' [UGT "decididos" a "contribuir" a que "se estabilicen trabajadores y no plazas]"
- [19/11/2020] [ADDITAE] Carta a la Presidenta de la Comisión Europea [España no cumple las reglas de la UE en el abuso de la temporalidad de sus empleados públicos, abuso contrario a la Directiva Europea 1999/70/CE que la Ministra de Función Pública afirma no va a transponer mientras prosigue con unos procesos selectivos con los puestos del personal en abuso en contra de la Sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020]
6 comentarios:
NOTICIA EN EL DIARIO.ES:
"Una solución excepcional para una situación excepcional. Un informe firmado por María Emilia Casas, presidenta del Tribunal Constitucional entre 2004 y 2011, plantea una reforma legislativa en España para convertir en trabajadores fijos "a extinguir" a los empleados públicos que han sufrido el abuso de la contratación temporal, una situación que afecta a más de 800.000 personas en todo el país"
https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/informe-expresidenta-constitucional-avala-fijos-empleados-publicos-abuso-temporalidad_1_7346627.html
Gracias Additae.
Yo por mi parte, quierpo recordaros que también podemos aportar nuestro granito de arena demandando en la Comisión Europea y sin correr el más mínimo riesgo de entrar en una hipotética lista negra en nuestro ayuntamiento o administración.
la Comisión Europea está recibiendo mucha demandas de interinos. Son tantas que las está unificando en una sola y colectiva. Pero, para que tenga fuerza han de ser miles los que demanden.
ES FÁCIL 5 MINUTOS. Aunque a la Comisión Europea le tienes que dar los datos reales tuyos y de tu administración, al final del documento te pide si quieres mantener el anonimato ante tu administración. Por tanto, diría que estamos obligados moralmente a realizar este trámite ya que no tenemos nada que perder y muchos que ganar. A todos los abogados que conozco, empezando por el mío, que llevan casos de demanda de fijeza les parece muy bien que lo hagamos.
Página para demandar en la Comisión Europea:
https://ec.europa.eu/assets/sg/report-a-breach/complaints_es/
Se rellena así (en muchos casos basta copiar y pegar lo que os pongo):
Datos personales: REALES
Punto 3
Nombre de la administración en la que trabajas y dirección (la dirección aparece en su web).
CP ....
Ciudad: ....
País: España
Punto 4
Medidas nacionales que sospecha infringen el Derecho de la Unión:
Procesos de consolidación de empleo (oposiciones libres) de puestos en abuso de temporalidad y fraude de ley según legislación de la UE.
Legislación de la UE que a su juicio ha sido infringida:
Infracción de la Directiva 1999/70/CE claúsula 5.
Sentencia 19 de marzo de 2020 del TJUE.
Auto Gondomar 30/09/2020, sentencia Grecia 11/02/2021
El Tribunal Supremo prevarica y no aplica derecho Europeo.
Punto 5
Descripción problema:
Soy interino, en abuso de temporalidad, desde…. Estoy cubriendo puestos estructurales en la misma administración con contratos que se renuevan cada año todo este tiempo. Con las sucesivas convocatorias de oposiciones mi puesto de trabajo peligra y genera incertidumbre sobre mi futuro laboral sin que haya sido yo resarcido mediante la fijeza, ni tampoco mediante una indemnización disuasoria, que además, esta última, la legislación española no prevé actualmente.
España y los jueces no aplican la sentencia de 19 de marzo 2020 ni la citada anteriormente Directiva.
¿Recibe el Estado miembro en cuestión (o puede recibir en el futuro) financiación de la UE relacionada con el asunto de su denuncia?
No sé
¿Se refiere su denuncia a una infracción de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE?
Sí. Trabajo digno y estable. Puede entenderse que se infringe el art. 15.1 de la Carta de Derechos Fundamentales: “Toda persona tiene derecho a trabajar y a ejercer una profesión libremente elegida o aceptada.” La actuación denunciada impide poder consolidar una relación de empleo público que se ha generado por el incumplimiento reiterado de las exigencias de trabajo temporal. Además de no querer aplicar y cumplir la directiva 1999/70/CE. Tampoco acata la sentencia del TJUE del 19 de marzo de 2020.
6. Lista de documentos
- El Acuerdo para la mejora del empleo público de 29 de marzo de 2017 firmado entre la Administración y los sindicatos CCOO, CSIF y UGT.
- Declaraciones de la Ministra Carolina Darias diciendo que no transpodria la Directiva europea.
-Declaraciones del ministro de Admisnistraciones Públicas, Sr. Iceta, anunciando que se mantienen las oposiciones para cubrir plazas que superan la tasa de reposición del 100% haciendo peligrar el futuro laboral de los interinos en abuso y sin proponer fijeza o indemnización disuasoria (esta última no viable ya que no está contemplada en la legislación española).
-Falta de reconocimiento por parte del Gobierno español de que los interinos que cubren plazas estructurales desde hace más de 2 años son trabajadores en abuso de temporalidad, sin resarcirlos mediante fijeza o una indemnización disuasoria que la legislación española no contempla.
- Declaraciones de sindicatos demandando oposiciones que supondrían que muchos trabajadores en abuso de temporalidad se quedaran sin trabajo, sin indemnización y casi sin sueldo de jubilación a edades que superan los 40, 50 o 60 años.
- Sentencias del Tribunal Supremo que no reconocen el abuso de temporalidad en trabajadores interinos que han estado años cubriendo plazas estructurales en la administración.
¿Ha emprendido acciones en su estado?
SÍ
¿Qué medidas ha tomado ya?
Marcamos las dos (o solo la primera si hemos sido tan lentos que aun no hemos demandado):
x Medidas administrativas (por ejemplo, recursos, denuncias ante las administraciones públicas correspondientes —centrales, regionales o locales—, denuncias al defensor del pueblo nacional o regional).
Indique en un máximo de 3.000 caracteres qué tipo de resolución o resoluciones concluyeron el procedimiento.
No se reconoció el derecho ni a fijeza ni a indemnización disuasoria.
xAcciones judiciales (ya he acudido a los tribunales en el Estado miembro para solucionar este problema).
Indique si el tribunal ya ha resuelto o si el asunto sigue pendiente de resolución. Si sigue pendiente ¿para cuándo cabe prever una resolución?
MODIFICA EL SIGUIENTE TEXTO DE ACUERDO CON TU SITUACIÓN: Pendiente de resolución. Aun no se sabe cuándo es el juicio. He puesto demanda. Si no prospera emprenderé otras acciones judiciales.
¿Autoriza a revelar datos personales a la administración?
No o sí lo que queráis. Tampoco es muy relevante.
En el comunicado dice 31 años, son 21 sin transponer la Directiva, un error a subsanar
Poner la demanda individual ante la Comisión Europea como os solicita el compañero, es importante, se trata de destapar a esta manta. Y muchas gracias a esta asociación por eso mismo, por destapar a todos estos. Parece que la Comisión Europea se está tomando esto en serio, deben estar bien informados en especial de las intenciones de estos. Siguen acelerando las oposiciones en plena pandemia echando a personal en fraude que ha demandado, esto tendrá consecuencias legales contra los infractores y los que les dan sustento.
Este señor, Valdis Dombrovskis, es el miembro de la Comisión Europea que examinará el Plan de petición de fondos de España
https://www.google.com/amp/s/amp.elmundo.es/economia/actualidad-economica/2021/03/28/605f2391fdddff86518b459b.html
Su email oficial es el siguiente:
cab-dombrovskis-contact@ec.europa.eu
Unos cuantos cientos de emails, explicando la inacción española ante semejante fraude de ley, que incumple brutalmente la Directiva Europea, no estarían nada mal, y no cuestan ningún esfuerzo...
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