miércoles, 23 de febrero de 2022

Más de la mitad (el 56%) de los empleados del SERMAS son temporales: actualización de las plantillas reales del SERMAS que publica la Consejería de Sanidad a 31/12/2021, antes de que haya finalizado alguno de los "procesos de estabilización" , concursos con oposición eliminatoria realmente, en el SERMAS derivados de la ley estatal de 2017 de los que ya se han convocado la inmensa mayoría de sus más de 20 mil plazas temporales ahora más de 8 años. Temporalidad de casi el 80% en las categorías estatutarias de informática del SERMAS, con un centenar de sus 120 temporales con temporalidad anterior a la fecha de 1/1/2016 de la nueva ley y sin haberse publicado las convocatorias de las 110 plazas incluidas en la OPE 2019 con las plazas de estabilización derivadas de la ley anterior de reducción de temporalidad.

Tal y como establece el art. 32 de  la Ley 9/2015 Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid , o "ley de acompañamiento de los presupuestos para 2016" sobre las "medidas de transparencia, acceso a la información y buen gobierno en el Servicio Madrileño de la Salud", la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid puso en marcha en  Julio de 2016  el Portal Estadístico de Personal publicando por primera vez  la información detallada sobre el número del personal fijo, interino y eventual -es decir la "plantilla efectiva" o real, por cada categoría y centro de las instituciones sanitarias del SERMAS, por aquel entonces con datos a fecha 31/05/2016.

Desde entonces ha ido actualizado casi cada mes la información detallada siendo los últimos datos publicados, a fecha de 31/12/2021, siendo la anterior que comentamos en este blog de fecha de 31/05/2021, y por tanto ya durante la pandemia de COVID y en un período en el que aunque se han convocado masivos procesos selectivos (los de "estabilización" de puestos temporales ) no se ha acabado resolviendo ninguno, con lo que apenas se han nombrado fijos más allá de procesos de promoción interna en este tiempo..

Ahora que se acerca la resolución final del primer grupo de convocatorias de dichas OPEs de estabilización, las de la OPE 2017 del SERMAS, resulta de interés recoger antes en una entrada el reparto de fijos, interinos y eventuales.


Agregando los datos las diferentes vinculaciones jurídicas   31/12/2021 del SERMAAS -es decir  sólo en los centros de gestión directa-,
  • personal estatutario , el mayoritario con 75.017  empleados [74.964 antes]
  •  laboral 8.011 [8.372 antes]
  • y funcionario 198  [213 antes]
sobre un total de 83.479 profesionales del SERMAS  [ 83.549 antes] (aparte de 253 directivos de libre designación) en cuanto a temporalidad  se tiene  a 31/12/2021:
 
  •  un 44,0% de personal fijo (36.780 empleados [38.023 antes])
  •  un 56,0% de temporales: el 39,2% de interinos en vacante (32.724, [31.335 antes]) y el 16,4% de eventuales (13.722 [14.190 ])
 Es decir, la temporalidad del personal del SERMAS se sitúa  en el 56%, más de la mitad de la plantilla  con, a buen seguro, una gran mayoría de esos 32  mil puestos interinos de  temporales de más de  3 años de antigüedad. De hecho 22 mil de esos puestos fueron reconocidos en 2017 como ya temporales de más de 3 años, ahora por tanto temporales de más de 8 años. En comparación con la anterior entrada se aprecia un ligero descenso del número de fijos, fruto de las jubilaciones.

En cuanto a las ausencias, se sigue echando en falta discriminar los puestos de plazas con propietario fijo ocupados temporalmente por sustituciones así como incluir en las mismas hojas información importante de la plantilla orgánica que publica el SERMAS en otra parte , en especial, añadir las denominadas "vacantes puras" o libres, es decir la plantilla orgánica ya creada (o "presupuestada") pero no cubierta de forma definitiva por fijo ni temporal por interino, aunque una vez conocido el número de fijos e interinos por categoría esta información puede estimarse cruzándola con los totales de plantilla orgánica.
 
 

En cuanto a la plantilla de las categorías estatutarias de Sistemas y Tecnologías de la Información [S.T.I.] , por su interés para la temática de este blog, publicaremos los datos detallados en otra entrada separada -teniendo en cuenta nuestro censo, en especial,l que  además está el personal informático, en torno a 25 personas, que sigue con nombramientos en categorías de la Función Administrativa pese a realizar funciones de las categorías de informática. Nos limitamos aquí a trasladar los datos públicos por temporalidad en cada una de las 3 categorías estatutarias de S.T.I.:
  • Categoría de grupo A1 de S.T.I.  ("Técnico Superior de S.T.I."): 37
    • 4 fijos (el 11%)
    • 33 temporales (el 89% de temporalidad) : 32 interinos y 1 eventual
  • Categoría de grupo A2 de S.T.I.  ("Técnico de Gestión de S.T.I" ): 41
    • 9 fijos (el 22%)
    • 32 temporales (el 78% de temporalidad ): 31 interinos y 1 eventual
  • Categoría de grupo C1 de S.T.I.: ("Técnico Especialista de S.T.I"): 82
    • 23 fijos (el 26%)
    • 59 temporales (el 72 % de temporalidad ): 57 interinos y 2 eventuales

  • TOTAL DE LAS 3 CATEGORÍAS: 160
    • 36 fijos  (el 22%)
    • 124 temporales  (el 78%): 120 interinos y 4 eventuales

Por tanto la temporalidad en las categorías propias de informática del personal estatutario del SERMAS es casi del 80% y sigue con el problema de de estar  infradotada (menos de 180 efectivos) y con un problema adicional al de la temporalidad de -todavía- falta de regularización en las categorías de informática de 25 personas con funciones de informática pero que  siguen en categorías de la función administrativa, y que por tanto, tampoco disfrutan de una función fija informática.


Destacan por sus espectaculares índices de temporalidad , entre otras , estas categorías del SERMAS:
  • logopedas: con el 100% de temporalidad (pese a su notable antigüedad)
  • sanito-optómetras: el 95%
  • cocineros: el 83% 
  • pinches: el 79%
  • los médicos de urgencias hospitalarias
  • varias especialidades médicas de Facultativo Especialista 
  • y varias categorías de oficios


Recordemos que las plazas de estabilización de las diferentes Oferta Pública de Empleo de 2017, 2018 y 2019  del SERMAS consisten en plazas ofertadas computadas (todas en algunas categorías, o su inmensa mayoría, en general) fuera de la tasa reposición por la tasa adicional  "de estabilización de puestos"  según se deriva de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, ley aprobada por el anterior Gobierno del Estado tras un polémico y previo acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005  y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia [ haciendo un total de más de 22 mil  según el SERMAS], con la obligación de que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en todas las categorías  y especialidades en el SERMAS al finalizar estos procesos.

Así la Dirección Gral de RRHH del SERMAS anunció que acabarían convocando 19.700 plazas computadas por estabilización en estas OPEs y unas 22 mil plazas sumando las computadas por la tasa de reposición (aún siendo de más de 3 años a 31/12/2016, es decir, temporales ahora más de 8 años ), más de repartidas en grupos de categorías de la OPE 2017 del  la C. de Madrid (Decreto 144/2017, publicado el 14/12/2017), la OPE 2018 de la C. de Madrid  (Decreto 170/2018, publicado el 20/12/2018) y el  el segundo Decreto de la Oferta Pública de Empleo en 2019 de la C. de Madrid , habiéndose ya ofertado entre dichas OPES : 17.237 plazas  del Servicio Madrileño de Salud explícitamente computadas por tasa de estabilización , pero a buen seguro que más de 19 mil teniendo en cuenta las incluidas en la parte de reposición si se tiene en cuenta  que en dicha parte sólo se incluían -por ser en este caso por la primera ley de presupuestos generales del Estado de 2017-todas las de antes de 2005 y solamente el 90% de las restante de más de 3 años.

Esas más de 20 mil plazas ya eran temporales más de 3 años a 31/12/2016 con lo que a 31/12/2021 ya son temporales de más de 8 años, y por tanto, todas son plazas temporales anterioes a 01/01/2015 y por tanto , todas anteriores a la fecha de 01/01/2016 que marca   la nueva Ley de reducción de temporalidad pública en vigor desde el pasado 30/12/2021, que obliga a todas las AAPP a realizar concursos de méritos (de libre concurrencia con las plazas estructurales temporales anteriores a 1/1/2016 y las vacantes actuales cubiertas por personal que lleve temporal desde antes de 1/1/2016, al menos si la plaza no están ya en una convocatoria en marcha de proceso de estabilización derivado de las leyes anteriores de 2017 y 2018.
 
Precisamente, el SERMAS publicaba las convocatorias que le faltaban de la OPE 2018 del SERMAS con plazas de estabilización según leyes anteriores salvo facultativos especialistas - entre ellas las de las 3 categorías A1, A2 y C1 de la Función Administrativa -y en Diciembre de 2021 pocos días  antes de la publicación de la citada ley 20/2021y ya aprobado por el Congreso su contenido, convocaba las plazas de las OPEs 2018 y 2019 , con las plazas de estabilización de la ley estatal 2017, de las de facultativos especialista, con lo que la inmensa mayor parte de las plazas de "estabilización" del SERMAS según la Ley estatal de 2017 ya están convocadas, quedando unas pocas plazas de estabilziación, derivadas de esa ley estatal, de las OPE 2019 de en  categorías minoritarias en volumen ( o especiales porque serían las primeras en la historia del SERMAS) de informáticos precisamente, logopedas, optometristas,  ingenieros, oficios, ...
 
 

En cuanto a las plazas estructurales reconocidas en las categorías de "informática", las de las 3 categorías de "Sistemas y Tecnologías de la Información", una por cadas grupo de clasificación A1, A2 y C1, se han visto incluidas 110 plazas entre las 3 categorías en  la OPE del SERMAS de 2019 con plazas de estabilización computadas según la Ley de 2017, según nuestro censo todas las vacantes cubiertas por interinos a 31/12/2018 (por tanto, reincluyen las 70 de la OPE 2015,, cuyas convocatorias no se desarrollaron), computadas en esta OPE 2019 por el SERMAS así
  • 73 plazas por la tasa de "estabilización" de  hasta el 90% de las plazas temporales más de 3 años a 31/12/2016, según la Ley de 2017 . Esto implica reconocer 82 plazas cubiertas por interinos desde antes de 01/01/2014, todas por tanto desde antes de 01/01/2016

  • 37 plazas computadas por tasa de reposición, de  las que 9-10 plazas serían realmente de antes de 01/01/2014 y el resto de antes de 01/01/2019, con lo que la mayor parte de estas 37 plazas también deben ser de antes de 01/01/2016

  • por tanto, en torno a  85 plazas son anteriores a 01/01/2015 y en torno  un centenar de las  plazas de las categorías de informática son anteriores a 01/01/2016



Entradas relacionadas:
 
 

Entradas relacionadas:


2 comentarios:

M.A. dijo...

Puede que sea de interés (para alguien, comegambas y amargados abstenerse :-P ):

https://www.galiciapress.es/texto-diario/mostrar/3455670/personal-laboral-xunta-pide-intercesion-valedora-abrir-mesa-negociacion-sobre-temporalidad

Anónimo dijo...

Los datos son verdaderamente impresionantes: 56% de temporalidad, 32 mil temporales, 22 mil ya reconocidos oficialmente de más de 8 años, ¿cuántos temporales más de 3 años habrá? ¿ 30 mil?

Multiplicada por expectativa de votos y dinero en cursos de formación se entiende la visceral oposición a que se estabilicen "a la italiana" (una regularización administrativa por solicitud personal para quien cumpla requisitos de exceso de temporalidad)

¿Tenéis alguna cifra estimativa de esos 20 mil plazas de temporales en abuso que han debido convocar ya,pues cuántos cesados sin indemnización va a haber?