Tal y como avanzó el abogado de las demandantes, Pau Albert Martí, el Juzgado de lo Social nº 25 de Barcelona ha dictado este 16/06/2022 una sentencia de "fijeza" a ni más ni menos que 34 educadoras sociales [texto anonimizado de la sentencia , P.O. 893/2019-C], empleadas públicas laborales, de la Generalitat como sanción al abuso de temporalidad según jurisprudencia europea , aplicando la doctrina de la Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de su Cataluña establecida en su sentencia de 29/11/2021, que fue reiterada en la sentencia de 11/04/2022 de este tribunal regional:
- ha de tenerse en cuenta la evolución jurisrprudencial dada en cuanto al reconocimiento del abuso por
- la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRA, que tumbaba de forma definitiva la doble excusa utilizada por el Tribunal Supremo hasta entonces, incluso tras la : la normativa europea se aplica a las temporalidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias
- y el correspondiente cambio asumido de doctrina del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo con su sentencia de 28/06/2021, pasando a reconocer la existencia de abuso en contratos temporales vinculados a
vacante si se ha superado el plazo de 3 años establecido por el EBEP par acubrirlo y aunque sólo haya un contrato
- en cuanto a la sanción del abuso constatado, tras la sentencia europea citada,
- no es suficiente la figura que e consideraba hasta ahora "del indefinido no fijo" al estar expuesto a ceses por la cobertura del puesto que conlleva una indemnización al cese ya declarada no válida como sanción por el Tribunal Europeo
- siguiendo doctrina del Supremo, tampoco se debe reconocer la condición de "laboral fijo" en sí para
no ir contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público que
exige haber superado un proceso selectivo acorde con los principios de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad para poder alcanzar esa condición.
- sino que se deber sentenciar el carácter "indefinido sin más adjetivos" sin la cobertura del puesto por proceso selectivo ya como causa válida de cese (es decir, un tipo de "fijeza").
En el caso de la sentencia las demandantes, de hecho, solicitaban la condición de laboral fijo, subsidiariamente la de "indefinido" y más subsidiariamente, la de "indefinido no fijo" actual.
Nótese que mientras esta sección de la Sala de lo Social de Cataluña
conformaba su doctrina tanto para el abuso como para la sanción tras la
sentencia europea de 03/06/2021, el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo decidió en su sentencia de 25/11/2021 que, como sanción, se debía seguir concediendo, esa figura ya establecida tal cual del indefinido no fijo y no
la fijeza ante el fraude en la utilización de la temporalidad en empleados públicos laborales
que sólo hayan superado un proceso selectivo para temporal.
Reforzando esa postura de la insuficiencia como sanción del indefinido no fijo actual del Supremo, el juzgado también traslada y asume la doctrina de una sección de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en su sentencia de 17/02/2021, que decidió conceder la fijeza a temporal de 31 años de Correos como la sanción adecuada al abuso de temporalidad en lugar del indefinido no fijo, por no considerarla medida válida tras la sentencia europea "Sánchez Ruiz y otros" de 19/03/2020 y al no existir en la legislación española medidas de sanción suficientes que pudieran ser alternativa a la fijeza, y siendo un mandato del Tribunal Europeo la búsqueda de una interpreación conforme del derecho nacional en sentido amplio que proporcoine una sanción que cumpla con los objetivos de la directiva.
Y, especialmente, utilizan el muy reciente Auto del Tribunal de Justicia Europeo de 26/06/2022 donde el alto tribunal europeo respondía a la cuestión prejudicial de un juzgado de Barcelona que la
figura del indefinido no fijo actual que se concede como sanción judicial al
abuso de temporalidad del empleado público laboral español no deja de
ser un temporal más según la normativa europea, con lo que , razona el juzgado, no puede ser una sanción válida, lo qu3e lleva al juzgadoa afirmar !ue la condición del mpleadoa indefinido/a no fio lo que hae finalente es perpeturar una temporalidad", y sentenciar la declarción de relación laboral "indefinida", en aplicación del artículo 15 del Estatuto General de los trabajadores.
Recordemos que la cuestión de si puede valer como sanción al abuso la figura del "indefinido no fijo" español actual que se concede por la jurisprudencia actual de la Sala Social del Supremo como la sanción para el abuso de temporalidad del empleado público laboral, ha sido elevada de forma explícita al Tribunal de Justicia Europeo por las 3 cuestiones prejudiciales de la Sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en las que cuestiona si dicha figura del indefinido no fijo del Supremo para laborales puede valer como sanción al abuso de temporalidad y llega a cuestiona en la última además si los procesos de estabilización, y concurso de méritos, de libre concurrencia indemnizados con un tope de 1 año de sueldo. de la nueva ley 20/2021 pueden valer como sanción para evitar la declaración judicial de fijeza. Es probable, toda vez que ya abordó cuestiones muy similares para personal estatutario en la famosa sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz", que el Tribunal Europeo responda por auto nuevamente a estas 3 peticiones de cuestiones prejudiciales, siendo en ese caso de esperar la respuesta en los próximos meses.
Las 3 peticiones elevadas por esta sección de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en concreto, son:
- por el Auto del TSJM de 21/12/2021 que ya comentamos aquí en una entrada, presentada al TJUE el 17/02/2022, y ya clasificada como asunto pendiente C-110/22 o "UNED"
- por el Auto del TSJM de 22/12/2021 que comentamos en esta otra entrada, presentada al TJUE el 27/01/2022, y ya clasificada como asunto pendiente C-59/22 o "Consejería de Presidencia"
- y por el Auto del TSJM de 03/02/2022 , que comentamos en esta otra entrada, presentada al TJUE el 03/03/2022, y ya clasificada como asunto pendiente C-159/22 o "Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid"
Recordemos por otro lado que en lo Social se tratan los asuntos de la relación de empleo de empleados públicos laborales, mientras que es en el orden de lo Contencioso-Administrativo donde se tratan los de empleados públicos funcionarios o estatutarios de servicios de salud y que la doctrina reciente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo , tras la importante sentencia de 30/11/2021 ,su serie de sentencias derivadas desde primeros de Diciembre de 2021 y sus primeras sentencias desde el 10/12/2021 a las demandas de fijeza, como sanción ante la inexistencia de medidas de sanción en la normativa española según estipulan las sentencias europeas- y tras incluir no sólo la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 sino su posterior "corroboración" o aclaración, la sentencia europea de 03/06/2021 en el asunto IMIDRA, ha pasado a reconocer abusos de temporalidad en personal interino de vacante prolongada aunque sea en nombramiento único , o encadenada a otros tipos de nombramientos temporales anteriores, si bien concluyendo que no se debe conceder en ningún caso por inexistentes o prohibida en la normativa nacional para este tipo de personal ni la indemnización, ni la figura del indefinido no fijo de los laborales ni la fijeza .
Y que , reaccionando ante esta "nueva" doctrina de la Sala de lo Contencioso del Supremo,el
Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17 de Barcelona ha elevado recientemente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea dos peticiones de cuestiones prejudiciales cuestionando la jurisprudencia ratificada en Diciembre de la Sala de lo Contencioso y el incumplimiento del derecho de la
Unión Europea por la nueva Ley 20/2021 de reducción de temporalidad , reacción legislativa a su vez de España a la citada sentencia europea de 19/03/2020.
- [19/03/2020] Sentencia
esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez
Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada
que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español
fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a
proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [20/03/2020] [Arauz]
'Nota sobre la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
de 19 de Marzo de 2020: la fijeza como única solución a la que avoca la
sentencia'
- [17/06/2020] Jueza de lo Contencioso de Alicante reconoce y sanciona el abuso de temporalidad con la transformación en fija a una funcionaria interina 13 años del Ayto de Alicante siguiendo la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03, asunto Sánchez Ruiz,
- [11/08/2020] El Tribunal Superior de Justicia de Galicia volvió a sentenciar fijeza como sanción según Directiva Europea ante la situación de fraude de abuso de temporalidad y acceso al puesto por proceso selectivo en el caso de 6 empleados públicos laborales por obra y servicio del Ayuntamiento de Cervo. Su abogado confirma que la sentencia ya es firme
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto griego "M.V. y otros/Municipio de Agios Nikolaos": golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado en el tiempo como las interinidades de vacante. Y una vez más, reitera que la justicia nacional puede conceder la medida general de la fijeza como sanción si no hay sanción disuasoria contemplada en la legislación nacional para el caso de empleados públicos aunque se prohíba [o se interprete que lo prohíbe] por una norma nacional existente
- [11/02/2021] [Arauz] 'Sobre la nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de febrero de 2021' [Confirma lo ya dicho por la sentencia de 19/03/2020 que no es necesario que exista 2 o más contratos escritos y lo dicho en el Auto Gondomar que las autoridades nacionales de un Estado miembro están obligadas a transformar la relación temporal abusiva en una relación fija si en la Legislación de ese Estado miembro no existe ninguna medida sancionadora]
- [22/02/2021] [FeSP UGT Guadalajara] 'UGT Guadalajara consigue que se haga Fijos a trabajadores temporales del Ayuntamiento de Azuqueca. Se condena al Consistorio por fraude en la contratación' [Trabajadoras con concatenaciones de contratos de obra y servicio y luego indefinido no fijas en puestos realmente estructurales;la sentencia ha considerado deben pasar a ser fijas al haber accedido superando un proceso selectivoj]
- [02/06/2021] [Ignasi Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid concede la fijeza a temporal de 31 años de Correos como la sanción adecuada al abuso de temporalidad en lugar del indefinido no fijo, por no considerarla medida válida tras la sentencia europea "Sánchez Ruiz y otros" de 19/03/2020 y al no existir en la legislación española medidas de sanción suficientes que pudieran ser alternativa a la fijeza [y pese a la doctrina del Supremo de considerar también a las sociedades públicas empresariales bajo los principios del Estatuto básico del Empleado Público para el acceso al puesto fijo , como una AAPP ]
- [03/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo, con su sentencia de HOY 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA, a la doble excusa utilizada por ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción.
- [28/06/2021] [Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]
- [30/07/2021] [Ignasi Beltrán] Juzgado de Barcelona, ante una demanda de fijeza, plantea una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo es temporal para la normativa europea y por tanto no es suficiente para sancionar el abuso de temporalidad en el empleo público
- [26/11/2021] [Arauz] "La Sala de lo Social del Supremo dicta sentencia de fijeza a empleados públicos temporales en régimen laboral que accedieron tras superar proceso selectivo sin plaza" [en caso de temporal de AENA en mismo puesto 10 años que superó proceso selectivo para fijo sin obtener plaza]. Texto anonimizado de la sentenciaLa Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en sentencia de 30/11/2021 afirma que de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "no se sigue que haya obligación" de conceder una sanción ante un abuso de temporalidad si no está contemplada en la legislación nacional, y ante demanda de indemnización al cese de 20 días por año trabajado por abuso de temporalidad en estatutario interino de vacante, pasa a reconocer una situación de abuso pero no concede la indemnización por abuso al no existir en la legislación nacional
- [01/12/2021] [Poder Judicial] 'Primera sentencia en Navarra que se declara fijo a personal interino que accedió para la cobertura de vacantes . Afecta a dos oficiales de desinfección que venían prestando servicios durante más de 10 años con contratos de interinidad en el Ayuntamiento de Pamplona'
- [10/12/2021] [Pau Albert Martí] Juzgado de lo Social de Manresa sentencia fijeza , y no la figura del "indefinido no fijo", a 4 empleadas públicas temporales, con contrato laboral de interinidad de vacante más de 12 años, como la adecuada sanción al abuso de temporalidad aplicando la jurisprudencia europea
- [22/12/2021] [Arauz] 'El Juzgado nº 5 de lo Social de San Sebastián estima demanda de fijeza. Según el juzgado, la doctrina comunitaria autoriza la fijeza a pesar de las disposiciones nacionales constitucionales que prohíben la conversión.'
- [23/12/2021] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sostiene que ante el abuso de temporalidad en empleado público laboral , tras las sentencias europeas, no es suficiente la figura del indefinido no fijo ni su indemnización, debiéndose reconocer el carácter "indefinido" sin la cobertura del puesto por proceso selectivo ya como causa válida de cese
- [24/12/2021] El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con discrepancia de 3 magistrados, sentencia este 25/11/2021 seguir concediendo el indefinido no fijo y no la fijeza ante el abuso de temporalidad en empleados públicos laborales que sólo hayan superado proceso selectivo para temporal. Dice que hacerlo iría contra la norma del Estatuto Básico del Empleado Público y que las sentencias del Tribunal europeo no le obligan a dejar de aplicar normativa nacional en abusos de temporalidad. Dos magistrados afirman que conceder la fijeza no viola esa normativa nacional y otro que tendría que haberse consultado al Tribunal Europeo si la norma que impide la fijeza no viola la normativa europea
- [24/12/2022] [I. Beltrán] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea una importante batería de cuestiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española
- [11/01/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña , tras las sentencias europeas sostieneque ante el abuso de temporalidad en empleado público laboral no es suficiente la figura actual del indefinido no fijo y sentencia el carácter "indefinido" sin la cobertura del puesto por proceso selectivo ya como causa válida de cese, sin reconocer la condición de "laboral fijo" en sí
- [24/01/2022] Juzgado de lo Social de Zaragoza sentencia fijeza , y no la figura del "indefinido no fijo", a una empleada pública laborl temporal , de contrato de obra y servicio durante 29 años, porque accedió por un proceso selectivo público que cumple con todos los principios y donde no se indicaba que fuera para ser temporal. Sigue la doctrina del Tribunal Superior de Justicia de Aragón y cree que es compatible con la actual del Tribunal Supremo para laborles públicos
- [01/02/2022] [Diario del Alto Aragón] El juzgado de lo Social declara fijos a 4 trabajadores más de 15 años temporales del Ayuntamiento de Huesca como sanción al abuso de temporalidad teniendo en cuenta que accedieron por una convocatoria para empleo fijo.
- [03/02/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid planteó, por otro caso de una laboral indefinida fija más de 13 años, el 22/12/21 su misma e importante batería de cuestiones de 21/12/21 al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre si la figura del indefinido no fijo de la doctrina del Tribunal Supremo para personal público laboral es adecuada como respuesta al abuso de temporalidad y si ante la ausencia de medidas efectivas no debería concederse la fijeza, incluso aunque se interpretara que lo prohíbe la Constitución Española. También pregunta si convocar la plaza de personal en abuso en un proceso selectivo de libre concurrencia con indemnización de 20 días para quien no lo supere como los del Real Decreto-Ley 14/21 -y como también son todos los procesos de la nueva ley 20/2021- puede valer para esquivar esa conversión en fijo como sanción al abuso (en caso de que no exista otra medida y la figura del indefinido no fijo no valga)
- [08/0'2/2022] [Sindicato de Periodistas de Andalucía] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sentencia la fijeza a laboral temporal de Canal Sur desde 2003, ya indefinida no fija, por el fraude del abuso de temporalidad y haber superado un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza
- [21/01/2022] [Poder Judicial] 'Un juzgado de Santander declara trabajadores fijos a dos conductores del Servicio Municipal de Transportes interinos desde 2007 Aprobaron el proceso selectivo convocado en 2006 para plazas fijas pero no obtuvieron una y pasaron a la bolsa de trabajo para cubrir temporalmente vacantes. Suscribieron un contrato temporal en el verano de 2007 y desde entonces sigue vigente '
- [03/03/2022] [La Voz de Galicia] Juzgado de lo Social de Santiago sentencia la fijeza a laboral temporal 8 años de Radio Televisión de Galicia, por el fraude del abuso de temporalidad y haber superado un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza, aplicando la nueva doctrina del Supremo para laborales públicos
- [07/03/2022] La
sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, por el caso de una laboral interina de vacante más de 3 años,
plantea cuestión prejuficial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea
en la que vuelve a cuestionar si la figura del indefinido no fijo del
Supremo para laborales puede valer como sanción al abuso de temporalidad
y cuestiona además si los procesos de estabilización, y concurso de
méritos, de libre concurrencia indemnizados con un tope de 1 año de
sueldo. de la nueva ley 20/2021 pueden valer com sanción y así evitar la
declaración judicial de fijeza
- [30/03/2022] [Arauz] 'El Juzgado nº 2 de lo Social de León sentencia la fijeza, junto con una indemnización de 1.500 euros por daños y perjuicios, a una trabajadora 4 años temporal de la Universidad de León aplicando la normativa europea'
- [31/03/2022] [Arauz] Nueva sentencia estimatoria de fijeza: El Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid sentencia la fijeza a una trabajadora de la Comunidad de Madrid temporal desde 2004
- [08/04/2022] [CNT Galicia] 'El Tribunal Superior de Justicia confirma el derecho a la fijeza del personal temporal de bolsas. Tras una demanda de la CNT, el Tribunal rectifica su criterio y concede la fijeza a los trabajadores en fraude de ley. La sentencia corresponde a un trabajador que accedió al empleo público a través de bolsas'
- [12/04/2022] [Noticias de Navarra] La Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justicia de Navarra concede por primera vez la fijeza como sanción al abuso de temporalidad a un empleado pública laboral de la AAPP que aprobó una oposición para fija sin obtener plaza
- [21/04/2022] [Arauz] Nueva sentencia estimatoria de fijeza: El Juzgado de lo Social nº 1 de Granada sentencia la fijeza a una trabajadora del Ayuntamiento de Granada. [Afirma que la "relación laboral indefinida no fija es una relación de carácter temporal" y "no es una sanción equivalente", en "los términos de la normativa comunitaria" ]
- [23/05/2022] La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña , tras las sentencias europeas, vuelve a sostner que ante el abuso de temporalidad en empleado público laboral no es suficiente la figura actual del indefinido no fijo y sentencia de nuevo el carácter "indefinido" libre de la cobertura del puesto como causa válida de cese y sin reconocer la condición de "laboral fijo" en sí
- [21/06/2022] [Pau A. Martí] El Juzgado de lo Social nº 25 de Barcelona sentencia la fijeza a 34 educadoras sociales , empleados públicas laborales, de la Generalitat como la sanción adecuada al abuso de temporalidad según la jurisprudencia europea , especialmente tras el último auto del Tribunal Europeo sobre que el indefinido no fijo es un temporal más
6 comentarios:
Osea que no las pueden echar. Es lo que uno puso "llamenlo como quieran pero no puede echarse. Si es que lo que deberian estar haciendo es modificar las figuras y adaptarse a la Directiva en lugar de estar corriendo venga oposiciones para echarlos antes de que esto " explote". A ver para cuando los internos del Contencioso.
Ya ha explotado. Te ligas a ellos con una demanda y a tener paciencia.
Seguro seguro no hay nada, claro...
Boooommmm
https://www.uso.es/a-demanda-de-uso-condenado-csic-a-fijeza-de-interino/
Europa va a entregar otra vez, ahora 12.000 millones de euros, por que dicen, se ha cumplido con los requisitos, entre ellos, la reforma laboral.
Qué opináis de esto?
PUES OPINAMOS LO DE SIEMPRE. QUE ESPAÑA NO HA CUMPLIDO PERO QUE LOS FONDOS SIGUEN LLEGANDO Y SE LO GASTAN EN CHIRINGUITOS.
NO DECÍA EL DEL REINO DE LEÓN QUE NO LLEGABAN?
Y QUE VIVA EUROPA...
Pero la L con buenos abogados q tenemos, tarde o temprano tendrán q asumirla. Eso sí, individualmente pero gracias a una lucha colectiva.
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