La Comisión Europea sigue respondiendo personalmente , y en unas semanas, a todas y cada una de las denuncias sobre abuso personal de temporalidad en empleo público español que se pueden envíar en su página web de denuncias o por correo electrónico a su buzón de denuncias SG-PLAINTES@ec.europa.eu adjuntado el formulario descargado relleno, siguiendo las instrucciones.
Y responde como lo hace desde Julio de 2018 con una carta tipo de respuesta en la que dice:
- que ha recibido previamente un gran número de denuncias similares
- que dado el alto número de denuncias las agrupó en la denuncia múltiple CHAP(2013)0917
- cuya información actualizada sobre los resultados del examen de la Comisión y las medidas de seguimiento pueden consultarse en esta página web de la CE
Siendo la última información publicada la publicada en Octubre de 2020 ,de la que nos hicimos eco aquí en esta otra entrada,por la que informaba que:
- había visto la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso,
- que evaluaría que la futura reforma del Estatuo del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública en Junio de 2020 y supuestamente en marcha es conforme a la Directiva y sentencias europeas
- y mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco
Sin duda, sería conveniente para los objetivos de los denunciantes llenar el buzón de denuncias de la Comisión Europea con un volumen de denuncias similares , en justa proporción a la enorme magnitud del problema denuncia
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [19/02/2018] [@PInterinos en change.org] Campaña de recogida de firmas [ya casi 50 mil] y denuncias a la Unión Europea por la 'Estabilidad del interino longevo: aplicación del del artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público por excepcionalidad [o proceso de conversión a fijos del personal temporal en abuso de temporalidad por concurso de méritos]
- [04/06/2018] Resolución del Parlamento Europeo tras las peticiones recibidas en la Unión Europea sobre el abuso de la temporalidad tanto en la empresa como en el empleo público: la conversión a fijo es adecuada y pide que se incluya en la normativa nacional como medida ante abuso de temporalidad, sin perjuicio de sanción e indemnización adicional , condenando el despido por este fraude de ley
- [09/07/2018] Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extensión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal. Subidas acordadas de sueldo de empleados públicos 2018 a 2020
- [09/09/2018] La Comisión Europea unifica el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y anuncia que se esperará en su respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al caso del informático del SERMAS que demanda la "fijeza"
- [28/11/2019] [Comisión Europea] 'La Comisión Europea lleva a España ante el Tribunal de Justicia por sus normas sobre la compensación de los daños y perjuicios sufridos por particulares'
- [10/12/2019] [ASIJ] 'Interinos de Justicia llevan sus reivindicaciones a eurodiputados españoles en la sede del Parlamento Europeo en Bruselas'
- [11/12/2019] [USCAL] 'La irregularidad en la contratación de personal laboral temporal en las Administraciones Públicas de Castilla y León: situación y perspectivas.'
- [17/01/2020] Presentadas preguntas en el Parlamento Europeo sobre el abuso de temporalidad en el empleo público y la mala solución de las OPEs actuales por Jordi Cañas de Ciudadanos tras la presentación de una delegación de varias asociaciones de interinos
- [20/01/2020] [Cs Europa] 'Ciudadanos exige que se acabe con el abuso de la temporalidad en la función pública'
- [28/02/2020] La Comisión Europea responde a la pregunta presentada por C's en el Parlamento Europeo sobre la falta de soluciones adecuadas al abuso de temporalidad en el empleo público que tiene abierta una investigación y que está pendiente la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo en los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros" [de casos de un informático nuestro y odontólogas del SERMAS]
- [19/03/2020]Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [04/06/02020] Resumen y extractos sobre la problemática de los empleados públicos temporales y el impacto de la reciente sentencia europea de la Comparecencia este Jueves 4 de Junio de la Ministra de Función Pública en Comisión del Senado: la sentencia deja en manos de los jueces fijar la sanción disuasoria que no puede ser la fijeza, impulsará los procesos de estabilización acordados con los sindicatos ampliando un año más su posibilidad y modificará el Estatuto del empleado para limitar la duración de la temporalidad si bien está abierta a buscar "soluciones de largo alcance" mediante más modificaciones del EBEP si consensuadas con las CCAA
- [02/04/2020] La Comisión Europea responde a la 2ª pregunta presentada por C's en el Parlamento Europeo - sobre si las oposiciones con despido sin indemnización alguna no resultan solución adecuada al abuso de temporalidad en el empleo público español- que pueden ser adecuadas para reducir la temporalidad si bien informa que está "evaluando la idoneidad de las medidas de la legislación española" ante la cláusula 5ª de la Directiva contra el abuso
- [10/10/2020] IMPORTANTE La Comisión Europea informa del curso de la denuncia múltiple abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros" con su declaración de existencia de abuso, evaluará que la futura reforma del Estauto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública es conforme a la Directiva y sentencias europeas y mantiene abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco Precisamente este martes 13 se debate en Comisión Pública del Senado una moción del Senador Sánchez-Garnica de "consolidación administrativa" presentada en Mayo. El grupo de Izquierda confederal presentó otra recientemente de concurso de méritos restringido como solución al abuso,
27 comentarios:
Estos políticos, empresarios y sindicalistas españoles han ido a Europa a ser más listos que nadie, a jugar a los piratas....pues mira dónde están los piratas ingleses con todo el golpe de Imperio.
Pues habrá que hacer lo mismo. Es importante presionar antes del envío de fondos.
Ojalá Europa nos intervenga!! Pero en este tema y en otros tantos. Es lo mejor que nos puede pasar.
¿La deniuncia ante la Comisión Europea puede interferir en la demanda que tengo puesta con mi abogado? A ver si alguien acreditado puede por favor responderme. Gracias.
Disponeis de algún texto modelo para haver la denuncia? Seria de gran ajuda para facilitar que seran cada vez más. Gracias
La Denuncia la haces en tú nombre. Y se lo dices a tu abogado , por FAVOR estáis en tdo vuestro derecho , si tu abogado lo toma a mal ??? Preguntale y eso porque? Acaso tu me garantizas la FIJEZA , ya verás que eso no sucede. Además una cosa no interfiere con la otra , dn todo caso la fortalece.
Señores petar de DENUNCIAS A LA COMISIÓN, porque estan obligados a emitirnos una opinión, de lo contrario vulneran un Derecho que tenemos.
Conclusión: NO HAGÁIS LAS COSAS CON MIEDO , estamos frente a LADRONES , hemos de ser firmes y exigentes , no hay nada ilegal en nuestras reclamaciones , cambiar el CHIP YA.
Y ganáremos esta absurda ILEGALIDAD.
Presionemos a EUROPA o acaso es débil? Ahora lo sabremos.
Perder el MIEDO , ser ACTIVOS .
DENUNCIA A LA CE
DEMANDA
FIJEZA
Y EL POSTRE LA PREVARICACIÓN.
Es una lucha muy dura , porque hay en juego mucha pasta , la pasta lo mueve todo y joderles lo que Europa les suelta les jode.
Les jode q un poko de pringaos ( asi nos llaman sindipolijueces) de Interinos con VALOR , estemos Demandando y Denunciando a la COMISIÓN q ya estan acojonados también, porque pueden cagarla.
FUERZA
Yo la puse y no comunique nada al abogado, lo haré ahora que lo apuntáis, que lo sepa. Hace no mucho lo comentó un compañero en otro post, nos indicó muy bien cómo se cumplimentada. Luego a mayores el texto que quisieras exponer, yo copié el mío borrando datos personales, y lo colgué aquí también. A ver si el compañero lo pone de nuevo, u otro. Si se pudiera rescatar el post donde lo hablamos pero no recuerdo cual fue. A mi aún no me respondieran, cuando lo hagan les comentaré que me da la impresión de que quieren utilizar de una manera u otra los fondos europeos para tapar el agujero estratosférico que vamos a suponer económicamente. Se lo voy a calcular, creo que solo en cobrar el paro dos años entre 15 y 20 mil euros. A lo que hay que sumar subsidios hasta la jubilación para decenas de miles que no lograrán reincorporarse al mercado laboral. Hay que sumar también y eso ya dentro de las decenas de miles que hemos demandado, solo contando las demandas iniciales contra la administración, además de la fijeza, fuertes indemnizaciones por daños y salarios no percibidos. Dentro de estás indemnizaciones hay que tener en cuenta que hay gente a la que le queda poco para jubilarse, y al no haber sido sancionados con la estabilidad, van a tratar de acceder a las fuertes sanciones económicas, mejor que te suelten 150000€ a que te reincorporen un año o dos, ya pagas tú las cuotas que te falten. Dado que esta factura va terminar en la mesa de la Comisión Europea, igual al final del proceso hablamos de cuánto, 35-40000€? No creo que me columpie sacando a ojo ese presupuesto, lo mismo si no lo han pensado, se lo empiezan a pensar, y ya hablan con el amigo para echar un baile molón.
Cuanto hice las sumas en mi cabeza contaba con más denuncias que las actuales, por un lado las que se produzcan antes de legislar por los que de repente se den cuenta de que se van con una mano delante y otra detrás y eso no es legal, y por otra los que una vez legislado (menos de 20 días por año Europa no lo acepta) vean que tras 30-35 años en el puesto y a punto de jubilarse, les merece a todas luces demandar, buena propina a costa del contribuyente europeo que se llevan para empezar dicha jubilación. Europa espabila que estos me meten otro desfalco, pero por si no te has percatado (si bloqueas los fondos me da que echaste el cálculo también, y no están los tiempos para esos desfases evitables con total sencillez), ya te lo recordamos nosotros ahora cuando nos respondas.
ES FÁCIL 5 MIN, CON ESTO SE ACTUALIZA CON DATOS ACTUALES Y SE MANDA. NO OS COMPLIQUÉIS. DATOS REALES. TE LLEGA CORREO CON CONFIRMACIÓN.
Datos personales REALES
Punto 3
Empresa o admon en la que trabajas
Ciudad
España
Punto 4
Contratos temporales de interinidad con la administración por más de 3 años en el mismo puesto con 1 o varios contratos. Nuestra legislación lo prohíbe y la UE también.
Procesos de consolidación de empleo (oposiciones libres) de puestos en abuso de temporalidad y fraude de ley según legislación de la UE.
Legislación de la UE que a su juicio ha sido infringida.
Infracción de la Directiva 1999/70/CE claúsula 5.
Sentencia 19 de marzo de 2020 del TJUE.
Auto Gondomar 30/09/2020, sentencia Grecia 11/02/2021
El TS prevarica y no aplica derecho Europeo.
Punto 5
Descripción problema
Soy interino desde…. Uno o varios contratos, puesto estructural etc…
España y los jueces no aplican sentencia 19 de marzo 2020 ni Directiva.
¿Recibe el Estado miembro en cuestión (o puede recibir en el futuro) financiación de la UE relacionada con el asunto de su denuncia?
No sé
¿Se refiere su denuncia a una infracción de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE?
Sí, Trabajo digno y estable
Puede entenderse que se infringe el art. 15.1 de la Carta de Derechos Fundamentales: “Toda persona tiene derecho a trabajar y a ejercer una profesión libremente elegida o aceptada.” La actuación denunciada impide poder consolidar una relación de empleo público que se ha generado por el incumplimiento reiterado de las exigencias de trabajo temporal. Además de no querer aplicar y cumplir la directiva 1999/70/CE. Tampoco acata la sentencia del TJUE del 19 de marzo de 2020.
6. Documentos
- El Acuerdo para la mejora del empleo público de 29 de marzo de 2017 firmado entre la Administración y los sindicatos CCOO, CSIF y UGT.
- Declaraciones de la Ministra Carolina Darias.
- Declaraciones sindicatos
- Sentencias del Tribunal Supremo.
Ha hecho algo su estado por solucionar el problema?
NO
Ha emprendido acciones en su estado?
SÍ
Demanda y si no prospera acciones judiciales.
Datos personales
No o sí lo que queráis
Hacedlo, es importante meter presión.
Es inconcebible que esta iniciativa se publique en este blog. Desespera y defrauda que compañeros tan informados y experimentados como los que lleváis este blog apoyéis este tipo de movilizaciones absolutamente contraproducentes.
Que a nadie se le ocurra seguir con eso, por favor. Que no podemos denunciar como el ejército de Pancho Villa, sin abogado especialista, sin argumentación jurídica, sin conocimiento. Que esto se nos vuelve en contra. Que ya ha pasado antes. ¿Cuántas veces hay que explicar lo mismo? ¿Vamos a caer otra vez en el mismo error? Bastantes dificultades tenemos, como para agravar la situación.
Se está estudiando seriamente la posibilidad de denunciar como se debe. Aguardemos. Costará mucho trabajo y dinero, como todo lo que vale la pena. Pero estas denuncias que se hagan en su momento podrán prosperar y beneficiarnos.
Errar es un humano: mantenerse en el error es de estúpidos.
Por favor, retirad inmediatamente esta publicación.
Vaya el TROLL , execente , es obvio
DENUNCIAR
DEMANDAR A SACO
RdeLeon la comision debe emitir una opinión sobre tu denuncia Ahora se creo un enlace y esta pendiente del DICTAMEN
DENUNCIAR
DENUNCIAR
ya veis el denunciado lo cagado q esta , el troll.
No parar el efecto es importante.
Fuerza
7:10 acaso eres C COLON O FRANCO , tu impones que ? Anda y ponte a estudiar si es que puedes.
Aquí somos los que somos y si tan listo eres que ofreces ??? Mesas de negociaciones con los Sindicatos...
DENUNCIAR sistematicamente a la COMISIÓN EUROPEA es un dereccho que tiene todo EUROPEO
y no este PANCHO VILLA.
Demandar , denunciar , QUIEREN METER MIEDO tipico de los prepotentes.
Yo no veo donde esta el problema de denunciar ante la Comision Europea ni veo que sea contraproducente sino todo lo contrario. Ademas no interfiere en nada la via judicial individual.Lo dice el mismo formulario de denuncia . Lo pongo aqui:
"A través de este formulario puede presentar una denuncia contra un Estado miembro por infracción del Derecho de la UE.
Tenga en cuenta, no obstante, que es poco probable que la intervención de la Comisión en las denuncias resuelva directamente su situación personal:
La Comisión no está obligada a iniciar procedimientos formales de infracción, a pesar de que considere que se ha cometido una infracción.
Aunque la Comisión haga formalmente el seguimiento de su denuncia, su objetivo es general: garantizar que la legislación del Estado miembro en cuestión se ajuste al Derecho de la UE y se aplique correctamente.
Si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirma una infracción del Derecho de la UE, el Estado miembro debe tomar medidas para subsanar el incumplimiento.
Para resolver directamente su situación personal, o recibir una indemnización, debe intervenir a escala local, en el país de que se trate.
Si para solucionar su problema hay que anular una decisión nacional, solamente pueden intervenir los tribunales nacionales.
Si quiere obtener una indemnización por daños y perjuicios, solamente los tribunales nacionales son competentes para ordenar su concesión a las administraciones de su jurisdicción.
La presentación de una denuncia a la Comisión no suspende los plazos para emprender acciones legales con arreglo a la legislación nacional."
O sea. No interfiere en nada. Por otra parte me parece un poco infantil pensar que por no molestar al abusador este se va a portar mejor con nosotros. En España el que no llora no mama.
Estamos informando a la Comisión Europea de que el Estado Español se está pasando por el forro las directivas europeas en materia laboral, además de manera masiva, cuál es el problema? Y además solicitando que actúen con contundencia. Y eso a parte de la demanda individual. Si el Estado Español hace algo es porque se ve forzado por Europa, y esta ha tomado una decisión de calado como bloquear los fondos, si no, lo único que harán es borrarnos del mapa lo antes posible. Vamos Europa, no consientas el desfase de este país que a la larga es fomentar la insumisión, además de que os van a pasar por esto una factura descomunal, actúa con fuerza y manda el mensaje que hasta aquí llegaron.
Según he oído, el tema va porque puede haber personas que no reúnan los requisitos de la jurisprudencia Europea y que también denuncien. Así lo que se crea es un desbarajuste denunciador que da mala imagen y puede desactivar las acciones de la Comisión.
Yo solo tengo una pregunta, cuántas denuncias hacen falta para que la Comisión se de por enterada? y cuántas para que actue?
Bueno pues digamos cuales son esos requisitos de la jurisprudencia europea y denunciemos.De todos modos dudo que indaguen mucho cada caso personal.De echo en principio no te piden documentacion ni creo que lo vayan a hacer mas adelante. En mi caso como supongo que los cumplo tras 20 años de interinidad he puesto la denuncia esta misma mañana. Cuanto mas seamos mejor. Por encima de tres años en una plaza vale todo.
Pues yo no la tenía puesta, pero gracias al Troll me he animado y la he puesto... chúpate esa!!!
Fíjate, yo ahora también me lo planteo.
A pesar del nerviosismo y del enfado igual es mejor tener un poco de respeto, porque igual no todos los mensajes acusados de trolls son trolls.
Cuantas más denuncias BIEN PUESTAS se pongan a la Comisión mejor, pero hay que ser muy precisos y cuidadosos.
Denunciar sí! Chapuzas y errores no!
Gracias por tu clarísima intervención: denuncias BIEN PUESTAS (es decir, fundamentadas, argumentadas, hechas por un profesional, por un especialista y, en consecuencia, pagadas por lo que valen). Exactamente lo contrario de lo que nos propone APISCAM con estas denuncias de la señorita Pepis.
El resto no me sorprende y no sabéis cómo lo lamento: el colectivo nuestro es así, por desgracia, otra variante del "cuñadismo". ¿No somos un país de 30 millones de seleccionadores nacionales? ¿Por qué iba a ser distinto aquí?
Ya veis que no oculto mi identidad. Me encontráis aquí: https://uscal.blogspot.com/
Una cosa es advertir de la situación personal de cada uno a la UE y otra cosa denunciar a tu adminsitración con tus abogados. No mezclemos vías complementarias. Lo importante la demanda judicial, lo conveniente alertar a la vez del desamparo a la UE.
Un gran número de quejas hace aflorar el grave problema y presiona a la comisión.
Saludos y seguid mandándolas, hay que saturarles.
Tras la sentencia del TJUE sobre el informático del Sermas,¿ Se sabe cómo ha sido su repercusión a los tribunales Españoles?
Buenas noches, a USCAL, ya que según usted así no se hace, pon de manera altruista como ha puesto el otro compañero un modelo de demanda tipo (BIEN PUESTA). Estaríamos todos muy agradecidos. Para enviarlo a la Comisión. Gracias.
A D. José Gómez Fernández:
Extraído del formulario de denuncia:
A través de este formulario puede presentar una denuncia contra un Estado miembro por infracción del Derecho de la UE.
Tenga en cuenta, no obstante, que es poco probable que la intervención de la Comisión en las denuncias resuelva directamente su situación personal:
La Comisión no está obligada a iniciar procedimientos formales de infracción, a pesar de que considere que se ha cometido una infracción.
Aunque la Comisión haga formalmente el seguimiento de su denuncia, su objetivo es general: garantizar que la legislación del Estado miembro en cuestión se ajuste al Derecho de la UE y se aplique correctamente.
Si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirma una infracción del Derecho de la UE, el Estado miembro debe tomar medidas para subsanar el incumplimiento.
Para resolver directamente su situación personal, o recibir una indemnización, debe intervenir a escala local, en el país de que se trate.
Si para solucionar su problema hay que anular una decisión nacional, solamente pueden intervenir los tribunales nacionales.
Si quiere obtener una indemnización por daños y perjuicios, solamente los tribunales nacionales son competentes para ordenar su concesión a las administraciones de su jurisdicción.
La presentación de una denuncia a la Comisión no suspende los plazos para emprender acciones legales con arreglo a la legislación nacional.
Si necesita asesoramiento directo, póngase en contacto con nuestro servicio de información.
Es un formulario al alcance de la población de a pie, no es necesario ser abogado. Igual que aquí cuando denuncias que te han robado no vas con un abogado al lado, vas tú a la comisaría y denuncias, cuando necesites al abogado vas y lo contratas, pero no para denunciar.
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