Informa El Diario16 este 27/12/2021 que el Tribunal General de la Unión Europea ha recibida una demanda, dando acuse de recibo, asignando su sala 8ª [compuesta por 3 jueces, ninguno español] y registrándola bajo el número de asunto T-736/21 , la demanda
presentada el 17/11/2021 ante este tribunal europeo por la la
Plataforma de Trabajadores Temporales del Ayuntamiento de Zaragoza (PTTAZ)
con el despacho de OriginLex (con el exmagistrado Fruitos
Richarte y Beatriz González) contra la Comisión Europea ante su omisión
de acción en hacer cumplir el Derecho
comunitario y las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] en materia de abuso de temporalidad en el empleo público ante la "desobediencia
continuada, sistemática y dolosa de las resoluciones del TJUE por parte de todas las instituciones
públicas españolas" y en espeical del Ayuntamiento de Zaragoza "ante
el flagrante incumplimiento de los mandatos legislativos y judiciales
europeo", de la que el equipo jurídico tendría pruebas tras la
respuesta dada por este Ayuntamiento a una demanda suya "basada en el derecho de
Petición Constitucional".
NOTA DEL EDITOR: Recordemos
que existe una iniciativa de un colectivo amplio de "empleados públicos
en abuso" con el despacho de Navas Cusí que también conlleva una demanda ante el tribunal europeo a la Comisión Europea por omisión de acción ante el incumplimiento de las AAPP en las medidas y sentencias europeas contra el abuso de temporalidad ya existente en el empleo público español
Y recordemos al respecto que la
Comisión Europea había dado con fecha 5/08/2021 como última información oficial del curso de una denuncia múltiple que mantiene abierta sobre
el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles que estaba evaluando si la
reforma introducida con el nuevo Real Decreto-ley de 2021 de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio junto con la de la nueva ley que entonces se había ya anunciado que lo modificaría, es conforme a la normativa europea. Previamente en Octubre de 2020, ya dijo que había visto la sentencia europea de 19/03/2020 , la del asunto "Sánchez Ruiz y
otros" (con asunto principal el de un informática nuestro) con su
declaración de existencia de abuso y evaluaría si la entonces futura
reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de entonces
Función Pública iba ser conforme a la Directiva y sentencias europeas y que,
mantenía abierto en relación un procedimiento de infracción, el nº 2014/4334, relativo a la
posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del
Acuerdo Marco, pero no consta que haya dado ningún paso desde entonces.
Por último, trasladamos el procedimiento de una demanda ante el Tribunal General Europeo:
- comprende una fase escrita y una fase oral.
- Los puntos esenciales del recurso se publican en una comunicación, en todas las lenguas oficiales, en el Diario Oficial de la Unión Europea.
- El Secretario notifica la demanda a la parte contraria, que dispone de un plazo de dos meses para presentar un escrito de contestación. La parte demandante tiene, en principio, derecho a presentar una réplica, en el plazo fijado, a la que la parte demandada puede responder mediante una dúplica.
- Cualquier persona que demuestre un interés en la solución de un litigio sometido al Tribunal General, los Estados miembros y las instituciones de la Unión pueden intervenir en el procedimiento como coadyuvantes. El coadyuvante presenta un escrito para apoyar o rechazar las pretensiones de una de las partes, al que las partes pueden contestar a continuación.
- Durante la fase oral del procedimiento, si la hay, se celebra una vista pública. En ella, los Jueces pueden formular preguntas a los representantes de las partes. El Juez Ponente resume, en un sucinto informe para la vista, los hechos alegados, la argumentación de cada parte y, en su caso, de los coadyuvantes. Este documento se pone a disposición del público en la lengua de procedimiento.
- Los Jueces deliberan a continuación, tomando como base el proyecto de sentencia elaborado por el Juez Ponente, y la sentencia se pronuncia en audiencia pública.
- El recurso interpuesto ante el Tribunal General no suspende la
ejecución del acto impugnado. No obstante, el Tribunal General puede
ordenar la suspensión de la ejecución de dicho acto o adoptar otras
medidas provisionales. El Presidente del Tribunal General o, en su caso,
el Vicepresidente, resuelve sobre dicha demanda mediante auto motivado. Las medidas provisionales sólo se conceden si se cumplen tres condiciones:
1. el recurso en cuanto al fondo no debe parecer, a primera vista, carente de fundamento serio,
2. el demandante debe acreditar la urgencia de las medidas sin las cuales sufriría un perjuicio grave e irreparable,
3. las medidas provisionales deben ponderar los intereses de las partes y tener en cuenta el interés general.
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- [19/03/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [31/05/2021] Repaso de la Abogacía General de la UE a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad": por el derecho a una reparación efectiva ante un abuso -derivado del artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea-, aunque la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 sobre medidas para evitar el abuso de temporalidad en sí no sea de efecto directo, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz prevista para sancionar el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [03/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo, con su sentencia de HOY 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA, a la doble excusa utilizada por ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción.
- [10/06/2021] Golpe del Tribunal Europeo a la doctrina esta vez de la Sala de lo Contencioso del Supremo español de que la mera interinización en vacante sea una sanción al abuso de temporalidad de la concatenación de nombramientos eventuales en el empleo público: en un Auto resuelve el otro asunto español que estaba pendiente sobre abuso de temporalidad , el asunto "SUSH/Sanidad de Madrid CGT" y rechaza que la interinización en vacante exponiendo al abusado a un cese por OPE posterior pueda ser una sanción, reiterando que tampoco lo pueden ser los procesos selectivos de futuro incierto para el personal en abuso. El Tribunal Europeo refiere , ante la falta de medidas válidas de sanción en la legislación nacional, a su Auto "Gondomar" , donde afirrmó que son contrarias a la directiva europea normas que en ese caso prohíban la fijeza ante la falta de medidas en la normativa para el sector público. El caso es, nuevamente, sobre el SERMAS, que ha incluido en las OPES "de estabilización" los puestos de sus interinzaciones en vacante masivas de 2015-2107
- [05/08/2021] [EPA ‘Empleados Públicos en Abuso’] Se mantiene abierto el plazo para adherirse a la acción colectiva con el gabinete de Navas y Cusí de denuncia masiva ante la Comisión Europea por incumplimiento de España de la normativa y jurisprudencia de la UE sobre abuso de temporalidad pública y, en caso de que no actúe con el procedimiento ya abierto, recurso ante el Tribunal Europeo por inacción de la Comisión
- [06/09/2021] La Comisión Europea responde que los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público
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30 comentarios:
Olé. Si señor. Una pieza mas denunciado nuestra situación en Europa.
¡Ánimo!
La verdad es que es muy oportuna esta noticia. A ver si proliferan las demandas contra la propia Comisión (yo he participado en la de Navas, que parece igual)
Lo mismo la Comisión ante estas demandas decide actuar y emite un informe de evaluación diciendo que no es suficiente la ley que aprueban esta semana porque deja a toda la gente de los anteriores procesos de estabilización o porque no hay garantías de pasar el concurso y la indemnización fijada es pobre, y avanza el procedimiento de infracción.
Eso ¿podría dar un vuelco a la situación?
Y a todo esto, ARAUZ que está haciendo? No veo que haga nada a nivel europeo. Sus clientes estamos algo decepcionados.
Porqué odias tanto?
Cómo es posible que un pais de la Unión Europea, en el siglo XXI, tenga unos trabajadores,( yo llevo 30 años de interino).Y no tengamos derechos?. Ni la justicia, ni los gobiernos sucesivos, ni la Unión Europea, han hecho bien su trabajo. Y ahora los interinos, pagamos las consecuencias de su desidia y dejadez de años
al de las 14:25
Supongo que cada uno ha empleado su estrategia. Arauz ha conseguido muchísimo, la verdad. Sin él creo que no se entendería nada de lo que hemos conseguido los últimos años (campañas de marketing al margen, claro)
A Arauz, cuando le preguntan sobre las acciones en el ámbito europeo, se le nota a leguas que no lo ve nada claro. No va a contradecir a sus colegas, pero...
Que vayan cumpliendo o que no se les llene luego la boca de decir los derechos humanos que tenemos en la UE y en España. Y sino que no digan tantas tonterias y todos para sus casas.
Los únicos que hemos estado a la altura hemos sido los interinos, en crisis, en los servicios de donde huían los ffcc, hemos seguido haciendo nuestro trabajo y el de unos cuantos, y para rematar el covid, especialmente en sanidad. Es de justicia que se nos repare el abuso y el trato recibido, nos lo deben.
Feliz Año Nuevo para todos los "temporales".
ARAUZ es tu padre!!
Arauz pone demanda cada poco, ante la Comisión Europea, bastante ineficaz de momento ya que de momento con nosotros solo han mirado hacia otro lado, por lo que considero que acciones como esta del personal en fraude de Zaragoza es también el camino correcto, y por desgracia parece que en ese sentido los que somos sus clientes no estamos amparados, a ver si utiliza esa vía, si no siempre nos quedará unirnos cuando alguien si lo hace, actúe contra nuestra administración ante los tribunales europeos.
Y seguir claro la vía judicial en España, el Supremo no podrá eternamente pasar de la jurisprudencia del TJUE sin tener consecuencias serías, gente como Navas o ahora esto, están abriendo el melón, solo queda agradecer algo de lo que nos beneficiaremos todos los que hemos judicializado esto.
Pienso que tengo muchas posibilidades en mi sector de consolidar o bien por méritos o bien siguiendo estudiando en el concurso oposición, pero son de resultado incierto, nada tengo, sigo la vía judicial.
Yo soy de Arauz y entiendo que llegará el momento en que si nos cierran el paso aquí, nos propondrá seguir en Europa. Entiendo que cada sentencia en el que no nos hacen caso la envíe a la Comisión denunciando la injusticia. Yo si tengo fe en mi abogado!
Una matización: no existe vía judicial española y vía judicial europea, los tribunales nacionales son ya tribunales europeas... a buen entendedor...
Gran noticia. Esto puede ser el verdadero final. TODO lo que se ha hecho ha valido y mucho la pena. Gracias a la presión en los tribunales y a muchos jueces decentes el TS ha tenido que denotarse progresivamente hasta acabar yendo a la bravas como en la última sentencia de la Sala de lo Contencioso.
En Europa no son estúpidos y no pueden permitir que un país se les mee en la cara. La cosa ha reventado y desde Europa va a llegar la ostia definitiva para estos sinvergüenzas.
Cierto es, los tribunales españoles son realmente tribunales europeos, aunque demasiados jueces no parecen asumirlo, y hasta que no sean juzgados por ello, al menos los primeros, por ir en contra de la ley que marca Europa, seguirán igual. Es cuestión de tiempo, iniciativas como la de Zaragoza pienso, irán abriendo el camino para que todas estas "señorías" empiecen a asumirlo, confiando en que paguen por el daño que están haciendo con su desacato.
Europa sigue avanzando y con ganas de que ponga el orden debido, en nuestra mano está también ayudar a ello no rindiendonos que es lo que buscan.
Arauz da guerra y mucha en Europa, aunque muchos de sus clientes esperamos que tire por ahí con todas las consecuencias de ir contra este lumpen corrupto en que han convertido España, como si fuera su cortijo.
Es cierto que los tribunales españoles son europeos, como también lo son los de Moldavia o Rusia.
Lo que nos interesa son tribunales que apliquen la primacía del derecho de la Unión Europea y sancionen el abuso de temporalidad, cumpliendo las sentencias del TJUE
El Tribunal de Justicia de la UE, tendría que darle un toque y gordo, a los de la Junta de Andalucía. No deberían consentir, que supuestamente manden al paro a más de 2000 interinos de la AGJA, en lugar de hacerlos fijos mediante el concurso d méritos. Me refiero a los anteriores al 2016.
Por supuesto, debería dar un toque. Y también A LOS QUE HAN HECHO LA LEY, QUE INCUMPLE SUS SENTENCIAS Y TAMBIÉN LA DIRECTIVA.
Yo no se si Araúz tendrá o no claro acudir directamente a Europa por alguna vía. Lo que sí debería y espero que tenga claro es qué hacemos ante estas sentencias del TS... debería (y espero que lo haya hecho) haber previsto que no iban a claudicar ni por todo el oro del mundo. Si no acudimos a Europa directamente ¿qué nos queda ante estas sentencias absolutistas del TS?
Por si fuera de interés:
https://confilegal.com/20211229-cuestion-prejudicial-del-tsjm-ante-el-tjue-sobre-el-indefinido-no-fijo-la-cuestion-no-esta-cerrada/
Al menos han denunciado, la gran mayoría habéis callado y ahora...de nada vale salir a la calle con pancartitas, hay que moverlo donde hay que moverlo, en fin...
8:39 ... y cuanto tardará el TJUE en contestar a estas prejudiciales ?
porque mientras los interinos son masacrados
Con los 2000 euros por barba, poco más de lo que está haciendo se puede hacer. A nivel nacional lo está dando todo y a nivel europeo mantiene contactos con autoridades para explicarles la situación. Meterse en vía judicial europea es un viacrucis con un muy alto coste para los demandantes. No todos lo podrían afrontar
Al de 10:51 eso NO es verdad. Que conste que voy con Arauz y Navas. Y Navas está en la vía europea con un coste mucho más bajo de lo que me sale la simple reclamación de Arauz en mi AAPP. No sé que habrán pagado por el Sr Richarte en Zaragoza y Sevilla, pero vamos que lo de la pasta no es escusa. Ya que somos 800K en abuso de temporalidad y estoyo seguro tal y como están las cosas que si se cogiese la vía definitiva europea muchísima gente se iba a apuntar siendo entre todos el coste mínimo.
Alguien sabe cuánto tardan en resolver las perjudiciales? 1año 2 años? Gracias
11:56, si 300 euros. Con eso algo se conseguirá. Una multa al estado o un tirón de orejas. Pero un juicio serio en búsqueda de fijeza son miles de euros por cabezañ
Si te fijas una prejudicial segun el modo de resolución es entre uno y dos años. Es lo que hay. Las masacres no las para nadie. Otra cosa es que en futuro al abrigo de tu demanda individual interpuesta puedas resacirte de tanto daño.
No es del todo cierto: a veces el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, responde con autos, cuando cree que es una cuestión ya sabida. Y los autos pueden tardar mucho menos, por ejemplo el Auto de Gondomar fue emitido solo 4 meses después dela interposición de la cuestión
Ya se han liado a sacar convocatorias o sacaron (como en la AGJA) para que no se aplique la ley...
Ya ves en marzo nos examinamos los del Grupo C y D, y la mayoría d los interinos d larga duración han suspendido. Los cesarán? Hijos de... mandar al paro a interinos q llevan más d 29 años en la Administración.
En plena ola de covid, con tanto paro... Así hay tanto interino con depresión, no me extraña. Se d compañeros q están con depresión, entre ver q los van a cesar después de tantos años y el acoso al q están sometidos en sus trabajos por ser interino d larga duración. Perfectamente podrían bloquear sus plazas q están en estabilización y que no cesen.
Sr. Moreno, hay que creyente, cristianó y hacer el bien. Y no mandar al paro a esas personas, es hacer el bien.
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